18/05/2006 - (TP 53)
I
SENADO
0070-S-06
Buenos Aires, 17 de mayo de 2006.
Al señor presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente a fin de comunicarle que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de ley que paso en revisión a esa Honorable Cámara:
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Prorrógase a partir del vencimiento establecido en la ley 26.084 por el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, la suspensión de las ejecuciones de sentencias que tengan por objeto el remate de la vivienda única y familiar por mutuos elegibles conforme los términos y condiciones de la ley 25.798 y sus modificatorias.
Art. 2º – Suspéndanse por igual plazo los desalojos que se ordenen en los procesos por ejecuciones hipotecarias de vivienda única y familiar por mutuos elegibles conforme los términos y condiciones de la ley 25.798 y sus modificatorias, incluso los procedimientos de ejecución extrajudicial.
Art. 3º – Prorrógase por el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, a partir de su vencimiento, el plazo al que alude el artículo 3º de la ley 26.084.
Art. 4º – La presente ley es de orden público y queda comprendida en el marco de la ley 25.561, de emergencia pública y de reforma del régimen cambiario, y concordantes.
Art. 5º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Saludo a usted muy atentamente.
Marcelo A. H. Guinle.
Juan Estrada.
–A las comisiones de Justicia, de Vivienda… y de Presupuesto y Hacienda.
0071-S-06
Buenos Aires, 17 de mayo de 2006.
Al señor presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente a fin de comunicarle que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de ley que paso en revisión a esa Honorable Cámara:
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la Federación de Rusia para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Capital suscripto en Buenos Aires el 10 de octubre de 2001, que consta de veintinueve (29) artículos, un (1) protocolo y una (1) fe de erratas, cuyas fotocopias autenticadas en español e inglés forman parte de la presente ley.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Saludo a usted muy atentamente.
Marcelo A. H. Guinle.
Juan Estrada.
–A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Presupuesto y Hacienda.
0072-S-06
Buenos Aires, 17 de mayo de 2006.
Al señor presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente a fin de comunicarle que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de ley que paso en revisión a esa Honorable Cámara:
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular China sobre Transporte Aéreo Civil, suscrito en Beijing –República Popular China– el 28 de junio de 2004, que consta de veintidós (22) artículos y dos (2) anexos, cuyas fotocopias autenticadas en castellano e inglés forman parte de la presente ley.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Saludo a usted muy atentamente.
Marcelo A. H. Guinle.
Juan Estrada.
–A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Transportes.
0073-S-06
Buenos Aires, 17 de mayo de 2006.
Al señor presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Tengo el honor de dirigirme al señor presidente a fin de comunicarle que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de ley que paso en revisión a esa Honorable Cámara:
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Apruébase el Acuerdo entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Exención Recíproca con Respecto a los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio Provenientes de la Operación de Aeronaves en el Transporte Internacional, suscripto en Luxemburgo –Gran Ducado de Luxemburgo–, el 24 de junio de 2004, que consta de nueve (9) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Saludo a usted muy atentamente.
Marcelo A. H. Guinle.
Juan Estrada.
–A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto, de Transportes y de Presupuesto y Hacienda.
II
DIPUTADOS
2601-D-06
Proyecto de declaración
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Declarar de interés nacional de esta Honorable Cámara la realización de la “A todo trigo” y “Agrotendencias”, a llevarse a cabo los días 18 y 19 de mayo de 2006 en la Federación de Centro y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales, en el Hotel Sheraton de la ciudad de Mar del Plata.
María del Carmen Alarcón.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Congreso “A todo trigo”, que se realizará en la Federación de Centro y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales los días 18 y 19 de mayo, en el cual los acopiadores serán los anfitriones para sumergirse en el tratamiento de los aspectos más relevantes y actualizados referidos a la producción de trigo con el lema “Nuevos conocimientos aplicados a la producción”. Es la oportunidad también para acceder al análisis sobre las tendencias en la demanda internacional y local del trigo y sus productos, su impacto en las decisiones de producción y comercialización.
El fin también es crear un espacio para agregar el tratamiento de las perspectivas de los mercados mundiales y nacionales correspondientes a los granos forrajeros y oleaginosos, con lo cual se abarca la temática del seminario “Agrotendencias”.
Dentro de este marco se ofrece a la cadena agraria dos intensos días de análisis y discusión para considerar valiosos aportes de investigadores, profesionales, expertos extranjeros y nacionales sobre todo lo relacionado con el trigo, y a su vez también participar en los análisis de las perspectivas de mercado de los principales granos.
En materia productiva, para que los conceptos de sustentabilidad sean compatibles, es crucial conocer el funcionamiento del cultivo, manejo, nutrición y fertilización, enfermedades, ecofisiología, mejoramiento genético y uso de imágenes para permitir reducir de esta forma la incertidumbre en la toma de decisiones e identificar qué herramientas tecnológicas tendrán al momento de su aplicación mayor impacto sobre el rendimiento, disminuyendo la brecha entre el rendimiento real (actual) y el potencial, y sobre los distintos aspectos vinculados con la calidad del cultivo.
El conocimiento acabado de la tecnología y ciencia aplicada a la producción de trigo, así como del comportamiento y las tendencias que experimentan los mercados de los principales commodities, tanto en su faz local como en los mayores competidores, se torna una necesidad que el productor y los distintos agentes que integran la cadena agrícola no pueden desconocer a la hora de tomar sus decisiones más importantes. Es significativo conocer el diagnóstico actual, pero más lo es aún proyectar a futuro posibles escenarios.
Es por ello importante puntualizar el trabajo de la federación en enfatizar la necesidad de estos congresos, toda vez que en nuestro país las decisiones de producción, comercialización, industrialización y exportación de granos se toman a riesgo de cada uno de los operadores y en función de la tecnología disponible y de las expectativas del comportamiento de los mercados.
Por todo lo aquí expuesto, estas jornadas nos ofrecen la posibilidad de compartir con reconocidos expertos de distintas latitudes, analizando estas variables, lo que nos dará la oportunidad de participar en los espacios de debate donde se discuta no sólo el comportamiento de los mercados en los próximos ciclos, sino también las tendencias de vanguardia en el mundo en cuanto al desarrollo de los mismos.
Siendo esto de suma importancia para el desarrollo de nuestra Nación, tenga a bien, señor presidente, la aprobación de este proyecto.
María del Carmen Alarcón.
–A la Comisión de Agricultura y Ganadería.
2602-D-06
Proyecto de declaración
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
1. Su honda preocupación por el ingreso clandestino al país de contingentes de inmigrantes indocumentados.
2. Del mismo modo, vería con agrado que se intensifiquen los controles por parte de la Dirección Nacional de Migraciones y las fuerzas de seguridad que operan en las fronteras a efectos de evitar hechos que violan las normas de orden nacional que rigen la inmigración.
Juan C. Gioja.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El incendio ocurrido el 29 de marzo pasado en el barrio de Caballito, Capital Federal, y otros hechos similares, aunque de menor magnitud, que han tenido como protagonistas a ciudadanos extranjeros indocumentados, generalmente de países limítrofes, han puesto en evidencia un sinnúmero de situaciones que los afectan en su integridad como personas.
Atento el cariz que han tomado estos hechos y su cada vez más frecuente reiteración, se hace imprescindible y urgente que las autoridades nacionales con competencia en el tema se aboquen inmediatamente a la intensificación de los controles pertinentes, dotando a la fuerzas de seguridad de todos los medios necesarios para cumplir con total eficacia tal función, a fin de evitar consecuencias tales como ilegalidad, discriminación y marginalidad de extranjeros.
En el Preámbulo de nuestra Constitución se sostiene que debemos “…asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”. Es nuestro deber, entonces, velar también por los derechos de aquellos hermanos que han llegado a esa tierra en busca de una vida mejor.
Por estas consideraciones, que estimo resultan lo suficientemente contundentes para justificar la urgencia de su tratamiento, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de declaración.
Juan C. Gioja.
–A la Comisión de Población y Desarrollo Humano.
2603-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo correspondiente, priorice la asignación de fondos públicos para la construcción del túnel del paso fronterizo “Agua Negra” que une a la provincia de San Juan con la IV Región de Chile, cuyos estudios de factibilidad técnico y económicos se encuentran en avanzado estado de ejecución con recursos propios de la provincia; IV Región Chilena y el Consejo Federal de Inversiones.
Juan C. Gioja. – Margarita Ferrá de Bartol.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El avance en las comunicaciones entre los distintos pueblos de la Tierra es sinónimo de unión entre los mismos que la habitan.
Esta es una realidad, que avanza día a día y permite la integración con las distintas culturas, los progresos tecnológicos y científicos y el desarrollo económico a través del comercio exterior entre las distintas economías.
Estos procesos de composición económica son, sin duda alguna, una realidad que avanza en forma permanente hacia una futura unificación cultural, sin perder en ese recorrido la identidad que es patrimonio de cada pueblo y de cada nación.
Es por eso, señor presidente, que establecer lazos de conexión con nuestros hermanos chilenos, es un hito simbólico, plasmando un hecho que se inició con la firma del tratado de paz y amistad en el año 1984 entre la Argentina y Chile.
Dicho tratado estableció la Comisión Binacional Argentino-Chilena de Cooperación Económica e Integración Física y en la VII reunión, celebrada en Santiago de Chile en el año 1992. Se facultó al grupo técnico mixto, cuyos integrantes, representantes de las direcciones de Vialidad junto con los ministerios de Relaciones Exteriores de ambos países, establecieron el desarrollo de este túnel fronterizo Paso de Agua Negra, con el estudio de viabilidad técnico y económico y el plan director de obras de acuerdo a un calendario coordinado y establecido.
Existe un gran interés por parte de Chile en cumplir estos objetivos pactados entre la delegación de la IV Región chilena y la provincia de San Juan, solicitando:
1. La construcción de caminos acordes al proyecto en cuestión, tanto del lado argentino como el chileno.
2. Habilitación para el transporte de cargas y pasajeros, de modo de estimular la inversión en este rubro transportes.
3. Realizar infraestructura de controles fronterizos.
Todo esto, con el objeto de conectar a la Argentina con Asia/Pacífico y estimular inversiones en el puerto de Coquimbo, del lado chileno, de modo de abaratar costos y aumentar la competitividad en las exportaciones de ambos países.
Es un gran paso más, en que nuestra república no debe estar ajena a esta corriente integracional entre los distintos pueblos del mundo, siendo la provincia de San Juan un eslabón fundamental en la cadena de negociación de estos mercados en cuestión.
Por tal motivo, es que veo la necesidad de poner de relevancia, la gran importancia que significará unir a dicha provincia, por medio de la construcción del túnel del paso de Agua Negra, que cruzará la cordillera de los Andes a una altura de 4.000 metros sobre el nivel del mar, con una longitud de 13,9 kilómetros por bajo la cordillera de los Andes, llegando por el otro lado, a la República de Chile, a la altura de la IV Región.
Esto conformará el corredor bioceánico que va a unir a Porto Alegre, Brasil, con el puerto de Coquimbo, Chile, pasando por las provincias argentinas de Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba y San Juan.
Esta obra tan importante, para el futuro corredor bioceánico, permitirá ahorrar un tiempo considerable hacia China, para las exportaciones de soja argentina y brasileña, estimándose su construcción en 60 meses.
Con una “conexión”, podemos afirmar, que nos “conectaremos” con muchos países y podemos definirlo, como un paso estratégico, ligándonos comercial, económicamente y culturalmente con Asia/Pacífico.
San Juan será el punto de convergencia indispensable para otras provincias, como Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, entre otras, que tendrán esa importante conexión para sacar su producción hacia la apertura de esos nuevos mercados y promotor para encarar la recuperación del ex ferrocarril General Belgrano, que será de gran valor estratégico para sacar las producciones de la región del NOA hacia esa “puerta” bioceánica.
No puede negarse que será un hecho trascendente, que favorecerá a una mayor competitividad de nuestra economía al bajar los costos del transporte, dado que reduce de gran manera este factor preponderante en la competitividad, reflejado directamente en el costo de las exportaciones, permitiendo alcanzar mayores distancias, hacia las plazas de la zona en cuestión.
Estos mercados asiáticos, que hoy experimentan un crecimiento económico anual que va desde el 7 % al 12 % del PBI, representarán para nuestro país una unión directa y participativa con los mismos.
Nuestro país, con un gran perfil productor de alimentos, irá sin duda alguna sin prisa y sin pausa a generar exportaciones con mayor valor agregado en estas cuestiones, e impulsará también a otros perfiles productivos, presentes y a futuro, de otros no tradicionales, estimulando a las inversiones económicas y consecuentemente, su desarrollo social.
Este fuerte atractivo para las inversiones de capital internas y externas, a partir de esta apertura económica competitiva, generando consecuentemente y casi en forma directa, un “contagio” no sólo a la región central de nuestro país sino también para el resto del país y para el Mercosur será por añadidura.
Nuestra provincia de San Juan, cuna de don Domingo Facundo Sarmiento, quien estaría orgulloso de este gran paso hacia el desarrollo, y que quienes tenemos la representación del pueblo, estamos conduciéndolo hacia una realidad mediante este gran proyecto de apertura económica y cultural hacia una mayor calidad de vida de los pueblos y especialmente del pueblo argentino.
Este paso central cordillerano, será también un paso importante para el desarrollo de nuestra provincia, ligada directamente a nuestros jóvenes que son y serán la fuerza de nuestro querida nación, dándoles la oportunidad de desarrollarse en su propia tierra, sin que tengan que emigrar hacia otras latitudes, prevaleciendo sin vacilar la preservación de nuestra cultura, de nuestra identidad y de nuestra soberanía, la que sin duda se verá comprometida por el crecimiento de las poblaciones del mundo y lo procesos migratorios, así como también por las influencias climatológicas producidas por el calentamiento global, referentes al aumento del nivel de los océanos, que deberá ser un factor a tener en cuenta por las futuras migraciones que argentina recibirá.
Debemos tener presente que abandonar un lugar será sinónimo de pérdida de soberanía y el estar, será administrar nuestra patria en todos los sentidos, en la que nunca debemos dejar de participar.
Retomando el concepto del citado cruce fronterizo, es válido resaltar también, que facilitará y abaratará el intercambio económico entre los países del Mercosur, teniendo en cuenta que el comercio entre países vecinos como ser Brasil con Chile, Chile con la Argentina y viceversa, impactará en un menor costo del transporte camionero, y consecuentemente sobre el valor de las mercaderías transportadas impactando positivamente en el poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores de las distintas naciones hermanas.
En épocas de nevadas sobre la cordillera y zonas propias de influencia, a partir del paso de Agua Negra, el tránsito de mercaderías circulará en tiempo y forma, dado que se circulará en toda su travesía protegido bajo techo.
Es innegable que esta “conexión bioceánica” será impulsora del desarrollo del transporte en sus distintas modalidades, así como también la consecuente evolución de infraestructura en hoteles y polos turísticos que comenzarán a generar un crecimiento incalculable, no sólo para el turismo del Mercosur, sino también externo a este.
La belleza de la cordillera de los Andes, será la protagonista de esta cuestión, la que el hombre vence con su inteligencia y con la ayuda de Dios los desafíos que la naturaleza pone en su frente.
El puerto de Coquimbo, en la hermana República Chilena, será un eslabón importante para nuestra economía y dado que es de aguas profundas, permitirá la entrada de buques de grandes portes que hoy surcan los océanos. Su actividad, actualmente esta a un 40 % de su infraestructura operativa, teniendo un 60 % restante para ser explotado a través del nuevo esquema estratégico bioceánico.
Esta hermana república, ya está realizando algunas obras de infraestructura de rutas de transporte, que llegan hasta la zona del futuro túnel, existiendo un gran entusiasmo a nivel de la población de la IV región chilena y de su gobernante, par del gobernador, ingeniero José Luis Gioja, evidenciando que esto es un logro para el desarrollo de los pueblos hacia una mejor calidad de vida.
Deberá ser motivo de gran atención para el desarrollo de futuras políticas internacionales y técnicas diplomáticas, tener en cuenta que intereses estratégicos de otras naciones, de otros procesos integracionales, buscarán formas para interferir en las buenas relaciones con nuestros países hermanos, de modo de tratar de afectar nuestra competitividad económica con técnicas que puedan producir efectos similares como la de los subsidios económicos que se utilizan y que no deben escapar a nuestro conocimiento.
Más tarde, cuando el desarrollo de nuestra zona de comercio sea fuerte, podrán pensarse tal vez en otros procesos de integración económica, actuando como bloque Mercosur, pero siempre teniendo en cuenta que los procesos integracionales deberán tener desarrollos económicos similares antes de aceptar cualquier tratado de libre comercio.
El crecimiento de nuestro país ya es un hecho, está en marcha y a la cabeza con la expresa voluntad de nuestro presidente Kirchner, promotor de viejos proyectos estratégicos olvidados por anteriores conducciones y que hoy se están materializando en beneficio del crecimiento como nación y consecuentemente el bienestar de nuestro pueblo.
Asociado a esto, estará todo el desarrollo de infraestructura de comunicaciones necesario para conectar las vías de circulación terrestres entre San Juan-Chile, San Juan-Brasil, San Juanotras provincias, como Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos y las provincias del NOA y el NEA que sumarán parte importante y de valor estratégico con el desarrollo de infraestructura de transporte y el consecuente crecimiento económico para estas regiones.
Un hito histórico será este “túnel” cordillerano, en el paso de Agua Negra, en el centrooeste de nuestro país, así como ha sido y sigue siendo el conocido canal de Panamá, que permite también una conexión del transporte naviero a Asia-Pacífico.
Es por ello, señor presidente que debo expresar este hecho relevante, que no sólo tendrá implicancias en la economía de nuestro país, sino también en el desarrollo de la región Mercosur, impactando en el aumento de los distintos PBI de cada uno.
El poder de compra de los pueblos será más importante, transformándose en un círculo virtuoso económicamente hablando, favoreciéndose el intercambio de bienes y servicios, es decir, tendremos y seremos parte de un mercado con mayor poder adquisitivo, favoreciéndose la evolución del Mercosur y, consecuentemente, ser más atractivos para inversores de capital, fortaleciendo los lazos de unión, para que excusas o pequeños intereses particulares de sus partes, no se vean seducidos por las potencias que quieran dividir este importante bloque estratégico mundial, que puede alimentar al mundo con su producción.
Por las razones expuestas, es que vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo correspondiente, priorice la asignación de fondos públicos para la construcción del túnel del paso fronterizo Agua Negra, que como expresara anteriormente, une a la provincia de San Juan con la IV Región de Chile y que cuyos estudios de factibilidad técnico y económicos se encuentran en avanzado estado de ejecución con recursos propios de la provincia; IV Región chilena y el Consejo Federal de Inversiones.
Por todo lo expresado, es que solicito a mis pares me acompañen en este proyecto de resolución.
Juan C. Gioja. – Margarita Ferrá de Bartol.
–A la Comisión de Transportes.
2604-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés parlamentario el seminario internacional “La minería sanjuanina factor de desarrollo regional” a realizarse entre el 28 y 29 de junio en la provincia de San Juan.
Juan C. Gioja. – Margarita Ferrá de Bartol.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La minería en nuestro país ha crecido notoriamente en los últimos años. Un indicador de ello es el incremento de fuertes inversiones realizadas en distintos puntos del territorio nacional, con proyectos a largo plazo, brindando recursos económicos y desarrollo sustentable para las provincias productoras y para la Nación. Esta situación genera un importante valor agregado a la economía nacional por todo lo que implica la industria minera.
Por ello, siempre es oportuno crear y promover ámbitos donde se pueda compartir nuevas visiones y experiencias con relación a la promoción y reactivación de las actividades productivas asociadas con los recursos mineros.
En concordancia a estas ideas, y en el marco del diseño de desarrollo estratégico de la actual gestión de gobierno es que se llevará a cabo los días 28 y 29 de junio en la provincia de San Juan, el seminario internacional “La minería sanjuanina factor de desarrollo regional”.
Que este encuentro internacional se realice en la provincia cuyana no es un detalle menor teniendo en cuenta que durante los últimos años y desde fines de siglo, dicha provincia ha impulsado a la actividad minera desde el desarrollo y el trabajo mancomunado de las empresas inversoras junto con el apoyo y promoción del gobierno de la provincia.
“La minería sanjuanina: factor de desarrollo regional” es un evento donde los participantes podrán tomar contacto con las empresas mineras nacionales como internacionales, contando con el auspicio de las embajadas de Canadá, México, Sudáfrica, Perú y Australia. Y en cuanto a las temáticas principales, los temas a abordar serán: desarrollo y medio ambiente; proyectos mineros; política económica; tratado binacional; financiamiento de proyectos; actividades sociales como visitas a yacimientos mineros y lugares turísticos de la provincia.
La importancia de este encuentro representa el crecimiento de la producción minera en la provincia en estos últimos años. Por ello es importante que el Estado comprometa todo su esfuerzo y su vocación de trabajo, de manera permanente, para que la producción minera sea una realidad. Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Juan C. Gioja. – Margarita Ferrá de Bartol.
–A la Comisión de Minería.
2605-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta Honorable Cámara, la realización de la Expo Daireaux 2006, que se llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de mayo de 2006, en la Quinta Municipal de Daireaux, provincia de Buenos Aires.
María del C. Alarcón.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El importante evento al que hacemos mención es una exposición ganadera, una muestra comercial y de micro emprendimientos.
Posibilita la participación en charlas técnicas de capacitación y actualización destinadas a los asistentes, relacionadas con distintos tópicos entre los que podemos mencionar siembra directa, eficiencia de la cosecha y de los mercados, capacitación en marketing, etcétera.
Están previstas demostraciones dinámicas de diversas actividades tales como cosecha de maíz y soja, pulverización, siembras directa y semi estacionaria entre otras.
El objetivo de Expo Daireaux 2006 es dar a conocer la región mostrando su potencialidad no sólo agropecuaria, sino también productiva en materia de servicios y negocios, vinculando a proveedores y a posibles clientes.
El evento al que hacemos referencia, moviliza a todas las fuerzas vivas, orgullosas de esta exposición modelo en esta importante zona de la provincia de Buenos Aires.
Son responsables de la organización la Municipalidad de la Ciudad, la Sociedad Rural, la Agrupación Productores en Cambio, la Escuela Técnica 1 y la Asociación Civil Familias Unidas.
Es por ello, señor presidente, que solicito la aprobación de este proyecto de resolución, pues estamos convencidos de que estos lugares de encuentro entre todos los actores relacionados con el campo y el comercio fortifican los lazos de una comunidad entre sí y con otras zonas, favoreciendo la integración, único camino al real crecimiento.
María del C. Alarcón.
–A la Comisión de Agricultura y Ganadería.
2606-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, para que a través de los organismos correspondientes, informe sobre las siguientes cuestiones:
– Puesto que los directores de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) tienen ya sus mandatos vencidos y no se conocen los funcionarios que los reemplazarán a partir del jueves 18 de mayo, explique las razones de dejar sin directivos a la UIF, colocando así a la República Argentina circunstancial e indefinidamente sin investigación financiera para la prevención y sanción de la legitimación de activos de origen ilícito.
– ¿Por qué con posterioridad a la última evaluación favorable de esta unidad por parte del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) se toma la decisión de disolver el actual equipo de la UIF?
– ¿Qué problemas o deficiencias motivan la decisión de no renovar los mandatos de los directores de la UIF y dejar a la Argentina en una situación de vulnerabilidad extrema frente al lavado de dinero?
– ¿Qué razones existen para desafectar a funcionarios ingresados por concurso y especializados en un área tan compleja como la investigación financiera para prevenir y sancionar el lavado de dinero?
– En caso de que se esté pensando en plantear un esquema alternativo, ¿qué medidas se encuentran previstas para la etapa de transición?
– ¿Cómo se va a comunicar a los organismos internacionales y países socios la suspensión temporal de la investigación financiera en nuestro país?
– ¿Qué organismo actuará como contraparte de las unidades de información extranjeras cuando requieran de nuestro país?
– ¿Qué efecto se espera lograr con esta medida de cara a la comunidad internacional?
– ¿Qué medidas se encuentran previstas para revertir el efecto negativo de que transitoriamente la Argentina no cuente con una unidad de información financiera “en funciones” frente a la comunidad financiera internacional, y cómo afectará a nuestro país en el acceso a créditos internacionales?
Eugenio Burzaco.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 25.246 sancionada el 5/5/2000 preveía en su artículo 8º una integración de la UIF de 11 miembros:
a) Un funcionario del BCRA.
b) Un funcionario de la AFIP.
c) Un funcionario de la CNV.
d) Un experto en temas relacionados con el lavado de activos de la Sedronar.
e) Un funcionario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
f) Un funcionario del Ministerio de Economía.
g) Cinco expertos financieros, penalistas, criminólogos u otros profesionales con incumbencias relativas al objeto de esta ley.
Esta integración fue modificada por el decreto del Poder Ejecutivo nacional 1.500/01 (dictado en uso de las facultades delegadas por el Honorable Congreso de la Nación), que estableció una integración de cinco miembros:
a) Un funcionario del BCRA.
b) Un funcionario de la CNV.
c) Un experto en temas relacionados con el lavado de activos de la Sedronar.
d) Dos expertos financieros, penalistas, criminólogos u otros profesionales con incumbencias relativas al objeto de esta ley.
Con fecha 28 de noviembre de 2001, fueron designados por decreto del Poder Ejecutivo nacional, los tres representantes de organismos públicos:
Doctora Alicia López, en representación del Banco Central de la República Argentina.
Doctor Alberto Rabinstein, en representación de la CNV.
Licenciado Marcelo Sain, en representación de la Sedronar.
Con fecha 16/5/02 el Poder Ejecutivo nacional dictó el decreto 830 designando a los dos funcionarios provenientes del concurso público: Carlos Del Río y María José Meincke.
Conforme al artículo 10 de la ley 25.246, los funcionarios durarán en sus cargos cuatro años, el que podrá ser renovado en forma indefinida.
El 30 de noviembre del año 2005 vencieron los mandatos de los representantes de organismos públicos.
Tanto la CNV como la Sedronar manifestaron por nota dirigida al ministro de Justicia y Derechos Humanos, doctor Iribarne, su intención de renovar el mandato de sus funcionarios.
El 12/5/06 se publicó en el Boletín Oficial, el decreto del Poder Ejecutivo nacional renovando el mandato del doctor Alberto Rabinstein.
Con fecha 15/5/06, los doctores Del Río y Meincke se notificaron de la decisión administrativa del señor ministro de Justicia, fechada el 11/5/06, por la que se resuelve que por no considerarse oportuna, en virtud de encontrarse a consideración del Poder Ejecutivo nacional para ser elevado al Honorable Congreso de la Nación un proyecto de ley que modifica la integración de la UIF, no se renuevan los mandatos cuyos vencimientos operan el 16/5/06.
Así las cosas, con la estructura actual de la UIF, que prevé una integración de 5 miembros, con la renovación de mandato del doctor Rabinstein operada el pasado 12 de mayo, la UIF desde el día 17 queda virtualmente paralizada por la imposibilidad de tomar decisión alguna en relación a su misión específica (artículos 5º y 6º de la ley 25.246) y en lo atinente a las 89 colaboraciones que está prestando con distintos juzgados y fiscalías.
Resulta injustificado que se deje en suspenso el funcionamiento de la UIF y de las importantísimas atribuciones que la ley 25.246 y modificatorias le asignan, con el argumento de que el Poder Ejecutivo nacional presentará ante el Congreso Nacional un proyecto de reforma de la UIF.
Sin perjuicio de que puedan analizarse propuestas de reforma para jerarquizar y empoderar a la UIF en el cumplimiento de sus funciones, lo que resulta inadmisible es que se paralice su funcionamiento hasta que esto ocurra.
Eventualmente, y previa sanción legislativa, podría reformarse la estructura de la UIF si es que el Congreso avala dicho proyecto. Mientras tanto, debe respetarse la jerarquía normativa que dispone el artículo 31 de la Constitución Nacional.
Aceptar esta decisión implica reconocer lisa y llanamente que el Poder Ejecutivo nacional puede dejar en suspenso una ley no ya con un decreto –como desafortunadamente ocurre demasiado seguido con los decretos de necesidad y urgencia– sino con el argumento de que se presentará un proyecto de ley ante esta Honorable Cámara.
Por todo lo expuesto y ante lo grave de la situación, solicito la urgente aprobación del presente proyecto de resolución a mis pares.
Eugenio Burzaco.
–A las comisiones de Justicia y de Finanzas.
2607-D-06
Proyecto de declaración
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo adopte las medidas necesarias a fin de evitar la eliminación del pago de arancel de aceite de oliva, así como también el 5 % en duraznos enlatados que se aplican al ingreso de estos productos provenientes de la Unión Europea.
La presente declaración ya cuenta con la sanción del Honorable Concejo Deliberante de San Rafael, Mendoza.
Omar B. De Marchi.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene su origen en un pedido efectuado por el Honorable Concejo Deliberante de San Rafael, Mendoza, mediante resolución 1.766/06, que solicita nuestra intermediación a fin de evitar la eliminación del pago de arancel del aceite de oliva, y de duraznos enlatados que se aplican al ingreso de estos productos provenientes de la Unión Europea.
El arancel de un dólar por kilo que se aplica al ingreso de aceite de oliva proveniente de la Unión Europea así como también el 5 % en duraznos enlatados provenientes de Grecia, desde hace cuatro años, quedaría sin efecto a partir del 1° de julio de 2006, lo que permitirá el ingreso de aceites a bajo costo, provenientes principalmente de España, Italia y Grecia.
Con la decisión del gobierno nacional el aceite español ingresaría hasta 15 % más barato al mercado nacional, en un marco de precios internacionales en baja, de 3.500 dólares por tonelada.
El fuerte subsidio que tiene la producción de aceitunas en la Unión Europea, produce una distorsión de los precios, que perjudica enormemente a los productores de los países que importan estos aceites de bajo costo.
Con esta nueva disposición, si es que no se logra revertir, el próximo año comenzaremos a ver los efectos negativos sobre la producción en las provincias olivícolas de la Argentina, que con gran esfuerzo van consolidando un polo productivo que genera mano de obra genuina tanto en el sector rural como el industrial. Sumado a lo expuesto, los costos de los insumos utilizados en la producción agrícola, se han incrementado continuamente y el aumento del precio interno de los bienes contrarresta el efecto de la devaluación de la moneda.
Representantes del sector de otras provincias productoras, están realizando las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para revertir esta situación y continuar con el arancel establecido en el año 2001 para proteger a los productores y fabricantes de aceite de oliva de la Argentina.
La competitividad es un factor preponderante en cualquier actividad económica. La región cuyana se ha convertido en la principal productora nacional de la industria olivícola, aportando el 85 % de las exportaciones nacionales del sector, siendo Mendoza la mayor productora en Cuyo.
La dolarización (3 a 1) en su momento favoreció al sector productivo agrario, pero actualmente por el proceso inflacionario que ha sufrido nuestra economía, deja un escaso margen de ganancias a nuestros productores olivícolas, así como también a nuestras industrias de conservas, quienes con la medida a adoptar por el Ministerio de Economía de la Nación se verán seriamente perjudicados en su actividad económica.
Los senadores mendocinos han elevado un pedido de informes para que el Poder Ejecutivo informe, a través de los organismos que correspondan, sobre las medidas adoptadas respecto de la política arancelaria que afecta la producción de aceite de oliva y durazno enlatado.
Por todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente proyecto.
Omar B. De Marchi.
–A las comisiones de Comercio y de Presupuesto y Hacienda.
2608-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para que, por intermedio de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, tenga a bien informar acerca de los siguientes puntos:
1. Qué controles se efectuaron sobre las medidas de seguridad que ofrecen las empresas concesionarias de transporte público ferroviario desde enero de 2006, dados los numerosos accidentes que han sufrido pasajeros de ese servicio público.
2. Qué controles se efectuaron desde enero de 2006 para asegurar el cumplimiento de frecuencias horarias e información al público sobre el servicio público de transporte ferroviario.
Omar B. De Marchi.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El transporte ferroviario que debería valorizarse por la comodidad que debe ofrecer, la celeridad y la baja contaminación ambiental se encuentra en estado de crisis. Son innumerables las tragedias provocadas por la desidia en el cuidado de las condiciones de seguridad. Es fácil comprobar que se prestan servicios de escasa frecuencia con unidades inseguras y viejas, con puertas que en mucho caso no se cierran al comenzar a desplazarse los trenes, lo que permite que pasajeros, para llegar a tiempo a cumplir sus obligaciones, deban viajar colgados de los estribos, lo que aumenta aún más el riesgo de sufrir accidentes, muchas veces irreparables.
Es deber de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte intervenir sin demora cuando algún acto o procedimiento de una empresa sujeta a su jurisdicción es violatoria de normas vigentes, o de algún modo afecta la seguridad de los pasajeros, debiendo ordenar al concesionario involucrado lo necesario para corregir o hacer cesar inmediatamente las condiciones o acciones contrarias a la seguridad.
El objetivo establecido en los contratos de concesión es ofrecer un mejor servicio de transporte público ferroviario, que sea eficiente, seguro y confiable.
Por las razones expuestas, es que solicito la aprobación del presente proyecto.
Omar B. De Marchi.
–A las comisiones de Transportes y de Defensa del Consumidor.
2609-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para que, a través de la Dirección Nacional de Vialidad, disponga la instalación de un puente peatonal que atraviese la ruta nacional 7, a la altura de la calle Pedro Vargas del departamento de San Martín, Mendoza.
Omar B. De Marchi.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ciudad de San Martín, Mendoza, creció durante los últimos años hacia el norte del centro urbano. La ruta nacional 7, que en ese tramo es de doble vía, se vio poblada a ambos costados por barrios como el Municipal, Judicial, Norte, Güemes, López, etc. Que se asientan sobre el costado norte de esa vía. La calle Pedro Vargas une el centro de San Martín con los barrios Norte, Güemes y Municipal siendo utilizada a diario por un gran número de peatones y de ciclistas que, no teniendo otra alternativa, deben atravesar la doble vía en un tramo muy peligroso. Lamentablemente ya se han producido en ese tramo numerosos accidentes sufridos por peatones y ciclistas, debido a las altas velocidades que se registran en ese tramo, la mayoría de ellos son mortales.
El presente pedido tiene su origen en la resolución 955 del Honorable Senado de la provincia de Mendoza. Que solicita nuestra intermediación ante el Poder Ejecutivo para la instalación de un puente peatonal que atraviese la ruta nacional 7 a la altura de la calle Pedro Vargas del departamento de San Martín, Mendoza.
Los accidentes de tránsito representan un importante problema de salud yendo un alto porcentaje de los ingresos a los hospitales públicos, constituyendo un significativo gasto para el Estado. El año pasado en Mendoza sucedieron 12.486 accidentes de tránsito. Solamente el Hospital Central de Mendoza gastó, en el 2005, ocho millones de pesos para la atención de los accidentados lo que equivale el 40 % del presupuesto de ese nosocomio.
En esta provincia la cifra de muertos por accidentes viales en lo que va del año sobrepasa los setenta casos. Mientras que el año pasado la cantidad de fallecidos por esta causa fue de 239 y el saldo de los heridos fue de 6843 personas.
Un puente peatonal solucionaría en gran parte este problema, por lo que su construcción debería ser una prioridad de la Dirección Nacional de Vialidad que es la encargada del mantenimiento de la ruta.
Por los motivos expuestos solicito la aprobación del presente proyecto.
Omar B. De Marchi.
–A las comisiones de Transportes y de Obras Públicas.
2610-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1° – Adóptase para el ejercicio de la facultad que el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución de la Nación Argentina le confiere al presidente de la Nación para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el procedimiento establecido en la presente.
Art. 2° – Déjase establecida como finalidad última de los procedimientos adoptados la preselección de candidatos para la cobertura de vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función.
Art. 3° – Dispónese que, al momento de la consideración de cada propuesta, se tenga presente, en la medida de lo posible, la composición general de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal.
Art. 4° – Establécese que, producida una vacante en la Corte Suprema de la Nación, en un plazo máximo de treinta (30) días, se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos (2) diarios de circulación nacional, durante tres (3) días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia. En simultáneo con tal publicación se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Art. 5° – Las personas incluidas en la publicación que establece el artículo anterior deberán presentar una declaración jurada con la nómina de todos los bienes propios, los de su cónyuge y/o los del conviviente, los que integren el patrimonio de la sociedad conyugal, y los de sus hijos menores, en los términos y condiciones que establece el artículo 6° de la ley de ética de la función pública 25.188 y su reglamentación.
Deberán adjuntar otra declaración en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos ocho (8) años, los estudios de abogados a los que pertenecieron o pertenecen, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos ocho (8) años, en el marco de lo permitido por las normas de ética profesional vigentes, y en general, cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio por actividades propias, actividades de su cónyuge, de sus ascendientes y de sus descendientes en primer grado, ello con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.
Art. 6° – Los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de quince (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección, con declaración jurada respecto de su propia objetividad respecto de los propuestos.
No serán consideradas aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la finalidad del procedimiento que establece el artículo 2° de la presente o que se funden en cualquier tipo de discriminación.
Art. 7° – Sin perjuicio de las presentaciones que se realicen, en el mismo lapso podrá requerirse opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos a los fines de su valoración.
Art. 8° – Se recabará a la Administración Federal de Ingresos Públicos, preservando el secreto fiscal, informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas de las personas eventualmente propuestas.
Art. 9° – En un plazo que no deberá superar los quince (15) días a contar desde el vencimiento del establecido para la presentación de las posturas u observaciones, haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el Poder Ejecutivo nacional dispondrá sobre la elevación o no de la propuesta respectiva.
En caso de decisión positiva, se enviará con lo actuado al Honorable Senado de la Nación, el nombramiento respectivo, a los fines del acuerdo.
Art. 10. – La autoridad de aplicación respecto del procedimiento aquí adoptado será el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Art. 11. – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pedro J. Azcoiti. – Alberto J. Beccani. – Hugo G. Storero. – Alicia E. Tate. – Oscar R. Aguad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo 99, inciso 4, de la Constitución de la Nación Argentina determina que el presidente de la Nación Argentina tiene la atribución de nombrar a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública convocada al efecto.
Es pertinente que el ejercicio de esta facultad por parte del Poder Ejecutivo nacional sea reglamentada estableciendo parámetros a tener en cuenta para mejor selección del candidato propuesto de modo que su designación contribuya de modo cierto en aporte a un efectivo mejoramiento del servicio de justicia, cuya garantía debe el Estado proveer a los ciudadanos, al fortalecimiento del sistema republicano y al incremento de la calidad institucional.
Resulta necesario tener presente, a la hora del ejercicio de tal facultad, las circunstancias atinentes a la composición general del alto cuerpo en cuanto a diversidades de género, especialidades profesionales e integración con un sentido regional y federal.
A ello deben sumarse los requisitos relativos a la integridad moral e idoneidad técnica y el compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos que el o los postulantes deben reunir.
Para mejor cumplimiento de las finalidades indicadas resulta conveniente posibilitar, con la conformidad expresa de quien o quienes resulten motivo de solicitud de acuerdo, la acreditación de aspectos relativos a su trayectoria profesional y académica, los compromisos públicos y privados que tuvieren, la concurrencia de los requisitos establecidos en la ley de ética de la función pública y del cumplimiento de sus respectivas obligaciones impositivas.
Corresponde también crear los mecanismos que permitan a los ciudadanos, individual o colectivamente, a los colegios y a las asociaciones que agrupan a sectores del ámbito profesional, académico o científico de que se trata, a las organizaciones no gubernamentales con interés y acciones en el tema, hacer conocer en forma oportuna sus razones, puntos de vista y objeciones que pudieran tener respecto del nombramiento a producir.
Resulta conveniente adoptar un procedimiento que ordene y acote en un tiempo prudencial el ejercicio de los derechos de participación de los ciudadanos en el manejo de las cuestiones públicas de interés que esta reglamentación busca instrumentar.
El procedimiento así reglado y los dispositivos del presente se adoptan sin perjuicio de la competencia y los procedimientos establecidos por el Honorable Senado de la Nación en virtud de la atribución que el artículo constitucional citado le confiere y su propio reglamento determine.
Hemos hasta aquí reproducido en forma textual, tanto en el articulado del presente proyecto, como en los fundamentos; la parte dispositiva y los considerandos del decreto 222/2003 dictado por el Poder Ejecutivo nacional con fecha 19 de junio de 2003 y publicado en el Boletín Oficial 30.175 de fecha 20 de junio de 2003 en su página dos.
El citado decreto establece el procedimiento que deberá seguir el Poder Ejecutivo de la Nación para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y fija el marco normativo para la preselección de candidatos para la cobertura de las vacantes que se produzcan.
Entendemos que ese decreto al que hoy pretendemos, a través del presente proyecto, darle rango de ley establece un mecanismo adecuado para la cobertura de las vacantes que se produzcan en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Es justo reconocer la disposición presidencial de autolimitar sus facultades para la cobertura de las vacantes en la Corte, estableciendo un mecanismo como el detallado en el articulado del citado decreto.
Pero simultáneamente, llama la atención que el mismo Poder Ejecutivo nacional no haya cumplido a la fecha con lo dispuesto en el artículo 4º de ese decreto en cuanto al plazo para la cobertura de las vacantes existentes.
Existen en la actualidad diferentes proyectos legislativos en ambas Cámaras del Congreso de la Nación que impulsan una modificación en la cantidad de miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En ellos, sus autores fundamentan sus criterios por los cuales el número de integrantes debe ser modificado.
Entendemos que al margen del número de integrantes que se fije, ya sea en más o en menos miembros, o incluso que se mantenga la actual composición, lo que no puede hacerse es mantener situaciones irregulares como la actual, donde a pesar de existir vacantes las mismas no son cubiertas a pesar de la exigencia temporal mencionada del artículo 4º del decreto 222/2003, y generando una serie de dificultades para el funcionamiento cotidiano de la propia Corte.
Entendiendo que el decreto 222/2003 establece un mecanismo adecuado que merece una jerarquía mayor que el alcance legal que su rango de decreto le confiere, consideramos adecuado impulsar este proyecto de ley, en sintonía con la opinión del actual Poder Ejecutivo nacional sobre esta materia tan importante para el funcionamiento institucional de uno de los poderes de la república.
Pedro J. Azcoiti. – Alberto J. Beccani. – Hugo G. Storero. – Alicia E. Tate. – Oscar R. Aguad.
–A las comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales.
2611-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional a través del Ministerio de Economía y/o de las dependencias que correspondan, se sirva informar:
1. Los establecimientos autorizados para funcionar en el rubro 33 “depósito de pescado” en el ámbito geográfico de la cuenca del Río Paraná, es decir en las provincias de Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires.
2. Los establecimientos autorizados para funcionar en el rubro 46 Procesamiento de pescado en el ámbito geográfico de la cuenca del Río Paraná, es decir en las provincias de Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires.
3. Las inspecciones realizadas, fechas de las mismas, toneladas transportadas detallando especies y destino, en las que el SENASA haya intervenido respecto de los establecimientos de los apartados 1 y 2 de la presente.
4. Cantidad de toneladas de pescado exportadas por año, por los establecimientos indicados en los apartados 1 y 2 citados.
Hugo G. Storero.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La depredación de la especie del pez sábalo (Prochilodus lineatus) en la cuenca del río Paraná ha llegado a niveles alarmantes como consecuencia de la sobre pesca con destino a la exportación, ya sea eviscerado, enfriado o congelado.
En virtud de lo anteriormente expuesto es imprescindible conocer información detallada de la información oficial respecto de los establecimientos autorizados que funcionan y de las cantidades registradas de operaciones de exportación que se han realizado.
Esta información es sensible para valorar adecuadamente la eficiencia de las políticas públicas que se han implementado y las posibles correcciones.
Por lo anteriormente expuesto es que solicito a los señores diputados la aprobación del presente proyecto de resolución.
Hugo G. Storero.
–A la Comisión de Intereses Marítimos…
2612-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
MODIFICACION DEL PORCENTAJE DE REGALIAS
Artículo 1º – Modifícase el artículo 22 de la ley 24.196 (actividades mineras), promulgada el 19 de mayo de 1993, en su capítulo VI (Regalías), el que quedará redactado de la siguiente manera:
Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al ocho por ciento (8 %) sobre el valor boca mina del mineral extraído.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Raúl P. Solanas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los países hermanos de Latinoamérica como Chile, Perú y México inclusive, en los que la actividad minera cumple un rol primordial, ha llevado a muchos años de debate el aumento o el cobro de regalías (royalty, en inglés) a las empresas que explotan los minerales. En Perú los propios trabajadores mineros llegaron a decir: “La propuesta que tenemos son las regalías mineras del 10 por ciento, ya que el Estado también debe percibir el pago de una renta por el uso de los recursos que en este caso no son renovables, esa renta es la regalía minera del 10 por ciento sobre el valor neto de venta”. En Chile se desarrollaron largos debates sobre un proyecto conocido como Royalty I, que derivó en el que luego se convirtió en la ley Royalty II.
Esto llevó a que en Perú se promulgue el 24 de junio de 2004 la ley 28.258 que impone una regalía y en Chile, el 16 de junio de 2005, también se promulgó la ley 20.006 (Royalty II) que contempla un impuesto cuyo tipos van del 0,5 % al 5 % sobre la utilidades operacionales de las empresas mineras, este porcentaje se determina en razón de las ventas anuales y en la norma peruana el tipo va del 1 % al 3 % según el monto de la venta de los concentrados. La diferencia está en que el régimen chileno es menos oneroso que el peruano, pues el primero recae sobre las utilidades operacionales y el peruano sobre el valor de venta de los concentrados, existan o no utilidades (Rodrigo, Elías & Medrano). A pesar del avance de estos dos países se siguen escuchando voces que se podría haber avanzado en porcentajes mayores.
Tenemos que tener en claro que cuando hablamos de regalías (royalty), se entiende que está directamente relacionado con la explotación de los recursos naturales no renovables, y se aplica bajo el concepto de que se considera a los recursos naturales minerales con un bien en stock que conforma un capital natural de propiedad de toda la sociedad y que es necesario reponer económicamente cuando se exporta.
Si bien en los países desarrollados existe una tendencia a la reducción de las cargas a las extracciones, a los efectos de incentivar a la inversión, ello se debe a dos factores fundamentales: el primero es que las extracciones en esos territorios son cada vez más difíciles y en segundo lugar a los problema ambientales que acompañan a la explotación de algunos minerales; pero para ejemplo tomamos a Estados Unidos y Canadá que están en esa línea de política minera, en este último han bajado los impuestos específicos a la actividad minera del 20 % al 10 % y ha disminuido el impuesto a la renta que pagan las empresas mineras de aproximadamente de 14 % al 8 %. Es decir que la legislación comparada sobre royalties nos lleva a que por ejemplo en los Estados Unidos para el caso de la producción de cobre y otros minerales no metálicos se cobra a nivel federal una tasa de impuestos a las utilidades, progresiva, que fluctúa entre un 15 % a un 35 %. Pero a nivel federal no se cobra royalty, aunque los estados sí, a valor de la producción que fluctúa entre un 3 % y un 10 %, además de un impuesto a la propiedad, entre un 4 % y un 7 % sobre la base de un tercio sobre el valor total de propiedad; lo que deja en evidencia que estamos muy por debajo de estos valores.
La otra cara de esta realidad son los reclamos que nos llegan de las provincias mineras como Catamarca, San Juan y Chubut, donde los pueblos luchan para poder detener o morigerar los peligros de contaminación que acompañan a las explotaciones mineras. Distintas fuentes de agua estarían en peligro por recibir el drenaje de ácidos y metales pesados procedentes de la minas, que están envenenando a la población, a los animales que crían y a las plantas que siembran y cosechan para su consumo; lamentablemente coincide que el origen de agua con mayor pureza, que es en nuestra cordillera, allí también se encuentran los minerales que son explotados para su exportación por empresas extractoras extranjeras. Estos pueblos merecen, como mínimo, un resarcimiento económico y un estudio pormenorizado de los daños que producen estas explotaciones y si son irreversibles o no, y para eso tiene que estar dirigido el incremento que estamos proponiendo y justificando mediante estos fundamentos, porque si lo que nos preocupa es la competitividad, ya demostramos hacia donde va la tendencia de los países mineros de la región. Existen provincia que cobran regalías a empresas mineras inglesas, canadienses y americanas, las que a su vez exigen reintegro por sacar la producción minera por los puertos del sur, esta diferencia le da un saldo a favor de las empresas, lo que en poca palabras podríamos expresar como que “les estamos pagando para que se lleven nuestros recurso no renovables”. Por eso creemos que una forma de contrarrestar o equilibrar los perjuicios que producen estas explotaciones mineras es incrementar el máximo permitido por la ley 24.196 en su artículo 22º; y teniendo siempre presente que la regalía es una reposición económica de la extracción de un recurso mineral no renovable y ése tiene que ser su fin último, y que no tiene nada que ver con lo que las empresas tributan por rentas y demás impuestos.
Por lo expresado en los párrafos precedentes, esperamos que los señores legisladores acompañen este proyecto de ley.
Raúl P. Solanas.
–A las comisiones de Minería y de Presupuesto y Hacienda.
2613-D-06
Proyecto de declaración
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, imparta las instrucciones necesarias para que los establecimientos educacionales que dependen de él, se abstengan, en todos los niveles educativos, incluido el universitario, de obligar a realizar cualquier tarea, como ser dictado de clases y/o toma de exámenes, entre otras, a aquellos alumnos que profesen religiones que les impiden realizar cualquier actividad los días sábados.
Raúl P. Solanas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es sabido que en el mundo religioso existen numerosas comunidades y religiones que profesan doctrinas que les impiden la realización de cualquier tarea, trabajo, etc., los días sábados, en lugar de los domingos, que es la práctica impuesta en el mundo.
Estas religiones son las llamadas comúnmente “sabatistas” y dependen de la ideología que profesan, en la cual entre sus postulados o costumbres o mejor dicho doctrina, se encuentra aquella que los obliga a descansar los días sábados y como tal, no realizan ninguna actividad, cualquiera sea ella, ese día, porque creen fervientemente que deben descansar el sábado, volviendo a sus actividades normales los días domingo, cuando el resto de la gente, ese día es el de su descanso semanal.
Según estadísticas existen diseminados en el mundo más de once millones (11.000.000) de personas que profesan este tipo de religiones, y más del 91 % de las mismas se encuentran fuera de los Estados Unidos de América, diseminados en más de doscientos (200) países, lo que denota un gran crecimiento dado en los últimos años.
Por ello, es necesario contemplar a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, la posibilidad de implementar mediante el dictado de resoluciones que dicho ministerio por competencia posee, para instruir a los distintos estamentos y organismos que de él dependen, para contemplar que a los estudiantes que profesan este tipo de religión que no realiza ninguna actividad los días sábados, se les exima de realizar cualquier práctica académica ese día, ya sea toma de exámenes, clases, etc.
Con ello estaríamos respetando una creencia que se ha expandido a lo largo del mundo, y se evitaría entrar en un conflicto de intereses, para este tipo de estudiantes que ante el respeto que ellos tienen a sus reglas de conducta, le impiden realizar actividad un día que el resto de las personas normalmente lo hacen.
Cabe mencionar que el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional, claramente establece la libertad de cultos de todos los habitantes del suelo argentino, al respetar que todos ellos profesen libremente su religión y como tal si ella le impide, como el caso que aquí tratamos, efectuar cualquier actividad un día determinado de la semana, que ellos lo toman como día de descanso, ante el imperativo de nuestra Carta Magna, las autoridades deberían respetárselo como tal. Ello además se condice plenamente con el principio que declara que todos “somos iguales ante la ley”, y ante ello los que habitamos este país, gozamos todos de los mismos derechos y prerrogativas, sean nativos o extranjeros, por este motivo.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del siguiente proyecto.
Raúl P. Solanas.
–A la Comisión de Educación.
2614-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1. Crear en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá como objeto el análisis, evaluación e investigación del modo en que se lleva adelante el control estatal sobre la actividad del sector de los hidrocarburos sólidos, en particular en lo referente a la extracción, producción, exploración y exportación de petróleo, gas y sus derivados, y a la certificación de las reservas efectivas vigentes a la fecha.
En especial, la comisión deberá abocarse a la investigación de:
a) El contenido de los informes elaborados por la Auditoría General de la Nación y de su documentación respaldatoria, cuyo objeto consistiera en la actuación de la Secretaría de Energía de la Nación y la Aduana.
b) Estadísticas sobre inversiones en exploración por parte de empresas petroleras actuantes en la Argentina.
c) El resultado de la gestión realizada por la Comisión Nacional de Valores respecto a la baja de las reservas probadas, declaradas por la empresa YPF-Repsol el 26/1/06.
d) Métodos de control que utiliza el Estado para fiscalizar el volumen de extracción de petróleo y gas.
e) Las declaraciones juradas de las empresas petroleras y gasíferas en materia de extracción y producción de petróleo y gas.
f) Las declaraciones juradas de las empresas petroleras y gasíferas en materia de exportación de petróleo y gas y sus derivados. Cuáles fueron las acciones de fiscalización llevadas a cabo por la Secretaría de Energía y la Aduana.
g) Se investigue la evolución que registró la demanda interna y externa desde 1996 hasta la fecha.
h) Cuáles son los montos declarados por las empresas por los conceptos de venteo y consumo en yacimiento desde 1996 a la fecha.
i) A cuánto asciende la recaudación del Estado en concepto de impuesto a las ganancias y retenciones a la exportación.
j) Cuáles son los niveles de compromiso que asumió ENARSA con las empresas del sector hidrocarburífero y cuál es la documentación que avala los mismos.
k) Las acciones llevadas a cabo por la Comisión de Defensa de la Competencia para lograr mejorar las condiciones de competencia en el mercado local de los hidrocarburos.
2. La comisión estará conformada por 7 a 11 señores diputados, designados por la Presidencia a propuesta de los diferentes bloques.
3. La comisión dictará su propio reglamento interno, debiendo garantizarse en él la plena vigencia de todas las garantías y derechos constitucionales.
4. El quórum para sesionar será el establecido en el artículo 108 del Reglamento de la Cámara de Diputados. La comisión tomará las decisiones por mayoría absoluta de sus miembros, salvo en aquellas para las que la presente resolución establece expresamente una mayoría calificada.
5. La comisión investigadora tendrá su sede en el Congreso de la Nación.
6. A los efectos de poder desarrollar su tarea de investigación, la comisión tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
a) Recibir denuncias y pruebas sobre los hechos que son objeto de la investigación.
b) Solicitar informes escritos u orales a organismos estatales, o el envío de documentación sobre los hechos que sean objeto de investigación. Asimismo, a toda persona jurídica de existencia física y/o ideal. La comisión podrá establecer un plazo perentorio para la contestación de los informes.
c) Ordenar la realización de pericias técnicas.
d) Requerir y recibir declaraciones testimoniales.
e) Realizar inspecciones oculares, debiendo dejarse constancia de sus resultados.
f) Conocer el estado de las causas judiciales y/o administrativas relacionadas con los hechos investigados y requerir la remisión de expedientes judiciales y/o administrativos o, en su defecto, copia certificada de los mismos. En el caso que los instrumentos o documentación remitida correspondieran a un expediente judicial en secreto de sumario, se tomarán los recaudos necesarios para la garantía del mismo.
g) Requerir al juez competente el allanamiento de lugares y domicilios con la finalidad de incautar documentación u otra clase de prueba vinculada a la investigación.
h) Requerir al juez competente el secuestro o retención de documentación que pudiera tener relevancia para la investigación.
7. Los requerimientos de allanamientos o secuestros efectuados al juez deberán ser decididos mediante el voto afirmativo de la mayoría de los miembros de la comisión investigadora y fundados en pruebas de la existencia de un hecho vinculado directamente con el fin de la investigación.
8. La Cámara de Diputados proveerá la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el desarrollo de las funciones de esta comisión especial de investigación.
9. La comisión deberá elevar un informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados, dentro de los 80 días contados a partir de su constitución, pudiendo emitirse informes parciales sobre los avances de las investigaciones. El plazo de duración de la comisión investigadora podrá prorrogarse a resolución de la Cámara.
El informe final precisará las responsabilidades políticas que pudieran emerger de la investigación, procediendo, en caso de advertirse la posible comisión de delitos, de acuerdo con lo establecido en el siguiente artículo. Asimismo, deberán sugerirse las modificaciones normativas que estime convenientes como consecuencia de la investigación llevada a cabo.
El informe será dado a publicidad por los medios que la comisión estime pertinentes.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, la comisión procederá a informar a la Cámara, en el transcurso de su desempeño, sobre todo aspecto que considere necesario.
10. Si como consecuencia de la investigación se advirtiera la comisión de actos que pudieran considerarse delitos, la comisión deberá formular las denuncias pertinentes ante la justicia ordinaria, aportando los elementos de prueba recopilados.
Elisa M. Carrió. – Adrián Pérez.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Detrás del anuncio extraoficial de Repsol YPF sobre sus intenciones de vender hasta un 20 % de las acciones, se esconde la modalidad más pura de patrimonialismo corrupto que se inserta en la nueva matriz de saqueo adoptada por el gobierno de Néstor Kirchner.
Tal como lo describiéramos en el informe publicado en el mes de marzo de este año, titulado “La nueva matriz del saqueo. Desestatización por desapoderamiento final. El nacimiento del patrimonialismo corrupto”, éste se caracteriza por el ascenso de quienes detentan posiciones de poder a ocupar roles de gobierno apropiándose de los derechos y bienes del Estado, transformándolos en propios.
La “patrimonialización del Estado” supone por tanto un conjunto de patrones vigentes o prácticas políticas que borran o confunden convenientemente, como regla general, la diferencia de lo público y lo privado, permitiendo la disposición de lo primero con total omisión a las reglas y leyes establecidas para el manejo de los bienes públicos.
Correo Argentino, ARSAT S.A., AYSA S.A. y Ferrocarril Belgrano Cargas exhibieron distintas formas de patrimonialismo corrupto.
La venta del 20 % de las acciones de Repsol YPF, por los motivos que más adelante expondremos, pone al descubierto palmariamente el modelo pergeñado para esta nueva matriz de saqueo.
¿Quiénes serán los nuevos titulares de estas acciones? Allí radica la cuestión.
Todo indica que se trata del empresario Cristóbal López, amigo del presidente de la Nación, y los recientemente incorporados al círculo de empresarios allegados al gobierno: los hermanos Bulgheroni.
Cristóbal Manuel López es un empresario radicado en la ciudad de Comodoro Rivadavia que merced a su amistad con el entonces gobernador de Santa Cruz y actual presidente de la Nación, Néstor Kirchner, pasó de trabajar en la forrajería de su padre a manejar un conglomerado de empresas de casinos, máquinas tragamonedas, servicios petroleros, medios de comunicación, producción de aceite de oliva, recolección de residuos y transporte público en todo el país. López se vinculó con los Kirchner a mediados de los 80, a través del ex cuñado del presidente, Armando “Bombón” Mercado, quien lo introdujo en el negocio petrolero a través del gremio de los petroleros (SUPE). Actualmente es titular de una petrolera (Oil M&S) que termina de ganar una licitación para explorar y explotar gas y petróleo en Brasil.
Carlos y Alejandro Bulgheroni representan a un grupo empresario que labra sus logros por la “cercana” relación con los gobiernos de turno, desde la época de la dictadura militar. Tuvieron intereses en la industria papelera, a través de la liquidada Papel de Tucumán, y en el mercado financiero a través del liquidado Banco del Interior y Buenos Aires (BIBA). Su expansión se debe al negocio petrolero en América Latina así como en Asia Central.
Finalmente, el Estado nacional podría adquirir un 5 % de las acciones con el único objeto de fortalecer la estrategia ante la sociedad.
El gobierno pretendería, una vez más, engañar a la sociedad anunciando la “nacionalización” del petróleo. Pero la conducta de Néstor Kirchner en el proceso de privatización de YPF, la política en materia de hidrocarburos sostenida durante su gestión y los antecedentes de Cristóbal López y los Bulgheroni se contradicen abruptamente con una política de nacionalización del principal recurso energético.
Muy por el contrario, todo aquello deja al descubierto un negocio con visibles beneficiarios: el presidente de la Nación y su círculo de amigos. Es paradójico que quien tuviera un rol central en la privatización y entrega de YPF en 1994 termine, 12 años después, convirtiéndose presuntamente en uno de sus propietarios a través de un empresario sumamente cercano como es Cristóbal López.
La matriz energética
Como es sabido, la energía es un elemento de importancia vital para el crecimiento de la economía de un país y su defensa debe ser siempre abordada atendiendo al carácter utilitario del recurso como un bien social consagrado a la satisfacción normal y regular de necesidades colectivas.
Nuestro país se caracteriza por la manipulación de su matriz energética, la ausencia de un plan específico y la entrega desmesurada de sus recursos sin controles del Estado, el que a través de los años desdibujó su accionar en beneficio del empresariado, que en este sector se encuentra mayormente concentrado en la firma Repsol YPF. Por tal motivo, hemos creído oportuno abordar los antecedentes, comportamiento empresario, incidencia en el mercado y futuro de Repsol YPF, en atención a la importancia que la misma tiene sobre nuestro mercado energético.
Más allá de la leyenda popular, en lo que hace a los hidrocarburos la Argentina es un país con poco petróleo. Lejos de la producción diaria por pozo que generan, por ejemplo, las naciones de Medio Oriente (500 metros cúbicos), nuestro país se ubica en el orden de los 9,4 metros cúbicos, situación que transforma al recurso en escaso y estratégico.
Sin embargo, la Argentina ha tenido a lo largo de su historia una política energética errada y cortoplacista, orientada por la necesidad de incorporar recursos al Tesoro nacional como forma de conjurar los problemas fiscales que aquejaban al sector público, dilapidando recursos naturales no renovables. El producto de tal concepción fue el desmembramiento de la vieja empresa Gas del Estado, el desarme del sistema eléctrico nacional, la venta de las áreas secundarias y centrales pertenecientes a YPF y la posterior privatización de los activos y acciones de la entonces petrolera estatal.
La Argentina, en la década del 90, estuvo signada por el desguace del Estado, que produjo entre otras cosas un profundo cambio en su matriz energética, cuyas consecuencias se proyectan hasta la actualidad. La privatización y la desregulación del sector supieron abrir paso a la lógica del mercado frente a la forzosa planificación de inversiones.
Esta entrega de uno de los recursos naturales más importantes del país no se podría haber logrado sin complicidades y silencios.
Marco normativo
Es importante abordar el marco normativo que permitió la entrega de YPF y la desregulación de la actividad en nuestro país, para entender que el mismo esquema ideado por el menemismo, defendido por el entonces gobernador de Santa Cruz y por una parte importante de los diputados entonces justicialistas y hoy del Frente para la Victoria, no sólo continúa en nuestros días sino que con el correr de los años la matriz de saqueo se ha ido perfeccionando, acompañada a su paso por reglas hechas a medida de Repsol YPF y por un Estado incumpliente en su doble rol de regulador y controlador.
Es por ello que entendemos necesario comenzar este análisis aludiendo al decreto 1.055/89. Mediante esta norma el Poder Ejecutivo reglamentó los artículos 2°, 6°, 11, 95 y 98 de la ley 17.319, habiendo declarado de prioritaria necesidad la promoción, desarrollo y ejecución de planes destinados a incrementar la producción nacional de hidrocarburos líquidos y gaseosos, incluyendo sus derivados para asegurar el autoabastecimiento interno y un adecuado margen de reservas, alcanzar el desarrollo pleno de las industrias petroquímicas y obtener saldos exportables, privilegiándose la industrialización de los recursos en su lugar de origen (artículo 1°).
Respecto de yacimientos de hidrocarburos operados por YPF en los cuales se registraba, a criterio del Poder Ejecutivo, un reducido nivel de producción como consecuencia de su inactividad prolongada y/o estado de semiexplotación, establecía necesario tanto para su reactivación como para el incremento de su producción la aplicación de “esquemas de explotación” que permitan la participación del capital privado.
Por otro lado, en aquellos yacimientos operados por YPF que registraban un mayor nivel de producción el Poder Ejecutivo nacional buscó la aplicación de las llamadas “técnicas de producción asistida”, las cuales, conforme a lo expresado en la norma, requerían el aporte de moderna tecnología y capacidad económicofinanciera a fin de concurrir al desarrollo de los yacimientos asociada con YPF.
Un dato que no puede soslayarse y que hace a la esencia de la política desarrollada en la década de 1990 es el concepto de adjudicación de áreas en función del mayor monto en concepto de derecho de explotación como de asociación. Nótese que el decreto 1.055/89 adopta un criterio marcadamente fiscalista al determinar que las denominadas áreas de interés secundario se adjudicarían a la empresa que ofreciere el mayor monto en concepto de derecho de explotación. Pudo haberse utilizado como criterio aquella oferta que asegurara, por ejemplo, mayores volúmenes de producción con técnicas racionales de explotación que tiendan a la preservación del recursos y al abastecimiento del mercado interno. En consonancia con la pauta adoptada, el pago del derecho de explotación se efectuaría al Tesoro nacional al contado y antes de ingresar al área adjudicada, correspondiendo a éste liquidar un 4 % a las provincias, entre ellas las más beneficiadas Santa Cruz y Neuquén, que correspondieren en concepto de adelanto de regalías. Los hidrocarburos producidos por las empresas adjudicatarias de las áreas concursadas serían de libre disponibilidad.
Un criterio similar fue el seguido respecto de las denominadas “áreas de recuperación asistida” en las cuales la asociación con YPF en los porcentajes y responsabilidades correspondientes a la empresa asociada se efectuó teniendo en cuenta el mayor monto ofrecido en concepto de derecho de asociación.1
Posteriormente, Carlos Menem dictó el decreto 1.212/89 que consagró la desregulación del sector hidrocarburos, estableciendo reglas tendientes a privilegiar “los mecanismos de mercado para la fijación de precios, asignación de cantidades valores de transferencia y/o bonificaciones en las distintas etapas de la actividad”.
Así las cosas, se eliminaron las denominadas cuotas de crudo, se flexibilizó la importación de petróleos crudos y de productos derivados del petróleo al no requerirse autorización previa, eximiéndose los aranceles de importación hasta alcanzar la condición o el término consagrado por el artículo 5° del mencionado decreto bajo análisis2. A partir de ese momento, la importación de petróleo crudo y de sus derivados quedará sujeta a la política arancelaria general.
La norma también avanzó en todo lo atinente a la desregulación de refinerías y bocas de expendio como en la libertad de precios del petróleo y sus derivados, en todas sus etapas. En lo referente a los precios del gas natural para usuarios y productores, éstos serían fijados mensualmente por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a través de la Secretaría de Energía, hasta que se generen condiciones de mercado de múltiples oferentes.3
Una disposición singular es la contenida en el artículo 18, la cual merece un comentario aparte por su trascendencia institucional.
Ante todo, debe advertirse que el segundo párrafo del artículo 25 y el segundo párrafo del artículo 34 de la ley 17.319 establecen restricciones en cuanto a la titularidad de más de cinco permisos de exploración y más de cinco concesiones de explotación por parte de personas físicas o jurídicas, ya sea en forma directa o indirecta, respectivamente.
El decreto 1.212/89 encomendó al Ministerio de Obras y Servicios Públicos elevar, en el plazo de 30 días, un proyecto de ley propiciando la eliminación de las limitaciones aludidas a fin de posibilitar la conversión de los contratos preexistentes al régimen previsto en el presente decreto y promover la participación del mayor número de empresas en concursos futuros.
Pero la norma determinó que hasta tanto no se produjera la derogación indicada, las limitaciones de la ley de hidrocarburos se aplicarían teniendo en cuenta el siguiente criterio: el cómputo de las limitaciones indicadas en los artículos 25, segundo párrafo, y 34, segundo párrafo, de la ley 17.319, cuando los titulares de los permisos y concesiones constituyeren una persona jurídica distinta o asumieren la forma de unión transitoria de empresas o asociación, la restricción se aplicaría exclusivamente respecto de dicha persona, unión transitoria de empresas o asociación con igual composición de integrantes.
En los hechos, el decreto implicó la “derogación” lisa y llana de las disposiciones de la ley de hidrocarburos toda vez que por vía reglamentaria se procuró una solución muy diferente a la consagrada en los artículos 25 y 34 de la ley 17.319. Lógicamente, jamás fue modificada la ley de hidrocarburos y tampoco el hecho fue subsanado por la actual administración Kirchner, quien ha mantenido la vigencia del decreto 1.212/89.
Debe destacarse que todas estas normas aún se encuentran vigentes y constituyen el estatuto legal que aseguran el régimen de la libre disponibilidad de los recursos hidrocarburíferos, definida como la posibilidad de comercializar el petróleo y el gas sin restricciones tanto en el mercado interno como externo.4
Finalmente, la ley 24.145 estableció tanto la desregulación como la venta de la compañía energética de todos los argentinos, implicó la legitimación de una política que puso por encima del desarrollo nacional la obtención de recursos para hacer frente a la problemática fiscal del Estado, condenando a la Nación a resignar sus recursos energéticos no renovables, escasos y estratégicos. Un ejemplo de lo afirmado lo tenemos en el decreto 1.055/89, norma que determinó que las áreas se adjudicarían a la empresa que ofreciere el mayor monto en concepto de derecho de explotación.
El acto por el cual se concretó tal defección a los intereses de la República fue la ley 24.145, aprobada por la mayoría justicialista y fríamente resistida por la oposición radical de aquellos años.
La norma en términos ampulosos procedió a transferir a las provincias el dominio del Estado nacional sobre los yacimientos de hidrocarburos toda vez que en los hechos condicionó la misma al acaecimiento de determinadas condiciones. En efecto, dicha transferencia tendría lugar una vez sancionada y promulgada la ley cuya elaboración fuera encomendada a la Comisión de Provincialización de Hidrocarburos5. La excepción estaba dada por los siguientes casos:
a) Las áreas asignadas en ese momento a YPF Sociedad Anónima para sus actividades de exploración y/o explotación por sí, por terceros o asociada a terceros, que se consignaban en los anexos I y III de la ley 24.145.
b) Las concesiones de explotación de hidrocarburos otorgadas a empresas privadas de conformidad a las disposiciones de las leyes 17.319 y 23.696 y los decretos 1.055/89, 1.212/89 y 1.589/89, vigentes a la fecha de entrada en vigor de la ley y detalladas en el anexo II.
c) Los permisos de exploración y concesiones de explotación que se otorgaren en el futuro como consecuencia de la reconversión de contratos celebrados con respecto a áreas asignadas a YPF Sociedad Anónima, que fueron consignados en los anexos I y III de la norma en cuestión.
En estos tres supuestos la transferencia tendría lugar a partir del vencimiento de los respectivos plazos legales y/o contractuales.
Por otra parte, aquellas áreas que, en virtud de la ley 17.319, se encontraban bajo concursos en trámite al momento de promulgarse la 24.145, convocados con la finalidad de otorgar permisos de exploración o concesiones de explotación, detalladas en el anexo IV de la norma, y que no hubieren sido adjudicadas, la transferencia del dominio se realizaría una vez sancionada y promulgada la ley elaborada por la ya mencionada Comisión de Provincialización de Hidrocarburos.
No obstante lo antedicho, con motivo de la reforma de la Constitución Nacional en 1994 se introdujo el artículo 124, cuyo último párrafo atribuyó a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. En consecuencia, las limitantes establecidas por la ley 24.145 quedaron sin efecto desde el punto de vista jurídico, no obstante lo cual la transferencia plena de ese domino no pudo efectivizarse hasta el día de la fecha.
Los únicos yacimientos que se transfirieron ipso iure con la sanción y promulgación de la ley 24.145 fueron los agotados o de escasas reservas, cuya cesión se encontraba autorizada por el artículo 20 del decreto 1.055/89. Las provincias decidirían su explotación directamente o en asociación con empresas privadas nacionales o extranjeras.
Asimismo, se determinó que continuarían perteneciendo al Estado nacional aquellos yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en el territorio de la Capital Federal o en su jurisdicción sobre el lecho argentino del río de la Plata, así como también aquellos que se hallaren a partir del límite exterior del mar territorial, en la plataforma continental o bien hasta una distancia de doscientas (200) millas marinas medidas a partir de las líneas de base. Tal mención no ha escapado a este equipo de investigación y debe ser analizada en función de la ley y fundamentalmente en lo que tiene que ver con la denominada Declaración Conjunta de Cooperación sobre Actividades Costa Afuera en el Atlántico Sudoccidental, tema que se abordará más adelante en el presente informe.
Finalmente, la administración de Néstor Kirchner dictó el decreto 546/03. La norma encuadrada en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional –decretos de necesidad y urgencia– reconoció a favor de las provincias el derecho a otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación, almacenaje y transporte de hidrocarburos en sus respectivas jurisdicciones con relación a las áreas revertidas a la jurisdicción provincial en el marco del decreto 1.955/94, así como sobre aquellas áreas definidas en sus planes de exploración y/o explotación por las propias provincias, cumplimentando los requisitos y condiciones que determina la propia ley 17.319 y sus normas reglamentarias y complementarias.
A los fines del ejercicio de los derechos de exploración y concesión, las provincias tienen que confeccionar los pliegos de licitación correspondientes, celebrando los concursos públicos de conformidad con su propia legislación en la medida en que sea compatible con la legislación nacional vigente.
Como se podrá advertir, la política de la actual administración en materia de hidrocarburos ha sido la de mantener el régimen jurídico estructurado en la década del 90, época durante la cual muchos de los actuales funcionarios –entre ellos, el presidente Néstor Kirchner– fueron decididos adláteres del régimen que por aquellos años gobernaba la República. Sobre este punto nos explayaremos a continuación.
Por qué se privatizó YPF6
Ahora bien, las preguntas a realizarse son ¿por qué se privatizó YPF? y ¿a quién benefició esta matriz de saqueo?
Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) fue el principal activo estratégico y económicamente viable del Estado argentino entre 1922 y 1992, logrando expandir la oferta y la producción de energía en todas sus formas (combustibles derivados del crudo, gas natural y electricidad), diversificando el suministro eléctrico (en base al gas natural que distribuía Gas del Estado, más la hidroelectricidad y en menor medida la nucleoelectricidad) y permitiendo una configuración de la estructura socioeconómica del país basada en la industrialización.
Con YPF el Estado formuló e implementó una serie de políticas de planificación energética que resultaron en el desarrollo de un aparato productivo que posibilitó ventajas competitivas en la economía nacional y mejores condiciones de vida para los ciudadanos.
No obstante, el modelo económico de la dictadura militar (1976-1983) basado en la desindustrialización, el estancamiento científicotécnico, la desregulación de los mercados, el ajuste estructural y el endeudamiento externo, dejaron las bases para su completa enajenación posterior, la cual se ejecutó durante las dos administraciones Menem (la primera etapa culminó en 1993 y la segunda en 1999).
Cabe destacar que entre los principales argumentos falsos empleados para entregar YPF al capital privado sobresalen los siguientes: “YPF da pérdidas”, “la corrupción institucionalizada” y “el Estado no está en condiciones de realizar inversiones de capital de riesgo en exploración hidrocarburífera”.
Sin embargo, y a pesar de su endeudamiento ilegítimo y de los precios bajos –en comparación con los internacionales– de los combustibles para el mercado interno fijados por la petrolera estatal (acorde con los costos operativos del país), los cuales limitaban con fuerza el nivel potencial de utilidades, YPF registraba balances con resultados positivos relevantes.
A pesar de esto, fue la petrolera estatal la responsable del descubrimiento del 95 % de las reservas de hidrocarburos del país durante sus 70 años de existencia.
Una prueba de esto la encontramos comparando los esfuerzos exploratorios de los años 80 con los correspondientes a la gestión privada; se observa una enorme brecha, ya que la gestión estatal de YPF realizó en los años 80 un promedio anual de 117 pozos exploratorios, y la gestión privada entre 1999 y 2005 registra un promedio anual de apenas 26 pozos exploratorios, en base a datos de la Secretaría de Energía de la Nación.
Es por lo expuesto que sostenemos que la génesis de la situación que estamos viviendo todos los argentinos, de crisis energética y saqueo de recursos, encuentra su base en la privatización de YPF, que constituyó no sólo la entrega de uno de los recursos naturales más importantes del país, sino que a partir de allí se consolidó el alejamiento del Estado en su rol de productor de hidrocarburos.
Como ya se ha expresado, fue determinante el apoyo del entonces gobernador Kirchner a la privatización de YPF.
En ese proceso escandaloso el apoyo del presidente Kirchner, entonces gobernador de la provincia de Santa Cruz y artífice de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFHEPI), fue indispensable, no sólo por la activa participación de sus legisladores en el debate legislativo, sino por el respaldo político a la decisión privatizadora de Menem que dan cuenta las crónicas de la época.
Entre otros legisladores peronistas se destacaba el voto de Fellner y Gioja (actuales gobernadores kirchneristas), Manfredotti (ex gobernador menemista de Tierra del Fuego, apoyado por Kirchner para la segunda vuelta electoral), Maqueda (actual miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), Parrilli, con activa participación en el debate (actual secretario general de la Presidencia); Ruckauf, Soria (ex candidato a la gobernación de Río Negro, kirchnerista) y Felipe Solá (actual gobernador de la provincia de Buenos Aires).
Los recursos provenientes de la entrega de YPF constituyen parte de los fondos de la provincia de Santa Cruz, cuyo monto y aplicación aún se desconocen.
El Estado nacional, entonces en cabeza de Carlos Menem, firma con las provincias petroleras un acuerdo que incluyó la sanción de la ley 24.145. Esta norma incluyó:
1. La transferencia de los yacimientos de hidrocarburos a las provincias.
2. La aprobación a lo dispuesto por el decreto 2.778/90 del 31/12/30, que establecía la transformación de YPF S.E. en YPF S.A.
3. La privatización del capital social de YPF S.A.
4. Que las deudas de regalías por hidrocarburos sería cancelada con bonos de consolidación de regalías.
5. El reconocimiento a las provincias a título de participación del 10 % en efectivo sobre el derecho de asociación percibido y a percibir en las áreas centrales y por las áreas de las cuencas Austral y Noroeste.
El 24/11/92 se firma el acta acuerdo donde el Estado nacional le reconoce a la provincia de Santa Cruz una deuda adicional de u$s 150.038.780 en concepto de regalías de gas aprovechado, por lo que la suma de regalías mal liquidadas entre el 1º/1/80 al 31/12/90 ascendería a u$s 630.100.000.
Posteriormente, los bonos de consolidación de regalías de hidrocarburos fueron emitidos el 2/12/92 por un valor nominal de u$s 3.200.000.000 que después utilizó canjeándolos por acciones clase B de YPF. Es importante destacar que estos recursos se encuentran en bancos del exterior sin saber la ciudadanía a ciencia cierta el saldo y su aplicación.
Hasta 1990, el Estado argentino monopolizaba la fijación de precios en los hidrocarburos en todas sus etapas. Hoy esto está en poder de una concentración económica transnacional. Una sola compañía, Repsol YPF, participa en la oferta de naftas en más de un 50 % y en lo que hace al gasoil supera el 60 % del mercado.
“¿Qué hemos perdido con la privatización? Fundamentalmente perdimos la conformación empresaria, la renta petrolera, que se va hacia el extranjero en tanto las empresas están autorizadas a girar el 70 por ciento de las divisas obtenidas sin pasar por el Banco Central, en una situación única. Y hemos perdido también los recursos naturales, porque cuando se otorgan concesiones de transporte eléctrico por 95 años, o pozos petroleros por 35 años, se entregan los recursos.
”Desde 1989 no se construyó un solo gasoducto en la Argentina para consumo interno, al tiempo que se inauguraron siete en Chile, uno en Brasil, y otro en Uruguay para exportar el recurso. Recibieron de YPF un caño abierto, sacaron lo máximo, vendieron a precio internacional dentro y fuera del país, exportaron, y no hicieron inversiones. La crisis energética de este año ocurre por la falta de inversiones: es la crisis del modelo que permite que no se produzcan inversiones.”7
Quién es Repsol YPF
Repsol era una refinería española, privatizada en 1996, y que en 1999, tras una operación del rey de España y del entonces presidente de la Nación, Carlos S. Menem, adquiere mediante una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) el 98,23 % de las acciones de YPF S.A. (logrando alcanzar –y mantener– el 99,04 % de las acciones tiempo más tarde).
Con la adquisición de YPF en 1999, Repsol se convirtió rápidamente en uno de los conglomerados energéticofinancieros más rentables a nivel mundial, a saber:
– Representa hoy el conglomerado energético más importante de la Argentina.
– La estructura de su capital social se conforma de la siguiente manera: 16,2 % inversionistas estadounidenses, 27,9 % inversionistas españoles y 31,6 % accionistas del resto del mundo, accionistas estables 24,3 %, entre los que se destacan: La Caixa 9,1 % y su vinculada Repinves 5 %, BBVA 5,4 % y PMI Holdings (Grupo PEMEX) 4,8 %.
–
La Argentina sólo conserva la acción de oro. El cuadro siguiente indica el proceso de ventas de las acciones del Estado nacional:
Composición
Julio
Inicio
Fines
accionaria
de 1993
1998
de 1999
de 1999
Estado nacional
20% + acción
20% + acción
5% + acción
Acción
de oro
de oro
de oro
de oro
Estados provinciales
12%
4,70%
4,70%
0%
Personal de YPF S.A.
10%
0,40%
0,40%
0,40%
Sistema provisional
12%
0%
0%
0%
Sector privado
46%
74,90%
74,90%
1,37%
Repsol
–
–
14,99%
98,23%
Costo acción
u$s 19,00
u$s 30,68
u$s 38,00
u$s 44,78
Monto en millones
u$s 2.511
s/d
u$s 2.011
u$s 13.158
– Este consorcio es en la actualidad el propietario más importante de las reservas probadas de petróleo y gas natural de la Argentina, así como también el principal productor y exportador de gas y petróleo, constituyéndose con esto en un factor importante en la economía de nuestro país, capaz de regular y establecer los precios y condiciones del mercado.
– En el segmento del gas natural, además de actuar como oferente primario, opera en los eslabones distribución (para el mercado interno) y transporte (para la exportación a Chile): (a) controla el 72 % del capital social de la prestataria de distribución Gas Natural BAN S.A. y con el mismo porcentaje a Metrogas S.A., es decir, las distribuidoras de gas natural que abastecen a los aglomerados urbanos más grandes y a su vez con mayores necesidades energéticas del país; (b) es propietario de los gasoductos de exportación Methanex YPF y Atacama (este último a través de Astra Evangelista y Pluspetrol Energy, empresas controladas por Repsol YPF en un 100 % y 45 %, respectivamente), y participa como accionista en otros dos gasoductos de exportación: Pacífico (9,8 %) y GasAndes (13 %, a través de Metrogas).8
– En relación a la importación de gas natural boliviano, es importante destacar que la citada firma concentra en Bolivia el 35,1 % de los bloques de explotación de gas, a través del 25,7 % de Empresa Petrolera Andina SA (controlada en un 50 % por Repsol –2004: 118–) y del 9,4 % de Maxus Bolivia Inc. (con sede en Islas Caimán; controlada en un 100 % por Repsol –2004: 118–).
Otras actividades en donde se desenvuelve este agente económico son:
– El fraccionamiento y comercialización de GLP, opera por medio de las empresas Comsergas S.A. y Poligas Luján S.A., donde tendría participación accionaria.
– El fraccionamiento y comercialización de gas con las empresas Compañía Mega S.A. y Natural Energy S.A.
– En la ingeniería, construcción y explotación de oleoductos y logística de productos derivados, con Oleoductos del Valle S.A. (37 %, más 11,9 % de Pluspetrol Energy y 7 % de Astra Evangelista), Oleoducto Trasandino Argentina S.A. (100 %), Terminales Marítimas Patagónicas: Termap (33 %) y Astra Evangelista (100 %).
Asimismo, también la firma constituye un gran conglomerado financiero como sugiere el cuadro 1:9
Cuadro 1
Resultados operativos de Repsol YPF en el mundo por áreas geográficas, 1998-2004 (en millones de euros)
Areas geográficas
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
América Latina
187
1.101
3.333
2.365
1.792
2.729
2.818
Argentina
145
964
2.830
2.104
1.573
2.198
2.111
Resto de Latinoamérica
42
137
503
261
219
531
707
Europa (particularmente España)
1.449
1.269
2.207
1.875
1.134
826
1.385
Norte de Africa y Medio Oriente
14
141
429
464
393
316
344
Lejano Oriente
19
92
271
213
50
(11)
–
Resto del mundo
11
26
2
3
(46)
–
–
Total
1.680
2.629
6.242
4.920
3.323
3.860
4.547
Fuente: Elaboración propia en base a datos consultados en los informes anuales (varios años) de Repsol YPF S.A.
Cabe destacar que a fines de 2004 Repsol YPF declaraba en su “Informe anual” activos totales por € 38.943 millones, de los cuales € 11.426 millones se encontraban en la Argentina, € 8.320 millones en el resto de América Latina, € 17.031 millones en España y € 2.166 millones en el resto del mundo. Por otra parte, dicho informe señala que las inversiones realizadas en 2004 fueron equivalentes a € 3.784 millones, de los cuales € 755 millones se destinaron a la Argentina, € 716 millones al resto de Latinoamérica, € 1.492 millones a España y € 821 millones al resto del mundo.
En relación al modelo de gestión de Repsol en YPF, se puede observar que se caracterizó –y se caracteriza– por extraer todo el volumen de hidrocarburos posible, es decir, sobreexplotación de los yacimientos, sin realizar inversiones de capital de riesgo para mantener un horizonte estratégico de reservas (alrededor de 7 pozos anuales de exploración entre 1999 y 2005) y sin preocuparse por el daño medioambiental (como ocurrió catastróficamente en Mendoza y Neuquén).
Entre 1999 y 2004, según informes anuales de Repsol YPF (véase cuadro 1), esta compañía obtuvo en la Argentina resultados operativos equivalentes a € 11.780 millones (un promedio anual de € 1.963 millones). No obstante, cabe señalar que las petroleras tienen un 70 % de libre disponibilidad de divisas que ingresan por exportación. Además, los oleoductos y gasoductos que parten de los yacimientos que explotan, así como los poliductos que parten de las refinerías que controlan, no poseen en su mayoría medidores fiscales, y en los sitios donde sí existen no son controlados por la Secretaría de Energía de la Nación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Aduana argentina (en los casos de exportación) y los organismos provinciales pertinentes, con lo cual el Estado acepta generosamente las “declaraciones juradas” de las compañías en relación a la declaración de reservas certificadas, al pago de regalías por extracción y retenciones por exportación.
Qué pasó con las reservas
Las reservas hidrocarburíferas son acumulaciones de hidrocarburos fluidos que contienen yacimientos naturales. En ese orden, se entiende como reservas probadas las cantidades de petróleo que, por el análisis de los datos geológicos e ingenieriles pueden estimarse con razonable certeza, que serán comercialmente recuperables en un futuro definido, de los reservorios conocidos y bajo las condiciones económicas, mediante los métodos y las regulaciones gubernamentales actuales.
En este contexto, el término de “probadas” se refiere a las cantidades reales de reservas de petróleo y no sólo a la productividad del pozo o reservorio.
Siguiendo esta lógica de pensamiento, las reservas no comprobadas se subdividen en probables y posibles. Las reservas probables son aquellas que han sido descubiertas, pero que no han sido evaluadas ni medidas; es decir, no certifican el valor de la variación mencionada en esa fracción. Las reservas posibles son aquellas que no se basan en información científica, sino que se especula que “posiblemente” se encuentren.10
En este contexto, compartimos los considerandos de la resolución 482/98 de la Secretaría de Energía que entendía que “…los datos relativos a las reservas de petróleo y gas constituyen un elemento básico y primordial, hecho éste que exige establecer procedimientos acordes a las definiciones estandarizadas reconocidas internacionalmente, promoviendo la utilización de una metodología y nomenclatura común que permita la obtención de resultados bajo criterios objetivos y compatibles.
”Que el diseño de tales procedimientos implica tener en cuenta las modalidades aplicadas por la industria a partir de la desregulación de los parámetros económicos que la rigen, a fin de contar con un marco reglamentario, que por una parte permita a la autoridad de aplicación el cabal cumplimiento de sus funciones, y por la otra sea acorde a dichas modalidades que resultan de práctica en el contexto internacional.”11
Hasta aquí pretendemos mostrar como en la cuestión petrolera se encuentra claramente normatizada la utilización de los términos vinculados a la mayor o menor certeza de reservas, ya que este dato constituye un elemento fundamental a la hora de evaluar la viabilidad del negocio para los potenciales inversores.
La petrolera Repsol YPF S.A., el pasado 26 de enero de 2006, ha informado a través de su presidente, el señor Antonio Brufau, en rueda de prensa en la ciudad de Madrid, la baja en las reservas totales de la empresa en un 25 %, alegando haber declarado ante la Security Exchange Commission (SEC), de EE.UU. reservas de petróleo y gas probadas y probables, cuando en realidad debían haberlo hecho sólo de sus reservas probadas.
Este 25 % comprende una baja del 52 % en las reservas probadas de Bolivia y del 42 % en las de la Argentina, junto con menores cantidades en Venezuela y otras áreas.12
Posteriormente a estas declaraciones, fue tal el impacto en los mercados de capital que cuatro estudios estadounidenses están iniciando demandas a la compañía, a saber: Lerach Coughlin Stoia Rudman & Robbins LLP13; Charles J. Piven, P.A.14; Schatz & Nobel, P.C.15 y Schiffrin & Barroway, y posiblemente se estén iniciando otras demandas en plazas europeas.
Por lo dicho, parece ingenuo pensar o suponer que Repsol YPF confunda en sus memorias el concepto de reservas, a la hora de cuantificar sus activos y la proyección de sus negocios.
Ahora bien, a lo largo de los años la cronología de nuestras reservas revelan no sólo un importante incremento de los volúmenes de extracción desde la privatización sino que la significativa disminución de las mismas no responde a ningún parámetro objetivo de medición que lo justifique.
Pareciera que en nuestro país anualmente se perdieran importantes volúmenes de gas y petróleo sin que esto llame la atención de la Secretaría de Energía ni de la Aduana. Esta circunstancia pone de manifiesto la total ausencia del Estado en el control de toda la cadena hidrocarburífera, así como también de las exportaciones que de dichos productos se realizan, a saber:
a)
El remanente de las reservas comprobadas de petróleo al 31 de diciembre de 2004 alcanzaba los 368,9 millones de metros cúbicos, y el correspondiente a las de gas natural, para igual fecha, alrededor de 534 mil millones de metros cúbicos.
Comparación de los horizontes de vida de petróleo y gas natural según clasificación de reservas, al 31 de diciembre de 2004 (en millones de metros cúbicos y años)
Reservas
Extracción
Relación
Hidrocarburo
(en millones
(en millones
R/E
de m3)
de m3)
(años)
Certificadas = 368.923
9,1
Petróleo
40.415
Certificadas + 50% de probables = 444.357
11,0
Certificadas = 534.217
10,2
Gas natural
25.317
Certificadas + 50% de probables = 648.798
12,4
Fuente: elaboración propia en base a datos de “Boletín Anual de Hidrocarburos 2004” de la Secretaría de
Energía de la Nación.
La situación se reitera cuando se analiza la evolución de las reservas certificadas de petróleo; en este caso, se observa que en 1989 tales reservas eran de 344,6 millones de m3 y al año siguiente habían disminuido casi un 28 %, registrándose 249,6 millones de m3 al 31 de diciembre de 1990. Considerando el nivel de extracción de 1990, equivalente a 28 millones de m3, no se encuentra acreditado cómo es posible que el remanente de reservas para ese año haya caído muy por debajo de los 316 millones de m3.
En el caso del gas natural, durante el período 1980-1989 el nivel de extracción promedio correspondió a 18 mil millones de m3. Durante el período 1990-1999 el promedio anual de extracción gasífera alcanzó los 31 mil millones de m3, es decir un 72 % superior al registrado durante la década anterior. Asimismo, cabe señalar que entre 1980 y 1989 la extracción gasífera se había incrementado un 79 %, debido principalmente al ingreso del NEUBA II a la red de gasoductos troncales que abastecen al mercado interno. Este incremento registrado durante los años 80 explica por qué había descendido el nivel de extracción petrolera durante igual período, ya que la política energética de entonces estaba orientada a otorgar mayor participación al gas natural en la matriz de consumo energético, en particular en el suministro a las centrales térmicas y abastecimiento a las grandes industrias.
Por ello, entendemos que la presente información es un indicio claro de la existencia de manipulación de datos en la producción estadística concerniente a las reservas certificadas de hidrocarburos, en particular por la evidente caída sin causas racionales de tales reservas.
En esta misma línea de pensamiento, otro indicador que nos permite sustentar lo dicho es lo concerniente al consumo nacional de gas natural registrado en 2004. Según el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), la demanda interna fue equivalente a 33.472 millones de m3, representando un incremento del 8,6 % respecto al consumo nacional de 2003 (30.830 millones de m3), y casi un 7,2 % de aumento en relación a 2000 (31.238 millones de m3), año en que se había registrado la mayor demanda interna. De esos 33.472 millones de m3 de gas natural consumidos en el mercado interno durante 2004:
El 20,7 % correspondió a usuarios residenciales.
El 3,3 % a comercios.
El 1,1 % a entes oficiales.
El 33,5 % a las industrias (incluye RTP-Cerri).
El 30,9 % a las usinas eléctricas (incluye consumo de gas en boca de pozo).
Apenas el 9,1 % al transporte automotor (GNC).
Y el 1,4 % a subdistribuidores.
Ante esto, cabe señalar que al analizar la extracción total de gas natural de 2004, equivalente a 52.318 millones de m3, considerando un consumo nacional y exportaciones de este fluido equivalentes a 33.472 millones de m3 y 7.299 millones de m3, respectivamente, en base a datos del Enargas, no queda muy claro cuál fue el destino de los 11.547 millones de m3 restantes. En igual forma, en 2003 quedó sin resolver el destino de 13.082 millones de m3.
Luego del análisis de los siguientes cuadros en los que se analiza el total de gas entregado por tipo de usuario durante el año 2004, la evolución de la extracción total, demanda interna, exportación y volúmenes con destino desconocido entre 1996 y 2004 y el discriminado de destino desconocido, emerge la siguiente sumatoria de interrogantes: ¿exportaciones no fiscalizadas + venteo16 excesivo + manipulación de datos por parte de las productoras para incrementar el valor de las acciones que cotizan en bolsa?
No es descabellado pensar en ello cuando el Estado se ha divorciado de sus funciones básicas en el sector energético: ya sean las mismas las de gestión, planificación, control y regulación de la cadena energética, todo ello como resultado de las reformas estructurales neoliberales iniciadas en los años 90.
Total gas natural entregado por tipo de usuario, año 2004 (en millones de metros cúbicos de 9.300 kcal y porcentajes de participación) (1)
Entes
Industria
Centrales
Residencial
Comercial
oficiales
(2)
eléctricas (3)
SDB
GNC
Total
6.910
1.119
369
11.226
10.344
460
3.044
33.472
20,6 %
3,3 %
1,1 %
33,5 %
30,9 %
1,4 %
9,1 %
100 %
Notas:
(1) Total gas entregado a usuarios finales (incluye usuarios de distribución, by pass comercial, by pass físicos, RTP Cerri y usuarios en boca de pozo).
(2) Incluye RTP-Cerri (ver cuadro II.02.02).
(3) Incluye consumos de gas en boca de pozo.
Fuente: Enargas, 2005 (http://www.enargas.gov.ar), en base a datos de las licenciatarias de gas y usuarios en boca de pozo.
1) Gas natural: evolución de la extracción total, demanda interna, exportación y volúmenes con destino desconocido, período 1996-2004 (en millones de metros cúbicos y porcentajes)
Extracción
Variación
Demanda
Variación
Expor-
Variación
Volumen
Variación
total
%
interna
%
tación
%
destino
%
Años
(millones
respecto
(millones
respecto
(millones
respecto
desconoc.
respecto
de
año
de
año
de
año
(millones
año
m3)
anterior
m3)
anterior
m3)
anterior
de m3)
anterior
1996
34.649
13,8
26.420
7,7
4
–
8.225
39,3
1997
37.074
7,0
26.930
1,9
682
–
9.462
15,0
1998
38.630
4,2
27.260
1,2
1.984
190,9
9.386
-0,8
1999
42.400
9,8
30.175
10,7
2.981
50,3
9.244
-1,5
2000
44.815
5,7
31.238
3,5
4.592
54,0
8.985
-2,8
2001
45.916
2,5
28.787
-7,8
5.892
28,3
11.237
25,1
2002
45.770
-0,3
27.990
-2,8
5.886
-0,1
11.894
5,8
2003
50.676
10,7
30.830
10,1
6.764
14,9
13.082
10,0
2004
52.318
3,2
33.472
8,6
7.299
7,9
11.547
-11,7
Fuente: elaboración propia en base a datos operativos, varios años, del Enargas y de los anuarios de combustibles, varios años, de la Secretaría de Energía de la Nación.
2) Gas natural: evolución de la extracción, demanda interna, exportación, venteo, consumo en yacimiento y volúmenes con destino desconocido, para el período 1996-2005 (en millones de metros cúbicos)
Volumen
destino desconocido
Extrac-
Demanda
Expor-
Consumo
Años
ción
interna
tación
Total
Aventado
en
Otros
yacimiento
destinos
1996
34.649
26.420
4
8.225
s/d
s/d
s/d
1997
37.074
26.930
682
9.462
s/d
s/d
s/d
1998
38.630
27.260
1.984
9.386
s/d
s/d
s/d
1999
42.400
30.175
2.981
9.244
¿1.686?
¿1.388?
¿6.170?
2000
44.815
31.238
4.592
8.985
583
3.873
4.529
2001
45.916
28.787
5.892
11.237
625
¿2.569?
¿8.043?
2002
45.770
27.990
5.886
11.894
855
7.981
3.058
2003
50.676
30.830
6.764
13.082
1.137
3.925
8.020
2004
52.318
33.472
7.299
11.547
914
6.012
4.621
Nota: s/d: sin datos.
Fuente: elaboración propia en base a datos operativos (varios años) del Enargas, de los anuarios de combustibles (varios años) y tablas dinámicas (varios años) de la Secretaría de Energía de la Nación.
En el primer cuadro se puede observar la evolución de la extracción gasífera para el período 1996-2004 (en 1996 se realizó por primera vez la exportación de gas natural), que incluye la demanda interna, la exportación y el volumen de extracción con destino desconocido. En el mismo se destaca que en 2004 la demanda interna representó casi el 64 % de la extracción, las exportaciones casi un 14 % y los volúmenes con destino desconocido más del 22 %.
Ahora bien, observándose los valores de volúmenes con destino desconocido, y conforme estudios de la Universidad del Salvador, los mismos no pueden atribuirse a pérdidas del sistema de transporte y/o venteo, ya que en conjunto ambos representaron históricamente menos del 2 % de la producción nacional.
Ante esto, no resultan confiables los datos que ofrece la Secretaría de Energía de la Nación (véase cuadro 2) en relación al “consumo en yacimiento” por parte de las compañías petroleras extractoras, ya que los niveles registrados por el organismo estatal mencionado resultan poco probables técnicamente, al decir de investigadores de la misma casa de estudios (¿cómo puede ser que en 2004 el consumo en yacimiento haya sido similar al consumo gasífero de los usuarios residenciales, o incluso que en 2002 el consumo en yacimiento de las petroleras haya superado holgadamente al consumo de los usuarios residenciales?).
La resolución 143/98 de la Secretaría de Energía dispone normas y límites para el control de gas aventado, pero también establece excepciones para la misma, determinándose por otro lado la responsabilidad de parte de la Secretaría de Energía de inspeccionar por sí o a través de las provincias productoras la verificación de la correcta aplicación de la norma de marras.
Por otro lado, el Estado obtiene parte de las ganancias de la industria petrolera mediante regalías, impuestos a las ganancias y retenciones a la exportación.
La Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1994 (véase artículo 124), confiere la propiedad original de los recursos naturales a las provincias productoras, las que reciben regalías, que representan un 12 % del valor del hidrocarburo en boca de pozo, en dólares (como lo estipula la ley 17.319, de hidrocarburos).
El Estado recauda impuestos sobre las ganancias (35 %) y sobre las exportaciones (entre un 25 % y un 45 %, dependiendo del precio internacional). Los ingresos totales del Estado se han incrementado considerablemente en términos absolutos en estos últimos años, debido a la expansión de la renta total y a la introducción de impuestos a las exportaciones; entre 2002 y 2004 se exportó en promedio de 30,5 % de la extracción.
Sin embargo, según un estudio de la Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD, 2005), la participación del Estado decreció de un 44,6 % en 2001 a un 36 % en 2004, mientras el resto fue acumulado por firmas privadas.
Por otra parte, cabe destacar que la Secretaría de Energía de la Nación, la AFIP y los organismos provinciales pertinentes, no controlan cuánto ni cómo se extrae, simplemente se limitan a “aceptar” las declaraciones “juradas” de los agentes productores, lo cual sugiere que la mayor porción de ese volumen de la producción con destino desconocido (11.547 millones de m3) se debe a exportaciones no fiscalizadas y consumo propio no fiscalizado de productores y transportistas.
Finalmente, adviértase que el acumulado para el período 1996-2004 de estos volúmenes con destinos desconocidos (o “blanqueados” vía “gas aventado” o “consumido en yacimiento”) asciende a 93.062 millones de m3; es decir, el equivalente a más de 2 años y medio de satisfacción de la demanda del aparato productivo nacional.
Además, en el tema reservas, a raíz de la baja que se advierte en los datos oficiales y el cuestionamiento de los mismos por parte de los especialistas del sector, la Secretaría de Energía –que no las audita desde 1991– ha emitido la resolución 324/06, la cual, con el argumento de incrementar los controles, sigue manteniendo el descontrol vigente: ahora las empresas deben presentar anualmente la declaración jurada (antes era bianual), pero siguen eligiendo ellas a los auditores, aunque no pueden contratar los mismos más de dos ejercicios seguidos.
Desde la privatización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado, en 1992, la extracción de ambos hidrocarburos se ha incrementado significativamente, alcanzándose el pico máximo en el caso del petróleo hacia 1998 (y el de gas natural en 2005); por consiguiente, el horizonte de vida de las reservas certificadas de estos recursos naturales no renovables era de apenas 9 años en petróleo y 10 años en gas natural a comienzos de 2005, con la posibilidad de convertirse la Argentina en un país importador neto de ambos hidrocarburos hacia 2009.
En efecto, con la privatización de YPF el Estado ha perdido su instrumento clave para explotar racionalmente los yacimientos de hidrocarburos y captar su renta para financiar el desarrollo de fuentes alternativas de energía.
El posible fraude contable de Repsol en YPF17
El 26 de enero de 2006 Repsol YPF publicó en su sitio web (http://www.repsolypf.com.ar) su conferencia de prensa titulada “Repsol YPF anuncia una reducción de sus reservas en un 25 %”. En dicha nota de prensa Repsol YPF manifiesta una reducción de reservas probadas equivalentes a 1.254 millones de BEP (barriles equivalentes de petróleo) en todas las áreas en donde explota hidrocarburos en el mundo; es decir, un 25 % menos de reservas probadas totales de hidrocarburos al 31 de diciembre de 2004. También se advierte en la nota de prensa que tales reducciones se refieren “fundamentalmente a reservas de gas”: 52,5 % en Bolivia, 40,6 % en la Argentina, 4,7 % en Venezuela y 2,2 % en el resto del mundo (principalmente Argelia). Por otra parte, advierten que en abril de 2005 la compañía “asignó a la Comisión de Auditoría y Control la responsabilidad de supervisar el control de reservas”. Cabe destacar que el Grupo de Control de Reservas creado el año pasado por el equipo directivo de Repsol YPF para reforzar el procedimiento de reservas reporta directamente a dicha comisión.
Como se puede observar, según sus propios informes, la compañía presenta un detalle sobre la drástica reducción de reservas probadas de hidrocarburos que opera en nuestro país (equivalente a 40,6 %). En dicho documento se especifica sólo el 75,5 % de los yacimientos en donde se manifiesta la reducción declarada, sin discriminar cuánto de gas natural y cuánto de petróleo se encuentra comprometido. La sumatoria total de la reducción de reservas probadas de hidrocarburos que Repsol YPF opera en la Argentina es equivalente a 509,3 millones de BEP, correspondientes a los siguientes yacimientos:
A. Loma de la Lata con 251,8 millones de BEP (20,2 % menos).
B. Chihuido de la Sierra Negra con 73,5 millones de BEP (6 % menos).
C. Ramos con 36,5 millones de BEP (2,9 % menos).
D. Aguada Toledo con 22,7 millones BEP (1,8 % menos).
E. Los 124,7 millones de BEP restantes son los correspondientes a los yacimientos sin especificar, los cuales representan una declinación del 9,9 % de las reservas.
Considerando las imprecisiones de Repsol YPF, corresponde analizar cuánto volumen de petróleo y cuánto de gas natural ha “desaparecido” del subsuelo argentino gracias al fraude contable de esta compañía perpetrado por las administraciones de Alfonso Cortina y Antonio Brufau:
A. Loma de la Lata es un yacimiento gasífero, concentra el 21,2 % de las reservas probadas de gas natural del país, el 41,9 % de las correspondientes a la cuenca neuquina y el 45,3 % de las reservas gasíferas de la provincia del Neuquén (este yacimiento no tiene petróleo crudo, aunque sí gasolina natural). Según el “Boletín Anual de Hidrocarburos 2004” de la Secretaría de Energía de la Nación, las reservas probadas de gas natural del yacimiento Loma de la Lata al 31 de diciembre de 2004 eran equivalentes a 113.331 millones de m3. Por consiguiente, se observa que la reducción de 251,8 millones de BEP señalada antes en este yacimiento corresponde a 22.893 millones de m3, ubicando al remanente de las reservas probadas de gas natural de Loma de la Lata al 31 de diciembre de 2004 en 90.438 millones de m3.
B. Chihuido de la Sierra Negra es un yacimiento de petróleo, no tiene gas natural. Se encuentra en la cuenca neuquina y se ubica al sur de Mendoza y al norte de Neuquén. Este yacimiento petrolero concentra el 5,9 % de las reservas probadas de petróleo del país, el 16,2 % de las reservas petroleras de la cuenca neuquina, el 4,4 % de las reservas petroleras de Mendoza y el 22,3 % de las reservas petroleras del Neuquén. Según la Secretaría de Energía de la Nación, al 31 de diciembre de 2004 las reservas probadas de petróleo de este yacimiento eran equivalentes a 1,9 millones de m3 en el subsuelo mendocino y a 19,8 millones de m3 en el subsuelo neuquino; es decir, un total de 21,7 millones de m3. Por consiguiente, se observa que la reducción de 73,5 millones de BEP señalada antes en este yacimiento corresponde a 1,3 millones de m3, ubicando al remanente de las reservas probadas de petróleo de Chihuido de la Sierra Negra al 31 de diciembre de 2004 en 20,4 millones de m3.
C. Ramos es un yacimiento gasífero, no tiene petróleo aunque sí gasolina natural, y se encuentra en la cuenca del Noroeste Argentino (NOA), más precisamente en la provincia de Salta. Este yacimiento gasífero concentra el 8,3 % de las reservas probadas del país, el 46,3 % de las ubicadas en la cuenca del NOA y el 46,4 % de las ubicadas en la provincia de Salta. Según la Secretaría de Energía de la Nación, al 31 de diciembre de 2004 las reservas probadas del yacimiento Ramos eran equivalentes a 44.406 millones de m3. Por consiguiente, se observa que la reducción de 36,5 millones de BEP señalada antes en este yacimiento corresponde a 1.288 millones de m3, ubicando al remanente de las reservas probadas de gas natural de Ramos al 31 de diciembre de 2004 en 43.118 millones de m3.
D. Aguada Toledo es un yacimiento gasífero, concentra el 2 % de las reservas probadas de gas natural del país, el 4 % de las correspondientes a la cuenca neuquina y el 4,3 % de las reservas gasíferas de la provincia del Neuquén (este yacimiento no tiene petróleo crudo, aunque sí gasolina natural). Según la Secretaría de Energía de la Nación, las reservas probadas de gas natural del yacimiento Aguada Toledo al 31 de diciembre de 2004 eran equivalentes a 10.703 millones de m3. Por consiguiente, se observa que la reducción de 22,7 millones de BEP señalada antes en este yacimiento corresponde a 193 millones de m3, ubicando al remanente de las reservas probadas de gas natural de Aguada Toledo al 31 de diciembre de 2004 en 10.510 millones de m3.
En suma, en atención a que las reservas probadas de gas natural del país al 31 de diciembre de 2004, que según la Secretaría de Energía de la Nación eran equivalentes a 534.217 millones de m3, con fraude contable de Repsol YPF han disminuido para igual fecha a 509.843 millones de m3; al nivel de extracción de 2004, el horizonte de reservas probadas de gas natural al 31 de diciembre de 2004 bajó de 10,2 años a 9,7 años.
De igual modo, considerando el supuesto nivel de extracción gasífera correspondiente al ejercicio anual 2005, el horizonte de vida de las reservas probadas a principios de 2006 declinó a 8,9 años.
Con respecto a las reservas probadas de petróleo, que al 31 de diciembre de 2004 eran equivalentes a 368,9 millones de m3, con el fraude contable de Repsol YPF no se observa una gran declinación del horizonte de vida de tales reservas, ya que el delito correspondió a 1,3 millones de m3, volumen que representa aproximadamente al consumo petrolero del país de una semana.
¿Por qué Repsol YPF comete este tipo de delitos? Para responder claramente, veamos el siguiente ejemplo ilustrativo: supongamos que Repsol YPF dice extraer en un año 10 metros cúbicos, paga regalías por esos 10 metros cúbicos, y oculta en sus declaraciones juradas los 18 metros cúbicos restantes de un total real de 28 metros cúbicos; y lo mismo se replica para el caso de las exportaciones, para pagar menos retenciones; y todo lo contrario ocurre cuando declara niveles de reservas probadas, ya que las “infla” para que la cotización de la compañía en las bolsas internacionales rinda cada año de acuerdo a sus intereses particulares, como sucedió hace un tiempo con la petrolera angloholandesa Shell.
Ahora bien, nada de este “poco leal” comportamiento empresario se podría haber configurado si el Estado hubiese ejercido su rol de control a través de los órganos según su competencia.
Nada hicieron, la Comisión Nacional de Valores, en relación a la manipulación de la Bolsa, la Aduana, la AFIP, y la Secretaría de Energía con relación al contrabando, la evasión fiscal y el resguardo de las reservas.
Qué es ENARSA
Anunciada la crisis energética, y en atención a la sensibilidad social que la misma produce, el gobierno de Kirchner, crea la Empresa Nacional de Energía Sociedad Anónima.
Esta empresa, cuya denominación ya es de por sí engañosa, es la punta de una campaña que pretende presentarse como la estatización de los recursos naturales y la recuperación de la soberanía sobre los mismos.
Así como con AYSA S.A., y a pesar de los anuncios oficiales y los titulares de los diarios anunciaban la finalización de los postulados de la década menemista, Kirchner ideó una figura empresaria nueva que a través de sus estatutos cumplen con la matriz ideada para esta etapa del abandono del bien público por la consecución del beneficio privado.
La mentada empresa estatal se convirtió en una sociedad anónima, y lo que es peor: se justificó en el debate parlamentario esto indicando que las empresas estatales son ineficientes por definición; el gobierno y sus representantes parlamentarios justificaron el tipo societario elegido con el argumento de favorecer la eficiencia de la nueva empresa desburocratizando su operatoria.
La elección no es caprichosa o casual. Podría haberse elegido, por ejemplo, la creación de un organismo descentralizado que cumpliera con su objetivo a través de las concesiones logradas vía procesos públicos y transparentes de otorgamiento. ENARSA es una forma pura de sociedad anónima, a pesar de que momentáneamente mantiene la mayor parte de las acciones en manos del Estado.
Ante esto, corresponde indicar que si bien en ENARSA el modo de morigerar el tipo societario elegido fue colocar una cláusula por la que las acciones clase A fueran consideradas intransferibles. Esto último de dudosa vigencia, puesto que se desnaturaliza el modo en que la ley ha tipificado a las sociedades anónimas. En tal sentido, el ex interventor de la Inspección General de Justicia, Carlos Nissen, ha dicho que las acciones de este tipo son siempre transferibles (esto también se advirtió durante el debate parlamentario de ENARSA). En ambos casos se prevé la venta de acciones a los particulares: ninguna tiene previsión respecto de a quién se puede o no vender estas acciones. Por ejemplo, un fondo de los denominados buitres podrá contar con acciones de este tipo de empresas.18
Es por ello que entendemos que el Estado abandona de forma deliberada cualquier resguardo respecto de los antecedentes que los adquirentes de las acciones pudieran tener.
En principio, debemos mencionar que en el caso de ENARSA se concedió a una sociedad anónima la posibilidad de otorgar concesiones sobre las áreas de la plataforma marítima. ¿Bajo qué modalidad? A su mejor arbitrio.
Las acciones de ENARSA estarán distribuidas: 53 % Estado nacional, 12 % para las provincias y 35 % abierto al sector privado. Su principal activo será la titularidad de los permisos de exploración y explotación de las áreas petroleras marítimas aún no concesionadas.
Mientras tanto, no cesa la extracción de recursos sin invertir en exploración, lo que hace que día a día nuestras reservas bajen. Las estimaciones ubican al petróleo disponible en menos de 9 años de consumo, mientras que antes de la privatización la cifra alcanzaba a los 36 años.
ENARSA es a la fecha una cáscara, sin una operatoria clara y sin un plan de negocios. Como ya se ha dicho reiteradas veces, es una SW del petróleo en la que se destinan millones del erario público al arbitrio de funcionarios que confunden lo público con lo privado, y que han creado esta estructura jurídica para administrar fondos, disponiendo de ellos libremente y sin ningún tipo de control.
Con ENARSA se inaugura una nueva matriz de saqueo caracterizada por el abandono expreso de las normas que regulaban hasta ahora las relaciones entre las empresas privatizadas, el Estado concedente y por supuesto los/as ciudadanos/as.
Ahora bien, no debe escapar del presente análisis que en esta nueva empresa Repsol YPF también tiene intereses. En ese sentido se enmarcan las declaraciones del presidente de la petrolera cuando reconocía el acuerdo celebrado con ENARSA para la explotación del área de Colorado Marina y de un área de la cuenca austral.
En ese sentido, aclaró en un artículo publicado a principios de año que “las pasadas semanas se finalizó el acuerdo contractual que consolida definitivamente la asociación de empresas en Colorado Marina donde, al igual que ENARSA, YPF tendrá un 35 por ciento de participación en el consorcio y será el operador”.
Finalmente, al enunciar la excelente relación de negocios entre Repsol y la empresa creada por Néstor Kirchner para tomar recursos que se encuentran en nuestra cuenca austral y que no habían sido concesionados con la entrega en los 90 de YPF, el mismo Brufau indicó: “La exploración del Mar Argentino es ya una realidad e YPF será uno de los principales protagonistas en el proceso”.
Por lo tanto, no queda más que concluir que Kirchner, a través de ENARSA, ha beneficiado nuevamente a Repsol en la explotación de áreas donde dicha firma hasta ese momento no tenía control, expandiendo así los beneficios de Repsol en nuestro territorio y agudizando aún más la matriz de saqueo que la misma ejerce sobre nuestros recursos naturales, en especial nuestro gas y nuestro petróleo.
Qué piensa hacer Repsol YPF
Repsol ingresa al mercado argentino en 1999 con la compra de YPF, donde el Estado argentino mantiene sólo la acción de oro.
Esta compra la convierte en una empresa petrolera mediana para los cánones del mercado internacional. Sin embargo, más que interés en la exploración muestra gran habilidad en el negocio financiero, donde consigue que sus acciones en la Bolsa de Valores de Nueva York subieran de u$s 10 a u$s 30 por acción, una ganancia financiera del 300 %. Esta suba está motivada, entre otras cosas, por la declaración incorrecta de sus reservas probadas (donde incluía las probables) y la excelente rentabilidad que le produce el mercado argentino durante el gobierno del ex presidente Menem.
Desde comienzos del 2006 se sucede una serie de hechos que complican la situación de Repsol.
Es el 26 de enero de este año que su presidente, Antoni Brufau (vinculado al PSOE), quien sucede a Alfonso Cortina (vinculado al PP), informa en conferencia de prensa sobre la baja del 25 % de sus reservas probadas (este 25 % comprende una baja de 52 % en las reservas probadas de Bolivia y de 42 % en las de la Argentina junto con menores cantidades en Venezuela y otras áreas).
Esta información provoca una caída de la cotización de sus acciones en las bolsas internacionales de casi un 8 %, así como investigaciones por parte de la Security Exchange Commission (EE.UU.), la Comisión Nacional de Valores de Madrid y la CNV local, y demandas presentadas por bufetes de abogados estadounidenses.
Las principales razones que invoca son cambios en el marco legal y contractual, a saber:
– Nueva ley de hidrocarburos de Bolivia.
– Reducción de inversiones por motivos económicos.
– Incertidumbre sobre la ampliación del contrato de compraventa de gas a Brasil.
– Nuevas sociedades mixtas en Venezuela.
– Comportamiento de los campos y nuevos datos que proporcionan un mejor conocimiento de los yacimientos afectados.
Por entonces, la información periodística indicaba que existía interés de una oferta pública de adquisición (OPA) de Repsol por parte de grandes petroleras, entre las que se mencionaban a British Petroleum, ENI y Marathon Oil.
En el mediano plazo es evidente que por el tamaño de Repsol le sería difícil sobrevivir y debería afrontar ser comprada, por lo que la declaración de la baja de reservas podría considerarse una operación de limpieza. O, como menciona el periódico digital español “Hispanidad” en un artículo del 24 de abril último: “…Puede ser la empresa que haga subir a los gigantes mundiales un puesto en el ránking. No es lo suficientemente grande para comer, pero sí para ser comida. Este es el problema”.
El tiempo de su venta –que ahora se prevé no antes de los próximos 2 o 3 años– se ve demorado por la suba del precio del crudo en el mercado mundial, lo que hace que sus acciones sean demasiado altas para ser pasible de una OPA, y sus problemas en nuestra región.
Se ha hablado mucho del interés de sus principales inversores de desprenderse de parte de sus activos en Latinoamérica, región donde en el presente se le complica la situación:
En Venezuela debió renegociar sus contratos bajo las nuevas regulaciones impuestas por el presidente Chávez, resultando en su participación en una sociedad mixta con mayor participación del Estado venezolano. Cabe mencionar que en ese país Repsol fue una de las primeras que renegoció cuando otras compañías del sector están considerando retirarse (ENI y Total).
Hasta entrar en vigor el nuevo modelo, los campos petrolíferos eran explotados de forma autónoma por las compañías privadas, nacionales y extranjeras. A partir del 1º de abril, las petroleras extranjeras están obligadas a constituir empresas mixtas con PDVSA, que se garantiza el control al disponer de, al menos, el 60 % del capital.
En Bolivia, el 1º de mayo, el presidente Evo Morales anunció la nacionalización del sector de hidrocarburos por medio del decreto supremo (no pasa por el Congreso). En el mismo fija un plazo de 6 meses para que el sector se adecue a la nueva regulación, que en síntesis indica una participación del Estado boliviano en un 51 % del capital de las empresas petroleras, manteniendo éstas el beneficio del 18 % de la producción y debiendo entregar el remanente a YPFB. Repsol, entonces, se verá obligada a renegociar sus contratos que posiblemente terminen en sociedades mixtas similares al modelo venezolano.
Morales, sin duda, hará convenios más provechosos para su país, pero no se quedará sin inversión. Tensará la situación hasta cualquier límite pero no la dejará caer porque necesita capital privado al carecer de recursos para asumir las operaciones. De hecho, a dos días de firmado el decreto de nacionalización, se habló de negociaciones con Repsol. Abona esta opinión que las acciones bajaron sólo un 2 %, caída pequeña considerando la posibilidad de la pérdida total de la producción boliviana, que indicaría que ni el mercado cree que la medida finalice siendo tan drástica como se anuncia, y que la calificadora Moody’s anunció que no modificará por el momento la calificación de Repsol, otro indicio de que el resultado final será más moderado.
El 5 de mayo una misión diplomática española, encabezada por Bernardino León, secretario de Estado de Asuntos Exteriores, viajó a Bolivia para tratar la situación actual y las versiones de la prensa española indicarían que el conflicto con Repsol se renegociaría como sucediera en Venezuela.
También en Bolivia está siendo investigada por el contrabando llevado a cabo por su filial Andina S.A. –en la que es socia Yacimientos Petrolíferos Bolivianos YPFB–, que hasta el momento resultó en la renuncia de sus dos directivos principales.
La Argentina
La prensa española comenta alarmada la posibilidad que Kirchner pudiera hacer lo mismo. La compañía en la Argentina aporta el 45 % del beneficio neto del grupo, suma el 35 % de las reservas de hidrocarburos del grupo Repsol YPF, aporta el 65 % de la producción actual de petróleo y gas, gestiona el 30 % de las estaciones de servicio y en 2005 generó un beneficio neto de 1.411 millones de euros, el 45 % del total obtenido por Repsol.
A pesar de estas cifras, hay que recordar que los últimos datos indican que las reservas de petróleo son para 9 años y las de gas para 10. Esto sólo podría mejorar con inversión en exploración a un elevado costo, para lo cual también les convendría la incorporación de nuevos socios.
No debe olvidarse que la intención de la compañía es reducir su exposición en nuestro país y así lo comunicó a su personal durante la pasada Semana Santa, y siendo Kirchner –desde sus épocas de gobernador de Santa Cruz– proclive a actuar en beneficio de los intereses de Repsol, no sería de extrañar un nuevo acuerdo con la petrolera.
Como dice Gustavo Callejas, vicepresidente del MORENO, en un artículo publicado en Argenpress19: “…en otras palabras, si a Repsol YPF S.A. le conviene que el Estado argentino ‘invierta’ en la recuperación de acciones de YPF S.A., Kirchner (el Cisneros del siglo XXI) lo hará; de esta forma mejorará la situación financiera y económica de Repsol, se presentará como el recuperador de YPF y borrará su imagen de ser uno de los grandes responsables de su venta; de paso blanqueará el despojo iniciado con la primera venta a u$s 19 la acción y sin tasación oficial previa –como bien lo denunciara oportunamente el entonces presidente la Convención Nacional de la UCR, Osvaldo Alvarez Guerrero– y también el de la segunda venta o del ingreso de Repsol, que apoyó entusiastamente siendo gobernador de Santa Cruz”.
En abril circuló la versión –aquí y en España– que indicaba que la compañía podría ser comprada por el Estado argentino o por un consorcio de gobiernos latinoamericanos, rumores que fueron desechados, por distintas razones, entre las que podemos mencionar el precio alto de las acciones debido al valor actual del crudo, la falta de interés de Venezuela de participar en esta operación y otras dificultades de tipo legal.
El presidente de Repsol, Antoni Brufau, y Enrique Locutora, el responsable para la Argentina, Brasil y Bolivia, dirigieron la pasada Semana Santa una carta abierta a los 10.000 empleados de YPF en la que dejaban la puerta abierta a la entrada de uno o varios socios privados locales en su capital. Al respecto, el diario español “elconfidencial.com”, en su edición del 21 de abril último dice: “…Los gestores de Repsol YPF están dispuestos a dar entrada al capital privado argentino en el accionariado de YPF mediante la realización de una OPV en la Bolsa de Valores de Buenos Aires por una cuantía no superior al 20 % del capital de la petrolera argentina. Fuentes próximas a Repsol han reconocido a este diario que, en cualquier caso, se trataría de empresarios privados locales, nunca el Estado argentino como tal, y que ‘en ningún caso esa salida a Bolsa alcanzaría el 35 % de YPF de que han hablado algunos medios locales; más bien rondaría entre el 10 % y el 15 % del capital’ ”.
El beneficiario, según la revista “Fortuna” del 17/4/06, sería Cristóbal López, amigo del presidente y de De Vido, titular de una petrolera (Oil M&S) que termina de ganar una licitación para explorar gas y petróleo en Brasil.
También en el diario “Perfil” del domingo 8 de mayo se menciona un posible acuerdo de De Vido con Bulgheroni para que éste se quede con una parte del paquete accionario de Repsol. Según trascendidos, el mismo día se habrían encontrado Bulgheroni –en sus oficinas de la plaza San Martín– con funcionarios del gobierno.
Tampoco se puede descartar la participación en la compra del paquete accionario al Grupo Techint.
El pasado 3 de mayo, Brufau tuvo una entrevista con Kirchner, previo a la reunión de este último con los mandatarios de Bolivia, Venezuela y Brasil. No realizaron declaraciones tras la misma, de la que también participaron el ministro De Vido y Enrique Locutora, directivo de Repsol YPF. Sólo trascendió que conversaron sobre la situación en Bolivia y sobre la cumbre entre Chávez, Morales y Lula que se celebraría en Puerto Iguazú, y según fuentes de la petrolera Brufau se comprometió a mantener la inversión prevista en el país (siete mil millones de dólares hasta 2009).
De lo aquí expuesto concluimos que Repsol, ante la imposibilidad de una compra inmediata por parte de alguno de los gigantes petroleros, necesita, para ser más atractiva, reducir su riesgo en América Latina, y es posible que K esté dispuesto a colaborar en esta misión en una participación directa del Estado argentino, emulando lo hecho por Chávez y Morales, o, más probablemente, pergeñando con su ministro De Vido alguna forma de “estatización” a las que nos tiene acostumbrados últimamente (ARSAT, AySA, FC Belgrano Cargas, etcétera), donde luego le ofrezca a sus empresarios “amigos” la participación en las acciones de la nueva empresa.
Qué piensa hacer Kirchner
Alguna vez el actual ministro de Hidrocarburos de Bolivia describió al presidente argentino como el vocero de Repsol. En esa ocasión, y en su rol de periodista, Andrés Soliz Rada daba cuenta de la relación entre Repsol y Néstor Kirchner desde la escandalosa privatización hasta alguna de sus medidas más recientes desde el gobierno nacional.
Como prueba de ello, basta enumerar:
– Que el actual secretario de Energía de la Nación, a cargo del control de extracción de petróleo, era el representante de la provincia de Santa Cruz en el directorio de YPF y que, como tal, no se opuso a la entrega escandalosa del gobierno menemista, sino que la avaló.
– La importante colaboración del gobernador de Santa Cruz, Néstor Kirchner, en la sesión que autorizaba la privatización, donde con recursos de la provincia envió el avión de la gobernación a buscar al senador que faltaba, necesario para la aprobación de la ley de entrega.
– Por qué la Subsecretaría de Defensa de la Competencia nunca intervino siendo que solamente dos empresas, Repsol YPF y Petrobras, concentran el 70 % formando de esta manera los precios del mercado.
– La propaganda del presidente Kirchner a la empresa halagando a YPF Repsol, cuando ésta se encontraba en guerra de precios con Esso y Shell. Omitió explicar el rol de Repsol como reguladora de precios al ser la principal empresa interviniente en la totalidad de la cadena productiva hidrocarburífera, y por ende proveedora de Esso y Shell.
– En la misma línea, Gustavo Calleja, en un artículo publicado por el Instituto Moreno se preguntó: “El gobierno nacional tiene un director titular y un suplente, y un síndico titular y un suplente en YPF S.A. que han sido nombrados por la actual administración. ¿Alguna vez han planteado esos representantes la necesidad de que se respeten las leyes de la Nación, como la de convertibilidad, por ejemplo? Si la empresa no ha explorado y no ha desarrollado correctamente los yacimientos que deben abastecer al mercado interno, los representantes estatales ¿han planteado alguna acción? ¿O será que si lo hicieran podrían dañar los intereses de Repsol YPF? […] tampoco se conoce impugnación alguna sobre la prórroga de la concesión de Loma de La Lata con 17 años de anticipación, cuando el actual canciller (Bielsa) era el presidente de la SIGEN; ni de la vigencia de decretos menemistas que permiten la acumulación de más de 5 áreas por persona jurídica, transgrediendo explícitas limitaciones de la Ley de Hidrocarburos. Esta es la inocua forma de control originalmente prevista para ENARSA, finalmente cambiada. No es cierto, en consecuencia, que al Estado le quede solamente la presión política para ‘apretar’ a Repsol y que carezca de otros mecanismos, pues además de sus directores y síndicos, tiene la obligación de hacer cumplir las leyes de la Nación, que son la fuerza de todos. No es que el gobierno no pueda, la realidad es que no quiere”.
– Desde la Presidencia, Néstor Kirchner no sólo no modificó sino que agravó la ausencia del Estado en el control de las reservas, hoy en cabeza de las propias empresas que son las que informan cuánto extraen por medio de declaraciones juradas. Por ende, se agudizó durante su gestión la ausencia del Estado en el control del esfuerzo que las empresas ejercen sobre nuestros recursos.
– La matriz anteriormente indicada se extiende a las importaciones y exportaciones de los hidrocarburos, donde tanto la AFIP como la Aduana han debilitado los controles en detrimento de su poder de policía.20
– Su rol de “lobbista” de Repsol ante el gobierno de Bolivia para garantizarle a la empresa sus fabulosas ganancias. Esto fue dicho por el actual ministro de Hidrocarburos de Bolivia en junio de 2005 cuando, al describir el comportamiento del presidente argentino para con su país, indicó: “…Kirchner se ha sumado a las presiones de Repsol y Pluspetrol para obtener gas boliviano al precio ‘solidario’ de un dólar el millar de pies cúbicos (MPC), en tanto el consumidor local, con apoyo de subsidios estatales, paga siete dólares por la misma cantidad. Kirchner y Repsol han exigido que Bolivia amplíe sus ventas de 6 millones a 30 millones de MCD, a u$s 0,60 el MPC, precio que paga Pluspetrol Argentina a su filial, Pluspetrol Bolivia, de cuya suma el Tesoro General de la Nación (TGN) percibe el 18 % en regalías, o sea diez centavos de dólar. Cómo no envidiar a los norteamericanos cuando venden gas a México o Canadá a 7 dólares el MPC…”.
– La administración Kirchner todavía no ha tomado cartas respecto del control y la sanción a Repsol en atención a su comportamiento en nuestro país, a diferencia de la investigación y denuncias penales que sí están realizando la administración Morales en Bolivia, y no sólo por el fraude en la contabilización de reservas probadas (del 52,5 % en Bolivia), sino también por el contrabando de hidrocarburos y derivados, evasión fiscal y manipulación de datos.
– A esta situación se le deben sumar los importantes beneficios obtenidos por las petroleras al no tener que liquidar en el mercado interno el 70 % de los dividendos conseguidos por exportación.
– La represión brutal que el kirchnerismo de Santa Cruz, a través de su policía y grupos de choque, ejerce sobre los trabajadores y pobladores de la provincia que reclaman a las petroleras, en especial a Repsol, mejores condiciones de vida y de salario.
– La administración Kirchner y sus diputados promovieron y sancionaron una ley que establece cargos específicos a solventarse por los usuarios de gas y electricidad, con el objetivo de financiar obras de infraestructura, beneficiando una vez más a Repsol, empresa concentradora de la cadena gasífera. En igual orden, este gobierno ha promovido la Ley de Promoción de las Obras en Infraestructura, hecha a medida de Techint, Repsol y Petrobras.
– Este gobierno no ha desarrollado política pública alguna para solucionar el grave problema de más del 40 % de argentinos que no accede al gas natural por redes, debiendo pagar altos costos por una garrafa, cuyo precio es regulado por Repsol sin ningún control del Estado.
Ahora bien, para abordar la posible nacionalización de los hidrocarburos en nuestro país no sólo hay que evaluar el comportamiento histórico de K para con Repsol, sino que también debemos analizar el marco normativo que regula el dominio de los recursos en nuestro país.
En ese contexto, la Constitución de Santa Fe consagra en su artículo 124 que “corresponde a la provincia el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”, de ahí el reconocimiento de regalías a las provincias petroleras, entre ellas Santa Cruz, y el apoyo del matrimonio Kirchner a esta iniciativa.
Es entonces que por imperio de esta cláusula constitucional el poder presidencial se encuentra acotado, tal como reconociera el mismo Kirchner al indicar que “…Urgidos por tener recursos para enfrentar a Menem, consentimos la fragmentación de la soberanía sobre los recursos energéticos. Nos cegó la urgencia, no pensamos en el después”.21 El después también respondería a sus propios intereses y a su actuación acomodaticia según sea su rol institucional. Antes, gobernador de una provincia beneficiada por la reforma y por las regalías que la misma representaba, hoy cambia su discurso –desde otro lugar de poder– con intenciones de participar en el negocio petrolero desde la Presidencia de la Nación.
Por ello es que entendemos que una vez más Kirchner, como operador de Repsol, buscará la mejor manera de cumplir con las necesidades de la empresa con un discurso falaz y populista que hable de la nacionalización de los recursos naturales, siguiendo de esta manera los acontecimientos acaecidos en Bolivia.
Para esto es necesario que se direccionen hacia Repsol fondos públicos, siendo la única forma de hacerlo mediante una sociedad con la empresa, ya sea de manera directa por la compra de acciones por parte del Estado, o de manera indirecta haciendo jugar a amigos o empresarios afines en el negocio.
La punta de quién podría ser el beneficiario la aporta la revista “Fortuna”, que en su edición del 17/4/06 indica que cada vez con mayor intensidad asoma el nombre de Cristóbal López –amigo y sindicado como presunto testaferro de Néstor Kirchner– titular de una petrolera (Oil M&S) que termina de ganar una licitación para explorar y explotar gas y petróleo en Brasil:
“El plan para renacionalizar YPF en manos privadas acaba de sumar un candidato del riñón: Cristóbal Manuel López. El interés, en este caso, es mutuo. Por un lado, goza tanto de la simpatía presidencial como de la de distintos niveles del Ministerio de Planificación. Por otra parte, López está interesado en pegar un golpe de timón a sus negocios, dejando de lado su imagen de empresario ligado a los juegos de azar para crecer como productor petrolero.
”El primer gran paso en esta dirección lo dio en noviembre pasado, cuando se adjudicó la explotación de 43 zonas gasíferas y petroleras en Brasil. Una licitación internacional que le ganó a Repsol-YPF, Esso, Shell y Total ofertando u$s 300.000 y con un compromiso de inversión de u$s 3 millones en cuatro años. Números pequeños para la industria petrolera, pero que se suman a otra licitación ganada hace poco tiempo por los campos petroleros Pampa María Santísima (Oeste y Este), ambos del Chubut.
”De todas maneras, viene sumando puntos en el mercado petrolero. Además de los exitosos antecedentes en Brasil y Chubut, a fin de mes podría confirmarse que ganó Jáchal, un área petrolera de San Juan por la que ofreció $ 8,5 millones, un millón más que YPF. Esta licitación es todo un síntoma de los nuevos tiempos petroleros: en octubre del año pasado se decía que las licitaciones de San Juan estaban armadas a la medida de Repsol YPF, mientras que ahora la primera de ellas está a punto de ser ganada por el petrolero K.
”Los detractores de López señalan que en 2005 abarcó menos del 1 % de la producción nacional de hidrocarburos. En cambio, quienes prefieren ver la película futura en lugar de su foto actual señalan hacia el pasado la importancia de haber ganado la licitación en Brasil y hacia el futuro sus posibilidades financieras y la llegada directa al presidente de la Nación.”
La petrolera de Cristóbal López, Oil M&S, es una pyme teniendo en cuenta el volumen de las empresas del sector. Sin embargo, el empresario, dadas sus inversiones en casinos y máquinas tragamonedas (Hipódromo de Palermo), tiene gran liquidez y podría invertir en un porcentaje menor de YPF como el que se ofertaría en la Bolsa de Buenos Aires.
Quién es Cristóbal López
Cristóbal Manuel López es un empresario radicado en la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, que merced a su amistad con el entonces gobernador de Santa Cruz y actual presidente de la Nación, Néstor Kirchner, pasó de trabajar en la forrajería de su padre a manejar un conglomerado de empresas de casinos, máquinas tragamonedas, servicios petroleros, medios de comunicación, producción de aceite de oliva, recolección de residuos y transporte público en todo el país. López se vinculó con los Kirchner a mediados de los 80, a través del ex cuñado del presidente, Armando “Bombón” Mercado, quien lo introdujo en el negocio petrolero a través del gremio de los petroleros (SUPE). A partir de allí, la amistad fue creciendo hasta que en plena campaña electoral de Kirchner para la Presidencia no fueron pocos los que comentaron que era López quien les prestaba al matrimonio K la aeronave con la que recorrían el país. Varias publicaciones nacionales reseñaron que la cercanía con el matrimonio de gobierno le permitió expandir sus negocios de juegos de azar, a través del directorio de Lotería Nacional.22 Tal es el caso de su entrada en el negocio de las máquinas tragamonedas en el Hipódromo de Palermo, su primer gran negocio. La llave para acceder a esas licitaciones habrían sido el director de Lotería Nacional, Waldo Farías, ex ministro de Economía de Santa Cruz, y su segundo, Andrés Cimadevilla, chubutense como López.
Hoy, las ganancias que le originó el negocio de los juegos de azar le permiten contar con un patrimonio suficiente como adquirir participaciones accionarias en empresas de otros rubros, como el petrolero.
Algunas de las empresas que controla Cristóbal López son:
– Casino Club S.A.:
Controla casinos y máquinas tragamonedas en todo el país. Es proveedor de las 2.400 máquinas tragamonedas del Hipódromo Argentino de Palermo S.A. (HAPSA), que dejan una renta anual de $ 450 millones. Ganó la licitación para la construcción del casino de la ciudad de Rosario y un complejo en esa ciudad que incluyen un hotel de cinco estrellas y un centro de convenciones para 1.500 personas. También maneja los casinos de Mendoza. Ahora pretende desembarcar en Tucumán, gracias a la condescendencia del gobernador Alperovich y su cercanía con el ex marido de la senadora Alicia Kirchner y organizador del Frente para la Victoria catamarqueño, Armando “Bombón” Mercado.
– Oil M&S:
Empresa de servicios petroleros contratista de Repsol YPF y otras. Recientemente se adjudicó 43 zonas de explotación gasífera y petrolera en el estado brasileño de Minas Gerais, ofreciendo el precio mínimo por cada bloque de explotación no cotizado por las grandes empresas petroleras que se presentaron en la ronda. En la Argentina, la empresa se impuso en la licitación de dos campos petroleros del Chubut: Pampa María Santísima Este y Oeste. Cristóbal López y su mujer controlan el 70 % de la empresa que factura cerca de 50 millones de dólares anuales. En el año 2004 la empresa incrementó el capital social en un 143 %.
– Clear S.A.23:
Empresa de recolección de residuos en las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Comodoro Rivadavia y Neuquén. Realiza la prestación de servicios petroleros. En ese marco, ha ganado licitaciones de Repsol YPF para la limpieza de pozos petroleros. También se dedica al desarrollo inmobiliario. Recibe un subsidio estatal del Régimen de Fomento para la Profesionalización del Transporte Automotor de Cargas, administrado por el Ministerio de Planificación Federal, a cargo del arquitecto Julio De Vido.24
– Olivares del Sol S.A.:
Empresa productora y exportadora de aceite de oliva y aceitunas. Explota 2.800 hectáreas en Catamarca.
– Indalo:
Transporte público de colectivos en la ciudad de Neuquén y producción y exportación de aceite de oliva y aceitunas en Catamarca.
– Altos de Glaciar S.A.:
Empresa de turismo en formación.
– Feadar S.A.:
Concesionaria de la firma sueca de camiones Scania, para las provincias patagónicas.
– Suyoi S.A.:
Concesionaria de la firma japonesa de vehículos Toyota, para las provincias patagónicas.
– Otros negocios:
López es también propietario del 51 % del canal abierto de TV de Comodoro Rivadavia y del diario local “El Patagónico”. En 1994 fundó la única compañía de perforación de pozos petroleros de toda la Argentina, Almería Austral S.A., que vendió en 2001 a Prai S.A., empresa que actualmente maneja el 70 % del mercado de equipos en el área petrolera.
Quiénes son los Bulgheroni
Carlos y Alejandro Bulgheroni, desde un modesto inicio en un comercio de Rufino, Santa Fe, pasan a gerenciar el monopolio Bridas. Y a través de esta última, socios en un 40 % de Pan American Energy.
El despegue de Bridas en el mercado internacional sucede en el año 78, bajo la dictadura militar, aprovechando la buena relación del gobierno de Videla con la URSS de Brezhnev, donde luego empiezan a explorar posibilidades de negocios en Asia central.
Con el regreso de la democracia se lo vincula con el empresario Yabrán.
En los 90 se favorece en su relación estrecha con Menem. También en esta época refuerza su relación con los talibanes en Afganistán y negocia la construcción de un gasoducto, que se frustra durante la guerra del 2001. Sin embargo, descubre un yacimiento en ese país para cuya explotación estaría buscando un socio, dada la envergadura del proyecto, y su más firme candidata hoy es la empresa china de petróleo. Al respecto de la relación con los talibanes se editó un libro, Talibán, escrito por Ahmed Rashid, donde mencionan a Carlos Bulgheroni como el “piloto de tormentas del gran juego petrolero de Asia”.
Se dice que el enlace para la construcción de la mezquita en el barrio de Palermo fue C. Bulgheroni y la empresa constructora fue una compañía vinculada al grupo Bin Laden.
Al comienzo de la era K la relación con el presidente era distante, pero hoy, debido a un intercambio de juicios del Estado argentino contra la empresa y de Bulgheroni con el Estado a través del CIADI, la misma se han moderado y podría decirse que el empresario es uno de los favoritos de la administración. Según la revista “Fortuna” del 1º de mayo último “Bulgheroni le cae como anillo al dedo en la exaltación kirchnerista de la ‘burguesía nacional’, tan discursiva como práctica en los últimos tiempos. ‘De Vido se lleva bien con todo aquel que tenga plata y decisión para invertir en el país, mientras que los Bulgheroni no pueden volcar todos sus recursos en sus posiciones de Asia, donde la inestabilidad política es mayor que acá’, señala un operador del kirchnerismo […] Bulgheroni se cuenta entre los que cruzaron de vereda en los últimos años. Más específicamente entre los que tenían enfrentamientos con el gobierno y ahora transitan un camino de acuerdos, como hicieron Eduardo Eunekian y –con más esfuerzo y paciencia– Franco Macri”.
Las demandas del Estado son por problemas impositivos, abuso de beneficios del régimen de promoción industrial y préstamos no cancelados con el BANADE y el BCRA y las empresas del grupo Bulgheroni: la quebrada Papel del Tucumán y el liquidado Banco del Interior y Buenos Aires (BIBA). Los reclamos de Bulgheroni, entre otras cosas, son en relación a liquidaciones impagas de la ex YPF.
Según trascendidos, Bulgheroni habría ganado estos juicios, lo que anima al gobierno a negociar con ellos la compra de parte del paquete accionario de Repsol.
Bridas es hoy socia del 40 % de Pan American Energy (PAE), compañía que funda en 1997 junto a Amoco. Esta última es adquirida por British Petroleum, quien posee hoy el 60 % de la empresa PAE, siendo la segunda petrolera argentina y participando únicamente en la cadena de perforación y exploración pero no en la refinación ni en la comercialización del mismo.
En Bolivia es propietaria del 50 % de Petrolera Chaco en sociedad con Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPFB).
Tampoco puede soslayarse la relación que tiene Bulgheroni con el PSOE a través de su amigo Felipe González, quien intercedería ante Repsol para favorecer la entrada del grupo que nos ocupa.
Problemas con el abastecimiento energético
Podemos circunscribir algunos rumores respecto a posibles problemas con el abastecimiento de energía que permitirían al gobierno hacer uso de su nueva matriz de saqueo.
Algunos movimientos oficiales se han hecho públicos, como la licitación para construir dos usinas térmicas. Otros, soterrados: los que tienen lugar alrededor de Repsol YPF, las fuertes presiones sobre las compañías para que aumenten sus inversiones y el creciente activismo de ciertos actores del negocio petrolero.25
Una de esas movidas estaría encarnada por la fueguina Rosana Bertone, quien preside la Comisión de Energía y Combustibles de Diputados, cuando comenzó a mover un proyecto dormido desde mayo del año pasado: fue por orden del ministro de Planificación y prevé diversos incentivos fiscales para la exploración petrolera: desde devolución anticipada del IVA y deducciones de ganancias, hasta desgravaciones para importar bienes de capital y exenciones en el impuesto a la renta presunta.
Un informe muy reciente del Instituto Argentino de la Energía (IAE) afirma, entre otras cosas, que entre 2002 y 2005 la producción de petróleo bajó 12 % y las exportaciones 45 %.
En ese sentido, el diario reproduce las siguientes declaraciones: “El tema petrolero es complicado. El riesgo, ya, es quedarse sin exportaciones, sin el ingreso de las retenciones y tener que importarlo muy caro. La exploración, para hallar nuevas cuencas productivas, es la clave en todos los análisis”. Esto es lo que puede escucharse en las cercanías del ministro Julio De Vido.
Finalmente, “Clarín” termina diciendo: “…Y a partir de allí, las especulaciones que dan vuelta por el mercado. Algunas rondan a Repsol-YPF: encontrar fórmulas para forzarla a invertir, armar alguna sociedad con participación estatal para adquirirle el área de San Jorge o que venda un porcentaje del capital accionario. Después del pago al FMI se pensó en reestatizarla, pero se desistió”.
Da la sensación que se está preparando el terreno para que la opinión pública y la sociedad toda, así como se hizo en los 90, vuelva a bendecir una nueva intervención del Estado sin medir como en aquella época las terribles consecuencias que este plan perfeccionado con los años nos puede acarrear.
Tanto es así, que el matutino “La Nación” en su artículo del 19 de abril, de la sección Economía, dice: “…En el mercado se oyen todo tipo de pronósticos, muchos de ellos alentados desde el gobierno y empresas de buena relación con la Casa Rosada. En algunas petroleras, por ejemplo, dan ya por descontado que Néstor Kirchner anunciará, el 25 de mayo, cuando cumpla tres años de gestión, ‘la recuperación del petróleo nacional’ y que sobre esa suerte jugará su reelección”.
Conclusión
Analizados cada uno de los argumentos enunciados en el presente acápite podemos concluir que cualquier decisión asumida por el gobierno de Kirchner responde a satisfacer las necesidades de la empresa.
En materia de hidrocarburos, Néstor Kirchner, durante toda su gestión, no ha hecho más que profundizar el modelo de saqueo y exclusión de los 90. Un Estado ausente del control de sus recursos naturales.
Por todos los motivos expuestos vemos la necesidad de crear en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tenga como objeto el análisis, evaluación e investigación del modo en que se lleva adelante el control estatal de la actividad que desarrollan las empresas productoras de petróleo y gas, en particular en materia de extracción, exportación de petróleo y gas y certificación de las reservas.
Elisa M. Carrió. – Adrián Pérez.
–A las comisiones de Peticiones, Poderes y Reglamento y de Energía y Combustibles.
2615-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
EXENCION AL PAGO DE PEAJE PARA PERSONAS DISCAPACITADAS EN RUTAS Y AUTOPISTAS
Artículo 1º – Toda persona discapacitada que tenga un auto con permiso de libre tránsito y libre estacionamiento, gozará de libre acceso en todos los peajes de las rutas y autopistas nacionales.
Art. 2º – El vehículo deberá encontrarse:
a)
Identificado con la oblea identificatoria respectiva, otorgada por la autoridad de aplicación de la ley 22.431;
b)
Manejado por el discapacitado;
c)
Tener el certificado de discapacidad y la constancia del otorgamiento de la oblea identificatoria del vehículo.
Art. 3° – La sola exhibición de la oblea en el parabrisas del vehículo será elemento suficiente para el libre acceso y circulación por esas vías.
Art 4º – Facúltese a la Secretaría de Transporte de la Nación para hacer operativo con las concesionarias los pases de referencia.
Art. 5° – Invítase a las provincias a adherir a la presente ley.
Art. 6° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Juan A. Salim.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hablar sobre los problemas con los que se encuentran a diario los discapacitados en la Argentina llevaría horas y horas de debate. Brevemente se pueden mencionar las desventajas y barreras con las que se encuentran todas las personas que tienen impedida o entorpecida alguna de las actividades cotidianas consideradas normales, por alteración de sus funciones físicas.
Problemas referidos a la infraestructura de calles, edificios, bancos, hospitales, accesos a lugares públicos y privados, centros de rehabilitación, trabajo, transporte, educación.
Es nuestro deber, como representantes del pueblo, legislar sobre medidas tendientes a diseñar una legislación acorde con esta problemática.
Debemos buscar las herramientas y los mecanismos que lleven a condiciones de igualdad de las personas discapacitadas con la sociedad, adoptando disposiciones para que las personas con diversos tipos de discapacidad se puedan manejar en el mundo tal como se lo merecen. Creando y fomentando nuevas tecnologías, desarrollo y producción de recursos, instrumentos, equipos auxiliares y medidas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a la vida diaria sin ningún tipo de sufrimiento.
Y precisamente este proyecto de ley pretende responder así, con un verdadero equilibrio y sentido de la realidad, a las necesidades que plantea la protección en el ámbito de la discapacidad.
Estaríamos alcanzando una integración más amplia en la sociedad y facilitando el acceso del discapacitado a todo tipo de beneficios en forma directa, evitando los conocidos procedimientos burocráticos y tediosos que muchas veces impiden conseguir el fin que se busca, convirtiéndose de un beneficio en un obstáculo para la consecución del “pase libre”.
Recordemos que para acceder al derecho de la oblea la persona con discapacidad debe someterse, muchas veces hasta humillándose, a una serie de estudios y trámites para acceder sin más requerimientos al beneficio de poder circular por las rutas y autopistas sin abonar peajes.
Es sabido que existe un consenso social sobre la necesidad de generar distintas políticas para obtener una verdadera protección e integración de todos los sectores de la sociedad que se encuentran en desventaja competitiva a fin de promover y mejorar su calidad de vida. Y dentro de estos sectores se encuentran las personas con capacidades diferentes.
La ley 25.280 aprobó la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. Dicha convención menciona en su artículo 1° que “la discapacidad limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social” y que “no constituye discriminación la distinción o preferencia adoptada por un Estado parte a fin de promover la integración social o el desarrollo personal de las personas con discapacidad”.
La ley 22.431 en la cual se establece que las empresas de auto transporte deben trasladar en forma gratuita a las personas con necesidades especiales en el trayecto que medie entre su domicilio y el establecimiento en donde se educa o rehabilita, incluyendo la posibilidad de aplicar multas a aquellas empresas que no cumplan con esta regla, la idea del presente proyecto es aplicar este concepto integralmente a la vida del discapacitado.
Por todas estas medidas es que le solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Juan A. Salim.
–A las comisiones de Discapacidad y de Transportes.
2618-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Modifíquese el inciso 1 del artículo 1º de la ley 346, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Son argentinos:
1:
Todos los individuos nacidos, o que nazcan en el territorio de la República, con excepción de “los hijos, cuyos padres extranjeros no acrediten un año de residencia inmediata y continua en la República” y los hijos, de ministros extranjeros y miembros de la legación residentes en la República.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Miguel A. Iturrieta. – Lía F. Bianco.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuestro actual sistema de adquisición de la nacionalidad se rige por el ius soli, esto quiere decir que con el solo hecho de nacer en suelo argentino le da derecho a obtener nuestra nacionalidad; en contraposición a los países europeos que hace siglos adoptaron el ius sanguini a fin de proteger el número y la genuinidad de sus nacionales.
El autor de derecho constitucional, doctor Carlos María Bidegain, en su obra Curso de derecho constitucional, considera que la adopción de un sistema u otro depende de consideraciones de tipo políticas, y solamente en algunos pocos casos se atiende a razones psicológicas que surgen de nacer en un determinado lugar o a la raíz paterna, como ser: motivos de migración, posicionamiento social, el tiempo de permanencia en un país, etcétera. Asimismo, entiende que aparece como una “base natural más sólida el sistema de ius soli pues a la mayoría de los nacimientos le sigue una residencia prolongada en el país.
Ahora bien, cuando al hecho del nacimiento no le sigue una residencia en el país, sino que dicho alumbramiento se hace por la sola razón de atención médica adecuada. ¿Es dable hablar de nacional? Si no existen vinculaciones de ningún tipo entre la persona y la patria, pues se trata de padres extranjeros, con domicilio en otro país, con otras costumbres y otras identidades culturales. ¿Tiene algún sentido seguir otorgando ligeramente la condición de argentino? Creemos que no.
Estamos por la defensa irrestricta de nuestra nacionalidad, pues ella genera una serie de derechos y deberes en los ciudadanos que sirven de sustento al crecimiento del país en todos sus estamentos. La patria se hace grande con el trabajo y el compromiso de los argentinos.
Así, ser nacional acarrea una serie de derechos, deberes especiales entre los cuales encontramos: el de fidelidad (artículo 119 de la Constitución Nacional), el de armarse en defensa de la patria y la Constitución (artículo 21 de la Constitución Nacional) y otras cargas públicas como el caso de participar en los procesos políticos votando o actuando como autoridad comicial.
En el campo de los derechos de los nacionales vemos: la protección diplomática en el exterior; el ejercicio de derechos políticos: elegir y ser elegido para desempeñar las más altas magistraturas políticas y judiciales, etcétera.
Además de estos derechos consagrados expresa o implícitamente en la Constitución encontramos algunas situaciones en las cuales el hecho de poseer calidad de argentino puede derivar en una discriminación favorable en relación a los extranjeros como el caso hoy tratado por el Honorable Congreso de la Nación a través de proyectos que buscan restringir la compra de tierras de frontera a los extranjeros, o la ocupación de cargos en seguridad o defensa.
No se trata aquí de racismo o xenofobia, ratificamos enfáticamente la política de puertas abiertas que traemos desde la primera Constitución de 1853.
Pretendemos proteger nuestra identidad de argentinos, de defender los intereses de la Nación siguiendo la actual tendencia al ius sanguini que en Europa desde antaño se adopta, adecuándolo a nuestra forma de pensar y vivir.
Esto no significa negar el sistema de ius soli sino apropiarlo a las actuales necesidades, evidentes sobretodo en las provincias con mucha frontera internacional como el caso de Misiones donde ciudadanos paraguayos frecuentemente y con el solo objeto de cuidar la salud de sus hijos por nacer, se trasladan a la provincia argentina y allí los nacidos de padres extranjeros sin interés alguno en permanecer o prestar servicios a la Nación adquieren la nacionalidad argentina por estricta aplicación del artículo lº de la presente ley.
Una manera de advertir la existencia actual del problema que pretendemos subsanar es comparar las situaciones que se dan en el orden fáctico: un extranjero que pretenda nacionalizarse argentino deberá acreditar una permanencia en el país de al menos dos años en forma inmediata y continua, a partir de que la Dirección de Migraciones le otorgue el permiso de residencia, aunque este plazo podrá abreviarse cuando la parte acredite haber prestado servicios a la República.
Sin embargo un extranjero con sólo traspasar la frontera puede tener un hijo argentino, que lo será por el solo hecho de nacer en nuestro suelo, sin ningún otro requisito.
Nuestra Constitución en su artículo 75 inciso 12 prevé dos pautas para dictado de ley sobre nacionalidad: a) sujeción al principio de nacionalidad natural y b) por opción en beneficio de la Argentina.
La primer cuestión hace que la derogación del principio del ius soli modificando la ley 346 pueda reputarse inconstitucional.
Igualmente, debemos tener presente que ningún derecho consagrado en la Constitución Nacional es absoluto por lo tanto efectuando una modificación a la ley 346 sin alterar el espíritu de la norma constitucional parece encumbrarse como la solución al problema de entregar nuestra soberanía en forma irrestricta.
La refundación de la Nación se erige hoy como la misión suprema e irrenunciable de todos los argentinos, estamos ante la oportunidad histórica de debatir sobre qué tipo de país queremos, y cómo resguardamos nuestra soberanía, que tiene como elemento imprescindible al conjunto de nacionales, al pueblo.
Por todo lo expuesto es que les solicito a todos mis pares que acompañen este proyecto.
Miguel A. Iturrieta. – Lía F. Bianco.
–A las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General.
2619-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional a efectos de solicitarle que incluya en el proyecto de ley de presupuesto nacional 2007, las partidas necesarias para el funcionamiento de pasos migratorios pertenecientes a la Dirección Nacional de Migraciones en las localidades de Bernardo de Irigoyen, El Soberbio, Alba Posse, San Javier, Eldorado y Puerto Rico de la provincia de Misiones, de acuerdo a las evaluaciones que realice dicho organismo, a fin de realizar un adecuado control de permanencia, ingreso y egreso de personas en el territorio nacional; y prevenir y erradicar de esta manera delitos que más aquejan actualmente a nuestra sociedad fronteriza: la trata de personas y el trabajo esclavo en todas sus manifestaciones.
Miguel A. Iturrieta. – Lía F. Bianco.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Dirección Nacional de Migraciones tiene asignada la responsabilidad del control de ingreso y egreso de personas en todo el territorio nacional, en la admisión y el otorgamiento de permisos de ingreso o de residencia en la República, regulando las entradas, salidas y permanencia de los extranjeros en el país, brindando de esta manera seguridad a los mismos. Por ende es un organismo esencial en materia migratoria.
La trata de personas es un delito que ha crecido al ritmo de la globalización de los mercados, hasta convertirse en uno de los más trascendentes debido al flujo de capitales que trae aparejado, después del tráfico de armas y de drogas.
Desde hace mucho tiempo la trata de blancas, el secuestro de personas y la esclavitud existen lamentablemente en nuestro país. En este momento la Argentina es más importante como país de destino, que cualquiera de los países limítrofes, incluido Brasil.
El gobierno ha demostrado su preocupación por lo que les está sucediendo a nuestros hermanos extranjeros en la Argentina. Debemos evitar la violación de los derechos humanos, consagrados en el Pacto de San José de Costa Rica, y primordialmente promover su defensa frente a las reiteradas vejaciones que cercenan la dignidad esencial del hombre de las cuales son objeto.
La Triple Frontera es una suerte de paraíso de las organizaciones criminales que se dedican al tráfico y explotación sexual de mujeres y menores, así como también al comercio de personas con fines lucrativos. Razón por la cual la provincia de Misiones se ha convertido en la gran proveedora de materia prima humana importada.
Se estima que en la zona de la Triple Frontera y en sus alrededores, hay más de 3.500 menores de 18 años que sufren algún tipo de violencia sexual. Es evidente que la situación es más que alarmante en el nordeste de nuestro país, donde el mapa concentra una intensa actividad diaria.
Los especialistas tienen identificados cuáles son los pasos fronterizos más “débiles” para el ingreso de extranjeros sometidos a fines delictivos, se tratan de: Bernardo de Irigoyen (Argentina) - Dionisio Cerqueira (Brasil), El Soberbio (Argentina) - Porto Soberbio (Brasil), Alba Posse (Argentina) - Puerto Maua (Brasil), San Javier (Argentina) - Porto Xavier (Brasil), Eldorado (Argentina) - Mayor Otaño (Paraguay) y Puerto Rico (Argentina) - Puerto Triunfo (Paraguay).
El control migratorio en aquellos pasos se encuentra a cargo de Gendarmería Nacional Argentina y Prefectura Naval Argentina que constituyen la Policía Migratoria Auxiliar. Unicamente los pasos fronterizos de Posadas (Argentina) - Encarnación (Paraguay) e Iguazú (Argentina) - Foz do Iguaçú (Brasil), cuentan con personal de la Dirección Nacional de Migraciones, autoridad de aplicación exclusiva.
El personal de Gendarmería y de Prefectura no posee una adecuada preparación para detectar adulteraciones en materia documental (DNI, pasaportes, cédulas de identidad, radicaciones) y sellos apócrifos. Es decir, existe una falta de personal idóneo acorde con los requerimientos de los trabajos a desempeñar. Toda esta documentación es la que se utiliza para fomentar el ingreso de personas destinadas al trabajo esclavo inhumano y degradante al cual se las somete en nuestro país, lo cual demuestra una innegable evasión del control, originando una grave amenaza a la seguridad nacional.
En un informe reciente que hizo la OIM (Organización Internacional de Migraciones) en Paraguay, se detectó que el 62 por ciento de las paraguayas víctimas de trata que salen del país llegan a la Argentina. En la actualidad ingresan un promedio de veinte paraguayas por semana en cada una de las zonas consideradas débiles, eludiendo así los controles migratorios.
El aumento del negocio delictivo en los últimos cuatro o cinco años genera la necesidad de contar con un plantel de personal altamente calificado y comprometido con su trabajo, competente para realizar un correcto control de la documentación requerida para el ingreso y egreso de las personas, de la permanencia de la población extranjera en el país, de efectuar inspecciones a los medios de transporte y de controlar el cumplimiento de las obligaciones de los dadores de trabajo. Asimismo emplear el sistema informático SICAM2 (Sistema Integrado de Captura Migratoria 2), para el control del tránsito vecinal fronterizo, a fin de detectar irregularidades como ser prohibiciones de salidas y de ingresos, pedidos de captura, comparendos y paraderos; procurando a su vez contar con los elementos materiales para la movilidad necesaria del personal actuante.
Señor presidente, la carencia de sistematización de los pasos fronterizos y de los trámites migratorios, que induce a no contar con información oportuna y actualizada, relacionada con el movimiento de entradas y salidas de personas al territorio nacional, torna vulnerable dicha actividad.
Consideramos que la Dirección Nacional de Migraciones no debería financiarse en base a tasas y aranceles que hoy se cobra a los particulares sino con una asignación específica del presupuesto nacional, logrando así instaurar una verdadera política migratoria a nivel nacional.
Nuestro país debería estar a la altura de las últimas convenciones internacionales que contemplan esta problemática, tomando conciencia de este flagelo que conmociona a la comunidad mundial.
Por todo lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Miguel A. Iturrieta. – Lía F. Bianco.
–A las comisiones de Población y Desarrollo Humano y de Presupuesto y Hacienda.
2620-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – Créase la Universidad Nacional de la Economía Social.
Art 2º – La Universidad Nacional de la Economía Social (UNAES) tendrá su sede en la ciudad de Sunchales, departamento de Castellanos, provincia de Santa Fe, y se regirá por lo dispuesto en la Ley Federal de Educación y la ley específica sobre universidades.
Art. 3º – El Poder Ejecutivo nacional queda facultado para gestionar y aceptar la cesión de los bienes muebles e inmuebles que constituirán el patrimonio de la universidad, los que podrán provenir de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, particulares, etcétera, los que pasarán a formar parte del patrimonio de la universidad.
Art. 4º – La Universidad de la Economía Social, por conducto del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, podrá celebrar todos los convenios necesarios para la transferencia de bienes, servicios y otras prestaciones para implementar su organización.
Art. 5º – El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología dispondrá la designación de un rector- organizador que tendrá las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la ley 24.521, y que durará en su cargo hasta tanto se elijan las autoridades que establezcan el futuro estatuto de la Universidad Nacional de la Economía Social. Asimismo dispondrá la designación de una comisión organizadora encargada de desarrollar e implementar la estructura académica, siendo su objetivo que las carreras que compongan la oferta académica no se superpongan con las de otras casas de altos estudios que funcionen en su área de influencia, adecuando los programas y las currículas de estudio al perfil productivo de la región y que contemple el desarrollo científico y tecnológico, en un marco de saneamiento y conservación del medio ambiente.
Art. 6º – La comisión organizadora convocará a la primera asamblea que dictará los estatutos de la universidad. Esta asamblea deberá tener la representación de docentes y estudiantes de conformidad con los estatutos que sancione y la legislación específica. El rectornormalizador y la comisión organizadora contarán con un plazo para la normalización del funcionamiento de la universidad que no podrá superar los cuatro años.
Art. 7º – Los gastos que demande la implementación de la presente ley serán atendidos con la partida específica del crédito para las universidades nacionales, que determine el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, hasta la inclusión de la Universidad Nacional de la Economía Social (UNAES), en la ley de presupuesto y otros recursos que ingresen por cualquier título.
Art. 8º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge R. Giorgetti. – Hermes J. Binner. – Pedro J. González. – Juan H. Sylvestre Begnis. – Eduardo A. Di Pollina. – Oscar S. Lamberto. – María del Carmen Alarcón. – Pablo V. Zancada. – Agustín O. Rossi. – Gustavo A. Marconato. – Ana Berraute. – Ariel R. A. Dalla Fontana. – Silvia Augsburger.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco del desarrollo político, económico y social, ha tenido preponderante importancia el crecimiento del concepto de la economía solidaria, que ha sido particularmente tenida en cuenta por la mayoría de los países desarrollados del mundo, como manera de propender al equilibrio y la igualdad social, que resultan absolutamente básicos para un desarrollo armonioso y sustentable de toda economía.
En este marco de la economía solidaria, concebimos el desarrollo y afianzamiento del movimiento mutual y cooperativo como herramientas de organización social y producción económica, es decir, como vías de desarrollo.
Las empresas de la economía social o solidaria generan las demandas y a la vez producen la oferta, creando un círculo de funcionamiento que tiene en su base los principios de la participación con el trabajo asociado, la autogestión, el equilibrio en la redistribución de utilidades –reinvirtiendo éstas en servicios en el caso de las mutuales o distribuyéndolas equitativamente en el caso de las cooperativas– y la integración horizontal y vertical.
La potencialidad del sistema no tiene límites si tenemos en cuenta que en el país nuclea a más de once millones de personas, que se benefician con las más variadas prestaciones y servicios e inclusive tiene incidencia de consideración en el producto bruto interno, especialmente en el caso de las cooperativas, creando además un importante volumen de empleo. Con relación a las economías locales o regionales, tienen un rol dinamizador ya que los recursos son reinvertidos en cada ciudad, en cada localidad, mediante obras, financiaciones, servicios, etcétera, evitando todo tipo de especulación o traslado de capitales, promoviendo la ayuda al consumo y a la micro y pequeña empresa y también incorporando las nuevas tecnologías, porque deben competir con calidad y eficiencia.
Las empresas de la economía solidaria a la vez actúan como subsidiarias del Estado o como auxiliar de las políticas sociales, tendiendo a la transparencia y eficiencia de su ejecución. A lo largo de estos años, desde el movimiento cooperativo y mutual, se ha intentado avanzar más en la planificación y organización de este proyecto integral e integrador, pero sin la participación del Estado es difícil concretarlo en toda su dimensión. Por eso, la definición de las políticas de Estado en esta dirección resulta fundamental, porque permite generar las bases materiales, institucionales y políticas de reproducción del sistema solidario, asumiéndolo como alternativa legítima y superior de promoción humana y desarrollo social.
Es así que una de las políticas que consideramos centrales es la educativa y en esta dimensión, la formación a nivel profesional universitario de los actores de la economía social.
Creemos que damos cuenta a través de esta iniciativa de una demanda de cooperativistas y mutualistas en el sentido de contar con idoneidad profesional para gestionar de manera eficaz a las organizaciones, habida cuenta de la complejidad que ha ido adquiriendo el sistema solidario, y también para construir herramientas válidas de desarrollo social.
El desarrollo organizacionalempresarial dentro de la economía social, su relación con los diversos contextoseconómico, legal, político, institucional, etcétera–, los principios y valores que sostienen a las empresas de la economía social, sus reglamentaciones y modalidad de funcionamiento, la incorporación de nuevas estrategias, como la mediación y la negociación, políticas de recursos humanos –como principal activo de una organización– y los desafíos que los cambios actuales van demandando son algunos de los temas centrales que debe abordar la formación profesional para cooperativas y mutuales. Tratando así de llevar adelante la creación y el sostenimiento de carreras que formen, sostengan y fomenten los principios cooperativos y mutuales; en otras palabras, que sean herramientas que proporcionen los elementos para el crecimiento del cooperativismo y mutualismo, como una realidad social capaz de asumir tareas de producción que hagan al desarrollo cultural, social y económico de la zona de influencia que se trate.
Tales carreras deberían ser: licenciatura en economía social; licenciatura en ciencias de la comunicación social; profesorados en ciencias de la educación social; licenciatura de la psicología social; licenciatura en recursos humanos, etcétera. Así también deberían crearse cursos de posgrados en capacitación social en las distintas carreras de grado para incorporar el principio social a las carreras tradicionales.
Todo ello plantea la necesidad de la formación, la planificación estratégica y el control de gestión, para que las organizaciones transiten el camino del desarrollo.
En definitiva, estamos convencidos de que el fortalecimiento de la economía solidaria, mediante el desarrollo de sus prácticas económicas, articuladas con las políticas públicas en general y en particular mediante propuestas de formación profesional y capacitación, tienen la potencialidad de materializar y generar de manera asociativa condiciones de solidaridad, equidad y ciudadanía social, en una democracia de alta intensidad, a través de la democratización de los medios de producción, las nuevas posibilidades de aprendizaje y la integración de un proyecto sustentable de desarrollo humano, concebido desde la generación de empleo y renta, la distribución equitativa de la riqueza y el control social del proceso global.
Toda esta materia ha sido motivo de particular interés por parte del Poder Ejecutivo y que ha quedado plasmado en distintos cuerpos legales vigentes. El decreto 1.171/03 declara de alto interés la enseñanza teóricopráctica, en los establecimientos educativos oficiales y privados, de los principios del cooperativismo y el mutualismo. Promoción de la constitución de cooperativas escolares. Participación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Tal el resumen conceptual del referido decreto.
Asimismo en los considerandos reza: “que las leyes 20.321 y 20.337, vigentes en materia de mutuales y cooperativas, priorizan la educación y la capacitación cooperativa y mutual”; […] “que la enseñanza de ambas doctrinas, sus principios, su teoría y su práctica, hacen necesaria su implementación en todos los establecimientos educacionales como método pedagógico”; […] “que la formación de docentes y capacitadores en dichas doctrinas, constituye una razón esencial para llevar a buen fin la misión de atender el interés nacional”.
Finalmente como corolario de todos los conceptos vertidos acerca de la necesidad de la creación de una casa de altos estudios referida específicamente a la generación, formación y afianzamiento de la economía social como fenómeno desarrollador y potencializador, resulta absolutamente destacable que la creación de la universidad propuesta lo sea en la ciudad de Sunchales, departamento de Castellanos, provincia de Santa Fe, la que ha sido recientemente instituida Capital Nacional del Cooperativismo –ley 26.037 y que fue sancionada por este Congreso en orden a las consideraciones que en su momento se merituaran para alcanzar tan importante distinción.
En el marco de lo expuesto, la actividad social, cooperativa y mutualista es fundamental, porque permite formular un ordenamiento conceptual que divulgue los conocimientos adquiridos a través de esta propuesta universitaria. De esta forma, la ciudad de Sunchales completaría su espíritu cooperativista, ya que cuenta con las cooperativas más importantes del país y con una gama variada de mutuales, que necesitan tener una casa de altos estudios para lograr la preparación académica en economía de gestión social y contar con las instituciones que ya posee y con la formación de profesionales capacitados, que aseguren el progreso y sostenimiento a futuro del movimiento cooperativo y mutual, siendo esa preparación de formadores aprovechada para el crecimiento de la zona de influencia y también para el fortalecimiento a nivel nacional y supranacional del movimiento cooperativo y mutual como ejes rectores de la economía social del país.
En síntesis, lograr la preparación académica que permita un desarrollo de la economía en beneficio de los hombres que conformamos esta sociedad.
Para reforzar la fundamentación expresada hasta aquí, queremos informar que Sunchales es una ciudad de casi 18.000 habitantes; se encuentra a 125 km de la ciudad de Santa Fe, a 40 km de la ciudad de Rafaela (Santa Fe); a 125 km de la ciudad de San Francisco y a 270 km de las ciudad de Rosario. Es la segunda ciudad en importancia del departamento de Castellanos, cuya principal actividad económica es la agrícolaganadera.
El sector industrial, comercial y de servicios hace que la ciudad posea una alta influencia y atracción de poblaciones vecinas gracias a su importante y variada oferta laboral y de consumo. Esto llevó a Sunchales en los últimos 5 años a tener un amplio crecimiento en el asentamiento de población que emigra a la ciudad por razones laborales, sobre todo por el amplio crecimiento de empresas industriales y de servicio instaladas (SanCor CUL, Sancor Seguros, Unidos AFJP S.A., Capcode S.A., empresa de construcción).
Esta población proviene especialmente de distintas ciudades como Santa Fe, Rosario, Esperanza, Córdoba y sobre todo de ciudades más pequeñas que conforman la zona de influencia de Sunchales: Seeber, Porteña, Eusebia, Morteros, Brikmann, San Guillermo, Suardi, Ceres, San Justo, Aldao, Tacural, Palacios, Las Palmeras, Hersilia, Ambrosetti, Monigote, Moisés Ville, La Rubia, Providencia, María Luisa, San Cristóbal, Elisa, Curupaity, Virginia, Frías, Añatuya, Quimili, Ramona, Roca, Ataliva, Humberto Iº, Sarmiento, Vila, etcétera.
La ciudad cuenta con numerosas instituciones educativas, de EGB, polimodal, nivel superior, especial, primario y secundario para adultos, donde se manifiesta un importante crecimiento en los últimos años de la comunidad educativa de todas las edades, como el desarrollo continuo de nuevas estructuras edilicias en todas las instituciones, para poder responder a la demanda de una ciudad en constante crecimiento poblacional y a la cada vez más marcada absorción de estudiantes, provenientes de las ciudades que conforman la zona de influencia indicada en el párrafo anterior.
Por otra parte, la ciudad se ha convertido, también, en un importante centro de salud regional, con sanatorios y clínicas privadas equipadas con tecnología de avanzada y alta complejidad y centros de emergencia médica con radio de acción en la zona rural y urbana.
Asimismo existen organizaciones deportivas, recreativas, partidos políticos y entidades comunitarias que posibilitan y promueven la participación de la población.
La ciudad dispone de un sector industrial donde se han instalado varios emprendimientos de distintos rubros, tales como alimentarios, cartón, cueros, metalúrgicas y otras, con régimen impositivo especial y el constante apoyo del municipio.
En la ciudad están asentadas las casas centrales de importantes empresas de servicios como Grupo Sancor Seguros (Sancor Seguros y Prevención Art S.A. con un plantel de 600 empleados en la ciudad); Grupo Unidos S.A., aproximadamente 400 empleados; (Unidos AFJP, Unidos Seguros de Retiro, Capcode S.A., Patrulla S.A., Administradora de Crédito S.A. y Compañía Fiduciaria Regional S.A.).
Desde el punto de vista de entidades fabriles la ciudad cuenta con la casa central de Sancor Cul con más de 1.000 empleados; una amplia planta de cartón corrugado de la empresa Smurfit Argentina S.A. (aproximdamente con 350 empleados); Richiger S.A. empresa dedicada al desarrollo de máquinas e implementos agrícolas, con 60 empleados. También se dio un importante crecimiento de pymes como fábricas de aberturas, repuestos para maquinarias agrícolas, talleres, etcétera, acompañando el desarrollo que tuvo el sector agrícolaganadero.
El sector de la construcción y de servicios relacionados también tiene un desarrollo muy marcado en estos últimos 5 años, empleando una cantidad importante de mano de obra, acompañando de esta manera el rápido crecimiento de la ciudad, con el desarrollo en la actualidad de aproximadamente 8 emprendimientos de nuevos barrios, siendo algunos de estos proyectos privados; dos de ellos municipales y uno provincial.
En el sector comercial se destacan comercios de distintos ramos (semillas, agroquímicos, productos veterinarios, supermercados, ferreterías, artículos del hogar).
De acuerdo a estimaciones de la Secretaría de Producción, Economía y Trabajo de la municipalidad local entre el 50 % y el 60 % de la actividad económica y comercial depende en forma directa e indirecta del sector agropecuario, especialmente las actividades relacionadas con la producción lechera y ganadera.
Esto coloca a la ciudad en este momento en una situación favorable debido a la coyuntura que atraviesa el sector. La mayor actividad se desprende de la agricultura y ganadería, por ser una zona de grandes extensiones de campos productivos.
Los principales cultivos son graníferos, como el sorgo, maíz, trigo, soja, que abarcan la menor superficie, ya que el resto se explota con pastoreos, alfalfa, trébol, melilotus, ya que es una zona dedicada en su mayoría la producción lechera.
Con respecto a la ganadería es una zona eminentemente tambera con planteles lecheros.
Desde el punto de vista socioeconómico no se da una marcada diferencia de sectores económicos en el medio.
Si bien se destacan los segmentos socioeconómicos C1, C2 (nivel socioeconómico mediomedio y medioalto). Esto se genera debido al alto porcentaje de la población que conforma los planteles de personal de las distintas empresas y pymes instaladas en la ciudad.
Es importante remarcar que el segmento D (fracciones sociales bajas) no posee un importante desarrollo.
El segmento socioeconómico altotípico (AB) tiene una mediana preponderancia en la estructura social de la ciudad, debido a la gran cantidad de productores agrícolas, ganaderos, propietarios de pymes y grandes comercios y un importante segmento de personal de media y altas gerencias de las distintas empresas y pymes de la ciudad. Es importante destacar el bajo porcentaje de población con NBI (necesidades básicas insatisfechas), lo que marca una importante tendencia respecto al nivel socioeconómico de la población.
Las proyecciones futuras son muy buenas, teniendo en cuenta la evolución de algunas industrias en particular y el crecimiento que ha mostrado el comercio en general durante el 2005.
Por todo ello solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Jorge R. Giorgetti. – Hermes J. Binner. – Pedro J. González. – Juan H. Sylvestre Begnis. – Eduardo A. Di Pollina. – Oscar S. Lamberto. – María del Carmen Alarcón. – Pablo V. Zancada. – Agustín O. Rossi. – Gustavo A. Marconato. – Ana Berraute. – Ariel R. A. Dalla Fontana. – Silvia Augsburger.
–A las comisiones de Educación y de Presupuesto y Hacienda.
2621-D-06
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º – El descuento en concepto de aportes que se practica, por intermedio de la ANSES, al sector pasivo de las fuerzas policiales y de seguridad de las cajas transferidas a la Nación por convenios de transferencias de los sistemas previsionales provinciales al Estado nacional, no podrá exceder del ocho por ciento (8 %) de los haberes que perciban los afectados.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ruperto E. Godoy.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las transferencias de los sistemas previsionales de las fuerzas policiales y de seguridad provinciales que oportunamente realizaran todas las provincias que gerenciaban y administraban dichos servicios, muestran hoy como realidad un notorio como injustificado desequilibrio, en particular respecto a los porcentajes de descuento en los haberes de los retirados y pensionados de dichas instituciones.
Se pretende con el presente proyecto achicar la brecha de tan disímiles porcentajes entre las distintas provincias. Así por ejemplo, en mi provincia de San Juan el importe que se retiene a los pasivos implica un 16 % en la actualidad, en Jujuy un 14 %, Catamarca un 13 %, provincia de Buenos Aires un 19 %, San Luis un 13 %, La Rioja, Chubut, Tucumán, Santa Fe, Santiago del Estero, Mendoza y Salta: 0 %, Córdoba y Misiones un 5 %, La Pampa un 10 % y la Policía Federal un 11 %, etc. Es decir los aportes van oscilando desde un 0 % hasta un 19 %. Esto habla por sí solo del gran desequilibrio existente. El tope del 8 % propuesto nos parece razonable para evitar tamañas diferencias de descuento, sin perjudicar a las otras provincias que cuentan con una legislación más favorable.
Volviendo al caso de San Juan, por una normativa de emergencia económica provincial se estableció sólo por un período extraordinario (que en la práctica e instaurado se tornó ordinario y permanente) un aumento en los aportes previsionales a cargo del sector pasivo; situación aún no modificada a pesar de haber terminado la causa que determinó esa cesión que consintieron los pasivos policiales provinciales. Jamás se recuperó el nivel de aportes que históricamente estuvo a cargo del mencionado sector.
En el año 1995 el gobierno nacional comenzó a exigir a los gobiernos provinciales el traspaso de todos los sistemas jubilatorios federales. En el caso de San Juan, y a los efectos de que el sistema jubilatorio del sector policial y penitenciario se mantuviera en la provincia, tras diversas reuniones y huelgas con las que amenazaba el personal, ya que no se sabía cuál iba a ser el destino real de las jubilaciones de los mismos, se llegó a un salomónico arreglo. Hasta ese momento el aporte jubilatorio que tanto el personal activo como el retirado aportaban era de un 8 %, y con el fin de preservar el sistema jubilatorio en la provincia, se combino entre las partes de que se llevara el aporte jubilatorio al 16 %. De esta forma se destrabó el conflicto que se había producido entre el gobierno y la policía. Así se evitó por un tiempo solamente el traspaso del sistema de la provincia a la Nación. Pero al poco tiempo, por decisión del gobierno, se dispuso inevitablemente el tan temido –para la policía– traspaso del sistema jubilatorio de San Juan a la ANSES nacional, en la forma en que se encontraba (con el 16 %), no respetándose la voluntad del sector. Vale decir, se vio doblemente perjudicado este sector de aportantes, pues no sólo perdieron la autonomía de preservar en el ámbito provincial el sistema previsional sino que quedó en forma permanente el descuento de tan elevado porcentaje arriba aludido. Esto último no fue corregido por el gobierno de turno al momento de disponer efectivamente el traspaso a la órbita nacional.
La falta de equidad en el tema en cuestión es evidente y genera casi la obligación de encaminarlo hacia ella. Si todas las cajas provinciales de las policías provinciales fueron transferidas a la Nación en virtud de convenios y condiciones iguales, no vemos motivo para que haya diferencia de trato al momento de los aportes (descuentos) de unas con respecto a otras. Vemos una distorsión que raya con la conculcación del principio constitucional de igualdad ante la ley. Cuál es la diferencia de la policía provincial de San Juan con las provinciales de Mendoza, La Rioja, Chubut, Santa Fe, Tucumán, etc. ¿Por ejemplo?.
Por ello, entendemos que deben adecuarse estas desigualdades tan grandes que afectan a los pasivos policiales de la mayoría de las jurisdicciones provinciales, sin que se perjudique a los pasivos que hoy cuentan con aportes menos crueles.
En función de lo expuesto y lo que se abundará al momento de su tratamiento, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Ruperto E. Godoy.
–A las comisiones de Previsión y Seguridad Social y de Presupuesto y Hacienda.
2622-D-06
Proyecto de resolución
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos que correspondan informe sobre las siguientes cuestiones:
1. Estado de ejecución en la provincia de Santa Fe del Programa de Infraestructura Vial Provincial del Ministerio de Planificación Federal, Inversiones Públicas y Servicios de la Nación.
2. Asistencia financiera recibida y a recibir por la provincia de Santa Fe, originadas en los contratos de recuperación y mantenimiento (CReMa), convenio de préstamo para programa de infraestructura vial provincial con financiamiento parcial del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
3. Detalle de las obras ejecutadas y a ejecutarse en la jurisdicción mencionada durante la vigencia del referido programa, monto de inversión y avances programados, y en cada caso, montos aportados correspondientes a los fondos por integración de contrapartida provincial.
Alberto J. Beccani. – Pedro J. Morini. – Eduardo A. Di Pollina.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Programa de Infraestructura Vial Provincial del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación está destinado a la asistencia financiera para el mejoramiento de la red vial provincial. Entre las provincias participantes tenemos a Corrientes, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Neuquén y Santa Fe.
Dicho programa se canaliza a través de contratos de recuperación y mantenimiento (CReMa) y las provincias que se adhieran se comprometen a subrogar al gobierno nacional en los derechos y obligaciones acordados entre éste y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), en el convenio de préstamo del Programa de Infraestructura Vial Provincial. (Préstamo 7.301 - AR.)
La provincia de Santa Fe ha dictado la pertinente ley de adhesión al programa, garantizando el pago de todas las obligaciones, asumidas por la provincia, en el marco del proyecto, con los fondos de la Coparticipación Federal de Impuestos.
Asimismo se obliga a implementar los mecanismos administrativos necesarios para asegurar que los fondos de contrapartida provincial destinados al Programa de Infraestructura Vial Provincial sean transferidos a la unidad ejecutora del Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las provincias argentinas, con la anticipación y regularidad requerida para la adecuada ejecución del proyecto.
Se estima que se han dado todos los pasos necesarios para la aplicación del programa. Ante reclamos sectoriales de la provincia, es necesario conocer el grado de avance del programa, cumplimiento de los compromisos de contrapartida provincial, rutas y obras incluidas, transferencias realizadas, y toda otra información que ayude a desalentar todo pesimismo respecto a las demandas de sectores, especialmente los de la producción, que necesitan movilizar con seguridad y celeridad, tanto personas como bienes.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Alberto J. Beccani. – Pedro J. Morini. – Eduardo A. Di Pollina.
–A las comisiones de Transportes y de Obras Públicas.