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Período 122 28/02/2005 - (TP 211) 8160-D-04 |
| 8160-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
Expresar su más enérgico rechazo por las duras declaraciones vertidas por el obispo castrense, Antonio Baseotto, contra el ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, donde habría sugerido que el ministro “sea tirado al mar” por “escandalizar a los pequeños” utilizando la distribución de preservativos para luchar contra el sida. |
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| Jorge M. A. Argüello. – Federico T. M. Storani. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El obispo Baseotto se dirigió por carta al ministro de Salud de la Nación, doctor Ginés González García, donde lo amenazaba diciendo que habría que “tirarlo al mar”, en una clara comparación con la trágica historia de nuestro país durante la dictadura militar donde se utilizaba como metodología para eliminar a detenidosdesaparecidos arrojarlos con vida desde los aviones al mar. |
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Nos encontramos frente a una triste y dolorosa situación al ver que el obispo castrense, Antonio Baseotto, podría estar haciendo apología del delito cuando invoca la frase bíblica “los que escandalizan a los pequeños merecen que les cuelguen una piedra de molino al cuello y tirarlos al mar” como postura en contra de una campaña oficial en la lucha contra de uno de los flagelos más graves para la humanidad en el siglo XXI como es el sida. |
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Dicha aseveración es formulada cuando nuestro país todavía intenta hallar la verdad plena de lo acontecido durante la etapa del terrorismo de Estado y, precisamente cuando en España está siendo juzgado el represor Adolfo Scilingo por su participación en los “vuelos de la muerte”, realizados de modo sistemático en nuestro país durante la última dictadura militar y que consistían en arrojar al mar con un peso atado al cuerpo a los detenidosdesaparecidos. |
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Debemos recordar que el obispo castrense es nombrado por la Santa Sede ‘‘previo acuerdo con el señor presidente de la República”, lo cual, sostiene el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), “demuestra que las funciones del obispo castrense revisten especial interés para el Poder Ejecutivo y reconoce la legitimidad de este último al respecto”. Además, el obispo castrense tiene rango de subsecretario de Estado y su remuneración es erogada del presupuesto general. |
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En tales condiciones, la conducta del obispo castrense no puede estar reñida con las normas que rigen la ética en la función pública, máxime cuando su designación está fundada en la necesidad de atender al “cuidado espiritual” de los hombres y mujeres de las fuerzas armadas. |
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Por todo lo expuesto, la Cámara de Diputados de la Nación expresa su más enérgico rechazo a las declaraciones vertidas por el obispo castrense Baseotto. |
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| Jorge M. A. Argüello. – Federico T. M. Storani. | ||||
–A las comisiones de Acción Social y Salud Pública, de Relaciones Exteriores y Culto y de Defensa Nacional. |
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| 8162-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
Su más enérgico repudio a las amenazas recibidas por el periodista Sebastián Ignacio Saharrea, secretario de redacción del “Diario de Cuyo”, de la provincia de San Juan. |
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| Juan J. Minguez. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Lamentablemente, estamos ante una situación impensada en el ejercicio de la democracia donde se intente coartar la libertad de prensa. |
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El periodista Sebastián Ignacio Saharrea, secretario de redacción del “Diario de Cuyo”, de la provincia de San Juan, fue amenazado telefónicamente “para que se deje de escribir tonteras”, según el relato de este joven periodista. |
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Saharrea dijo que recibió la llamada telefónica en su domicilio y que una persona que no se identificó le dio detalles de la actividad de su esposa, de sus dos hijos de 9 y 1 año y de la empleada doméstica. |
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Saharrea ocupa desde hace nueve años la secretaría de redacción del mencionado periódico, matutino fundado en el año 1947. Es el encargado de escribir los editoriales del día domingo, de una columna política, además de la conducción de un programa radial de opinión política en LV5 Radio Sarmiento y FM Líder. |
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Señor presidente, es nuestra obligación que las amenazas, intimidaciones y todo otro acto y acción de esta naturaleza que fueron cotidianas en el pasado, no tengan hoy el menor espacio ni cabida. |
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Además, es indispensable que este hecho sea prontamente esclarecido con sanción a los responsables, asegurándonos el pleno estado de derecho. |
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Hechos antidemocráticos de esta naturaleza deben ser rechazados y repudiados por esta Cámara, por lo que solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración. |
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| Juan J. Minguez. | ||||
–A la Comisión de Libertad de Expresión. |
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| 8163-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional que informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, con el carácter de urgente que la situación merece, sobre los siguientes puntos: |
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1. Qué acciones ha adoptado el Estado nacional, en cumplimiento de sus facultades indelegables de control, ante la grave denuncia de contrabando de cocaína en vuelos de la empresa Southern Winds (SW) ocurrida, según informaciones disponibles, el 16 de septiembre de 2004, de la que se ha tomado conocimiento público a fines de enero de 2005. |
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2. Si el Estado nacional posee también información sobre otros hechos delictivos vinculados al citado en el punto anterior, que pudieran demostrar que no se trata de un hecho aislado, sino parte de un mecanismo de tráfico regular de drogas por intermedio de una banda delictiva con ramificaciones en empresas privadas y organismos públicos. |
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3. Que el Poder Ejecutivo nacional informe detalladamente sobre todos los casos delictivos vinculados a contrabando o tráficos ilícitos por vía aérea detectados durante 2003 y 2004 por las autoridades nacionales, tengan o no conexión con el caso que nos ocupa, y qué acciones han emprendido dichas autoridades en esos casos. |
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4. A qué conclusiones ha llegado el Estado nacional y qué líneas de investigación continúan en trámite en materia de responsabilidades penales y de incumplimiento de los deberes del funcionario público, según el caso, por parte de todas las partes involucradas en los hechos denunciados. |
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5. Si, en particular, las investigaciones han llegado a conclusiones sobre los siguientes puntos: |
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a) Si los marbetes identificatorios del equipaje denunciado como conteniendo cocaína fueron emitidos siguiendo los procedimientos reglamentarios, en forma computarizada y no manual, y si se ha detectado a los responsables de su emisión. |
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b) Si se posee copia de los videos pertenecientes al sistema de seguridad del Aeropuerto de Ezeiza del o los días en que se produjo el embarque del equipaje denunciado. |
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c) Si cada uno de los organismos y empresas de seguridad involucrados cumplió acabadamente con su función de control en todo el recorrido del equipaje desde que supuestamente llegó a los mostradores de tráfico o las oficinas de la línea aérea, pasó por las sucesivas cintas transportadoras de equipajes, fue subido a los vehículos que transportan el equipaje hasta el avión y fue finalmente subido a las bodegas del avión involucrado. |
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d) Si, en caso de comprobarse los incumplimientos a los que se refiere el punto c) antes citado, se ha sancionado o se sancionará a el/los responsable/s de los mismos. |
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6. Si en nuestro país rigen plenamente las normas y recomendaciones de la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) en materia de controles a los embarques de equipajes, en particular aquellas que se refieren a la responsabilidad de los Estados nacionales, y si se ha verificado su cumplimiento en este caso. |
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7. Si, como ha ocurrido en casos anteriores, las autoridades de aplicación han dado intervención a los juzgados de Lomas de Zamora, con jurisdicción sobre el Aeropuerto “Ministro Pistarini” de Ezeiza. En caso negativo, si lo han hecho en otros juzgados y las razones de esa determinación. |
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Sergio A. Basteiro. – Jorge Rivas. – Eduardo D. J. García. – Eduardo A. Di Pollina. – María E. Barbagelata. – Héctor T. Polino. |
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| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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A fines de enero de 2005 comenzó a hacerse pública una información que se había manejado desde septiembre de 2004 con discreción y sigilo entre muy pocas personas: el descubrimiento por parte de las autoridades españolas de un cargamento de unos 60 kilos de cocaína distribuidos en cuatro valijas no pertenecientes a ningún pasajero, arribadas a Madrid en vuelo regular de la línea aérea Southern Winds. |
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Las informaciones posteriores, con el anuncio de la detención de funcionarios de la citada empresa, la intervención del Poder Ejecutivo nacional a la Policía Aeronáutica Nacional, el desplazamiento del jefe del Aeropuerto de Ezeiza –padre de uno de los detenidos–, el desplazamiento de algunos de los máximos responsables de la Fuerza Aérea Argentina, las acusaciones cruzadas entre funcionarios de distintos organismos públicos, empresas privadas y el concesionario del Aeropuerto de Ezeiza, demuestran que el hecho delictivo de septiembre de 2004 no fue sino el emergente de una grave crisis institucional, de seguridad y de corrupción que atraviesa al transporte aéreo argentino. |
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La sociedad argentina asiste azorada a un nuevo y escandaloso hecho en el que parecen cruzarse, como en tantos casos anteriores, el delito, la corrupción, la ausencia de controles, la ineficiencia de las autoridades de aplicación y la presencia de una verdadera red corporativa que dificulta las investigaciones sobre prácticas delictivas y defiende intereses no siempre claros. |
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Cabe a quienes trabajamos en la actividad de la aviación comercial y civil, y conocemos a fondo gran parte de los aspectos de su funcionamiento, la responsabilidad de contribuir a esclarecer hechos como el denunciado, que perjudica a toda la actividad, y luchar por la plena vigencia de la justicia y el control público de todo lo que ocurre en ella. En tal sentido, en mi carácter de diputado nacional he presentado en conjunto con numerosos colegas, proyectos de ley tendientes a colocar este tipo de situaciones en el marco normativo e institucional adecuado, que lamentablemente aún no han tenido el adecuado tratamiento parlamentario: tales el proyecto de ley de régimen federal de aviación civil, que promueve la creación de una administración federal de aviación civil y una junta de investigación de accidentes e incidentes de la aviación civil (expediente 3.535-D.-02) y el proyecto de ley de política aérea (expediente 3.597-D.-03). |
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Por las razones expuestas, señor presidente, creo necesario y de la mayor urgencia la aprobación del presente proyecto de resolución. |
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Sergio A. Basteiro. – Jorge Rivas. – Eduardo D. J. García. – Eduardo Di Pollina. – María E. Barbagelata. – Héctor T. Polino. |
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–A las comisiones de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional y de Transportes. |
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| 8164-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para que, por intermedio del organismo que corresponda y en un plazo de siete días, informe sobre diferentes aspectos referidos al tráfico de estupefacientes en el país: |
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¿Qué cantidad y tipo de estupefacientes se han incautado en el ámbito del sistema aeroportuario nacional en el período que va desde el 1º de enero de 2000 al 1º de enero de 2005? |
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Si el Poder Ejecutivo cuenta con estimaciones sobre el volumen de clorhidrato de cocaína que egresa del país a través del sistema aeroportuario nacional, sin ser detectada. |
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De ser afirmativo, informe: |
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Los volúmenes estimados. |
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Los parámetros que se toman como referencia para realizar tales estimaciones. |
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¿Cuáles considera son los principales factores a modificar, con el objetivo de optimizar los sistemas de represión y/o contralor del tráfico ilegal de estupefacientes en el país? |
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¿Qué acciones se prevé realizar en el presente año, destinadas a optimizar la lucha contra el narcotráfico en el país? |
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Eduardo D. J. García. – Sergio A. Basteiro. – Jorge Rivas. – Eduardo A. Di Pollina. – Héctor T. Polino. |
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| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El reciente conocimiento público de un hecho de tráfico de clorhidrato de cocaína, que saliera del país por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza en un vuelo regular de la línea aérea Southern Winds con destino a España, ha puesto sobre el tapete de una manera abrupta el tema de la política estatal imperante para afrontar la lucha contra el narcotráfico. |
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Es innegable que tal tarea no pude ser acometida si no se entiende la necesidad de instalarla como una política de Estado, para lo cual se deberían cumplir dos condiciones necesarias, aunque no suficientes: construir un amplio consenso que sirva de base sólida para el desarrollo de una política que tenga continuidad y sostenibilidad en el tiempo y contar con los recursos acordes a la jerarquía que se le adjudica a tal problemática. |
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Convencidos de la necesidad de aportar a la construcción de consensos en torno de las políticas a desarrollar para luchar con el narcotráfico, consideramos que contar con una información objetiva, científica y responsable al respecto de dicha situación en el país es una forma concreta de realizar este aporte. |
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De esta manera se hace imprescindible requerir este tipo de información a los organismos competentes. |
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Por ello amerita que esta Honorable Cámara insista en la necesidad de contar con dicha información, ejerciendo su potestad de requerir los elementos necesarios para ello a los organismos pertinentes de los otros poderes del Estado. |
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Por estas razones y las que oportunamente pondré de manifiesto en el recinto, es que solicito la aprobación del presente proyecto de resolución. |
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Eduardo D. J. García. – Sergio A. Basteiro. – Jorge Rivas. – Eduardo A. Di Pollina. – Héctor T. Polino. |
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–A las comisiones de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional y de Transportes. |
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| 8165-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional a fin de que, por medio del organismo correspondiente, informe: |
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1. Qué cantidad de efectivos revistaba en el escuadrón de la Policía Aeronáutica Nacional en 2004. |
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2. Qué cantidad de efectivos de la Policía Aeronáutica Nacional estuvieron asignados a controlar el contrabando en los aeropuertos en 2004. |
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3. Qué cantidad de efectivos de la Policía Aeronáutica Nacional estaban destinados a la Dirección Nacional de Policía Aeronáutica Nacional en 2004. |
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4. Qué cantidad de efectivos revistaba en el escuadrón de la Policía Aeronáutica en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” en 2004. |
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5. Qué cantidad de efectivos de la Policía Aeronáutica se encontraban asignados a controlar el contrabando en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” en 2004. |
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6. Cuál era el esquema básico de trabajo de la Policía Aeronáutica Nacional para ejercer el control de personas, equipajes y cargas. |
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7. Cuál es la capacitación básica que recibe el personal de la Policía Aeronáutica Nacional. |
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8. Cuál es el plan de carrera para el personal que cumple funciones en esa institución policial. |
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9. Cantidad de permisos expedidos por la Policía Aeronáutica Nacional para circular en las áreas dentro de los aeropuertos. |
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10. Requisitos para acceder a los permisos expedidos por la Policía Aeronáutica Nacional para circular en las áreas dentro de las aeropuertos. |
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11. ¿Se han adoptado medidas administrativas por el uso de permisos indebidos? ¿Hubo personal sancionado por la emisión de estos permisos? |
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12. Cantidad de valijas despachadas en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” por día. |
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13. Cantidad de valijas escaneadas al ser despachadas en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” por día. |
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14. Cantidad de escáneres en funcionamiento en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”. |
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15. Cantidad de escáneres necesarios para controlar todas las valijas despachadas en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”. |
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16. Cantidad de valijas que fueron transportadas sin pasajeros en el 2004. |
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17. En que supuestos se permite que el equipaje sea transportado sin pasajeros por un vuelo comercial. |
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18. ¿Se realizan controles especiales al equipaje que es transportado sin pasajeros por un vuelo comercial? |
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-19. Requisitos exigidos a las empresas privadas encargadas de controlar el equipaje en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” para Aeropuertos 2000 y para las empresas aerocomerciales en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”. |
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20. Qué controles se ejercen actualmente sobre estas empresas, y qué organismo ejercía el control en 2004. Quién era la autoridad responsable de ese control. |
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21. Quiénes son los propietarios de estas empresas y quiénes son las personas que cumplen funciones gerenciales a nivel operativo en las mismas. |
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22. Identifique al personal sumariado y sancionado administrativamente por el contrabando de 60 kg de cocaína a Madrid en septiembre del año pasado. |
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23. Cuál es el origen y quién financió la compra y puesta en funcionamiento del sistema de vigilancia por cámara existente en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”. |
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24. Que dependencia estatal o empresa opera el sistema de vigilancia por cámara en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”. |
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25. ¿La empresa Aeropuertos Argentina 2000 tiene acceso a las filmaciones obtenidas y a la información generada por ese sistema de vigilancia? |
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26. Qué cantidad de cámaras lo constituyen, cuántas horas funcionan por día y qué superficies cubren del aeropuerto. |
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27. Detalle de la organización del trabajo de filmación y de archivo de imágenes. |
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28. Qué dependencias estatales de seguridad tienen acceso a las filmaciones obtenidas y cuáles accedían con mayor regularidad a las mismas. |
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29. ¿Hay mecanismos de coordinación entre la Policía Aeronáutica Nacional y la Aduana para controlar el equipaje transportado en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”? Detalle cuáles son estos mecanismos de coordinación. |
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30. Cuándo estuvo informada la Policía Federal del hallazgo en el aeropuerto de Barajas en Madrid en septiembre del 2004 de cuatro valijas despachadas desde Buenos Aires con 60 kg de cocaína. |
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31. Qué medidas adoptó la Policía Federal ante el conocimiento de este hecho de contrabando de drogas prohibidas, a qué otras autoridades judiciales o administrativas lo comunicó, y cuándo lo hizo. |
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| Nilda C. Garré. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El 17 de septiembre en el aeropuerto de Barajas en Madrid fueron descubiertas por la Aduana local cuatro valijas que habían arribado en un vuelo de la empresa Southern Winds desde Buenos Aires. Estas valijas, que no fueron retiradas por los pasajeros, contenían 60 kilogramos de cocaína. |
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A partir de los trascendidos periodísticas de la investigación a cargo del juez Liporace, iniciada por una denuncia de la empresa Southern Winds, se ha comprobado que las valijas fueron despachadas desde el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” en un vuelo a Madrid, a pesar de no pertenecer a ningún pasajero del vuelo. |
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Asimismo, el propio juez de la causa en declaraciones periodísticas, ha expresado su presunción de que un hecho de tal gravedad –un contrabando de 60 kilogramos de cocaína– no debe ser aislado. Por lo contrario, este hecho pone en evidencia una grave problemática en el sistema general de seguridad aeroportuaria y en los mecanismos de control del tránsito de personas, cargas y equipajes en esa terminal aeroportuaria, la principal de la República Argentina. Este déficit de control facilita la posibilidad de traficar bienes ilícitamente, que no sólo podrían ser, como en este caso, drogas prohibidas, sino también armas o explosivos. |
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Evidentemente, esta situación exige obtener una mayor información del funcionamiento, al momento del hecho, del sistema de contralor en los aeropuertos con respecto al transporte de equipaje. De este modo, se podrá ahondar con mayor profundidad en la cadena de responsabilidades y diseñar reformas legislativas a este sistema que lo hagan más eficaz, evitando la reiteración de hechos de tamaña gravedad. |
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En este sentido, la presente resolución indaga sobre el control que ejerció la Policía Aeronáutica de la Nación a través del personal efectivamente destinado. Téngase en cuenta que la ley 21.521 establece en el artículo 2º que “la Policía Aeronáutica Nacional es una fuerza de seguridad militarizada que ejerce funciones de poder de policía en el aeroespacio y el poder de policía de seguridad y judicial en la jurisdicción territorial mencionada en el artículo 4”. Disponiéndose de manera expresa en el artículo 12 que “la Policía Aeronáutica Nacional ejercerá en su jurisdicción, conforme a su capacidad y a la competencia material y territorial atribuida, las siguientes funciones: […] 7) Prevenir y reprimir el contrabando con intervención de las autoridades judiciales y administrativas competentes”. |
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Asimismo, en reportajes de los medios periodísticos, el designado en un primer momento interventor de la Policía Aeronáutica Nacional, Jaime Garreta, reveló que existieron numerosas irregularidades en la emisión de permisos para circular en áreas dentro de los aeropuertos. Creemos que el análisis de esta cuestión debe ser profundizado y verificar si se adoptaron las debidas respuestas sancionadoras por las faltas cometidas. |
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Por otro lado, es necesario obtener información sobre el sistema de control implementado en los aeropuertos y su evidente incapacidad operativa. Es de público conocimiento que no existen suficientes escáneres para controlar todo el equipaje despachado, lo cual dificulta la adopción de medidas eficaces para evitar el contrabando. |
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Otra cuestión preocupante es el despacho de valijas sin pasajeros en el transporte aéreo comercial, creemos necesario obtener información sobre las posibilidad legales de realizar estos envíos y la existencia de controles específicos, ya que presumimos que puede resultar un medio muy utilizado para operaciones de contrabando. |
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A partir de este grave hecho, también se ha cuestionado la privatización del control de equipaje en los aeropuertos, ya que el contrabando se produjo no sólo por los fallos de la Policía Aeronáutica Nacional, sino también por deficiencias graves de la empresa TAS, encargada de escanear el equipaje en el segundo puesto de control. Al parecer, las tareas de las empresas de seguridad privada no son fiscalizadas adecuadamente por parte de los organismos estatales, generando un elevado nivel de ineficiencia y una alta vulnerabilidad para la comisión de conductas corruptas. Por ello, resulta imperativo averiguar cuáles son los mecanismos de control público y los requisitos exigidos a estas empresas privadas para brindar servicios de control de equipaje en los aeropuertos. |
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Con relación al hecho particular de contrabando antes descrito, creemos que es fundamental verificar si se aplicaron las debidas sanciones administrativas al personal involucrado dolosa o culposamente, independientemente de las responsabilidades penales que dilucidará en su momento la Justicia. |
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El Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” tiene en funcionamiento un sistema de vigilancia por cámaras. En relación con este mecanismo de control, consideramos indispensable evaluar su efectividad y obtener información sobre su origen y el acceso a las videograbaciones que produce. |
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También, nos parece sumamente relevante verificar si existe la necesaria coordinación entre los organismos públicos de contralor del despacho de equipaje en los aeropuestos, en este caso, la Policía Aeronáutica y la Aduana. De lo contrario, podrían existir superposiciones en sus investigaciones y controles y un gran dispendio innecesario de recursos humanos y materiales. |
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Finalmente, los medios periodísticos han informado que la Policía Federal tuvo conocimiento del hecho del contrabando sobre la base de un reporte de la Guardia Civil de Madrid. Esto ha provocado que consideremos relevante indagar sobre las medidas que adoptó esta Fuerza y si cumplió con su deber de informar a las autoridades competentes. |
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Por lo expuesto, solicitamos se apruebe el proyecto que antecede. |
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| Nilda C. Garré. | ||||
–A las comisiones de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional y de Transportes. |
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| 8166-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Invitar al señor ministro del Interior, doctor Aníbal Fernández, para que, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional, informe en el recinto de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación acerca de los hechos vinculados al transporte ilegal de 60 kilos de cocaína el día 17 de septiembre pasado, desde el Aeropuerto de Ezeiza con destino al Aeropuerto de Barajas, a bordo de la compañia aérea Southern Winds. |
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Asimismo solicitar se informe sobre las medidas adoptadas por el ministerio a su cargo, y organismos de seguridad que de él dependen. |
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| Juan C. Bonacorsi. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Los hechos que han tomado estado público, sobre el transporte ilegal de 60 kilos de cocaína desde el Aeropuerto de Ezeiza con destino al Aeropuerto de Barajas el 17 de septiembre pasado a bordo de la compañía aérea Southern Winds, y ante las declaraciones vertidas por el señor ministro a Radio Continental, y publicadas en la Nación Line del día 24 de febrero de 2005, relacionadas con lo precedentemente expuesto, hacen necesaria la presencia ante esta Cámara del señor ministro del Interior, doctor Aníbal Fernández. |
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La finalidad de la presente convocatoria se funda en el artículo 71 de la Constitución Nacional a fin de que el mencionado funcionario –con responsabilidad compartida sobre organismos y empresas involucradas– pueda ofrecer a este cuerpo las explicaciones a informaciones correspondientes. |
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El señor ministro Aníbal Fernández reconoció que Interpol Internacional le había comunicado a la Argentina tres meses atrás, y que él mismo se lo comunicó al presidente de la República, doctor Néstor Kirchner, en los primeros meses del año 2005. |
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Asimismo reconoció que la Policía Federal “tenía completo el dato del contrabando”, esto es que no faltaba nada, pero que en ese momento no aparecía comprometida ni la empresa ni ningún funcionario de la Fuerza Aérea. |
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Que hasta donde se conocen las acciones legales y policiales, han sido dispuestas por el juez en lo Penal y Económico, Carlos Liporace |
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Que de las mismas declaraciones del señor ministro se desprendería que ningún funcionario del Poder Ejecutivo ni de los organismos que de él dependen habría tomado medida alguna. |
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Que resulta más que evidente que de las declaraciones del señor ministro del Interior, Aníbal Fernández, se desprende su intención de adjudicarle la totalidad de la responsabilidad a la Fuerza Aérea y a la empresa Southern Winds, pero a esta altura de los acontecimientos resultan más que evidente las responsabilidades en que por acción u omisión han incurrido funcionarios políticos de la actual administración. |
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Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del proyecto de resolución que adjunto. |
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| Juan C. Bonacorsi. | ||||
–A las comisiones de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional, de Transportes y de Asuntos Constitucionales. |
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| 8167-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Hacer venir en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional al señor ministro de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, arquitecto Julio M. De Vido, al recinto de esta Honorable Cámara, a fin de prestar informes verbales y recibir las informaciones pertinentes acerca del contrabando de droga a España a través de una aeronave de la empresa de SW, en orden a lo expuesto en los fundamentos. |
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| Adrián Menem. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Los hechos que se investigan en torno al contrabando de droga con destino a Madrid a través de una aeronave de la empresa Southern Winds –denunciados hace ya varios meses por uno de los directivos de esa compañía y recientemente difundidos– han dado origen a un verdadero escándalo en el que aparecen presuntamente involucrados no solamente personal dependiente de la misma y otros terceros, sino también funcionarios de alta jerarquía del gobierno nacional. |
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Frente a ello, las decisiones gubernamentales y los discursos altisonantes pronunciados desde el oficialismo persiguen efecto mediático, pero en realidad pretenden encubrir el supuesto accionar irregular de ciertos funcionarios de las más altas esferas del gobierno. |
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En particular, y sin perjuicio de la que pudiera caber a otras dependencias oficiales, hay funcionarios que tienen responsabilidades primarias en razón de sus deberes funcionales con relación a dicha empresa aerocomercial, que tornan imprescindible su presencia ante esta Honorable Cámara, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional. |
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Nos estamos refiriendo al señor ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, arquitecto Julio De Vido, bajo cuya directa dependencia se desempeña el señor secretario de Transporte, ingeniero Ricardo Jaime. |
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Más allá de las publicaciones periodísticas, trascendidos y declaraciones que vinculan directamente a este último funcionario con la empresa Southern Winds –lo cual estaría siendo objeto de investigación judicial–, hay que tener muy presente que estaríamos en presencia de graves omisiones y actos irregulares en el desempeño de la función pública cuyas facultades, deberes y obligaciones se encuentran establecidos en las normas respectivas, sin perjuicio de otras eventuales responsabilidades de orden penal que pudieren surgir durante las investigaciones. |
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Así, en el Acuerdo de Cooperación Empresaria celebrado entre Líneas Aéreas Federales Sociedad Anónima (LAFSA) y la mencionada Southern Winds (SW), aprobado por medio de la resolución 191/2003 de la Secretaría de Transporte (B.O.-30.245 del 30/09/03, pág. 16), las partes convinieron la creación de un “…órgano de Coordinación, integrado por un representante de SW, un representante de LAFSA y un (1) miembro cuya designación se requerirá al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el que ejercerá la presidencia” (cláusula séptima). A su vez, la cláusula octava establece las atribuciones del presidente –designado por el señor ministro según lo prescrito–, entre las cuales una adquiere singular importancia para el caso que nos ocupa, formulada en los siguientes términos: “d) Fiscalizar, revisar y auditar en todas las oportunidades que los estime conveniente los registros contables, la operatoria empresaria y todo otro aspecto de la gestión societaria de SW y LAFSA con relación al presente acuerdo, contando para ello con el apoyo de los organismos técnicos y jurídicos competentes del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios”. |
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La simple lectura de la norma transcrita exime de mayores comentarios al momento de analizar supuestas violaciones a deberes funcionales a cargo de la autoridad pública lo cual, sumado a la trascendencia nacional e internacional que la naturaleza de los hechos implican, proporciona una muestra acabada de la gravedad institucional de la cuestión, razón por la que considero procedente el mecanismo previsto en el artículo 71 constitucional. |
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Por lo expuesto, solicito a esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto. |
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| Adrián Menem. | ||||
–A la Comisión de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional, de Transportes y de Asuntos Constitucionales. |
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| 8168-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
La Honorable Cámara de Diputados de la Nación declara de interés legislativo la “Expo Chacra 2005”, a realizarse en la ciudad de Theobald, provincia de Santa Fe. |
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| Mirta E. Rubini. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Con fecha 16 al 19 de marzo del corriente año, en el establecimiento ‘‘El Asombro’’, de la localidad de Theobald, provincia de Santa Fe, se realizará la decimocuarta muestra tradicionalmente conocida como “Expo Chacra”. |
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En ella, productores, ganaderos y profesionales del sector podrán compartir experiencias, tomando además conocimiento de las últimas tecnologías y novedades, así como concretar negocios. |
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Al igual que en las anteriores exposiciones la misma se caracterizara por una muestra dinámica, demostraciones a campo, donde las empresas podrán exhibir las novedades en labranza, pulverización, siembra, cosecha etc.; y una muestra estática, en sectores, para el despliegue de stands, lo cual permitirá a los expositores de la cadena agroindustrial, contar con infraestructura de alta calidad. |
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A esto se le debe sumar la ronda de negocios, en el rubro maquinaria agrícola, organizada por el Eurocentro de Rosario, en el marco del programa Alimvest de la Unión Europea, donde participarán empresarios latinoamericanos y europeos, juntamente con el ciclo “Conocimiento 2010”, organizado por Aapresid, INTA y UCA, exponiendo disertantes internacionales. |
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En virtud de lo expuesto y en el entendimiento que exposiciones como la presente merecen ser estimuladas, por la importancia y el beneficio que aparejan a nuestro país, es que esta Honorable Cámara de Diputados declara de interés legislativo la “Expo Chacra 2005”. |
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| Mirta E. Rubini. | ||||
–A la Comisión de Agricultura y Ganadería. |
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| 8169-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
De interés legislativo el Festival del Pueblo, a realizarse en Florentino Ameghino, provincia de Buenos Aires, los días 12, 13, 19 y 20 de febrero del corriente año. |
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| Mirta E. Rubini. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Los días 12, 13, 19 y 20 de febrero del corriente año, se realizara el XI Festival del Pueblo en la localidad de Florentino Ameghino, provincia de Buenos Aires. |
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Dicho festival es un evento folklórico que convoca no sólo a todos aquellos que sienten nuestra música, nuestra cultura, nuestras costumbres, sino también aquellos generadores propios de trabajo, como los artesanos, que juntamente con los cultores de nuestra música, son “verdaderos artistas itinerantes” de nuestra idiosincrasia. |
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Asistirán más de veinticinco artistas, entre los que podemos mencionar a Facundo Toro, Jairo, Facundo Saravia y otros. |
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El festival es gratuito, contando además con un patio de comidas tradicionales adecuado para recibir visitantes, además del paseo de los artesanos, donde llegan más de doscientos para mostrar sus trabajos, verdaderas obras de arte. Concluyendo finalmente con una competencia ciclista. |
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Dicho evento fue creciendo con el tiempo, llegando a convocar actualmente a quince mil personas. |
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En el entendimiento que eventos como el presente merecen ser estimulados, por ser el mismo prenda de unión, cohesión, patriotismo y sentir nacional de nuestro pueblo, es que esta Honorable Cámara de Diputados declara de interés legislativo el Festival del Pueblo. |
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| Mirta E. Rubini. | ||||
–A la Comisión de Cultura. |
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| 8170-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
Recomendar al Poder Ejecutivo que se abstenga de aumentar los derechos de exportación de carne vacuna y/o sus derivados. |
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| Guillermo E. Alchouron. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El crecimiento y la rentabilidad de la producción agropecuaria están llegando a un cuello de botella; no sólo debido a factores vinculados a los mercados externos, sino también por la sobreimposición tributaria del sector a nivel nacional. |
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Siendo éste el marco de referencia y en torno a los innumerables reclamos que vienen sucediéndose e incrementándose desde la producción agropecuaria, resulta insólito que desde esferas del gobierno nacional, según informaciones periodísticas de estos días, pudiera animarse la versión que para reducir la presión fiscal sobre el sector granario, será necesario aumentar la carga impositiva sobre el sector cárnico. |
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No obstante del andamiaje ideológico que parecen sostener funcionarios de áreas del Ejecutivo, en el sentido que es el campo quien debe sostener la carga de la recuperación económica del país, y no sus beneficios; el sector cárnico vacuno, lejos de mostrar un crecimiento permanente y sostenido, también enfrenta obstáculos propios de políticas erráticas, cuando no ausentes o carentes de sentido, que atentan contra la preservación de la riqueza del sector agropecuario que brinda el principal sustento económico del país. |
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La situación aleatoria general para el ámbito agropecuario se hace aún más notable para el sector cárnico vacuno dado los constantes vaivenes a los que se ve sometido desde el año 2000. En este sentido los escenarios de mercado mayormente favorables ocurridos en 2003 y 2004 no determinan la permanencia del ciclo favorable. |
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Debemos señalar nuevamente aquella tendencia de 2001 a 2003, en donde el reemplazo de las tierras antes destinadas a la cría de ganado a otras actividades, en su momento más rentables, resintieron el potencial económicoganadero de nuestro país y su oferta exportable. |
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El mercado productor para 2005 no es el mismo del año 1999, testigo contra el cual las estadísticas pretenden demostrar una situación óptima en la actual exportación de cárnicos, cuando todavía no podemos afirmar que enfrentamos la posibilidad de un ciclo favorable. |
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Una nueva imposición a la producción de carne vacuna quebrantaría la estrategia de ganar rentabilidad y capacidad de inversión, así como la generación de riqueza del sector agropecuario en general. |
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Tales motivos deben animar a este Congreso a manifestar su inquietud ante la posibilidad de un aumento de los derechos de exportación de productos como la carne vacuna y/o sus derivados, creando un marco de inestabilidad que se verá reflejado no sólo en las exportaciones, sino también en el mercado interno, y en la capacidad de inversión de la producción argentina. |
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| Guillermo E. Alchouron. | ||||
–A las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Comercio. |
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| 8171-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
De interés parlamentario la Exposición Internacional de Calzado de la Región Centro “Exical”, a desarrollarse los días 26, 27, y 28 de febrero de 2005 en la ciudad de Córdoba, República Argentina. |
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| Raúl G. Merino. – Gumersindo F. Alonso. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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En la actualidad de nuestro país es de gran importancia apoyar el desarrollo de las distintas industrias que componen nuestro mercado. |
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La Exposición Internacional de Calzado de la Región Centro cumple con esa premisa, ya que la misma tiene por objeto fomentar el progreso de la industria del calzado, así como, mostrar los avances tecnológicos y la actualidad de la moda en el calzado. |
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Además es notable la función que cumple de lograr una oportunidad, como muy pocas se dan, de negocios para fabricantes y comerciantes de todo el país y del Mercosur. |
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Los industriales del calzado de la región Centro concretan una vez más esta iniciativa, con la organización de la Cámara de la Industria del Calzado de Córdoba y la Cámara de la Industria del Calzado y Afines de la provincia de Santa Fe, para que las distintas empresas se muestren en un evento trascendente para la actividad productiva y comercial del sector, en el que todos los representantes de la cadena de abastecimiento estarán presentes. |
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Por estas razones es necesaria la aprobación de este proyecto para poder así ayudar a un mayor desarrollo de la industria del calzado. |
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| Raúl G. Merino. – Gumersindo F. Alonso. | ||||
–A la Comisión de Industria. |
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| 8172-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional, para que a través de la Secretaría de Turismo de la Nación informe lo siguiente: |
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1. Cuántos empleados o ex empleados de Southern Winds ocupan u ocuparon cargos como funcionarios, empleados o personal contratado (en forma personal o como parte de empresas) de la Secretaría de Turismo de la Nación. |
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2. Cuántos envíos de materiales, cajas, valijas u otros equipajes no acompañados y cargas fueron enviados por la Secretaría de Turismo de la Nación a través de la aerolínea Southern Winds-Federales desde que se inició su gestión al frente del organismo. |
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3. Qué destinos tenían esos materiales. |
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4. Quién o quiénes eran los encargados y/o responsables directos de esos envíos en la Secretaría de Turismo de la Nación y quién o quiénes planificaban y ejecutaban ese tipo de traslados de materiales. Y quiénes los recibían en España. |
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5. Cuántos pasajes de cortesía de Southern Winds-Federales recibieron los funcionarios, empleados y contratados de la Secretaría de Turismo de la Nación desde que usted está a cargo del organismo, y quiénes fueron las personas que viajaron en esas condiciones. |
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6. Quién tenía a su cargo la asignación de pautas publicitarias de la Secretaría de Turismo de la Nación en la revista “Winds”, revista de a bordo de la compañía Southern Winds-Federales. |
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7. ¿Es cierto que la revista “Winds”, revista de a bordo de Southern Winds-Federales, es realizada y explotada comercialmente por la empresa Prime Marketing Editorial? |
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8. En caso afirmativo, ¿puede usted asegurar que la empresa Prime Marketing Editorial está absolutamente desvinculada de funcionarios, ex funcionarios o asesores de la Secretaría de Turismo de la Nación o cualquier otro organismo del gobierno nacional? |
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9. Quién dirige la mencionada empresa –si es verdad que la dirige la hija de un alto funcionario–. |
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Miguel A. Giubergia. – Mario R. R. Negri. – Fernando G. Chironi. – Margarita Stolbizer. |
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| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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En reiteradas oportunidades hemos planteado que, como ocurre en otras áreas, el gobierno carece de una política seria en el área aerocomercial. Desatino tras desatino ahora el gobierno dice sorprenderse con las operaciones de narcotráfico viabilizadas a través de la empresa Southern Winds, feliz beneficiaria de millonarios subsidios otorgados por este gobierno por casi $100 millones anuales. |
||||
En 2002 anticipamos en un proyecto de resolución que no tuvo tratamiento en la Cámara de Diputados (expte. 5.681-D.-02) que la evidente falta de una política aerocomercial podría traernos serios problemas. Esta misma falencia también la remarcamos al momento de discutir las leyes de presupuesto de los años 2004 y 2005. Era evidente que la concesión de subsidios y luego de rutas aéreas a una firma privada, favorecida por sus contactos con el gobierno, sin diseñar una política adecuada, tarde o temprano iba a terminar desatando un nuevo escándalo y que los problemas de las empresas del sector no iban a solucionarse. |
||||
Lo innegable se ha visto estos días: además de introducir tratamiento diferenciado en el sector, sin solucionar el problema de fondo, el gobierno destinó subsidios a una empresa que terminó siendo vehículo para el tráfico de drogas. |
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A pesar del evidente fracaso en este campo y de sus vínculos con SW, el gobierno ha intentado despegarse de la compañía y según las palabras del presidente: “No tenemos nada que ver con Southern Winds”. Difícil de explicar, ya que el 3 de septiembre del año 2003 el Acuerdo de Cooperación Empresaria entre Southern Winds y Líneas Aéreas Federales Sociedad Anónima (LAFSA) se firmó en la Casa Rosada con la presencia del presidente de la Nación, doctor Néstor C. Kirchner; del secretario de Transporte, ingeniero Ricardo R. Jaime, y de los presidentes de ambas compañías, Juan Maggio y José Alberto Bidart; y la ceremonia de despegue del primer vuelo conjunto que se realizó el 3 de octubre de dicho año hacia Comodoro Rivadavia desde el Aeropuerto “Jorge Newbery” contó con la presencia del presidente de la Nación, doctor Néstor C. Kirchner; del secretario de Transporte, ingeniero Ricardo R. Jaime; del subsecretario de Transporte Aerocomercial, Ricardo Cirielli, de los hermanos Maggio y también del ex jefe de la Fuerza Aérea brigadier Carlos Rodhe. ¿Cómo se puede argumentar entonces que el gobierno no tiene nada que ver con SW? |
||||
Para reforzar esto el gobierno tampoco aclara por qué en la Secretaría de Turismo, varios de sus funcionarios, entre ellos el subsecretario Daniel Aguilera, tienen en común haber sido funcionarios de alto rango de SW. Tampoco contestan por qué a pedido del gobierno –como han manifestado voceros de la empresa– gestionaron el traslado de valijas sin acompañante con destino a Madrid. Esto es de significación, ya que la secretaría realiza de forma habitual envío de material con motivo de la participación en ferias, y vista la falta de control evidenciada en una oportunidad, pudo haber ocurrido en varias oportunidades. |
||||
Por otra parte, ¿cuáles han sido las razones por las que mientras no se renovaban rutas locales a otras empresas, se le asignaron 15 nuevas, a través de LAFSA, la mayoría con fuerte importancia turística? De todo esto surge la necesidad de que el Poder Ejecutivo, desde la Secretaría de Turismo, dé respuestas a las preguntas que se han formulado como pedido de informes y que termine el ocultamiento y se informe a la sociedad, como dijo recientemente el señor presidente. |
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Por todo lo expuesto, solicito a los señores diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución. |
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Miguel A. Giubergia. – Mario R.. Negri. – Fernando G. Chironi. – Margarita R. Stolbizer. |
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–A las comisiones de Transportes, de Turismo y de Prevención de Adicciones… |
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| 8174-D-04 | ||||
| Proyecto de resolución | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| RESUELVE: | ||||
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través de quien corresponda informe: |
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1. Sobre la cantidad de vuelos realizados por la empresa Southern Winds en el período 2002-2004 en la ruta Córdoba-Tacna. |
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2. Listado de pasajeros que utilizaron la ruta indicada en el punto 1 y en el período 2002-2004. |
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3. Listado de personas que despacharon cargas en el período 2002-2004 en la ruta Córdoba-Tacna y sus destinatarios. |
||||
4. Razones y fundamentos esgrimidos por la empresa Southern Winds ante las autoridades pertinentes para mantener la ruta Córdoba-Tacna pese al supuesto resultado deficitario de su gestión. |
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5. Razones y fundamentos esgrimidos por la empresa Southern Winds ante las autoridades pertinentes para ampliar sus actividades incorporando la ruta Buenos Aires-Madrid y fecha en la que la empresa comenzó a operar en la citada ruta. |
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6. Costo operativo y rentabilidad de la explotación de las rutas Córdoba-Tacna y Buenos Aires-Madrid, de la empresa Southern Winds. |
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7. Si los subsidios destinados a la empresa Southern Winds incluían los costos emergentes de operar las rutas Córdoba-Tacna y Buenos Aires-Madrid o sólo se destinaban a las operaciones de cabotaje. |
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8. Si se encontraban en conocimiento del Poder Ejecutivo nacional informes emanados de organismos internacionales o gobiernos extranjeros que relacionaran a empresas aerocomerciales que operan en el país con el trafico de estupefacientes. |
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9. Si resulta afirmativa la respuesta al punto anterior informe si dentro de esa nómina se encontraba la empresa Southern Winds. |
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10. Instrucciones impartidas a los organismos de inteligencia y destinados a la lucha contra el narcotráfico respecto a las empresas aerocomerciales sospechadas de tener vinculaciones con las operaciones de contrabando de estupefacientes, resultado de los cursos de acción llevados a cabo, detalle las denuncias penales originadas y juzgados de radicación de las mismas (con relación a las preguntas de los puntos 8 y 9 y en el período 2002/2004). |
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| Roberto R. Costa. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Los lamentables sucesos acaecidos en el mes de febrero de 2005, con respecto al contrabando de estupefacientes que involucran a la empresa de aeronavegación Southern Winds, merecen ser debidamente aclarados no sólo por la magnitud del ilícito descubierto, si no además por el hecho, de que las operaciones ilegales que motivan el presente pedido de informes, sólo pudieron llevarse a cabo, con la complicidad o el incumplimiento de las funciones asignadas a los organismos encargados de controlar la actividad aeroportuaria. |
||||
Si bien hechos de la naturaleza del presente siempre resultan motivo suficiente para cuestionar la eficacia de los organismos oficiales destinados a la lucha contra el narcotráfico, la particular circunstancia de que la empresa involucrada se encuentre asociada al Estado nacional y se subsidie su operatoria con la cifra de $ 85.000.000 por año, merece que se lleve a cabo una prolija investigación que permita identificar no sólo a los responsables de los ilícitos, sino también deslindar las responsabilidades de los funcionarios que por la naturaleza de las funciones inherentes a su cargo, deberían tener conocimiento sobre la irregular aplicación de las normas destinadas a controlar el contrabando de estupefacientes en el ámbito de las estaciones aeroportuarias. |
||||
La sociedad exige que las instituciones lleven a cabo el rol que le asigna la Constitución Nacional y en el caso, esta Honorable Cámara, debe exigir al Poder Ejecutivo las explicaciones que permitan salvar el honor de los funcionarios probos y eficientes y al mismo tiempo identificar a quienes no cumplieron adecuadamente sus funciones. De lo contrario el manto de sospecha cubrirá a todos por igual. |
||||
Son muchos los interrogantes que a la fecha no tienen respuesta. ¿Es posible que el Estado otorgue un subsidio a una empresa privada sin antes auditar sus estados contables; sin determinar la rentabilidad o interés social de las rutas explotadas; sin analizar la correcta inserción de la actividad subsidiada dentro del marco de una adecuada política aerocomercial de cabotaje? Por otra parte, ¿poseía el Poder Ejecutivo informes técnicos y de inteligencia que acreditaran que la empresa cuestionada observaba una estricta aplicación de las normas destinadas a evitar el trafico de estupefacientes? Las preguntas formuladas aún no tienen una adecuada respuesta. |
||||
La gravedad de los hechos ha mellado nuevamente la imagen de la República. Debemos evitar por todos los medios que el ilícito perpetrado se inscriba en la larga lista de sucesos no esclarecidos y que ocasionan un grave daño a la credibilidad de las instituciones. |
||||
Por todo lo expuesto, señor presidente, solicito el aval de los miembros de esta Honorable Cámara para el presente proyecto de resolución. |
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| Roberto R. Costa. | ||||
–A las comisiones de Prevención de Adicciones…, de Defensa Nacional y de Transportes. |
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| 8177-D-04 | ||||
| Proyecto de declaración | ||||
| La Cámara de Diputados de la Nación | ||||
| DECLARA: | ||||
Su más ferviente repudio a las amenazas que ha sufrido la defensora de los Derechos del Niño y Adolescente de la ciudad de Neuquén, Nara Oses, así como parte de su equipo de trabajo. |
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| Alicia M. Comelli. – Encarnación Lozano. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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El día 25 de este mes se hicieron publicas las amenazas que denuncio haber recibido la defensora de los Derechos del Niño y Adolescentes de la ciudad de Neuquén y algunos de sus colaboradores, como supuesto acto intimidatorio ante la postura de dicho organismo en oposición a la reforma de la ley provincial 2.302, de niñez y adolescencia. |
||||
Conforme al diccionario de la Real Academia Española, “intimidar” significa causar o infundir miedo. Por ello es que detrás de toda intimidación se esconde un acto de vileza que remite a conductas negadoras del dialogo y la tolerancia. Y también, presupone por parte de quien la lleva a cabo (y la instiga) una cobardía ya que quien la efectúa casi siempre se esconde tras el anonimato. |
||||
La amenaza, por su parte, como hija dilecta de la intimidación, consiste en amedrentar a alguien con el anuncio de la provocación de un mal futuro para la persona o su entorno familiar y/o laboral. Hay amenazas publicas y privadas, siendo una como la otra igualmente reprochables. Pero cuando la coacción está dirigida a intimidar a un servidor público que ostenta un deber social de ejercer un cargo, los hechos se transforman en doblemente reprochables ya que no sólo se está amenazando a una persona sino que además se busca evitar el correcto funcionar de las instituciones. |
||||
Como en este caso el deber de los funcionarios en cuestión es el de proteger los derechos de los más desprotegidos, y por ende de quienes mayor cuidado necesitan por parte de las instituciones publicas, constituye la contracara de la institucionalidad republicana y la negación misma de todos los valores con los que debiera vivir una sociedad organizada. Es un acto salvaje que habla del embrutecimiento y autoritarismo de sus perpetradores y que victimiza no sólo al funcionario en particular sino también a la sociedad de la que éste es portador de sus legítimos intereses. |
||||
Si bien ya se ha programado desde Nación la visita del secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, para reunirse con las personas involucradas para desarrollar un plan de acción en vistas a proteger la integridad física de las personas que trabajan para velar por los derechos de los niños, es también un deber de los legisladores alzar la voz ante actos de tamaña envergadura. |
||||
Este hecho generó un fuerte repudio de distintas organizaciones sociales, gremiales y políticas ante esta realidad, expreso mi absoluto rechazo contra todo acto intimidatorio y hago mis más sentidos votos porque el espíritu democrático y republicano prime en los corazones y en las actitudes de todos los habitantes de nuestro país. |
||||
Por lo anteriormente expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto. |
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| Alicia M. Comelli. – Encarnación Lozano. | ||||
–A la Comisión de Familia… |
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| 8178-D-04 | ||||
| PROYECTO DE LEY | ||||
| El Senado y Cámara de Diputados,… | ||||
| REGIMEN DE PROMOCION DE MECENAZGO | ||||
Artículo 1º – Institúyese el régimen de promoción del mecenazgo de la cultura, para el incentivo de la participación privada en los emprendimientos culturales. |
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Art. 2º – Se entiende por promoción a todo estímulo e incentivo en dinero y otros recursos, a título gratuito y definitivo, efectuados hacia fundaciones o asociaciones civiles sin fines de lucro que tengan como objeto principal el campo de la cultura y de las artes. |
||||
Art. 3º – Son áreas para el fomento de la cultura y el arte el teatro, el circo, la danza, la música, las letras, las artes audiovisuales, las artesanías y todo patrimonio cultural en general. |
||||
Art. 4º – Los beneficiarios de la presente ley son el “donante promotor” y el “donatario promocionado”. La calidad del donante promotor estará enmarcada en lo que disponga la reglamentación de la presente ley debiendo contemplarse su necesaria inscripción como contribuyente de la AFIP y en cuanto al donatario promocionado son todas las fundaciones y asociaciones civiles sin fines de lucro indicadas en el artículo 2. |
||||
Art. 5º – Agréguese como inciso b) del artículo 81 de la ley 20.628 lo siguiente: |
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Art. 6º – Las personas físicas y o jurídicas que colaboren en el financiamiento de proyectos culturales en los términos de la presente ley podrán deducir de su base de aportes el cuarenta por ciento (40%) de los importes que destinen a tales actos y en la medida que el importe a deducir por estos conceptos no supere el cinco por ciento (5 %) de la ganancia neta del ejercicio. |
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Art. 7º – La Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación será autoridad de aplicación del presente régimen y tendrá las siguientes atribuciones: |
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Art. 8º – Los donantes promotores así como los donatarios promocionados deberán suscribir una declaración jurada por ante la Secretaría de Cultura por cada proyecto que se presente donde se incluirán como mínimo los siguientes recaudos: |
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Art. 9º – Dentro de los cuarenta días siguientes de la concreción del proyecto promovido, el donatario promocionado deberá cumplimentar ante la Secretaría de Cultura una rendición de cuentas, que deberá contener como mínimo los siguientes elementos: |
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Art. 10. – En un lapso de hasta sesenta días de recibido el informe de rendición de cuentas, la Secretaria de Cultura deberá expedirse sobre lo siguiente: |
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Art. 11. – Si el Informe de rendición de cuentas fuese rechazado por haberse comprobado mala fe la Secretaría de Cultura excluirá a los beneficiarios de la posibilidad de volver a acogerse al presente régimen. |
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Art. 12. – Los beneficios que el presente régimen acuerda no excluyen otros que provengan de otras jurisdicciones. |
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Art. 13. – Todos los años la Secretaría de Cultura seleccionará entre las personas que hayan efectuado actos de promoción privada, a tres de ellas por sus respectivos méritos y serán designados, diploma mediante, como “protectores de la cultura nacional”. |
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Art. 14. – El Poder Ejecutivo nacional podrá modificar el límite máximo de la deducción de la ganancia neta establecida, no pudiendo ser menor al tres por ciento (3 %) de la ganancia neta del ejercicio fiscal de que se trate y establecer un monto máximo al que podrá ascender el total de las deducciones realizadas en un ejercicio fiscal. |
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Art. 15. – Comuníquese al Poder Ejecutivo. |
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| Inés Pérez Suárez. | ||||
| FUNDAMENTOS | ||||
Señor presidente: |
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Esta ley se propone alentar a sectores privados en la promoción de proyectos culturales con contralor estatal. Experiencias similares se aplican en Brasil, Chile, EE.UU., España y Alemania con éxito. |
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Nosotros carecemos de una legislación, pues iniciativa parlamentaria de ese tipo fue vetada por el gobierno nacional en el año 2002. |
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En el entendimiento de que los incentivos fiscales redundarán en un gran número de propuestas y de donantes que deberán cumplir con antecedentes probos y superar una previa calificación aprobatoria es que hacemos esta propuesta. |
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Muchos legisladores de distintos partidos han trabajado en este tema. También lo han hecho funcionarios del área de la cultura e intelectuales como Patricio Lóizaga, el distinguido director de la revista semestral “Cultura”, es hora ya de que en la comisión pertinente se llegue a un despacho final que cuente con la aprobación de la Cámara. |
||||
Por lo expuesto, solicito que se considere al presente proyecto. |
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| Inés Pérez Suárez. | ||||
–A las comisiones de Cultura, de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda. |
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