PROYECTO DE TP


Expediente 4210-D-2016
Sumario: " PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD - PCI - ". CREACION.
Fecha: 05/07/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE PROGRAMA CONECTAR- IGUALDAD
ARTÍCULO 1° - Derechos- Todos los estudiantes de instituciones educativas de nivel secundario, de educación común, técnica y especial y de formación docente, y los docentes de nivel secundario, de educación común, técnica y de educación especial de instituciones de gestión estatal, social y cooperativa, gozan de los derechos establecidos en la presente ley.
ART. 2°- Creación- Créase el Programa Conectar Igualdad –PCI-.
ART. 3°- Objetivo- El PCI tiene por objeto la ampliación y profundización de la utilización de tecnologías de la información y la comunicación -TIC- en el sistema educativo con miras a la mejora de la calidad, las competencias académicas y laborales de los futuros egresados de nivel secundario y de la formación docente, con el propósito de reducir la brecha digital favoreciendo a los sectores socialmente más vulnerables de la población.
ART. 4°- Provisión de dispositivos digitales móviles- El PCI debe asegurar la provisión de dispositivos digitales móviles idóneos y pisos tecnológicos para el uso de los estudiantes y docentes comprendidos en la presente ley y de aulas digitales móviles para todas las instituciones educativas de nivel primario de gestión estatal, social o cooperativa.
ART. 5° - Rol del Estado Nacional- El Estado Nacional debe planificar, coordinar y ejecutar las políticas necesarias para asegurar el cumplimento de lo previsto en la presente ley.
ART. 6°- Rol de las Jurisdicciones- Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben colaborar en la articulación de las acciones necesarias para cumplir con los fines y objetivos previstos en la presente ley.
ART. 7°- Ámbito de Aplicación- La presente ley rige para la totalidad de las instituciones educativas de nivel primario y de nivel secundario, de educación común, técnica y educación especial, y de formación docente públicas de gestión estatal, cooperativa o social.
ART. 8°-Definiciones- A todos los efectos de la presente ley se definen como:
a) Tecnologías de la información y la comunicación: conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios que permitan la compilación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de información, ya sea voz, datos, texto, video e imágenes, contenidos en señales de naturaleza acústica, óptica o electromagnética. Se trata de la convergencia tecnológica de la electrónica, la informática y las infraestructuras de las telecomunicaciones, las que sirven como herramientas tecnológicas y como artefactos culturales, medios y modos semióticos, que son soporte o vehículo para múltiples prácticas culturales y sociales que dan cuenta del desarrollo de los individuos, grupos y sociedades.
b) Piso tecnológico: conjunto de dispositivos que permiten las telecomunicaciones en las instituciones educativas que incluye un servidor escolar, ingeniería de instalación e integración de las redes eléctricas, de datos y del equipamiento de red inalámbrica, en este caso necesaria para el funcionamiento del Programa instituido por la presente ley.
c) Dispositivos digitales móviles: comprende a las computadoras portátiles personales de distinto porte y otros dispositivos, de funcionamiento optimizado para la navegación por internet y con las herramientas y aplicaciones informáticas necesarias para el trabajo en el ámbito escolar.
d) Aula digital móvil: consiste en un grupo de dispositivos que comprenden las computadoras portátiles no individuales para los estudiantes y el docente, junto a un servidor propio que permite el resguardo y registro del trabajo en clase, periféricos como proyectores e impresoras que pueden circular por los distintos espacios de la institución educativa y que pueden funcionar de forma aislada, en red local o conectados a internet. Es un formato con la flexibilidad necesaria como para operar en función de diversas propuestas pedagógicas, principalmente en el nivel primario.
ART. 9°-Objetivos- Son objetivos del PCI:
a) Sostener políticas educativas nacionales estables que superen las asimetrías territoriales, garantizando a los estudiantes experiencias educativas equivalentes.
b) Desarrollar las herramientas necesarias para garantizar una educación inclusiva y de calidad incorporando las tecnologías de la información y la comunicación en la educación secundaria común, técnica y especial y la formación docente, de manera de reducir la segmentación del sistema educativo.
c) Disminuir la brecha de alfabetización digital.
d) Desarrollar estrategias educativas que permitan el acceso a las TIC, la democratización del conocimiento y la reconfiguración de las dinámicas aúlicas, mejorando la calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
e) La revalorización de la escuela pública mediante la mejora de las condiciones institucionales, pedagógicas y materiales en las que se desenvuelven las prácticas educativas.
f) Proporcionar dispositivos para el acceso a programas informáticos y educativos, a internet e intranet escolar o institucional para cada estudiante y docente.
g) Equipar a las instituciones de nivel primario de gestión estatal, social o cooperativa de aulas digitales móviles que converjan con los programas “1 a 1” en ese nivel por parte de las jurisdicciones.
h) Fortalecer el rol docente a través de la promoción de la capacitación continua en el uso de dispositivos, aplicaciones y programas para el trabajo pedagógico y en la incorporación creciente de tecnologías de información y comunicación en general.
i) Profundizar la variada y pertinente producción de contenidos y herramientas digitales para dotar de nuevos recursos y materiales de enseñanza a las instituciones educativas.
ART. 10°-Autoridad de Aplicación – El Poder Ejecutivo determinará la autoridad de aplicación de la presente ley. .
ART. 11- Competencias institucionales y pedagógicas- El Ministerio de Educación y Deportes, a través del Consejo Federal de Educación, reglamentará las condiciones institucionales y pedagógicas para la implementación del Programa instituido por la presente ley.
ART. 12- Comité Ejecutivo. Creación- Créase el Comité Ejecutivo del Programa Conectar- Igualdad, bajo jurisdicción del Ministerio de Educación y Deportes, presidido por el Ministro de Educación e integrado por un (1) representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros, un (1) representante del Ministerio de Educación, un (1) representante del Ministerio de Comunicaciones y un (1) representante del Ministerio de Comunicaciones.
El Comité Ejecutivo asume todas las funciones que fueron conferidas al organismo creado por el Decreto 459/2010. Dictará su reglamento interno de funcionamiento.
ART. 13- Facultades- Son facultades del Comité Ejecutivo:
a) Planificar la implementación del Programa instituido por la presente ley, velando por una eficiente y progresiva incorporación de dispositivos digitales idóneos, aulas digitales móviles, pisos tecnológicos y la infraestructura de conectividad necesaria en las instituciones educativas.
b) Determinar las condiciones para ejecutar el Programa y proponer acciones para lograr los objetivos del mismo.
c) Dictar normas complementarias para la implementación técnica, el seguimiento de los equipos y la seguridad informática de los mismos.
d) Promover acuerdos con las jurisdicciones para el cumplimiento de los objetivos del PCI.
ART. 14- Obligaciones- Son obligaciones de Comité Ejecutivo:
a) Velar por el pleno funcionamiento del Programa instituido en la presente ley, en forma transparente y eficiente.
b) Establecer por lo menos una sede técnica de reparación de los dispositivos que son entregados a estudiantes y docentes en cada una de las Provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Informar en forma semestral al Congreso de la Nación sobre la situación de la implementación del Programa.
d) Elaborar una evaluación bienal del PCI, involucrando a las Universidades Nacionales y a organizaciones no gubernamentales de reconocida trayectoria.
ART. 15- La autoridad de aplicación debe velar por la incorporación de las Escuelas de la Familia Agrícola (E.F.A.) en el PCI.
ART. 16- Cesión de los dispositivos a los estudiantes- Los dispositivos digitales son cedidos en comodato a los estudiantes hasta el último año del nivel secundario. Si el estudiante se gradúa del nivel, le será cedido definitivamente el dispositivo. El Comité Ejecutivo dictará las normas correspondientes para disponer la cesión individual del mismo.
ART. 17- Financiamiento- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida jurisdicción 70, Ministerio de Educación y Deportes del Presupuesto General de la Nación, absorbiendo el presupuesto para el ejercicio 2016 asignado en la Ley 27.198.
ART. 18- Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir los convenios correspondientes para la implementación del PCI.
ART. 19- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Programa Conectar-Igualdad es una de las políticas educativas más ambiciosas y revolucionarias que desde el Estado Nacional se han desplegado. Ha generado un impacto considerable en la disminución de las desigualdades en el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) .
Es la herramienta con la que nuestro país ha permitido a millones de jóvenes y adultos acceder y profundizar el uso de las TIC, sobre todo apuntando a sectores sociales que se han visto históricamente privados de un medio cultural, de trabajo, de creación y de conexión con otros como lo es internet y los dispositivos informáticos que permiten acceder a ella. Hablamos de un Programa que da lugar a una experiencia educativa equivalente en todo el país, reduciendo sensiblemente la segmentación del sistema y logrando metas comunes entre todas las jurisdicciones, sin distinción de las inequidades territoriales en lo relativo a la inclusión educativa.
Inspirado en las iniciativas denominadas “1 a 1”, entre las que la propuesta “One Laptop per Child” (OLPC, en sus siglas) fuera inicialmente la más reconocida y en el marco de las acciones desarrolladas por países hermanos de América del Sur , es un gigantesco programa de alfabetización digital y de democratización del conocimiento que repercute en el trabajo en el aula, en el rol docente, en las competencias académicas y laborales de los estudiantes e incluso ha generado externalidades positivas por el uso de los dispositivos digitales con sus familias.
En nuestro país pueden rastrearse antecedentes que han contribuido a la constitución del mencionado programa. A nivel nacional, en las últimas décadas se han desarrollado diversas estrategias y experiencias que han incorporado las TIC en las escuelas. Nos referiremos brevemente a ellas.
En nuestro país, las iniciativas han rotado entre la conformación de portales y material multimedia (como Educ.ar y el canal Encuentro, en ambos casos desarrollando material pedagógico para trabajo en el aula, destinado docentes y alumnos), modelos de laboratorio informático (la instalación de un conjunto de dispositivos para toda la institución) y en las experiencias denominadas “1 a 1” y aulas digitales, que comenzaron en el año 2008 a modo de experiencias piloto por parte del Ministerio de Educación a través de Educ.ar, proveyendo de mil netbooks para su uso en instituciones educativas de diferentes puntos del país y de diversos contextos socioeconómicos.
Una experiencia previa y primigenia del futuro “Conectar- Igualdad”, fue la creación del Programa “Una Computadora para Cada Alumno”, mediante resolución 82/09 del Consejo Federal de Educación (CFE), para las escuelas técnicas de todo el país . Las provincias también han desarrollado sus propias acciones principalmente para la educación primaria. Entre ellas las provincias de San Luis, Río Negro, La Rioja, Misiones y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras.
El Programa Conectar- Igualdad (PCI) comenzó a funcionar en 2010. Se trata de un conjunto de iniciativas inicialmente puestas en marcha gracias al decreto 459 de ese año, durante el primer mandato de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, texto que delimita los objetivos del programa – desde entonces bajo jurisdicción de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)-, constituyendo un comité ejecutivo que lo tendría a su cargo , dedicándose principalmente a las cuestiones técnicas y logísticas del programa. Su implementación institucional y pedagógica fue establecida por Resolución del CFE n° 123/2010 .
Tal como reza la mencionada Resolución, entre los objetivos del PCI, se mencionan:
- La revalorización de la escuela pública.
- La inclusión digital y el mejoramiento de la calidad de la educación.
- El acercamiento a los intereses y necesidades de los alumnos de los distintos niveles educativos y la promoción de una mayor participación en su formación.
- El impacto social de una política universal de inclusión educativa.
- Disminuir las brechas de alfabetización digital de la población.
- Fortalecer el rol del docente.
- Favorecer las condiciones que incentiven los procesos de transformación institucional, pedagógica y cultural necesarios para el mayor aprovechamiento de las TIC en los establecimientos educativos.
- Mejorar los procesos de enseñanza y aprendizaje.
- Promover nuevos procesos de aprendizaje en alumnos con diferentes discapacidades y fortalecer procesos de integración e inclusión.
- Desarrollar la producción de contenidos y herramientas digitales.
El modelo tecnológico y pedagógico propuesto profundiza en las prácticas docentes y en las dinámicas institucionales y no se limita a la adaptación de las escuelas a los aspectos técnicos de la incorporación de las TIC, sino a todo aquello vinculado a las oportunidades de apropiación. En la edificación del contenido pedagógico del Programa se han tenido en cuenta las potenciales experiencias individuales y colectivas en el uso de estas tecnologías, cuestión que no implica abandonar los recursos, equipamiento y modos de trabajo ya instalados, sino que se da espacio a nuevas dinámicas al interior del aula y el desarrollo de trabajo por fuera de las estructuras edilicias.
El medio más visible de esta importantísima política es la entrega de netbooks a estudiantes de nivel secundario, de educación común y técnica, formación docente y docentes en instituciones de gestión estatal. Al día de hoy, el Programa ha entregado más de 5,3 millones de netbooks a lo largo y a lo ancho del país .
Pero no solamente la cesión de estos dispositivos han sido sus ejes. También la conectividad en las instituciones para el trabajo escolar, la entrega de aulas móviles y la instalación de pisos tecnológicos, además del desarrollo de una enorme variedad de contenido para trabajar en clase, conforman todos ellos un conjunto clave para la reconfiguración de las herramientas educativas, para mejorar las competencias académicas y laborales de estudiantes y docentes y, más profundamente, para garantizar el derecho a la educación en estricta consideración de lo que la Ley 26.206 de Educación Nacional, refiere en su artículo 11, inciso m .
Incluso, el programa ha avanzado hacia la producción de su propio sistema operativo que convive con los de uso común, denominado “Huayra” y basado en el software libre Linux; la producción de contenidos, aplicaciones y un sinnúmero de recursos educativos propios adaptados al uso de las netbooks; la consolidación de referentes tecnológicos (técnicos escolares y administradores de servidores); la incorporación de la formación en TIC para los docentes a través del Programa Nacional de Formación Permanente “Nuestra Escuela” como postítulo, dando cuenta de la centralidad de la temática ; y la incorporación progresiva de partes nacionales a la producción de las netbooks , aportando a nuestra soberanía industrial y tecnológica.
En un marco más amplio, el PCI se conecta con otras importantes políticas desarrolladas por el anterior gobierno entre 2003 y 2015. Bajo la administración de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, se desarrolló el Programa “Argentina Conectada” (Decreto 1552/2010) cuyo objetivo es lograr el acceso universal a las nuevas tecnologías para todos los argentinos y que ha desarrollado la “Red Federal de Fibra Óptica” a través de ARSAT (empresa estatal que ha desarrollado los satélites nacionales de telecomunicaciones ARSAT -1 y ARSAT - 2, clave para el acceso a internet en localidades distantes), que el Gobierno Nacional transformara bajo el título “Plan Federal de Internet” y lo anunciara como una nueva iniciativa a lo que era el capítulo de desarrollo de las redes provinciales y locales de fibra óptica.
Otra cuestión notable es la puesta en marcha de la evaluación del programa, realizada en conjunto entre el entonces Ministerio de Educación y once universidades nacionales . La evaluación, de tipo cualitativa, recogió las percepciones de directivos, docentes, estudiantes y padres sobre el programa y las transformaciones que promueve . Entre las conclusiones del estudio, se reproduce la valoración positiva de la presencia de las netbooks en las escuelas, ya que permiten un alto grado de participación, una mayor motivación para la asistencia (incluso con estudiantes adolescentes que tienen un mayor incentivo para reincorporarse al sistema educativo) y una mejora del clima escolar y la convivencia al interior de la institución.
La computadora, según comprende el estudio, resitúa a los estudiantes en un lugar ni pasivo ni de mero receptor del conocimiento: los jóvenes mejoran en su autoestima al verse reconocidos en un nuevo derecho y en el uso de una herramienta que utiliza un lenguaje más cercano y del que pueden hacer mayor uso, es decir, reconocidos en un saber que ya poseían. Así, docentes y alumnos se ven necesitados de una mayor colaboración entre sí. Finalmente, cobra valor el hecho de garantizar trayectorias escolares relevantes a los estudiantes y eso es sumamente importante para su presente y para las posibilidades de construir un proyecto de vida propio en el futuro.
Para los docentes, supone una herramienta trasformadora de las prácticas educativas y estrategias pedagógicas. Incluso, el programa logra externalidades positivas al promover el uso de estas tecnologías al interior de sus familias, como lo han referido los entrevistados en cuanto a la mejora en el vínculo entre padres y alumnos, al contar estos últimos con una herramienta útil en el hogar.
Conectar- Igualdad fue además premiado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2012 , a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ) por su aporte a las políticas para los jóvenes.
Precisamente, estamos hablando de un programa cuyo eje es el trabajo en el aula mediante un dispositivo informático que conecta al estudiante, al docente, a la institución, a la comunidad, con internet y con el resto del mundo. La red de redes plantea una nueva lógica de funcionamiento en el aula al transformar al usuario en un interlocutor, un creador o innovador. Provoca tensiones que ponen en juego la intervención sobre bienes culturales existentes y promueve una estructura democrática donde la participación es constantemente interpelada. Esto necesariamente invita a constituir nuevos modos de relación de los estudiantes entre sí y entre estos y los docentes.
Estamos, entonces, frente a una apertura y una desregulación del espacio escolar que interpela a la institución: tanto el rol del estudiante como el del docente son puestos en contradicción y en colaboración, y donde se debilitan las tradiciones escolares. La palabra no pierde importancia pero sí hegemonía como la única forma de comunicación, ganando preeminencia el lenguaje audiovisual, merced a la convergencia tecnológica que propone la computadora .
Lo clave del programa es que viabiliza experiencias educativas similares y equivalentes a lo ancho y a lo largo de nuestro inmenso país, operando sobre la segmentación que ya sufre el sistema educativo, situación heredada de las políticas de descentralización y focalización, iniciadas durante la última dictadura y potenciadas durante el decenio neoliberal durante la Administración del expresidente Carlos Menem, del que gracias a las políticas educativas durante los pasados doce años, ha podido recuperarse en parte.
Precisamente, las políticas de focalización han sido extensamente criticadas por la literatura académica y por los movimientos sociales y políticos por su alta capacidad de hacer mella en la cohesión y en la integración social, a partir de la disolución del rol ordenador de la escuela. En términos de las experiencias educativas, puede entenderse que un estudiante perteneciente a una familia de escasos recursos del norte del país que asiste a un aula satélite de su pequeña comunidad rural no tendrá las mismas oportunidades ni los mismos recursos a disposición que un estudiante de sectores medios que asiste a una escuela secundaria pública de los distritos más ricos del país.
Esto debe alertarse a la luz de las políticas educativas que el gobierno actual pretende desarticular mediante la conversión de un enorme y valiosísimo programa en meras transferencias de partidas a las jurisdicciones, en vez de comandar la implementación completa del mismo como es la situación actual del PCI. Estamos hablando, entonces, de una vuelta a las políticas de los años noventa. De nuevo al neoliberalismo, que llevó al pueblo a las crisis más traumáticas que tuviera que soportar .
Sumado a esto, desde comienzo del presente año se ha procedido al despido de los trabajadores del equipo nacional del PCI y la reubicación de un grupo de ellos en Educ.ar, dando cuenta que, con la excusa del federalismo, la voluntad del oficialismo es que el Estado Nacional no se haga cargo de esta política sino que se pretende dejar a la suerte de las capacidades técnicas y financieras de las jurisdicciones la continuidad del programa. Una película que ya hemos visto.
Por ello es que procuramos mediante el presente proyecto de ley transformar el Programa Conectar – Igualdad en ley nacional, asegurando el apoyo y el consenso de las fuerzas políticas de esta Casa que consideran que hay que fortalecer el sistema educativo y no contribuir con su segmentación y fragmentación.
Promovemos una versión más abarcativa del PCI, incluyendo no sólo a estudiantes, docentes – de instituciones educativas de nivel secundario, de educación común, técnica y especial- y al sistema formador, sino a las instituciones de gestión social y cooperativa, ahondando en la democratización en el acceso a las TIC. Sumamos a ello la necesidad de que el Estado evalúe incorporar a las escuelas de la familia agrícola (E.F.A.) que son de gestión social y que contienen a un enorme número de estudiantes de comunidades rurales.
En el articulado que aquí se propone, se establece claramente la competencia indelegable del Estado Nacional para la ejecución del PCI, en lo que concierne a su planificación y a la implementación técnica y pedagógica de mismo. Se incluyen dentro de los dispositivos a entregar tanto las netbooks, como las aulas digitales móviles y los pisos digitales . Nuestra intención es asegurar que el Estado Nacional no renuncie a sus capacidades, sobre todo en la que pueden asegurar la cohesión del sistema educativo en su totalidad, y que no se transforme a tan importante programa en una mera política de descentralización.
Una novedad con respecto al marco normativo hoy imperante es que se constituye al actual Ministerio de Educación y Deportes como autoridad de su Comité Ejecutivo, papel que hoy le concierne a la ANSES. Las razones principales tienen que ver con que, por un lado, el PCI ya no se financia con recursos de la Seguridad Social para la compra de los dispositivos sino con fondos del Tesoro Nacional surgidos de rentas generales. En segundo lugar, se intenta dar mayor preponderancia al desarrollo del componente pedagógico del mismo antes que en las condiciones técnicas y logísticas.
Por ello se propone que sea el Ministro de Educación y Deportes quien ostente la presidencia del Comité Ejecutivo (absorbiendo las funciones del organismo creado por el Decreto 459/2010) y que consensue con el Consejo Federal las condiciones institucionales y pedagógicas de su implementación. Entre las nuevas obligaciones de este organismo se establece la de asegurar una sede técnica de reparación de los dispositivos por jurisdicción.
Nuestro interés primordial es evitar tropezar con la misma piedra por segunda vez. La experiencia histórica y la memoria colectiva nos recuerdan que determinadas políticas, muchas veces desplegadas bajo una falsa consigna de federalismo, lo que en realidad provocan es mayor desigualdad. Nada puede asegurar que la impronta que el Ministerio de Educación y Deportes desea imprimirle al PCI termine siendo exitosa, sino todo lo contrario. Si el programa sólo continúa en la forma de transferencias presupuestarias nacionales en la que las provincias sólo deciden cómo ejecutarlas ¿se les puede garantizar a los estudiantes trayectorias y experiencias educativas equivalentes o similares? ¿Cuentan todas las jurisdicciones con la capacidad para hacerse cargo de la implementación del programa?
Las experiencias y las mejoras pedagógicas e institucionales que el Programa ha permitido corren el riesgo de deshacerse. Procuramos, entonces, asegurar por ley un marco efectivo para garantizar unas de las políticas que ha posibilitado a todos los estudiantes y docentes de instituciones de gestión estatal de este país algo imprescindible: contar con un piso de dignidad en su experiencia educativa.
Por todas las razones aquí presentadas, es que solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUZMAN, ANDRES ERNESTO CORDOBA PERONISMO PARA LA VICTORIA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO PERONISMO PARA LA VICTORIA
CARLOTTO, REMO GERARDO BUENOS AIRES PERONISMO PARA LA VICTORIA
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
GROSSO, LEONARDO BUENOS AIRES PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA