PROYECTO DE TP


Expediente 6706-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REMITIR A LA PROVINCIA DE SALTA EL TOTAL DE DOSIS FALTANTES DE VACUNAS CONTRA LA MENINGITIS.
Fecha: 26/10/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 150
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de la Jefatura de Gabinete y demás organismos que corresponda, contemple la posibilidad de remitir a la Provincia de Salta el total de dosis faltantes de vacunas contra la meningitis, ya que existe una gran cantidad de niños y niñas que han quedado sin inmunizar.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sin dudas es que el derecho a la salud se encuentra consagrado en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. Así, el artículo 11 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre refiere que “Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad”.
Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales en su artículo 12 pone en cabeza de los Estados reconocer el derecho que tiene toda persona a la salud, afirmando que “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a)La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños; b)El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c)La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d)la creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.
La vacuna contra la meningitis debe ser colocada a los tres meses de vida, a los cinco, a los quince y a los once años de edad de los niños y las niñas. Desde la provincia se hace evidente la preocupación de los ciudadanos dado que circulan notas periodísticas que denuncian que se evalúa la posibilidad de eliminar del calendario de vacunación obligatoria, la dosis ultima, correspondiente a los 11 años de edad de los niños y las niñas.
Consideramos esta eliminación, de producirse, un retroceso en materia de salud debido a que la incidencia de meningitis en nuestro país es baja, según consta, es de un 0,35 por cada cien mil personas y esto no es más que una conquista del riguroso calendario de vacunación obligatoria y de la conciencia que el mismo produce en los padres y madres de niños y niñas.
La enfermedad que las vacunas solicitadas previene puede causar inclusive la muerte de quien la contrae entre las 24 y 48 horas de contraída. Incluso, en la provincia de Santa Fe hace algunas semanas ha fallecido un menor de 17 años producto de dicha enfermedad.
En la provincia de Salta, se recibe el total de NUEVE MIL dosis mensuales, este mes se han recibido únicamente un total de CUATRO MIL dosis de vacuna. Es realmente preocupante para los padres de los niños y las niñas esta situación. Se dice que esto es producto del ajuste, que es un insumo importado y por ende, caro. Lo cierto es que, independientemente de que haya de cierto en esto, la salud de los niños y las niñas es lo que debe primar ante cualquier medida económica que sea tomada. El ajuste no debe llegar a la salud, no debe verse afectado este derecho por decisiones económicas.
Es, sin dudas, el derecho a la salud uno de los pilares más importantes del derecho a la vida, primordial derecho del que gozamos por el solo hecho de ser personas. Si el derecho a la salud es vulnerado, el derecho a la vida es desplazado, y si tal derecho es desplazado, todas nuestras leyes se convierten en simple letra muerta.
Por tal motivo, solicito a mis pares me acompañen con su voto, en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEAVY, SERGIO NAPOLEON SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996