PROYECTO DE TP


Expediente 7848-D-2016
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA "GUIA DE TURISMO ACCESIBLE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES", ELABORADA POR LA "COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS -".
Fecha: 04/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 163
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de esta Honorable Cámara la “Guía de Turismo Accesible” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires elaborada por la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad –COPIDIS- y el Ente de Turismo de la referida Ciudad.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco del artículo 117 del Reglamento de esta Honorable Cámara, el presente proyecto de resolución tiene por objeto declarar de interés de esta Honorable Cámara
la “Guía de Turismo Accesible” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires elaborada por la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad –COPIDIS- conjuntamente con el Ente de Turismo de la referida Ciudad. Ello, por tratarse de una medida de acción positiva para la inclusión de las personas con discapacidad y por hallarse en consonancia con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, conforme se desarrollará seguidamente.
Normativa:
En primer término, es de destacar que entre las atribuciones del Congreso de la Nación se encuentra la de “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de (…) las personas con discapacidad, conforme establece el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional.
En segundo término e igual jerarquía que la Carta Magna, se encuentran las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley N° 26.378, con jerarquía constitucional otorgada por la Ley N° 27.044) entre las que cabe destacar, por un lado, los principios generales establecidos en el artículo 3 que prescribe: “Los principios de la presente Convención serán:
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
b) La no discriminación;
c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;
e) La igualdad de oportunidades;
f) La accesibilidad;
g) La igualdad entre el hombre y la mujer;
h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.”.
Asimismo, establece en el artículo 9 disposiciones sobre accesibilidad prescribiendo que: “1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. (…). Por otro lado, el artículo 30 establece disposiciones sobre el derecho de las personas con discapacidad a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, prescribiendo que: “1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás, en la vida cultural y adoptarán todas las medidas pertinentes para asegurar que las personas con discapacidad:
a) Tengan acceso a material cultural en formatos accesibles;
b) Tengan acceso a programas de televisión, películas, teatro y otras actividades culturales en formatos accesibles;
c) Tengan acceso a lugares en donde se ofrezcan representaciones o servicios culturales tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos y, en la medida de lo posible, tengan acceso a monumentos y lugares de importancia cultural nacional.
2. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual, no sólo en su propio beneficio sino también para el enriquecimiento de la sociedad. (…).
Turismo Accesible:
El Secretario General de la Organización Mundial del Turismo de las Naciones Unidas, Sr. Taleb Rifai, ha manifestado que: “La accesibilidad es un elemento crucial de toda política de turismo responsable y sostenible. Es una cuestión de derechos humanos (…) Por encima de todo, debemos darnos cuenta de que el Turismo Accesible no solo es bueno para las personas con discapacidad o con necesidades especiales, es bueno para todos.”.
Si bien el concepto de turismo accesible ha ido evolucionando, una definición que ha sido utilizada en las publicaciones académicas más recientes al respecto señala que “El Turismo Accesible es una forma de turismo que implica procesos de colaboración planificados estratégicamente entre las partes interesadas que permite a las personas con los requisitos de acceso, incluida la movilidad, visión, audición y capacidades cognitivas, funcionar de manera independiente y con equidad y dignidad a través de la prestación de los productos, servicios y entornos turísticos basados en el Diseño Universal.” .
COPIDIS.
Siguiendo esta línea y con perspectivas de hacer de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una ciudad cada vez más accesible, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad – COPIDIS- elaboró conjuntamente con el Ente de Turismo de la Ciudad la Guía de Turismo Accesible objeto del presente proyecto.
La COPIDIS fue creada por la Ley N° 447 (sancionada el 27/07/2000) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que establece el marco de las políticas para la plena participación e inclusión de las personas con discapacidad.
La Comisión tiene como objetivo la promoción de los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de acciones tendientes al fomento de la participación ciudadana, equiparación de oportunidades, acceso a la salud, a la justicia, a la vida independiente y a la inclusión educativa, cultural, deportiva, laboral, turística y social de las personas con discapacidad.
Asimismo, lleva adelante la comunicación, información y articulado transversal en cooperación con todas las reparticiones de gobierno con el fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La COPIDIS trabaja especialmente abordando los siguientes ejes:
ACCESIBILIDAD: Realiza relevamientos en materia de accesibilidad en el espacio público y en empresas, y emite informes técnicos con recomendaciones.
EDUCACIÓN: Becas de Estudio y Capacitación Laboral. Promueve el acceso a la educación terciaria y universitaria, la formación profesional y la capacitación de las personas con discapacidad.
RELACIONES INSTITUCIONALES: Trabaja con organizaciones de la sociedad civil y con las áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para promover los derechos de las personas con discapacidad y elaborar políticas públicas inclusivas.
CONCIENTIZACIÓN: Capacita a agentes del Gobierno y a vecinos de la Ciudad para que sean promotores de los derechos de las personas con discapacidad.
TRABAJO: Cuenta con una bolsa de trabajo para promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad dentro de los sectores público y privado.
Contenido de la Guía de Turismo Accesible 2016 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Guía de Turismo Accesible de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ofrece información sobre la accesibilidad física y comunicacional de los algunos recorridos turísticos de la Ciudad a los fines de hacer más inclusivas las experiencias de los turistas. Considerando que la inclusión no implica sólo la accesibilidad física de la Ciudad sino que se refiere también a políticas que promuevan el diseño universal a todo nivel, la Guía contiene información útil sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ubicación, clima, teléfonos importantes, etc), una descripción sobre seis circuitos turísticos en distintos barrios de la Ciudad con íconos que indican la accesibilidad, descripciones sobre cada punto turístico y, finalmente, los hoteles accesibles de la Ciudad. La guía contiene imágenes, mapas y toda la información está disponible español, inglés y portugués.
Iconos de accesibilidad.
Los distintos espacios turísticos comprendidos en los circuitos contienen información a través de íconos que indican la accesibilidad en cada uno de ellos. En este sentido, se indica si el espacio cuenta con: sistema de aro magnético y asistencia en lengua de señas, visitas guiadas, accesos con rampa-plataforma de elevación, acceso alternativo o rampa asistida, sanitarios adaptados o practicables y grado de accesibilidad del circuito, áreas de descanso, información adaptada, entre otros.
Circuitos turísticos.
La Guía de Turismo Accesible de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires brinda información sobre los diversos puntos turísticos de cada barrio presentándolos en seis circuitos. Respecto de cada espacio turístico se expone información sobre la accesibilidad con que cuenta.
Circuito 1: San Nicolás y Casco Histórico:
Algunos de los puntos turísticos son: Teatro Presidente Alvear, Teatro General San Martín, Av. Corrientes, Calle Florida, Obelisco, Palacio de la Justicia, Teatro Colón
Teatro Nacional Cervantes, Centro Cultural Borges. Los edificios históricos incorporados al circuito son: Casa de Gobierno, Museo del Bicentenario, Catedral Metropolitana, Plaza de Mayo, Cabildo de Buenos Aires, Casa de la Cultura, Legislatura de la Ciudad, Iglesia San Ignacio y Manzana de las Luces.
Circuito 2: La Boca y San Telmo:
Algunos de los puntos turísticos del barrio de La Boca son: Caminito, Fundación PROA, Vuelta de Rocha, Museo de Bellas Artes de Artistas Argentinos Quinquela Martín, Teatro de la Ribera, Club Boca Juniors, Museo del Cine, Usina del Arte.
Algunos de los puntos turísticos de San Telmo son: Parque Lezama, Museo Histórico Nacional, Iglesia Ortodoxa Rusa, Museo de Arte Contemporáneo de
Buenos Aires –MACBA, Museo de Arte Moderno de Buenos Aires (MAMBA)
Plaza Dorrego, Iglesia Nuestra Señora de Belén – Parroquia San Pedro Telmo, El Viejo Almacén, Casa Mínima y Zanjón de Granados.
Circuito 3: Retiro y Recoleta:
Algunos de los puntos turísticos del barrio de Recoleta son: Bar Notable La Biela, Plaza Intendente Alvear, Cementerio de Recoleta, Basílica Ntra Sra. Del Pilar, Centro Cultural Recoleta, Paseo Buenos Aires Design, Palais de Glace, Plaza Francia, Museo Nacional de Bellas Artes, Floralis Genérica, Facultad de Derecho, Museo de la Televisión Pública, Biblioteca Nacional, Parque Thays.
Algunos de los puntos turísticos del barrio de Retiro son: Palacio San Martín, Plaza San Martín, Torre Monumental, Museo Nacional Ferroviario, Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco,
Circuito 4: Puerto Madero:
Algunos de los puntos turísticos del barrio de Recoleta son: Colección Amalia Lacroze de Fortabat, Parque Micaela, Museo de Calcos y Escultura Comparada, Fuente de las Nereidas, Reserva Ecológica, Monumento al Tango, Faena Art Center
Pabellón de las Bellas Artes de la UCA, Parque Mujeres Argentinas, Museo del Humor, Buque Museo Fragata Sarmiento, Puente de la Mujer.
Circuito 5: Palermo y Belgrano:
Algunos de los puntos turísticos del barrio de Palermo son: Jardín Botánico, Museo Evita, Sociedad Rural, Hipódromo de Palermo, Bosques de Palermo – Rosedal, Museo Sívori, Planetario Galileo Galilei, Club de Pescadores, Jardín Japonés, Museo de Arte Latinoamericano de Buenos Aires -MALBA-, Museo de Arte Popular José Hernández, Museo de Arte Decorativo, Museo del Automóvil Club Argentino, Mercado de las Pulgas.
Por otro lado, algunos de los puntos turísticos del barrio de Belgrano incorporados a la Guía son: Recova, Parroquia de la Inmaculada Concepción de Belgrano, Plaza Gral. Manuel Belgrano, Museo de Arte Español Enrique Larreta, Museo Histórico Sarmiento, Museo Casa Rogelio Yrurtia, Barrio Chino, Barrancas de Belgrano, Tierra Santa.
Circuito 6: Balvanera:
Algunos de los puntos turísticos del barrio de Balvanera son: Pasaje y Monumento a Carlos Gardel, Museo Carlos Gardel, Pasaje Zelaya, Paseo del Filete, Ciudad Cultural Konex, Palacio del Congreso, entre otros.
Hoteles accesibles.
Finalmente, la Guía de Turismo Accesible de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires especifica un listado de hoteles que cuentan con medidas de accesibilidad para personas con discapacidad.
Entendiendo que la Guía de Turismo Accesible de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representa una medida de acción positiva para la inclusión de las personas con discapacidad que la visiten y por hallarse en consonancia con las disposiciones de los más importantes instrumentos que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BESADA, ALICIA IRMA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
LOPARDO, MARIA PAULA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
PATIÑO, JOSE LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
WECHSLER, MARCELO GERMAN CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SORGENTE, MARCELO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CONESA, EDUARDO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
VILLAVICENCIO, MARIA TERESITA TUCUMAN DEL BICENTENARIO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
16/11/2016 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1017/2016 30/11/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 16/12/2016 APROBADO