PROYECTO DE TP


Expediente 8552-D-2016
Sumario: DEROGASE EL DECRETO 1206-2016 DE REGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL, QUE PERMITE LA INCORPORACION DE FAMILIARES.
Fecha: 02/12/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Derogación del Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación N° 1206/2016.-
Artículo 1º.- Derogase el Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación N° Decreto 1206/2016, modificatorio del Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación N° 895/2016 de fecha 27 de julio de 2016.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 22 de julio de 2016 el Honorable Congreso de la Nación, sancionó la Ley 27.260 que regula el Régimen de Sinceramiento Fiscal, también denominado blanqueo de capitales, ley que posteriormente fue reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional, con fecha 27 de julio de 2016, mediante el Decreto N° 895/2016.
El 29 de noviembre de 2016, el Poder Ejecutivo Nacional dicta el Decreto N° 1206/2016 publicado en el Boletín Oficial y firmado por el Presidente Mauricio Macri, por el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y por el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat-Gay modificó el decreto reglamentario.
El decreto modificatorio de la ley de blanqueo por el cual permite la incorporación al régimen de sinceramiento fiscal de cónyuges, padres e hijos menores de funcionarios y otros cargos políticos que se desempeñan actualmente y/o lo hicieron desde 2010 a la fecha.
La exclusión de los familiares del blanqueo fue una de los temas de debate y requisito de diferentes sectores políticos para la aprobación de la ley.
El artículo 6 del decreto 1206/2016 establece que “los sujetos comprendidos en el Artículo 83 de la Ley N° 27.260 podrán efectuar la declaración voluntaria y excepcional”.
Puntualmente, se autoriza a ingresar al régimen de sinceramiento fiscal a familiares de funcionarios que se encontraban expresamente excluidos por el art. 83 de la Ley 27.260.
El artículo 83 de la ley de blanqueo establecía que “quedan excluidos de las disposiciones los cónyuges, los padres y los hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados”.
Contrariamente a lo que establecía la ley y de lo que había exigido la oposición, el Gobierno definió que los familiares sí pueden integrarse al sinceramiento. El decreto aclara que los familiares podrán blanquear los bienes que acrediten que se encontraban incorporados en su patrimonio con anterioridad a la fecha en que asumieron el cargo político los cónyuges, padres y/o hijos.
Los funcionarios que están excluidos del régimen del blanqueo son el presidente y vicepresidente de la Nación, gobernadores, vicegobernadores y jefe y vicejefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, senadores y diputados nacionales, provinciales, concejales municipales y parlamentarios del Mercosur, jefe de gabinete de ministros y magistrado del Poder Judicial a nivel nacional, provincial y municipal, entre otros.
La imposibilidad de ingresar al sinceramiento se extiende hasta los funcionarios que hayan desempeñado funciones desde 2010. Con el decreto de ayer, los familiares de esas personas sí podrán ingresar al blanqueo.
Creemos que la inclusión de familiares atenta contra el espíritu de la ley, contra la transparencia, contra las instituciones democráticas y el sistema de división de poderes.
Por lo brevemente expuesto y por las consideraciones que realizare al momento de su tratamiento, solicito a mis pares que me acompañen con su voto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES