PROYECTO DE TP


Expediente 6541-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGULARIZAR LAS PRESTACIONES A LOS AFILIADOS DEL "INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - INSSJP -PAMI -" EN ROSARIO DE LA FRONTERA, PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 18/10/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar que el Poder Ejecutivo Nacional a través del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) regularice su prestación de manera inmediata en Rosario de la Frontera, Provincia de Salta.
Asimismo se solicita que de manera urgente, en caso de corresponder, se establezca si corresponde iniciar acciones para determinar las responsabilidades administrativas, civiles y penales, por la falta de prestaciones del mencionado instituto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La situación económica actual amerita que los sistemas de seguridad social funcionen de manera eficiente y sin retardos.
Resulta inadmisible que en Rosario de la Frontera, Provincia de Salta, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) no esté realizando las prestaciones a las cual está obligado a realizar.
Ante este incumplimiento debe establecerse si existen responsabilidades administrativas, civiles y penales por parte de los funcionarios públicos.
El derecho a la salud es un derecho de rango constitucional, incluido en la categoría de los denominados "derechos humanos" y que el Estado está obligado a respetar, garantizar, amparar y propender con todos los medios a su alcance.
El derecho a la salud tiene recepción en los diversos tratados internacionales que revisten jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional): Así la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en los arts. XI y XII; la Declaración Universal de Derechos Humanos, arts. 1°, 3° y 25; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 12; y Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 4°.
En el mismo sentido, en mayo de 2017, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación aprobó la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores mediante la Ley 27.360. Es menester aclara que esta Convención que resguarda pormenorizadamente los derechos de las Personas Mayores cuenta con jerarquía supra legal.
La vulnerabilidad de los adultos mayores se expresa en la aparición de desigualdades profundas en el contexto social. Resultando obligatorio el desarrollo de políticas eficaces para superar dichas desigualdades. Por esto último se exige que el PAMI actúe de manera eficiente y diligente.
Atendiendo la urgencia del caso solicito a mis pares que me acompañen en la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAVID, JAVIER SALTA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)