PROYECTO DE TP


Expediente 6992-D-2018
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL VOTO AFIRMATIVO EN EL 73° PERIODO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, BAJO EL TEMA 43: "NECESIDAD DE PONER FIN AL BLOQUEO ECONOMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO IMPUESTO POR LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CONTRA CUBA", REALIZADO EL 1° DE NOVIEMBRE DE 2018.
Fecha: 07/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su beneplácito por la votación en el 73° Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, realizada el 1° de noviembre de 2018, bajo el tema 43: “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”, la que fue aprobada con el voto afirmativo de 189 países miembros; exhortando a su cumplimiento efectivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Hace ya más de 50 años que EE.UU. introdujo formalmente y de forma unilateral el embargo comercial completo contra Cuba desde el 3 de febrero 1962 a través de un decreto del presidente John F. Kennedy, aunque, de hecho, el embargo comenzó casi inmediatamente después de la victoria de la Revolución Cubana el 1 de enero de 1959 contra el régimen dictatorial de Fulgencio Batista. Ya desde sus inicios el Gobierno de EE.UU. recibió con hostilidad a la Revolución Cubana y emprendió una serie de medidas políticas y sanciones económicas que pronto se convirtieron en un bloqueo total.
El 3 de enero de 1961, EE.UU. rompió relaciones diplomáticas y dio inicio a las hostilidades con Cuba. Las sanciones incluían una serie de prohibiciones como la exportación e importación de mercancías procedentes de EE.UU. el comercio con subsidiarias de compañías estadounidenses en terceros países; la visita de los turistas estadounidenses a la isla. También se prohibió el uso del dólar para las transacciones financieras con otros países y se prohibió el acceso a territorio de EE.UU. de los buques y aviones cubanos.
En julio de 1963 se puso veto a cualquier transacción con La Habana y se congelaron los valores de Cuba dentro de EE.UU.
Desde el año 1966 las sanciones se hicieron más estrictas: se prohibió a los ciudadanos estadounidenses visitar Cuba y realizar cualquier tipo de negocio en el Estado cubano sin un permiso especial. A las compañías estadounidenses en terceros países se les prohibió trabajar con empresas cubanas, exportar a EE.UU. productos de producción cubana o que contuvieran componentes procedentes de la isla.
En 1992 EE.UU. adoptó la llamada ley Torricelli que, además de establecer medidas para limitar el transporte marítimo a Cuba, prohibía el comercio de las subsidiarias de compañías estadounidenses establecidas en terceros países con Cuba.
A estas medidas le siguió la ley Helms-Burton o sínicamente denominada para “la libertad y la solidaridad democrática cubana”, aprobada el 12 de marzo de 1996 por el Congreso de EE.UU. La norma preveía sanciones adicionales contra empresas extranjeras que mantuvieran relaciones comerciales con Cuba. Los buques que transportaban mercancías desde o hacia Cuba no podían entrar en los puertos estadounidenses. EE.UU. dejó de asignar fondos a las instituciones financieras internacionales que aportaran fondos a Cuba.
En 2004 EE.UU. impuso nuevas restricciones: se limitaba a una vez cada tres años la posibilidad de visitar a familiares en Cuba. El tiempo de permanencia en la isla se restringía a 14 días, mientras no se permitía gastar en territorio cubano más de 50 dólares al día.
En abril de 2009, la Administración Obama decidió cancelar las sanciones impuestas por George W. Bush sobre los viajes a la isla y las remesas a Cuba para los cubanos que viven en EE.UU. y quienes tienen familiares en la isla. Además, se decidió reanudar el trabajo en la isla de las empresas de telecomunicaciones estadounidenses.
El 1 de agosto de 2009 el presidente Obama suspendió durante un período de seis meses la ley Helms-Burton. De hecho, esta iniciativa fue una respuesta a la resolución de la Asamblea General de la ONU del 28 de octubre de 2008 que exigía la supresión de las restricciones sobre Cuba.
En septiembre de 2013 Obama prorrogó un año más las sanciones comerciales impuestas contra Cuba con el fin de mantener el bloqueo contra la isla. Se decidió asimismo prolongar las sanciones contra Cuba en el marco de la llamada ley de Comercio con el Enemigo, alegando que respondía a los intereses nacionales de Washington. Esta norma legal llevaba vigente desde 1917 y prohibía que las empresas estadounidenses hicieran negocios con la isla. Esta norma solo afectaba a Cuba.
El bloqueo constituye una violación de los Propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional. Es un acto de agresión y de guerra económica que quebranta la paz y el orden internacional, vulnerando al mismo tiempo las reglas universalmente reconocidas del comercio y la libertad de navegación , como el principio de no intervención en los asuntos internos de otros estados como fue proclamado por Las Naciones Unidas , en 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que entró en vigor el año 1976. Y en cuyo Artículo 1 reza.
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.
3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.
En este sentido, fueron elocuentes las palabras del Canciller de Cuba Bruno Rodriguez Parrilla en la reunión del 73 Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas el último 1ro. de noviembre de 2018.
“El bloqueo constituye una violación de los propósitos y principios de la carta de las Naciones Unidas y del derecho internacional, es un acto de agresión y de guerra económica que quebranta la paz y el orden internacional. Vulnera también las reglas universalmente reconocidas del comercio y la libertad de navegación. Lesiona los principios de la proclama de América Latina y el Caribe como zona de paz y se opone al consenso de la comunidad de Estados del mundo. Provoca aislamiento y descrédito al Gobierno de Estados Unidos y convoca al justo rechazo de la comunidad internacional”.
En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES MOVIMIENTO EVITA
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO MOVIMIENTO EVITA
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES SOMOS
GROSSO, LEONARDO BUENOS AIRES MOVIMIENTO EVITA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE MOVIMIENTO EVITA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)