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Período 124 01/03/2006 - (TP 1) 0024-D-06 |
| 0024-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dé respuesta a las siguientes cuestiones: |
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1. Si a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se ha dispuesto tomar medidas para una reestructuración integral de la Oficina Anticorrupción. |
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2. En caso afirmativo, ¿qué evaluación realizó el Ministerio de Justicia sobre el desempeño de la Oficina Anticorrupción y cuáles fueron los criterios que orientaron dicha evaluación? |
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3. De haberse realizado la evaluación aludida en el punto anterior, ¿cuáles fueron sus conclusiones a las que se arribó y qué harían aconsejable una reestructuración integral de la Oficina Anticorrupción? |
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4. Asimismo, que se señalen las coincidencias y discrepancias que las conclusiones a las que se habría llegado tras la eventual evaluación tendrían respecto al informe de gestión correspondiente al primer semestre de 2005 que elaboraran oportunamente las autoridades de la Oficina Anticorrupción? |
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5. Si la decisión que en diciembre de 2005 tomó el señor ministro de Justicia y Derechos Humanos a través de la cual suspendió los nombramientos de los coordinadores de cuatro de los cinco equipos de investigación con los que cuenta la dirección de investigaciones de la Oficina Anticorrupción se vincula con la supuesta reestructuración de dicho organismo. |
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6. ¿Cuáles son los lineamientos que orientarían la presunta reestructuración integral de la Oficina Anticorrupción y cuál sería la estructura con que se piensa dotar en el futuro a la mencionada dirección de investigaciones en caso que esté prevista la continuidad de esa dependencia? |
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Eduardo Di Pollina. – Silvia Augsburger. – Laura J. Sesma. – Alberto J. Beccani. – Pablo V. Zancada. – Hermes J. Binner. – María F. Ríos. – Claudio Lozano. |
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| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El domingo 12 de febrero, el matutino “Clarín” informaba: “El Ministerio de Justicia dispuso también una reestructuración integral, algunos creen que va camino a su desintegración, de la Oficina Anticorrupción”. |
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Vale recordar que la Oficina Anticorrupción es un organismo creado en diciembre de 1999 con el propósito de, según el artículo 13 de la ley 25.233, elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional. En forma concurrente con la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, la Oficina Anticorrupción goza de las competencias y atribuciones establecidas en los artículos 26, 45 y 50 de la ley 24.946; lo cual la habilita para investigar y denunciar delitos dentro de la administración pública nacional centralizada y descentralizada y en organismos que cuenten con aportes estatales. |
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Como se sabe, la creación de la Oficina Anticorrupción se dio en un marco de profundo repudio popular a los reiterados hechos de corrupción ocurridos durante los años 90, todos ellos perpetrados ante la impavidez de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. |
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Desde su puesta en marcha y hasta la finalización de primer semestre de 2005, la Oficina Anticorrupción recibió cerca de 5.000 denuncias de supuestos ilícitos. |
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De ese total, la Oficina Anticorrupción resolvió el 84 % según el siguiente detalle: |
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– Se efectuaron 1.532 denuncias ante la Justicia, tras considerar que los hechos denunciados constituían hechos de corrupción o delitos de otro tipo. |
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– Se remitieron 977 investigaciones a otros organismos públicos a efectos que se apliquen las correspondientes sanciones, en el entendimiento de que se trataba de irregularidades administrativas que no constituían delito. |
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– Se archivaron 1.703 investigaciones por considerarse que los hechos denunciados no constituían delito ni irregularidades administrativas. |
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El 16 % restante de las denuncias (unos 796 casos) aún se encuentra en estado de averiguación. |
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Según este balance extraído del “Informe Semestral de Gestión” de la Oficina Anticorrupción correspondiente al período enerojunio de 2005, y teniendo en cuenta que la dirección encargada de procesar estas denuncias cuenta sólo con una veintena de agentes, su labor parecería –al menos, desde el punto de vista numérico– eficiente. |
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Sin embargo, cuando “Clarín” publicó la nota de la que nos estamos haciendo eco, señaló que fuentes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos “reconocieron la existencia del plan (de reestructuración integral de la Oficina Anticorrupción) y aseguraron que los cambios apuntarán a hacer de la oficina un organismo más eficiente”. |
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Aunque siempre merezca buena recepción toda iniciativa que tienda a hacer más eficiente el funcionamiento de un organismo público, creemos que, cuando ella se refiere a un ámbito tan decisivo como lo es la Oficina Anticorrupción en lo que hace a la confianza que la sociedad debe depositar en el Estado, esa iniciativa debe hacerse pública, correspondiendo a sus impulsores informar acabadamente sobre la evaluación que han hecho respecto al funcionamiento del organismo, el detalle de sus fortalezas y debilidades y las transformaciones que se proponen introducir en él para superar sus aparentes déficits en la gestión. |
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De no ocurrir así, se posibilitan especulaciones como las que recoge “Clarín” cuando dice: “algunos creen que (la Oficina Anticorrupción) va camino a su desintegración”. Más aún, cuando existen antecedentes que indican que en los más altos niveles de gobierno no existiría una clara vocación para estimular el debido desempeño de la Oficina Anticorrupción. Sirvan como prueba de lo dicho, los siguientes hechos. |
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– Desde noviembre de 2003 hasta mayo de 2005 se mantuvo vacante la titularidad de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción. |
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– En diciembre de 2004 se designó titular de la Oficina Anticorrupción a un experto en derecho de familia, cuya primera iniciativa fue la desatinada pretensión de obtener la renuncia del director de Planificación de Políticas de Transparencia de la repartición para ubicar en su lugar a un individuo que debía 63 cheques librados sin fondos, cargaba con nueve juicios ejecutorios en su contra y había sido declarado deudor incobrable por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), según informaba el matutino “Clarín” del 5 de enero de 2005. |
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– En septiembre de 2005, el diario “La Nación” informaba que la Oficina Anticorrupción había dejado de publicar en su página de Internet las principales presentaciones de su Dirección de Investigaciones ante la Justicia, de modo que cualquier ciudadano pudiese acceder a ellas. |
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– En diciembre de 2005 el ministro de Justicia y Derechos Humanos suspendió el nombramiento de los funcionarios que deben coordinar a cuatro de los cinco equipos investigadores que actúan en la órbita de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción. |
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Las razones que el Poder Ejecutivo tendría para impulsar una reestructuración integral de la Oficina Anticorrupción deberían ser expuestas; así como también la orientación y el alcance de los cambios que se promueven. |
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Este proyecto de resolución cuya aprobación solicitamos, se orienta a conseguir las respuestas que el Ejecutivo debería haber dado espontáneamente. |
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Eduardo Di Pollina. – Silvia Augsburger. – Laura J. Sesma. – Alberto J. Beccani. – Pablo V. Zancada. – Hermes J. Binner. – María F. Ríos. – Claudio Lozano. |
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–A la Comisión de Justicia. |
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| 0032-D-06 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
| PROHIBICION DE PRORROGA DE COMPETENCIA A FAVOR DE TRIBUNALES INTERNACIONALES | ||||
Artículo 1º – Prohíbese la prórroga de la competencia a favor de los tribunales internacionales, en aquellos asuntos de interés patrimonial cuando se encuentren comprometidos los intereses nacionales, o en aquellas causas y/o conflictos donde se produzca un reclamo patrimonial contra el Estado nacional, cualquiera sea la índole del mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales. |
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Art. 2º – Prohíbese la actuación de árbitros internacionales fuera de la República en aquellos asuntos a que se hace referencia en el artículo anterior. |
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Art. 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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La ley nacional 22.434 modificó el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación en varios capítulos y en diferentes materias (ley de la última dictadura militar). |
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Entre ellas, y lo que nos interesa en el artículo 1º, se dispuso, al igual que la anterior ley 21.305, que la competencia atribuida a los tribunales nacionales es improrrogable, como principio general. |
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Sin perjuicio de ello, y por acuerdo de partes, la prórroga puede ser factible en aquellos asuntos de índole internacional y de interés patrimonial, al igual que la actuación de árbitros fuera de la República. |
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En la parte final de dicho artículo se estipula que ello será válido salvo en los casos en que los tribunales nacionales tienen jurisdicción exclusiva o cuando la prórroga está prohibida por ley. |
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Justamente esto último es lo que se persigue con el presente proyecto, atento a que existen asuntos internacionales de fundamental importancia que son llevados ante tribunales o árbitros extranjeros y sus resoluciones afectan intereses de índole nacional, como ser los referentes a la deuda pública nacional, y en otros aspectos a reclamos al Estado nacional, como ser el caso de las empresas privatizadas que llevan sus controversias a dichos tribunales, atento a que han pactado en los contratos que la jurisdicción será de los mismos, provocando la actuación de magistrados que no son los que corresponden en orden al lugar de cumplimiento de contrato y al lugar de celebración del mismo, que fijarían la competencia de los tribunales argentinos, conforme las normas del Código Civil. |
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Se ha dicho que la jurisdicción es el poder del Estado para realizar el proceso por los órganos encargados al efecto, para la actuación del derecho sustancial, ya sea de oficio o a petición de partes, conforme determinan las normas legales vigentes. |
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En igual sentido el término competencia es la aptitud de un órgano judicial –juez o tribunal– para conocer en un asunto determinado cuando, por la ley tiene aptitud o capacidad para ejercer la función jurisdiccional de ese conflicto, causa o asunto. Coutoure, en su vocablo jurídico, la define como la medida de la jurisdicción asignada a un órgano del Poder Judicial, consistente en la determinación genérica de los asuntos en los cuales es llamado a conocer en razón de la materia, cantidad y lugar. |
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El maestro procesalista Palacio expresa que la competencia “comprende todos los poderes inherentes a la función judicial, refiriéndose a la cognición o a la ejecución. En lo que respecta al estadio de cognición el juez competente tiene atribuciones para conocer el objeto principal del pleito, de las excepciones previas, y en general de todo el curso del proceso. En lo que atañe al estadio de la ejecución, la competencia incluye los poderes necesarios para que el juez, mediante el uso de las medidas coactivas pertinentes, haga efectivo el cumplimiento de sus resoluciones”. |
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En virtud de lo expresado la jurisdicción de los tribunales nacionales que deben ejercer ese poder del Estado que le confiere tanto las normas sustanciales, como la propia Constitución, al declarar al Estado argentino como un poder soberano, debe ser ejercido a pleno en aquellas cuestiones, o asuntos en los cuales el interés público se encuentra seriamente comprometido, prohibiéndose en tal caso cualquier prórroga de competencia que pueda realizarse a favor de un órgano internacional, o de árbitros internacionales, ya que ello debe ser privativo, potestad exclusiva del poder público nacional, quien debe ejercerla como un mandato mismo de la soberanía de que todo Estado independiente debe gozar. |
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Por las razones expuestas y las que se verterán al momento del tratamiento del presente proyecto, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Justicia y de Relaciones Exteriores y Culto. |
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| 0033-D-06 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
Artículo 1º – Modifícase el artículo 40, título V, de la ley 25.300 (Boletín Oficial del 7 de septiembre de 2000), el que quedará redactado de la siguiente forma: |
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Institúyase al Poder Ejecutivo: |
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Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El proyecto que estamos presentando para que sea analizado en esta Honorable Cámara, tiende a fortalecer el fomento, que tanto necesitan, las micros, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, por ser ellas las grandes generadoras de mano de obra y de desarrollo tecnológicos. Utilizamos el término fortalecer, por tratarse de una modificación a la ley 25.300, que es la de fomento a la micro, pequeña y mediana empresa. |
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Según datos del BCRA, existen unas 900.000 empresas en todo el territorio nacional que se encuadran en esta clasificación, número que nos da una idea de la cantidad de argentinos que logran su desarrollo gracias a éstas, por estar involucrado directa o indirectamente con el sector. |
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En nuestro país entre el sesenta y sesenta y cinco por ciento (60 % y el 65 %) de la mano de obra es absorbida por las mipymes, es por ello que el crecimiento de estas empresas permiten, entre otras tantas cosas, la disminución del trabajo en negro, y también contribuyen al producto en aproximadamente en un treinta por ciento (30 %). Con respecto al mercado laboral estas empresas logran la descentralización de la mano obra y sabemos de la importancia que esto tiene para el correcto funcionamiento del mercado laboral. |
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Otra de las características a destacar de las pymes, y que ha quedado demostrada en las diferentes crisis, es el alto grado de flexibilidad que tienen, y que la lleva a una búsqueda de innovación permanente, que en la práctica queda demostrado por la demanda de mano de obra especializada y tecnología, lo que está directamente relacionado con la mejora global de la economía; como ejemplo podríamos referirnos a la actual situación de falta de trabajadores capacitados para cubrir la demanda de estas empresas. |
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Del total de empresas que exportan el noventa y cinco por ciento (95 %) son pymes, esto nos da una visión certera de su importancia, aunque si nos referimos a la ventas en dólares sólo logran una participación del diez por ciento (10 %), y éste es un tema que pretendemos mejorar con la modificación a la que hacemos referencia en el articulado, debido a que las exigencias para participar en las licitaciones van a facilitar su adaptación a los mercados externos, el cual va tener un crecimiento del siete por ciento (7 %) según las estimaciones del Banco Central. |
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Sabemos que un buen desarrollo de las mipymes permite controlar un proceso inflacionario, porque entre otras cosas pueden resolver el problema de descenso de stock, que es una variable que produce aumento en los precios. En realidad, son los grupos cartelizados u oligopólicos los formadores de precios. |
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Para concluir creemos válido hacer referencia a un párrafo de las palabras del señor presidente, doctor Néstor Kirchner, sobre anuncios para las pymes, en el Salón Blanco de la Casa Rosada, el 29 de septiembre de 2005: |
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“Hoy hacemos un esfuerzo muy grande con las pymes; lo hacemos con profundo convencimiento, estamos convencidos que este es el camino sin ninguna duda, Dios quiera que esto fomente fuertemente la inversión, fomente fuertemente el crecimiento del empleo y que las pymes que tanto han hecho por la economía argentina, definitivamente se conviertan en ese motor imparable del país que todos nosotros deseamos”. |
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Por lo expuesto con anterioridad, esperamos que nuestros pares acompañen este proyecto de ley modificando el artículo 40 de la ley 25.300, fomento a la micro, pequeña y mediana, que beneficiará a todas la mipymes de nuestro territorio, que se encuentran diseminadas en nuestra geografía y que permiten el crecimiento de las economías regionales. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Pequeñas y Medianas Empresas, de Obras Públicas y de Presupuesto y Hacienda. |
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| 0034-D-06 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
| SUSPENSION REMATES JUICIOS HIPOTECARIOS. | ||||
Artículo 1º – Prorrógase por un plazo de ciento veinte (120) días los alcances previstos en la ley 26.062 (B.O. 4/11/2005). |
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Art. 2º – En virtud de lo establecido en el artículo anterior, otórgase un nuevo plazo por ciento veinte (120) días para ejercer la opción de ingresar al sistema de refinanciación hipotecaria establecida en el artículo 6º de la ley 25.798. |
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Art. 3º – Los plazos establecidos en la presente ley comenzarán a regir al día siguiente de la publicación de la misma en el Boletín Oficial. |
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Art. 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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La ley 26.062, publicada en el Boletín Oficial del día 4 de noviembre de 2005, suspendió por un plazo de ciento veinte (120) días todas las ejecuciones de sentencia que tengan por objeto el remate de la vivienda única y familiar por mutuos elegibles que cumplieron con los requisitos exigidos en los artículos 2º y 5º de la ley 25.798. |
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Asimismo estableció un nuevo plazo –igual al descrito anteriormente– para ejercer la opción de ingresar al sistema de refinanciación hipotecaria establecida en la ley 25.798. |
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Atento a que a la fecha no existe una solución de fondo para el problema acuciante por el que atraviesan los deudores hipotecarios, y en virtud de existir un número importante de viviendas que se encuentran al borde de la subasta, se torna imperioso establecer una nueva suspensión por un plazo que permita llegar a la tan ansiada solución de fondo. |
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Este nuevo plazo permitirá debatir entre todos los actores cuales son las distintas alternativas legales y financieras necesarias para que los deudores hipotecarios tanto del sistema bancario como no bancario encuentren una satisfacción integral a sus problemas, que les permita seguir disfrutando de un bien tan importante como es la vivienda única, sede del hogar conyugal. |
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Establecer un mecanismo que implique que el deudor pueda afrontar el pago de la deuda que mantiene con su acreedor, y que éste se satisfaga a la vez, es una obligación por parte del poder político, para ello, se debe trabajar en conjunto con todos los actores, pero a la vez deberán entender los bancos y los acreedores hipotecarios en general, que en el país se vivió una emergencia económica nacional de la cual aún no se ha salido en forma definitiva. |
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La intención por parte del gobierno nacional siempre ha sido encontrar una solución definitiva al tema en cuestión tanto es así que se creó por imperio de la ley 25.798 un sistema de refinanciación hipotecaria mediante la creación de un fideicomiso que se denominó Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria, que no tuvo aceptación, el cual deberá revisarse convenientemente para determinar cuáles han sido las causas del fracaso, y mejorarlo para el futuro, como una alternativa válida para comenzar el camino de la solución integral al problema que aqueja a un sector muy importante de la población que es el de los deudores hipotecarios, a quien aún no le ha llegado la solución a sus problemas, pese a que los bancos, componentes del sistema financiero argentino, han recibido compensaciones millonarias por los efectos de la pesificación asimétrica. |
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Deberá, entonces, establecerse un sistema obligatorio que le indique a los bancos argentinos que deberán adecuarse a los nuevos tiempos y acompañar el despegue económico, poniendo su granito de arena y dejando de lado sus demandas económicas, en pos de lograr el bienestar general, coadyuvando junto con el gobierno nacional a que en conjunto se logre arribar a un acuerdo consensuado en el cual los deudores hipotecarios puedan cumplir con el pago de sus obligaciones sin más requisitos que los que se establezcan y a su vez de parte de los acreedores, resignar parte de los intereses que agobian y hacen crecer desmesuradamente las acreencias, siendo éste uno de los motivos básicos por los cuales los deudores no han podido arribar a acuerdos conciliatorios con sus acreedores. Estos, entonces, deberán resignar parte de estos accesorios al capital adeudado, para arribar a la solución final y definitiva del problema. |
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Por todo ello y las razones aquí expuestas es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Justicia, de Finanzas, de Vivienda… y de Presupuesto y Hacienda. |
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| 0035-D-06 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
Artículo 1º – Modifícase el artículo 3º de la ley 18.248, el cual quedará redactado de la siguiente manera: |
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El derecho de elegir el nombre de pila se ejercerá libremente, con la salvedad que no podrán inscribirse: |
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Las resoluciones denegatorias del Registro de Estado Civil serán recurribles ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil dentro de los quince días de notificadas. |
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Art. 2º – Agrégase a la ley 18.248 el siguiente artículo: |
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Artículo 3 ter: podrán inscribirse nombres extranjeros, aunque no estuvieran castellanizados, y siempre y cuando fuesen de fácil pronunciación. Asimismo podrá imponerse el nombre libremente a aquellos hijos de los funcionarios o empleados extranjeros de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas en nuestro país, y de los miembros de misiones diplomáticas o privadas que tengan residencia transitoria en el territorio de la República. |
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Art. 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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La ley 18.248, es la que establece el nombre de las personas naturales. |
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En la misma se expresa una serie de prohibiciones, a través de su artículo 3º respecto a las limitaciones para elegir el nombre de pila de la persona que se inscribe. |
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La tendencia moderna marca que existen una serie de nombres que no se encuentran castellanizados, y que por un uso normal hoy en día con la prohibición que se suscita a través de lo expresado en el inciso 2, de dicho artículo, se impide la inscripción de la persona en el Registro de Estado Civil. |
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Tan es así, que mediante un nuevo artículo, agregado mediante ley 23.162 se permitió inscribir nombres de aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas, ya que ello era una consecuencia lógica de las distintas corrientes aborígenes que existían en el país y en países vecinos. |
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Es por ello que el uso de nombres extranjeros debe también permitirse, en virtud de que actualmente en el país existen muchos descendientes de aquellas personas que por distintas corrientes migratorias que ha recibido el país, han recalado en nuestras tierras, como ser españoles, italianos, suizos, alemanes, sirios, etcétera, por nombrar algunos, que desean que sus descendientes lleven el mismo nombre que aquellos que lo han precedido, como una forma de continuar aferrado a sus raíces. |
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Actualmente por imperio del inciso 2, del artículo 3º de la ley 18.248 se prohíbe el uso de nombres extranjeros, salvo que ellos estén castellanizados, y muchos de los citados anteriormente no poseen una traducción estricta al castellano, por lo que se ven impedidos de anotar a sus hijos con los nombres de sus ascendientes. |
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En virtud de lo expresado, se torna necesario la derogación de este inciso y su adecuación a las tendencias modernas que imprimen una mayor libertad a la elección del nombre de pila de las personas, siempre teniendo en cuenta que ellas no sean extravagantes o ridículos o contrarios a nuestras costumbres, y demás requisitos que impone el inciso 1. del artículo 3º de la norma mencionada el cual no sufre modificación alguna. Lo que se tiende es justamente darle mayor libertad a los progenitores que pretendan inscribir a sus hijos, dándole la oportunidad de una elección del nombre de pila que más le satisfaga, fundamentalmente aquellos que, por lo expresado supra, pretenden mantener las raíces de sus antecesores, dotando de nombres similares a sus descendientes. |
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Por lo expresado solicito a mis pares el acompañamiento para la aprobación del presente proyecto de ley. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Legislación General y de Justicia. |
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| 0036-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
1. Solicitar al Poder Ejecutivo nacional, y por su intermedio, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, su inmediata intervención ante la existencia de barreras paraarancelarias en el estado de Río Grande del Sur de la República Federativa de Brasil, mediante la ley 102/05 que obliga a pasar por un análisis de residuos de agroquímicos a los productos agrícolas exportados desde nuestro país, así como de los restantes Estados miembros del Mercado Común del Sur (Mercosur), como arroz, trigo, porotos, cebollas, cebadas y avenas, y sus derivados. |
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2. Solicitar la inmediata intervención del Consejo del Mercado Común, por su intermedio al Grupo Mercado Común, para evitar que se apliquen estos tipos de barreras sanitarias sin el consenso de todos los Estados miembros del Mercosur. |
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3. Informar a la Comisión Parlamentaria Conjunta de la existencia de esta ley del estado de Río Grande del Sur de la República Federativa del Brasil. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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A pesar de que, según las informaciones a las que pudimos acceder, esta ley fue aprobada sin el consenso del Ejecutivo del estado de Río Grande del Sur y del Ejecutivo nacional de la República Federativa del Brasil es preocupante que una norma de esta característica esté vigente porque produce una nueva barrera de tipo sanitaria que provoca, lo que en comercio internacional se conoce como una barrera paraarancelaria. |
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Al prohibir el tránsito de los productos agrícolas que no hayan pasado por ese análisis de residuos de agroquímicos, no permite que nuestros granos o sus derivados puedan llegar a ningún otro estado de este país vecino. |
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Este tipo de barrera tiene antecedentes, como por ejemplo en contenido de grasas en los lácteos, que al variar de un estado a otro ha provocado más de un inconveniente en las exportaciones de nuestro productores a ese país. |
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Esta medida se contrapone con el Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto que buscaba una unión más estrecha entre los pueblos y un desarrollo económico regional. |
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Tanto es así, que en su artículo 1º el Tratado de Asunción, del 26 de marzo de 1991, establece: …“Este mercado Común implica: |
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”La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier medida equivalente. |
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”El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a los terceros Estados o agrupamientos de Estados y la coordinación de posiciones en foros económicocomerciales regionales e internacionales. |
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”La coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes. |
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”El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.” |
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Es muy evidente que esta norma dictada por el estado de Río Grande del Sur no se condice con lo establecido el este Tratado y que además entorpece el avance en la búsqueda de un grado de integración para alcanzar el Mercado Común y nos sigue manteniendo dentro de la etapa de unión aduanera imperfecta según las características propias del Mercosur. |
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Por todo lo expuesto, esperamos que los señores legisladores acompañen este proyecto de resolución. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Agricultura y Ganadería, de Comercio y del Mercosur. |
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| 0037-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional, para que a través de los organismos que correspondan: |
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1. Inicie tratativas con el hermano país de la República Oriental del Uruguay, a efectos de arribar a un acuerdo para que se solucione el conflicto suscitado por la instalación de dos plantas de celulosa en la ciudad de Fray Bentos (ROU), a través de un dictamen vinculante que será emitido por una comisión de especialistas en industrias papeleras y medio ambiente, que deberán proceder a realizar un estudio pormenorizado sobre el eventual daño ambiental que la instalación de las mismas pueda irrogar. |
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2. Suscriba los acuerdos necesarios para que la comisión encargada de emitir el dictamen sobre el impacto ambiental que eventualmente producirían las papeleras aludidas en el párrafo anterior, esté compuesta por 2 (dos) representantes del Estado argentino, 2 (dos) representantes del Estado uruguayo y 3 (tres) representantes nombrados por los restantes Estados Partes del Mercosur, estos últimos seleccionados entre los más renombrados especialistas internacionales, debiendo emitir el correspondiente dictamen aprobado por la mayoría simple de sus miembros. |
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3. Constituir en un plazo que no exceda de 60 días esta comisión, estableciéndose que en un plazo de 90 días, a partir de su conformación, la misma logre un dictamen vinculante. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Es público y notorio el conflicto suscitado entre los dos países vecinos, la República Argentina, y la República Oriental del Uruguay por la instalación de dos plantas de celulosa, Ence y Botnia, en la localidad de Fray Bentos (Uruguay), para el cual debemos procurar y es factible una solución regional. |
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Se han adoptado distintas medidas por parte de vecinos de la localidad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, que se encuentra frente a las costas de la localidad de Fray Bentos, futuro asiento de las citadas papeleras, oponiéndose drásticamente a su instalación, basados en el hecho del grave impacto ambiental que ocasionarían las mismas, no sólo a las aguas del río Uruguay, sino también a todos los ciudadanos que habitan la zona. Estas medidas han repercutido en las relaciones internacionales de los dos países vecinos y amigos lo cual podría zanjarse mediante un dictamen vinculante, como el de esta comisión. |
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Se ha expresado desde Uruguay que las plantas de celulosa no impactarán en el medio ambiente, expresando sus autoridades que brindan todas las garantías necesarias para que ello suceda, protegiendo el medio ambiente y a las personas que viven en estos lugares. En cambio desde la órbita del gobierno argentino, a través de estudios realizados y dictámenes emitidos, se ha expresado que el daño ambiental existe y que estas plantas ocasionarán serios perjuicios difíciles de reparar en el futuro. |
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Evidentemente existen posiciones encontradas, y nada mejor que terceras personas, pero con un elevado grado de profesionalismo y de conocimientos científicos en cuanto a la protección del medio ambiente, realicen junto a especialistas de ambos países un dictamen, el cual deberá ser vinculante, expresando en él si dichas plantas contaminan o no el medio ambiente, y en su caso, qué medidas deberían adoptarse para que la protección del mismo se encuentre garantizada. |
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Ello podrá llevarse a cabo a través de una negociación que deben comenzar las autoridades argentinas y uruguayas para arribar a un acuerdo plasmado mediante un convenio con la firma de ambos gobiernos donde se establezcan las bases y condiciones para que esta comisión inicie su trabajo, debiendo estar compuesta por un número igual de representantes nombrados por los respectivos países y los propuestos por los países que integran (Estados Partes) el Mercosur y seleccionados entre los mejores del mundo en el tema ambiental y de industria papelera, los que emitirán un dictamen final con las recomendaciones que se estimen pertinentes, con la obligación que éste sea suscrito por mayoría simple, en caso de existir desacuerdos y/o desavenencias entre sus miembros. |
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Habiéndose peticionado oportunamente al gobierno de la Nación Argentina que concurra con una presentación judicial ante la Corte Internacional de La Haya, entendemos que ésa debería ser la última instancia, adoptando previamente los canales de comunicación entre estos países hermanos, tal lo propuesto en esta resolución. |
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Por los fundamentos expuestos, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Recursos Naturales… |
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| 0038-D-06 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
Expresar la total solidaridad con los familiares del oficial de policía de la provincia de Santa Cruz, señor Jorge Sayago, quien falleció en el marco de los hechos de violencia producidos entre los días 6 y 7 de febrero del corriente año en la localidad de Las Heras. |
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Repudiar enérgicamente los hechos de violencia acaecidos en la localidad de Las Heras, provincia de Santa Cruz, llamando a la reflexión a quienes se manifestaron de tal modo para que en lo sucesivo se eviten hechos de esa naturaleza, los que le han costado la vida a un trabajador de las fuerzas de seguridad, donde además resultaron heridos civiles y otros integrantes de la fuerza. |
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Instar a la Justicia de la provincia de Santa Cruz para que investigue a fondo los hechos anteriormente descritos, logrando el esclarecimiento de los mismos y la condena a los responsables del brutal asesinato. |
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Brindar el total apoyo al gobierno de la provincia de Santa Cruz ante esta situación. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Como consecuencia de los hechos de violencia que asolaron la localidad de Las Heras en la provincia de Santa Cruz, los días 6 y 7 de febrero, ha perdido la vida el oficial de la policía de esa provincia, señor Jorge Sayago. |
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El mismo fue objeto de una inusitada agresión por parte de manifestantes que concurrieron a la comisaría de aquella localidad exigiendo la liberación de un dirigente gremial que había sido detenido por orden judicial. |
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Este suceso merece el más enérgico de los repudios. |
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Instamos a la convivencia democrática, al respeto irrestricto a la ley, a la protección de la vida en el marco del estado de derecho, por lo que los graves hechos de Las Heras deben ser investigados con todos los elementos y recursos necesarios a fin de esclarecer los mismos; poniendo en el lugar que la Justicia determine a los responsables del asesinato del trabajador de la policía de aquella provincia. |
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Por los fundamentos expuestos, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración. |
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| Raúl P. Solanas. | ||||
–A las comisiones de Legislación Penal y de Seguridad Interior. |
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| 0039-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Dirigirse al Poder Ejecutivo a los efectos de declarar de interés nacional la reactivación y modernización del puerto de Diamante, provincia de Entre Ríos, como política estratégica de desarrollo productivo y comunicación en el contexto provincial, regional, nacional y vía del Mercosur, considerando su inserción estratégica en la hidrovía Paraná-Paraguay. |
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| Rosario M. Romero. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El puerto de Diamante, localizado en la provincia de Entre Ríos, kilómetro 533 del río Paraná, margen izquierda, a 70 kilómetros al sur de la ciudad de Paraná, es un enclave estratégico no sólo para el desarrollo regional sino también, para la integración y crecimiento económico de los países que integramos el Mercosur. |
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El puerto de Diamante es el último puerto de ultramar del río Paraná y el único puerto de ultramar de la provincia de Entre Ríos, próximo a dos grandes capitales provinciales, las ciudades de Santa Fe y de Paraná. |
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En los últimos años incrementó su actividad y cambió el predominio de los embarques de madera por los de cereales y se carga más de 870.000 toneladas anuales de maíz, soja y trigo. |
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Pero para poder sostener este crecimiento y fomentar el desarrollo industrial, es indispensable contar con una zona lo suficientemente amplia como para llevar a cabo las operaciones de carga y almacenaje, una zona competitiva en cuanto a costos, puesto que se evitarían los gastos en dragado o en uso de remolcadores y facilitarían las operaciones de carga y descarga simultáneas. |
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Para alcanzar esto es necesario llevar de 22 a 30 pies el calado en los puertos de Diamante y Santa Fe, a 34 en Rosario, y a 10 pies desde Santa Fe hacia el Norte. A lo que hay que agregar la posibilidad de operar con embarcaciones ultramarinas sobre el canal principal del rió Paraná aprovechando las condiciones naturales de la hidrovía Paraguay- Paraná, así como también la realización de los estudios por parte de Vías Navegables para la modernización de ese puerto. |
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Tener alrededor de 30 pies y una altura de 3 metros y medio en el río permitiría salir a completar cargas a puertos marítimos o para exportación reduciendo ostensiblemente los gastos de transporte. Lograr este dragado permitirá competir a la altura del puerto de Rosario. |
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Esto posibilitaría que todas las embarcaciones que vengan desde el Norte hacia Diamante podrán embarcar allí en buques que saldrían directamente a los puertos marítimos o a sus destinos de exportación. |
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También debe ser abordada la obra de pavimentación interna de las calles para soportar el intenso tránsito de carga y permanente movimiento. Así como también la de red vial adyacente, la cual cumple un rol importante para el puerto, ya que significa el final de un derivador de tránsito ya construido que tiene nuestra provincia como es la ruta 12 que une las localidades de El Pingo, María Grande, Sosa, Tabossi, Seguí, Crespo y Diamante. |
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A este derivador confluyen, comenzando en la ruta 12, las rutas 127 de Paso de los Libres, 18 de Concordia, 39 de Concepción del Uruguay y 11 de Gualeguaychú, transformándose así en un moderno cinturón que evita congestionar el tránsito vehicular y absorbe al mismo tiempo el gran tráfico de carga que se prevé para los próximos años dentro de la provincia. Además desde hace algunos años se realizan gestiones para rehabilitación del ramal Crespo-Puerto Diamante, de suma importancia para los sectores productivos, pues vincula todo el territorio provincial con el puerto cerealero más importante de la Mesopotamia. |
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En esta dirección, la Cámara de Diputados entrerriana aprobó un proyecto que declara de interés provincial los estudios para ejecutar las obras del plan maestro para el puerto diamantino. |
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Por ello, señor presidente, dada la importancia para el desarrollo estratégico de la región; lo que aporta este proyecto de reactivación y modernización del puerto de Diamante al crecimiento económico de la Nación, mediante el fomento de obras de infraestructura de estas características y aprovechando el potencial del puerto, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto. |
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| Rosario M. Romero. | ||||
–A la Comisión de Intereses Marítimos… y del Mercosur. |
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| 0040-D-06 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
De interés parlamentario el programa de TV por cable “Mateando con la ciencia”, transmitido en vivo los días martes de 22 a 23 horas, por Multicanal Norte-Oeste del Gran Buenos Aires, a través de la señal de NVT. |
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| Rosario M. Romero. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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La ciencia es una cuestión dejada de lado en la Argentina, este programa televisivo denominado “Mateando con la ciencia” tiene un contenido social, además de científico, y creemos que ésta es la forma más adecuada para que todos los ciudadanos y ciudadanas entendamos y realmente valoremos el verdadero espíritu de la ciencia. No sólo como ciencia en sí, sino también por todo lo que la ciencia puede aportar a nuestro país y a la ciudadanía en su conjunto. |
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Dicho programa pone énfasis en remarcar la necesidad de educar, concientizar, no acallar, simplemente explicarle a la sociedad acerca de los mitos y realidades de los diferentes protagonistas de la energía y su impacto ambiental. Los núcleos temáticos son justamente todos los inherentes a la energía y su dinámica ambiental, donde se ponen de manifiesto los reales problemas energéticos, ecológicos y ambientales. |
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Es necesario estar bien informado a través de programas que con seriedad y objetividad, puedan transmitir en términos sencillos los temas difíciles sin subestimar su contenido científico; “Mateando con la ciencia” uno de ellos. |
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Es por eso que tenemos el total convencimiento de que iniciativas como éstas deben ser valoradas y apoyadas no solamente por el sector político, sino también por todos los sectores sociales y fundamentalmente por el sector industrial, ya que un elevado desarrollo científico resultaría de gran aporte para este último. |
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Señor presidente, por todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente proyecto de declaración. |
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| Rosario M. Romero. | ||||
–A las comisiones de Comunicaciones… y de Ciencia y Tecnología. |
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| 0041-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Solicitar al Ministerio de Planificación Federal para que, a través de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, informe sobre el procedimiento de controles aplicados a las obras incluidas en el Plan Nacional de Obras Municipales para la ciudad de Santa Fe. |
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Que informe –además– si se han constatado los avances de ejecución de las mismas y se ha completado la remisión de fondos por el total de $ 539.369. En el caso de haberse ejecutado parcial o totalmente algunos de los 30 proyectos programados, se informe sobre las medidas a aplicarse al municipio de Santa Fe, dado que se ha producido una investigación “de oficio” por parte de la fiscalía provincial a cargo del doctor Héctor Millén, ante lo que se ha denominado “obras virtuales en la ciudad de Santa Fe”. |
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| Hugo G. Storero. – Hermes J. Binner. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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En noviembre de 2002 el ex presidente Eduardo Duhalde, mediante un decreto, puso en marcha el Plan Nacional de Obras Municipales, cuyo sentido era “el fomento de obras y servicios de infraestructura a nivel local”. En recientes ediciones el diario “El Litoral” de Santa Fe dio a conocer un seguimiento de los 30 proyectos presentados por un total de $ 539.369. |
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De ese total, la Secretaría de Obras Públicas de la Nación consigna una ejecución del 100 %, pero se ha detectado que pese a ese avance presupuestario y de partidas giradas al municipio, varios de los proyectos no se han concretado. |
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En el convenio firmado y en la disposición 24 del 10 de diciembre de 2002 se detallaba que la condición indispensable para el giro de partidas era el avance de las obras con certificación fehaciente de los porcentajes ejecutados. |
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En tal sentido consigna el medio citado en su edición del día 25 de enero, en la página 6: “Sin embargo, el municipio local recibió un total de lo presupuestado sin que hayan progresado las mejoras por las cuales se recibían esa plata. La Nación concretó siete giros: el 12 de febrero de 2003, el 18 de junio de 2003, el 17 de octubre de 2003, el 13 de febrero de 2004, el 27 de febrero de 2004, el 24 de marzo de 2004 y el 3 de mayo de 2005. La mayoría de los embolsos fue efectuada durante la actual gestión municipal. |
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”Además de la certificación del municipio, era imprescindible para la entrega de las remesas de la Nación que un organismo provincial avale la concreción de las mismas. En el caso de Santa Fe, esto le competía a la Secretaría de Municipio y Comunas de la provincia. |
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”Para desandar todo este andamiaje de hechos, causas y responsabilidades intervino el fiscal Héctor Millén. Como primera medida envió un oficio al intendente Martín Balbarrey. Luego hizo lo propio con el organismo nacional y el provincial y, además, pidió a la Unidad Regional I que realice un croquis con relevamiento fotográfico de los 30 lugares indicados en la web nacional (www.obraspublicas.gov.ar/plan).” |
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Es por ello, señor presidente, que solicito el acompañamiento de mis pares y que informe el ministro de Planificación Federal sobre las gestiones realizadas tendientes a aclarar estas presuntas anomalías. |
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| Hugo G. Storero. – Hermes J. Binner. | ||||
–A las comisiones de Obras Públicas y de Asuntos Municipales. |
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| 0042-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Expresar su preocupación frente a las versiones que indicarían la decisión de la orden religiosa católica de Santo Domingo de proceder al cese de sus actividades en la ciudad de Santa Fe y el eventual cierre del templo histórico donde se desarrollan las mismas. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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La orden de Santo Domingo es de las más antiguas que se instalaron en la ciudad de Santa Fe. Entre los años 1600 y 1604 llegaron al emplazamiento original de Santa Fe de la Vera Cruz (Santa Fe la Vieja-Cayastá) los primeros frailes de la orden y han compartido vida y fe religiosa con una mayoría importante de ciudadanos santafesinos por más de cuatro siglos. |
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En el histórico convento se encuentra la habitación en la que pernoctó el general Manuel Belgrano en 1810 de paso hacia Asunción en la campaña al Paraguay. |
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También su templo es custodio de los restos de la primera patricia argentina: Gregoria Pérez de Denis, quien donó sus bienes a Belgrano para financiar “la causa americana”; del ex gobernador de Córdoba Juan Bautista Bustos y de otros vecinos ilustres de la ciudad. |
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En fecha reciente, a través de los medios periodísticos, hemos tomado conocimiento de la decisión –de la instancia superior– de cerrar el convento y trasladar a los actuales sacerdotes hacia otros destinos. Independientemente de la gravedad que supone el cierre del convento que ha sido declarado monumento histórico de la Nación y que es objeto, por la gravedad de tal determinación, de un proyecto de pedido de informes al Poder Ejecutivo nacional que se presenta por cuerda separada y es el objeto del presente proyecto expresar la profunda preocupación de la feligresía católica santafesina por este posible cierre de actividad de una orden religiosa que se ha mantenido por más de cuatro siglos como parte del patrimonio religioso cultural de la ciudad que no parece haber sido adecuadamente tenido en cuenta al momento de tomar tal decisión. |
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Por todo lo expuesto, señor presidente, solicito la aprobación del presente proyecto. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
–A la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto. |
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| 0043-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
En el año 1982, a través del decreto 388 del 24 de febrero, el Poder Ejecutivo nacional declaraba como monumento histórico nacional al convento de Santo Domingo y templo Nuestra Señora del Rosario, incluyendo el atrio y la reja ornamental que lo circunda. Ejemplo de arquitectura eclesiástica pero, además escenario de acontecimientos históricos, este monumento viene atravesando una serie de degradaciones y falencias por falta de mantenimiento, lo que amerita la pronta intervención del gobierno nacional, para que a través de un relevamiento de los deterioros se realice una tarea de rescate y puesta en valor del edificio, tanto en lo concerniente al templo como al convento. |
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Es por ello, señor presidente, que solicito el acompañamiento de mis pares para que tomen una pronta intervención dos organismos del Estado: la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos y la Dirección Nacional de Arquitectura a los efectos de proceder a la restauración de los edificios. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El convento Santo Domingo es una de las instituciones más antiguas de la ciudad de Santa Fe, a la que ha acompañado en todas las vicisitudes de su historia. |
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Desde los albores de nuestra patria fue el lugar elegido para celebrar reuniones que los hombres del interior efectuaron para concretar luego la Independencia argentina. |
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Tal como señala fray de la Cruz Saldaña Retamar, en el año 1600 queda instalado en la vieja ciudad de Santa Fe el convento de la Orden Dominicana. El mismo fue denominado con la advocación de San Pablo Primer Ermitaño y su iglesia bajo el patrocinio de Nuestra Señora del Rosario. Trasladada la ciudad al sitio actual, la iglesia y el convento ocuparon el lugar que hoy forman las esquinas de calles Tres de Febrero y Nueve de Julio. |
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La influencia de la Orden Dominicana en los acontecimientos de Santa Fe fue notoria. En sus claustros funcionaron las primeras escuelas, sus sacerdotes participaron en las reuniones de los cabildos y en la firma de los tratados, como en el caso de fray Mariano Amaro, amigo del general Artigas. |
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El templo fue como un viejo santuario de los viejos santafesinos y el 1811 se oye en su recinto uno de los primeros sermones alusivos a la fecha histórica del 25 de Mayo. |
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En 1810 había estado alojado en sus celdas el general Manuel Belgrano, que en marcha al Paraguay con sus expedicionarios prefirió alojarse en el convento. Fue en esta misma iglesia donde concurría doña Gregoria Pérez de Denis, la ilustre patricia que donó sus bienes para el ejército de Belgrano. |
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En el atrio de la iglesia se efectuaban en épocas coloniales la jura de los nuevos reyes y el paseo del estandarte real. Luego, en el tiempo de la emancipación, allí evolucionaron los Blandengues y los Dragones de la patria. Anexo a la iglesia estuvo en otras épocas el cementerio, donde muchas personalidades ilustres encontraron el descanso eterno. |
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Las crónicas históricas, las memorias de la época, los estudiosos como Cervera, han dejado documentado en sus páginas todo el pasado de este templo y convento. La iglesia sufrió transformaciones a través del tiempo, desde la primitiva hasta la de hoy. Hubo una época, la de la última reconstrucción del templo en 1895, que se llamó a esta iglesia “el Vaticano de Santa Fe”. |
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La planta del templo, que tiene la forma de una cruz latina, ocupa 75 metros de largo por 12 de ancho y sus cruceros son de 9 por 5 metros. Consta de una sola nave con predominio de una línea arquitectónica jónica. Ostenta dos torres elegantísimas, de corte airoso, que descuellan con valentía sobre los edificios del barrio sur de la ciudad; la cúpula, única en su género en Santa Fe, se eleva a 50 metros de altura y sirve de faro o guía a los grandes buques que ingresan al puerto santafesino. |
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El templo y convento donde el general Belgrano preparó y organizó su marcha al Paraguay encierra en sus ámbitos restos ilustres. Allí están los de la patricia Gregoria Pérez de Denis, los de Francisco Antonio Candioti, llamado “el príncipe de los gauchos” y gobernador de Santa Fe; los de los padres del brigadier general don Estanislao López; los del gobernador de Córdoba, general Juan Bautista Bustos; los del gobernador fusilado en la Posta de Vergara, don Domingo Cullen; los del fundador del Museo de Arte de Santa Fe, don Martín Rodríguez Galisteo; los de Patricio y Tomás Cullen, los de Bartolomé Aldao y tantos otros que figuraron en la historia de Santa Fe. En el panteón de la comunidad, al pie del retablo del altar mayor, están las cenizas de fray Mariano Amaro, firmante del Tratado del Arroyo de la China; de fray Victoriano Piedrabiena, de fray Hermenegildo Argañarás, de fray Antonio de la Cruz del Valle, de fray Agustín de Santa María Ferreiro, de fray Cornelio Etchave y otros que tuvieron significación especial en la vida religiosa y civil de la ciudad. |
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Entre los objetos de valor que aún guarda esta iglesia se distinguen: |
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– Una diadema de plata del patriarca Santo Domingo de irreprochable ejecución, donada por la familia de doña Rosa de Lacoizqueta, en 1972. |
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– Una diadema de plata del patriarca San Francisco. |
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– Cuatro confesionarios de columnas salomónicas, trabajados por un esclavo del convento a principios del siglo XVIII. |
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– Un retablo de madera (antigüedad del Calvario), hecho por los portugueses en el siglo XVIII. |
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– Una imagen de vestir de Jesús Nazareno. |
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– Una imagen de madera (colonial) de la Virgen del Tránsito. |
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– Una imagen de madera de San Raimundo de Peñafort. |
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– Una imagen de vestir del patriarca San Francisco. |
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– Un lienzo de la Asunción de María, de la escuela italiana en la época de su gloria. |
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– Dos grandes pilas de mármol para agua bendita, donadas por don Zenón Lassaga. |
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– Valiosas pinturas como El cuzqueño y San Ignacio de Loyola. |
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El interior del templo decorado y estucado ostenta 20 magníficos medallones pintados por don Juan Cingolani, pintor del Vaticano; representan santos y beatos de la Orden Dominicana cuyas imágenes no se encuentran en los altares de la iglesia. |
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Los vitraux de la cúpula, traídos y donados por la señora Rosa Galisteo de Rodríguez, ocho en total, representan escenas de la vida de nuestro santo padre santo Domingo de Guzmán. |
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Los altares existentes actualmente son los siguientes: |
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1) El mayor, con la imagen de madera la santísima Virgen del Rosario y de los patriarcas Santo Domingo de Guzmán y San Francisco de Asís, de madera tallada y vestidos de lona y cola. En la parte superior un cuadro con la imagen de San Pablo Primer Ermitaño, patrono del convento. |
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2) A la derecha le sigue el altar de Jesús Nazareno (antiguamente del Calvario, del Sagrado Corazón de Jesús y de la Virgen del Pilar). Es el retablo más antiguo que posee la iglesia y data del siglo XVIII. |
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3) Altar de San José, de mármol. Donado por don Apolinario Cisterna y señora en el año 1903. A ambos lados las imágenes de Santa Teresita del Niño Jesús y de San Ramón Nonato. En el nicho del centro la santísima Virgen de Guadalupe, patrona de la arquidiócesis. |
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4) Altar del Santísimo Nombre de Jesús (reformado) –antiguamente del Sagrado Corazón de Jesús– con la imagen del Dulce Nombre de Jesús, que lloró el 8 de octubre de 1908. |
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5) Altar del Sagrado Corazón de Jesús (anteriormente de la Virgen del Tránsito) costeado por Esmeralda Rodríguez de Zapata. |
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6) Altar de Santo Tomás de Aquino, costeado por dona Josefa Comas de Cullen. |
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7) Altar de San Martín de Porres (anteriormente de San Raimundo de Peñafort) costeado con dádivas del pueblo santafesino. |
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8) Altar de San Vicente Ferrer, donado por doña Tomasa Iriondo de Cullen. |
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9) Altar de Santa Rosa de Lima (reformado y decorado), con las imágenes de San Juan Macías y Santa Catalina de Siena. |
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10) Altarcamarín de la Virgen del Rosario de Pompeya, con las imágenes de Santo Domingo de Guzmán y Santa Catalina de Siena. A ambos lados del altar hay dos grandes lienzos con la Virgen del Rosario de Fátima y la Virgen de Lourdes (éste donado por la colectividad francesa en 1944). |
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El púlpito de cedro fue mandado construir por el padre fray Lucas Rodríguez Cotelo en 1871. |
||||
Las cruces de hierro que coronan las torres de la iglesia tienen las siguientes inscripciones: “Año 1895”, una; “Caritas me fecit” (construido con la caridad de los fieles), la otra. |
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El altar del Santísimo Nombre de Jesús, reformado después del hecho prodigioso del 8 de octubre de 1908, fue bendecido por el maestro general de la Orden de los Predicadores fray Luis Theissling, el 16 de junio de 1918. Fue el primer maestro de la orden que visitó nuestro país y en testimonio de ello plantó el airoso pino que se conserva en el jardín conventual. |
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El relicario que guarda las lágrimas del Niño Jesús fue donado por la señora Tomasa Iriondo de Cullen en 1917. |
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La imagen del Niño Jesús fue encomendada por el reverendo padre fray Jacinto Estévez al escultor valenciano Valero y llegó al puerto de Buenos Aires el 13 de marzo de 1906. Según expresa el padre Estévez quería una imagen que impresionara a los santafesinos y los sacara de su apatía. El escultor, residente en Barcelona, imploró a la virgen y por inspiración creó la imagen como la vio. |
||||
Este conjunto de elementos, espacio arquitectónico y grandes volúmenes, conforma un complejo patrimonial de real valía y es compromiso de nuestras generaciones preservar y acentuar sus rasgos, como testimonio vivo de la historia y como ejemplo de noble arquitectura. |
||||
Por todo lo expuesto, señor presidente, solicito la aprobación del presente proyecto. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
–A las comisiones de Cultura y de Relaciones Exteriores y Culto. |
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| 0044-D-06 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Declarar de interés turístico y educativo el proyecto Parque Interactivo del Agua, el cual se enmarca en el plan de recuperación ambiental del lago Pedro Antonio Francisco Candioti y el perilago del Parque del Sur General Manuel Belgrano de la ciudad de Santa Fe. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El proyecto en cuestión prevé la construcción de un museo interactivo que tenga el agua como eje temático e incluya un fuerte concepto del cuidado del medio ambiente. También tiene en cuenta una completa oferta para alentar el turismo receptivo y para ello propone un restaurante, bar, paseo, mirador, muelle y un buen aprovechamiento de la zona de balneario y juego. |
||||
Actualmente, la zona es visitada anualmente por 180.000 personas aproximadamente, de las cuales casi 120.000 son escolares. Esta iniciativa es creada para potenciar un uso sustentable del área combinando la educación, la cultura e historia y el turismo. |
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Cabe destacar que ha sido declarado de interés municipal por el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe y por la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe. |
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Por lo expuesto, señor presidente, solicito a usted la aprobación del presente proyecto. |
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| Hugo G. Storero. | ||||
–A las comisiones de Recursos Naturales…, de Turismo y de Educación. |
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| 0046-D-06 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
| LEY DE EDUCACION PARA EL NIVEL POLIMODAL O EQUIVALENTE | ||||
Artículo 1º – El nivel polimodal o su equivalente, en todas sus modalidades y orientaciones en todo el ámbito del Sistema Educativo Nacional, es de carácter obligatorio y asistido a partir de la sanción de la presente ley. |
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Art. 2º – El Poder Ejecutivo nacional, los gobiernos provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben efectuar los estudios técnicos necesarios, utilizando los recursos previstos por la Ley de Financiamiento Educativo, a los efectos de lograr que en un plazo inferior a los ocho (8) años el nivel polimodal o equivalente sea de carácter obligatorio y asistido en todo el territorio nacional. |
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Art. 3º – El Poder Ejecutivo nacional contribuye con los esfuerzos de las distintas provincias y jurisdicciones a fin de garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades en el acceso, la permanencia y el logro académico de los alumnos en el nivel polimodal o equivalente a través de: |
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Art. 4º – El Ministerio Nacional de Educación, Ciencia y Tecnología, junto con los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben dar a conocer cada año, en el mes de abril, el estado de implementación de la presente ley, desagregando la información por escuela y por alumno. |
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Art. 5º – A efectos del cumplimiento de la presente ley el Poder Ejecutivo contemplará la partida presupuestaria correspondiente. |
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Art. 6º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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Esteban J. Bullrich. – Guillermo E. Alchouron. – José R. Brillo. – Silvia G. Esteban. – Esteban E. Jerez. – Eusebia Jerez de Sosa. – Hugo Martini. – Federico Pinedo. – Pablo G. Tonelli. – Paula M. Bertol. |
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| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Es tiempo de materializar la equidad educativa en la Argentina y para ello deben encararse todas y cada una de las políticas públicas que conduzcan a lograr dicho objetivo. En tal sentido, hoy proponemos al pleno de este cuerpo la extensión del sistema formal a catorce años de escolaridad obligatoria. |
||||
Esta iniciativa se enmarca en el proceso que colectiva y unánimemente hemos abierto con la sanción de la ley de financiamiento educativo en diciembre próximo pasado, ley que expresa el compromiso político de priorizar la educación como herramienta igualadora de las oportunidades en el desarrollo individual de nuestros habitantes. |
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La falta de recursos económicos ya no será excusa para que todos los alumnos accedan y finalicen el tercer ciclo de la escuela general básica, sin importar el distrito en el que cursen sus estudios. |
||||
Para ello el Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Educación, contribuirá –a solicitud de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires– al desarrollo y alcance de las metas propuestas mediante la organización y coordinación de diversos programas especiales destinados para resolver las falencias estructurales y coyunturales del sistema educativo distrital. |
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Señor presidente, históricamente hubo dificultades para garantizar la escolarización más allá de la escuela general básica y, actualmente, de acuerdo a datos del Ministerio de Educación, un 64 % de la población de 20 años y más no cuenta con certificado de nivel medio1. Es tiempo que las provincias y jurisdicciones generen estrategias de recuperación de niños y jóvenes con dificultades de aprendizaje; ello exige el desarrollo de programas alternativos especiales dentro del sistema educativo formal, y el Estado nacional hoy cuenta con las herramientas financieras que permiten la colaboración. |
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Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley. |
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Esteban J. Bullrich. – José R. Brillo. – Silvia G. Esteban. – Esteban E. Jerez. – Eusebia Jerez de Sosa. – Pablo G. Tonelli. – Paula M. Bertol. |
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Nota: |
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1 Informe de escolarización de jóvenes y adultos, publicación 2005. www.me.gov.ar. |
||||
–A las comisiones de Educación y de Presupuesto y Hacienda. |
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