PROYECTO DE TP


Expediente 5215-D-2019
Sumario: EXPRESAR ADHESION POR EL "DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER", A CELEBRARSE EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2019.
Fecha: 21/11/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Adherir al “Día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer” a celebrarse el 25 de Noviembre del corriente año.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 54/134 de la 83ª Sesión Plenaria del 17 de Diciembre de 1999, declaró al 25 de Noviembre de cada año como el “Día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer”.
La violencia contra la mujer es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo.
Este tipo de flagelo se destaca por la impunidad de la cual disfrutan los perpetradores, y el silencio, la estigmatización y la vergüenza que sufren las víctimas.
La Republica Argentina, no escapa a esta problemática. Informes del Observatorio Nacional de Violencia contra las Mujeres del Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), que surgen de los análisis de los llamados a la línea 144 de atención a mujeres en situación de violencia demuestran que en más de 9 de cada 10 casos se manifiesta violencia psicológica y 7 de cada 10, violencia física. Asimismo, refleja que más de 9 de cada 10 casos refieren a la modalidad de violencia doméstica.
La Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres reconoce los siguientes tipos de violencia contra la mujer:
A) Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
B) Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento.
C) Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
D) Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
- La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
- La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
- La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
- La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
E) Simbólica: La que, a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
Sin dudas, la expresión más extrema de la violencia de género, que constituye una grave violación a los derechos humanos es el femicidio, cuestión en la que todos los estados deben trabajar para prevenir y reparar.
La Organización de las Naciones Unidas, definió a la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.”
Se debe visibilizar la problemática, tomando medidas integrales que ayuden a prevenir y eliminar la violencia contra la mujer y cualquier tipo de discriminación hacia ella.
La concientización de la población mediante la promoción y conmemoración de este día contribuye a la transformación de patrones culturales que naturalizan la violencia contra la mujer, por lo que resulta fundamental para lograr un cambio hacia la igualdad, el desarrollo y la paz.
Sr. Presidente, por todo lo expuesto, y en pos de contribuir a la erradicación de la violencia contra las mujeres, es que solicito el acompañamiento de mis pares en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AVILA, BEATRIZ LUISA TUCUMAN PARTIDO POR LA JUSTICIA SOCIAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)