PROYECTO DE TP


Expediente 6932-D-2018
Sumario: DECLARASE PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA NACION A LAS PRACTICAS DE LAS CANTORAS CAMPESINAS DE LOS PUEBLOS DEL NORTE DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN.
Fecha: 06/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 157
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°: Declárase patrimonio cultural inmaterial de la Nación Argentina, en los términos establecidos por la ley 26.118, de ratificación de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, a la historia, presencia y prácticas de las cantoras campesinas, incluyendo su estilo de vida y contexto sociocultural, que forma parte de la identidad y de la cultura de los pueblos del norte de la provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 2°: La autoridad de aplicación de la presente ley será designada por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 3°: La autoridad de aplicación, a través del área de Patrimonio Cultural, diseñará y garantizará la puesta en marcha de un Plan de Salvaguardia, orientado a revitalizar, fortalecer, sostener y promocionar la práctica cultural y la transmisión oral de “las cantoras del norte” como patrimonio inmaterial invaluable de la identidad, respetando su idiosincrasia y características, cuyos lineamientos generales son:
a) Diseñar políticas públicas para el resguardo del legado cultural como medio de visualización del patrimonio inmaterial de las cantoras campesinas, sostenido en el respeto y puesta en valor de la diversidad cultural expresada.
b) Promover investigaciones históricas, antropológicas y musicológicas sobre las cantoras campesinas.
d) Planificar, junto a la provincia del Neuquén, estrategias y mecanismos de difusión y protección de la actividad cultural de las cantoras, a través de la organización de ferias y festivales, exposiciones, charlas, congresos u otras actividades afines, locales, regionales, nacionales e internacionales, estables o itinerantes, que las convoque como hacedoras culturales.
f) Articular acciones con la Dirección Nacional de Derechos de Autor, a fin de garantizar el registro y resguardo de las obras propias de las cantoras campesinas.
g) Elaborar inventarios de la práctica de las cantoras que incluya: repertorio familiar, linaje de canto, afinaciones diversas, tañido, rasguidos, material audiovisual, grabaciones, entrevistas en archivo u otro material existente, y toda forma de trasmisión del arte que se obtenga del resguardo en organismos de los distintos estamentos del Estado, o en instituciones e individuos particulares.
h) Todo el material inventariado y que se encuentre bajo resguardo y protección será expuesto al público a través de centros de interpretación de las cantoras campesinas, en el marco del programa de resguardo y promoción que establezca la autoridad de aplicación.
i) Desarrollar acciones de cooperación y suscribir convenios con municipios, comisiones de fomento, organismos, instituciones o empresas públicas o privadas, provinciales, nacionales o internacionales para la promoción, difusión, fomento y puesta en valor de la práctica de la expresión cultural de las cantoras campesinas, para el desarrollo pleno del intercambio cultural y el fortalecimiento de la identidad de los pueblos del interior de la provincia. En cada caso se determinarán las condiciones particulares de producción, de responsabilidad y participación económica de las partes.
Las acciones del presente artículo son solamente a modo enunciativo, pudiendo realizarse otras respetando los objetivos y el espíritu de la Ley.
ARTÍCULO 4°: La autoridad de aplicación, sistematizará, resguardará y difundirá todo el material que se recopile a partir de la sanción de la presente ley, como así también del material existente. A tal efecto, podrá coordinar acciones con el gobierno de la provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El patrimonio cultural es un concepto en constante desarrollo y abarca no solo el objeto tangible material sino también los elementos intangibles o inmateriales atesorados en la memoria social y en las prácticas de las personas, que aparecen representados en expresiones vivas que devienen de antepasados.
Se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial a los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, grupos y los individuos reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural (definición de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, en su 32a reunión, celebrada en París del veintinueve de septiembre al diecisiete de octubre de 2003).
Este Patrimonio Cultural Inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función del contexto, de su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndole un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y de la creatividad humana.
La aceptación a través del conocimiento y de la comprensión de las expresiones culturales, nos permite el desarrollo de la convivencia y la inclusión en la diversidad cultural existente. En este sentido y en virtud de que las sociedades de América Latina han sufrido distintos procesos de colonización cultural que han puesto en peligro el patrimonio social y cultural existente, la UNESCO recomienda a los Estados miembros generar políticas y leyes a efectos de promover, difundir y poner en valor estos elementos culturales.
Las cantoras campesinas del norte de la provincia del Neuquén son un ejemplo viviente de este patrimonio que atesora la herencia recibida de sus antepasados. La cultura es el alimento que nutre y fortalece la identidad de las comunidades, forjando su propia historia, y las cantoras del norte neuquino son el fiel reflejo de ello, y las responsables de transmitir el legado de los ancestros, las creencias y las tradiciones que se vivieron, se viven y se sienten en cada celebración porque son, sin duda alguna, portadoras de expresiones sociales y colectivas que se sostienen en el tiempo.
El canto es parte de la vida de las cantoras. Las temáticas de las cuecas y tonadas tienen que ver con la vida cotidiana en el campo, una vida en la que las mujeres realizan las tareas inherentes a la práctica propia de la actividad desarrollada históricamente por las familias de crianceros del norte neuquino. Las cantoras expresan a través del color de su voz, sus vivencias con un sentimiento profundo que les nace desde el alma. Estas expresiones culturales han sido transmitidas de tal modo que hoy en día se encuentran arraigadas a la cultura de los pueblos del norte de la provincia.
Las mujeres cantoras, a través de la música han tomado la palabra y alzado sus voces para relatar sus vivencias y las de sus comunidades. El reconocimiento de las mujeres cantoras forma parte de una política pública concreta que destaca al desarrollo de la práctica de las cantoras como una actividad de expresión cultural, social y económica característica de la zona norte de la provincia del Neuquén.
Ellas son protagonistas en celebraciones religiosas, fiestas populares, en tiempos de cosecha, de cría de animales, de casamientos, nacimientos y hasta de despedidas del mundo terrenal. Las cuerdas de sus guitarras acompañan tradiciones que llegan de una mezcla hispana-criolla.
A comienzos del mes de marzo del presente año se llevó a cabo la 33° edición del Encuentro de Cantoras y Cantores del Norte Neuquino en Varvarco, cuna de cantoras populares, un evento que congrega a quienes quieran escuchar a las cultoras del canto genuino de la región, un arte que se escucha habitualmente en reuniones familiares y fiestas campesinas.
La Subsecretaría de Cultura de la provincia del Neuquén viene realizando encuentros en forma periódica con diversos referentes y actores de la gestión cultural y la investigación conformando la “Red Cantoras”, un equipo interinstitucional que se dedica al estudio, pero también al cuidado, la preservación y a la puesta en valor actual de uno de los patrimonios más representativos que tiene la provincia como lo son las Cantoras del Norte Neuquino. En este contexto, el gobernador Omar Gutiérrez elevó un proyecto de ley a la Legislatura neuquina a los efectos de que la actividad de referencia se declare patrimonio cultural intangible a nivel provincial, lo que ha sido tomado en cuenta para la elaboración de la presente iniciativa.
La música y la danza popular constituyen un Patrimonio Cultural Inmaterial invaluable, que se encarga de mantener viva las creencias e historias que integran lo originario y lo contemporáneo, y nos transportan hacia lo más profundo de la identidad de los pueblos y hacia el alma misma de cada habitante.
Por todo lo expuesto, agradezco a los señores Legisladores su voto positivo para la aprobación de la presente Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SAPAG, ALMA LILIANA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/08/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones