PROYECTO DE TP


Expediente 7048-D-2018
Sumario: PROGRAMA FEDERAL DE FORTALECIMIENTO DE ESPACIOS CULTURALES. CREACION.
Fecha: 08/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 159
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1°: Crease el Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales que tendrá por objeto la recuperación, preservación y difusión de los espacios culturales y las actividades que se realizan en los mismos.
ARTICULO 2°: Por espacio cultural se entiende a aquellos “Centros Culturales”, “Club de Cultura”, “Casa de Artistas”, “Centro Barrial, Social y Cultural”, “Clubes de Cultura no comerciales”, o cualquier espacio no convencional, espacio experimental o espacio multifuncional, ya sean personas jurídicas, entidades de bien público u organizaciones sociales y/o barriales no formales en la que se realicen manifestaciones artísticas que signifiquen espectáculos con participación real y directa de intérpretes, en cualquiera de sus modalidades y en los que se tomen en cuenta únicamente la calidad del espectáculo o el interés del mismo como vehículo difusor de la cultura. Así también donde se realicen ensayos, seminarios, talleres, clases y/o cualquier actividad de carácter educativa y formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la culturales.
ARTICULO 3°: El Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales estará integrado por los funcionarios que ejerzan la autoridad de en materia Cultural de más alto nivel en el orden nacional, en el de cada provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Programa será presidido por el Secretario de Cultura de la Nación.
ARTICULO 4°: Corresponde al Programa Federal creado por esta ley propender integralmente al coordinado desarrollo en materia de difusión, preservación y difusión de los espacios culturales en toda la República.
El Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales desarrollará acciones que permitan preservar dichos espacios culturales, tales como: a) Generación de canales de comunicación y difusión de actividades, talleres y eventos que se desarrollen en los espacios culturales inscriptos. b) Promoción del acceso a programas de capacitación en temas vinculados a las actividades artísticas, talleres y eventos que se desarrollen en los espacios culturales inscriptos.
ARTICULO 5°: Las autoridades del Programa Federal se reunirán ordinariamente por lo menos DOS (2) veces cada año calendario; cada reunión se celebrará en el lugar y fecha establecido en la anterior.
La convocatoria a las reuniones corresponderá en todos los casos al presidente, con indicación del temario a tratar, el que será establecido mediante consulta a los integrantes del Programa.
Podrán, además, celebrarse reuniones extraordinarias a iniciativa del presidente, o cuando lo soliciten no menos de CINCO (5) de las jurisdicciones representadas en el Programa, con indicación del temario y antelación suficiente para su oportuna convocatoria.
ARTICULO 6°: El presidente podrá solicitar la concurrencia a las reuniones del Programa Federal con carácter de invitados especiales permanentes -u ocasionales según la índole del temario- de representantes de organismos oficiales, de entidades privadas y de personalidades de significativa representatividad en actividades vinculadas con el campo de la Cultura, a fin de facilitar la manifestación de opiniones intersectoriales.
ARTICULO 7°: El Programa Federal expresará las conclusiones a que arribe en la consideración de los puntos del temario de cada reunión, mediante recomendaciones o informes según corresponda. De ellas llevará adecuado registro y efectuará las comunicaciones pertinentes.- El presidente dispondrá cada año calendario la preparación de la respectiva memoria anual de actividades, a la que se anexará copia de las recomendaciones e informes a que se refiere el párrafo anterior.
ARTICULO 8°: El Programa contará con una secretaría permanente que funcionará en la sede de la Secretaría de Cultura de la Nación y será elegido entre los representantes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que integren el Programa Federal.
ARTICULO 9°: Los integrantes del Programa Federal podrán concertar entre sí la constitución de comités especiales para el estudio de determinados asuntos, en razón de los temas y/o de su trascendencia regional, a efectos de facilitar el cumplimiento de los fines indicados en el artículo 1°, dando oportuna cuenta de ello a la presidencia del Cuerpo y manteniéndola informada de la realización y resultado de dichos estudios.
ARTICULO 10°: El cumplimiento de esta ley no significará incremento alguno de gastos a cargo del Tesoro Nacional, adicionados a los ya aprobados en el Presupuesto General de la Administración Nacional. Los gastos que determine el cometido de los funcionarios citados en esta ley serán atendidos con cargo al gobierno de la jurisdicción que representan.
ARTICULO 11°: Crease el Registro Federal de Espacios Culturales definidos en el artículo 2° de la presente ley, que funcionará en el ámbito del Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales.
ARTICULO 12°: Declárese Espacio de Interés Cultural a aquellos Espacios Culturales que se inscriban en el Registro Federal de Espacios Culturales.
ARTICULO 13°: Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adherir a la presente ley generando acciones que fortalezcan a los Espacios Culturales de cada distrito.
ARTICULO 14°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene como objetivo darle un impulso a las actividades que realizan los Espacios Culturales, en sus diferentes formatos en todo el territorio nacional.
A tal efecto, se propone la creación del Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales que tendrá como objeto la recuperación, preservación y difusión de los espacios culturales y las actividades que se realizan en los mismos.
Por otra parte, se propone la creación del Registro Federal de Espacios Culturales. Aquí se pretende que la inscripción sea lo más simple posible y dando la posibilidad de hacerlo a través de Internet.
A su vez se declara Espacio de interés Cultural a aquellos espacios que queden inscriptos en el Registro.
Por último y en relación con acciones concretas que permitan proteger, promocionar y apoyar por parte del Estado el trabajo cultural que se realiza en estos espacios, el Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales desarrollará acciones concretas que ayuden tanto a la difusión de sus actividades como al acceso a programas de capacitación.
Esta ley que general la creación del Programa Federal de Fortalecimiento de Espacios Culturales y dispone la creación de un Registro de Espacios Culturales tiene como objetivo propagar y generar acciones en cada distrito que vayan en el sentido de proteger, promocionar y apoyar las actividades que se realizan en estos espacios culturales.
Cabe agregar que este proyecto ley nace como consecuencia de la multiplicación de actividades culturales y artísticas a lo largo y ancho de nuestra Patria, de este modo la pretensión es acompañar ese crecimiento brindando la coordinación y las herramientas necesarias para el crecimiento y la contención que debe brindar el Estado a través de una política Federal e inclusiva y cuyo objeto sea la preservación, difusión y el acceso a capacitaciones a estos espacios culturales.
Es por estas razones y las que expondremos en oportunidad de ingresar en tratamiento que solicito a nuestros pares acompañen con su firma al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
IGON, SANTIAGO NICOLAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRITEZ, MARIA CRISTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA