Artículo 5°.- Quedan excluidos de las disposiciones de la presente resolución los asuntos girados a la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas de la Administración Nacional que sean regidos en los plazos establecidos por el decreto ley 23.354/56 y sus modificatorias y en la ley 23.847.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 111 del Reglamento del Honorable Senado, este dictamen pasa directamente al orden del día.