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PROYECTO DE TP


Expediente 8802-D-2016
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA REVISION DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE BOSQUES NATIVOS EN LA PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 20/12/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 189
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar profunda preocupación por la revisión del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos en la Provincia de Córdoba, el cual ha sido objeto de sustantivas críticas por parte del sector científico y la sociedad civil local.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Quinto Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático, publicado en 2014, expresa que el 4,3% de la deforestación mundial ocurre en Argentina. Por su parte, la organización internacional Global Forest Watch (GFW), señala que nuestro país ocupa el penoso 9° lugar en el listado de países con mayor pérdida de cobertura forestal en el período 2001-2014. Argentina perdió casi 5 millones de hectáreas de bosques en ese lapso, y en el caso concreto de la Provincia de Córdoba, solo se conserva el 5% de su superficie boscosa original.
Ello es grave, no solo por los compromisos internacionales asumidos en el marco de la Convención de Cambio Climático y del Convenio de Diversidad Biológica, sino muy especialmente porque contamos con la Ley Nacional N° 26.331/07 de Presupuestos Mínimos para la protección ambiental de bosques nativos.
Esta ley establece como uno de sus objetivos primordiales la promoción de la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN) y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria y de cualquier otro cambio de uso del suelo. Conforme a aquella, cada jurisdicción deberá realizar y actualizar periódicamente el OTBN existente en su territorio cada cinco años mediante un proceso participativo.
De la lectura e interpretación armónica del artículo 41 de la Constitución Nacional y las disposiciones de la Ley N° 25.675 General del Ambiente y la Ley N° 26.331, surge que los principios de equidad intergeneracional, preventivo, precautorio, de progresividad y de sustentabilidad, deben gobernar las decisiones públicas relativas al ordenamiento territorial, pudiendo afirmarse que la modificación de la normativa ambiental no puede significar un retroceso respecto de los niveles de protección alcanzados con anterioridad.
Es decir, de la lectura integral de las normas vigentes resulta que el principio de no regresión se encuentra subyacente en la normativa citada. Pero además, fue receptado expresamente por el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), mediante la Resolución 236/2012, que estableció que las revisiones de los OTBN deben observarlo. Es decir que, legalmente, no existe posibilidad de establecer un ordenamiento por fuera de este principio.
Debe señalarse que precisamente la normativa de presupuestos mínimos implica que las jurisdicciones no pueden regular por debajo de sus requerimientos sino que deben alcanzarlos y en el mejor de los casos, superarlos, es decir, establecer regulaciones más estrictas.
En un proceso polémico, ya en 2010 la Provincia de Córdoba sancionó su primer OTBN mediante la Ley Provincial N° 9814, por debajo de los requerimientos de la Ley de Bosques Nativos. Esta situación obligó a subsanar este defecto mediante un decreto provincial.
Hoy la Provincia de Córdoba se encuentra revisando el OTBN, en un escenario controversial, donde se apunta que el proyecto presentado en la Legislatura Provincial no respeta los presupuestos mínimos de protección ambiental, retrocediendo sobre la superficie original otorgada en 2010, afectándose especialmente la Categoría I (Roja). Existen documentos de gran solidez técnica que cuestionan el proyecto oficial y que indican con precisión cómo el mismo permitiría una franca vulneración de la Ley N° 26.331, elaborados por diversas instituciones entre ellas, CONICET, la Universidad Nacional de Córdoba y el Foro Ambiental Córdoba.
Las cuestiones de índole técnica expresadas, como así también la necesidad de llevar adelante un proceso ampliamente participativo –lo cual es también una exigencia de las leyes nacionales citadas- motiva la presente expresión de preocupación.
Dada nuestra responsabilidad constitucional en orden a la preservación del ambiente, solicito a mis pares me acompañen en la presente iniciativa,
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILLALONGA, JUAN CARLOS CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)