PROYECTO DE TP


Expediente 1725-D-2018
Sumario: REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y MOTOVEHICULO. MODIFICACION DEL ARTICULO 36 DEL DECRETO 1114/97, SOBRE, OTORGAMIENTO DE CARACTER DE FUNCIONARIO PUBLICO PARA LOS JEFES DE LOS REGISTROS SECCIONALES DEPENDIENTE DE LOS REGISTROS NACIONALES.
Fecha: 05/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACION REGIMEN DE REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR y MOTOVEHICULO
Artículo 1º: Los Registros Seccionales dependientes de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Motovehiculo serán de carácter público y estarán administrados por el Estado Nacional por intermedio de la Dirección de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios o el área que en su futuro lo reemplace.
Artículo 2º: Modifíquese el art. 36 del Decreto 1114/97 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Los Jefes de los Registros Seccionales dependientes de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Motovehiculo tendrán carácter de funcionario público, dependiente de la Administración Nacional y deberán ser designados por medio de un concurso de oposiciones y antecedentes y durará en el cargo por el plazo de 4 años, renovable por un periodo más. En el caso que se requiera alguna intervención, el interventor debe ser designado de la misma forma que el Encargado de Registro.
Podrán ser removidos en el cargo por:
a) Abandono del Servicio sin causa justificada
b) Falta grave de respeto al superior o al público
c) Ser declarado en concurso civil o quiebra, salvo que concurran circunstancias atendibles
d) Delito que no se refiera a la Administración Pública, cuando el hecho sea doloso y de naturaleza infamante
e) Falta grave que perjudique material o moralmente a la Administración Pública
f) Delito contra la Administración Pública
g) Incumplimiento de órdenes legales
h) Negligencia manifiesta o faltas reiteradas en el cumplimiento de sus funciones
i) Indignidad Moral”
Artículo 3º: La Administración Nacional contratará bajo su dependencia a los empleados de los Registros Seccionales, quienes serán empleados públicos de la Dirección de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Crédito Prendarios
Artículo 4º: Los ingresos que se perciban por los trámites que se realicen pasarán a formar parte del Presupuesto Nacional
Artículo 5º: Crease en el ámbito de la Dirección de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios un Comité de análisis, que dependa del Ministerio de Justicia, con la finalidad de rever los elevados montos que tienen las transferencias de los automotores, motovehiculos y maquinarias agrícolas, viales e industriales.
Artículo 6º: Establézcase el plazo de 6 meses desde la promulgación de la presente norma para que se actualicen los montos de las transferencias de los automotores, motovehiculos y maquinarias agrícolas, viales e industriales.
Artículo 7º: Derogase cualquier norma que se oponga a la presente
Artículo 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa tiene como finalidad modificar el sistema actual del manejo de los Registros de la Propiedad Automotor en la República Argentina, tanto respecto a la concesión de los mismos, como de los empleados y los montos de los trámites. Esta iniciativa no es más que una respuesta a la situación en la que se encuentran los mismos, donde se ve cotidianamente la concesión por amiguismos, favores políticos y donde no se prioriza la idoneidad si no la relación. Sumado a esto, vemos también los excesivos costos de los trámites lo que limita la realización de los mismos, perjudicando en cierta medida las arcas del Estado y no ayudando a tener la información actualizada de los argentinos.
Hoy en día existen 1507 Registros Seccionales en todo el país que dependen de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios. Los registros se rigen mediante el decreto 1114/97 y sus modificaciones posteriores. En dicho decreto el art. 7 establece que el Poder Ejecutivo Nacional será el que reglamente la organización y el funcionamiento de los registros. Con posterioridad, entre otros decretos se publicó el Decreto 644/89 y 2265/94 mediante el cual se regula el régimen de designación, permanencia en el cargo, licencias, sanciones y remociones de los Encargados de Registros Seccionales.
Los registros, hoy en día son privados, si bien mantienen un cierto control desde la Dirección Nacional de los Registros de Propiedad Automotor son dirigidos por el Encargado del Registro que mantiene una relación de por vida con el organismo. Los ingresos provenieniente de los trámites que se realizan, van parte al Estado Nacional y otra parte para el Encargado, quien luego de descontado los gastos generales, deberá abonar los gastos de mantenimiento, como así también de sueldos de los empleados. Quedando el excedente como remuneración del mismo.
La propuesta se centra en otorgarle carácter público a los Registros seccionales, calidad de funcionario público a los encargados del Registro y de empleados públicos a los empleado actúale del registro. Los ingresos por los tramites que realizan los ciudadanos pasaran, en su totalidad a las arcas del Estado Nacional, quien deberá afrontar todos los gastos que lo mismos
demanden, (sueldos y gastos corrientes). El Encargado de Registro será seleccionado por concurso público de antecedente y oposiciones al igual que el interventor en el caso que se amerite. Queremos finalizar con el carácter vitalicio del cargo, por eso la propuesta determina que la duración en el cargo deberá ser por 4 años reelegible por 4 años más cortando la posibilidad de perpetuidad, lo que ayudará a brindar un mejor servicio los clientes.
Como consecuencia de los altos valores en los trámites que realizan los Registros, propongo crear un Comité de análisis, que pueda analizar esta situación, tornando el trámite accesible para los ciudadanos, ayudando de esta forma con las políticas de blanqueo impulsadas por el gobierno actual.
Por los motivos expuestos, en pos beneficiar el sistema y cooperar con los ciudades en la registración, es que solicito a los señores pares me acompañen
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEÑALOZA MARIANETTI, MARIA FLORENCIA SAN JUAN SOMOS SAN JUAN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA