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PROYECTO DE TP


Expediente 8798-D-2016
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE ATENCION PREFERENCIAL A LOS ADULTOS MAYORES EN TODOS LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL CON ATENCION AL PUBLICO.
Fecha: 20/12/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 189
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE ATENCIÓN PREFERENCIAL PARA ADULTOS MAYORES
Artículo 1.- Se establece la obligatoriedad de atención preferencial a los Adultos Mayores en todos los organismos con atención al público, dependientes de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo los entes autárquicos.
Artículo 2.- La Autoridad de Aplicación es la responsable de determinar la modalidad de implementación y la difusión de las disposiciones de la presente ley de manera que se garantice la efectiva atención preferencial de los adultos mayores.
Artículo 3.- Esta ley debe ser reglamentada en un plazo máximo de noventa (90) días contados a partir de su promulgación.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El envejecimiento es un proceso irreversible que constituye en sí la mayor vulnerabilidad de la franja etaria de los Adultos Mayores, pero es preciso tener en cuenta que quienes envejecen son las personas y las sociedades deben buscar los procedimientos adecuados para responder a este proceso de envejecimiento que se relaciona no sólo con los cambios en la estructura de edades sino con dimensiones sociales del proceso. Resulta necesario que este inevitable proceso que más tarde o más temprano afecta a todos por igual, debe ser acompañado desde lo social reconociendo la vulnerabilidad que genera en el sector determinado de la sociedad que lo atraviesa y respetando sus derechos permanentes que no sólo no caducan sino que deben ampliarse en pos de mejorar su calidad de vida.
Revalorizar la autonomía de este sector de la población y su independencia es una de las premisas a seguir en toda política destinada a los Adultos Mayores, pero es fácil advertir que la fragilidad producto del envejecimiento conforma una clara situación de vulnerabilidad bio-psico-social que requiere la atención del resto de la sociedad. Esta fragilidad a la que hacemos referencia, se pone de manifiesto a cotidiano cuando en las largas filas de trámites pareciera desafiarse a límites innecesarios. Sometidos a largas esperas, tiempos prolongados estando de pie muchas veces sometidos incluso a las inclemencias climáticas marcadas tanto por la lluvia como por el excesivo calor o frío, nuestros adultos mayores encuentran en las gestiones de tramitaciones que tienen que realizar una real provocación a su resistencia que de antemano se sabe en detrimento. Lamentablemente esta situación se potencia frente a la indiferencia que reportan el resto de los componentes de la sociedad que ponen en igualdad de condiciones a quienes claramente están en desventaja por lo menos física, sin detenernos en las debilidades psicológicas y emotivas propias de esa etapa de la vida.
Señor Presidente: advertimos que esta indiferencia y falta de acompañamiento social a los Adultos Mayores en este tema tan particular, merece ser atendido mediante una legislación que enmarque las conductas pertinentes que no surgen de manera espontánea por los demás actores sociales, con la única intención de no continuar afectando tan negativamente a nuestros mayores. La iniciativa parlamentaria que hoy ponemos en consideración resulta de simple aplicación y sus efectos redundarían en claro beneficio de todos nuestros adultos mayores , sin perjudicar a ningún otro sector
poblacional. Entendemos que no es menor el daño que sufren nuestros Adultos Mayores por las consecuencias de una situación manifiesta, prolongada en demasía en el tiempo y que revertirla a través de la adecuada normativa no exige medidas complejas, por lo cual entendemos que no existe óbice alguno para propiciar su tratamiento y aprobación. Es por esta razón y por lo referido precedentemente que solicito a mis pares me acompañen con sus firmas para la aprobación del presente Proyecto de Ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DE LAS PERSONAS MAYORES (Primera Competencia)