PROYECTO DE TP


Expediente 6518-D-2018
Sumario: LICENCIA ANUAL ESPECIAL PARA LA REALIZACION DE ESTUDIOS PREVENTIVOS DE CANCER DE MAMA Y CERVICO UTERINO.
Fecha: 17/10/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LICENCIA ANUAL ESPECIAL PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS PREVENTIVOS DE CANCER DE MAMA Y CERVICO UTERINO
Artículo 1°: Toda mujer tiene derecho a una licencia especial remunerada de un (1) día al año para la realización de los estudios médicos tendientes a la prevención y detección temprana de cáncer de mama y de cáncer cérvico uterino. La beneficiaria deberá acreditar ante el empleador haber realizado el estudio mediante la presentación del certificado expedido por el profesional o centro de salud interviniente.
Artículo 2°: La licencia dispuesta en el Artículo 2° no podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni la pérdida del presentismo ni cualquier otro beneficio laboral o adicional salarial que perciba.
Artículo 3°: La presente ley se enmarca en lo establecido artículo 1° de la Ley N° 23.611 y la Ley 26.606 para la detección temprana del cáncer de mama y cáncer cérvico uterino.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En materia de salud, las políticas públicas tendientes a la prevención de enfermedades son un elemento central en pos de mejorar la calidad de vida de los argentinos. Y en este sentido las enfermedades no transmisibles (ENT), consideradas actualmente la principal causa de mortalidad a nivel mundial, son un objetivo directo que deben perseguir las decisiones gubernamentales para el mejoramiento de la expectativa de vida.
En el caso particular de nuestro país, según estadísticas del Instituto Nacional del Cáncer, “Argentina posee una tasa de incidencia de 217 casos por 100.000 habitantes, cifra que la posiciona dentro de los países con incidencia de cáncer media-alta (rango 172,3 a 242,9 por 100.000 habitantes)”.
En esas estadísticas es necesario destacar que el cáncer de mama es la principal ENT en la Argentina, representando el 16,8% de todos los casos de cáncer, y representa el 9,5% de los fallecidos en un año a causa del cáncer. Por su parte, el cáncer cérvico uterino representa el 4,3% de los casos detectados, y un porcentaje de fallecimientos del 3,3%.
Sin embargo, si las estadísticas se focalizan únicamente en las mujeres, las cifras son alarmantes: el de mama representa el 32,2% de los casos de cáncer detectados en mujeres, mientras que el de cuello de útero asciende a 8,2%. Es decir que más del 40% de los diagnósticos de cáncer entre mujeres son de estos dos tipos.
Si se analizan los fallecimientos en mujeres, también son cifras de alto impacto: el de mama es la principal causa de muerte por cáncer en mujeres (19,6% de los casos) mientras que el de cuello de útero es la quinta (6,9%).
Si bien es importante destacar que según el ex Ministerio de Salud “la mortalidad por cáncer de mama en Argentina ha disminuido de manera sostenida y estadísticamente significativa desde 1996, a un ritmo de -0,9% anual durante el periodo 1996-2013 y luego -2,1% anual entre 2013 y 2016”, las estadísticas requieren que el Estado no sólo redoble esfuerzos en asegurar el acceso a los métodos de detección temprana de las ENT, sino también que promocione la realización de los estudios necesarios, y facilite los recursos que estén a su alcance para reducir al máximo muertes que podrían evitarse.
En ese sentido, la Ley 23.611 de 1988 en su artículo 1° ya declaraba de interés nacional, en la política sanitaria, la lucha contra el cáncer, y en los últimos años fueron creados a nivel nacional el Instituto Nacional del Cáncer, el Programa Nacional de Control de Cáncer de Mama y Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvico Uterino, además de vasta normativa y programas de salud provinciales y municipales tendientes a la detección temprana del cáncer de mama y cérvico uterino.
A los programas de acceso gratuito a los estudios médicos y a las permanentes campañas de concientización, es necesario también que el Estado promueva la realización de estos exámenes con otras herramientas complementarias. Es por ello que este proyecto propone asegurar el derecho de toda mujer para gozar de un día de licencia anual justificada para la realización de los estudios médicos preventivos y necesarios para la detección temprana del cáncer de mama y cérvico uterino, sin que esa ausencia le genere un descuento o pérdida salarial.
Esta iniciativa, ya cuenta con antecedentes en diferentes jurisdicciones, con diferente impacto: Santa Cruz (Ley 3546) incluyó en 2017 dos días de licencia anual para “toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada”; Mendoza (Decreto 392/13) prevé 1 día de licencia especial remunerada para “toda mujer mayor de dieciocho (18) años que preste servicios en el sector público provincial”; Jujuy establece 2 días de licencia para mujeres de la administración pública provincial (Ley 5991), mientras que Catamarca otorga 1 día también para las trabajadoras del estado provincial (Ley 5343).
El Estado debe impulsar con normas, programas e inversión todas las medidas necesarias para el mejoramiento sostenido de la salud pública. Es por ello que consideramos indispensable que las mujeres tengan la posibilidad de gozar de un día de licencia, para prevenir muertes que bien podrían evitarse con un simple estudio. Generar también las condiciones laborales para que ello ocurra, es también una obligación del Estado.
Por estos motivos solicitamos la aprobación de la presente ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RAVERTA, MARIA FERNANDA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
SORIA, MARIA EMILIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
AUSTIN, BRENDA LIS CORDOBA UCR
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
VOLNOVICH, LUANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOREAU, CECILIA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SAPAG, ALMA LILIANA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
CAMAÑO, GRACIELA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
DEL PLA, ROMINA BUENOS AIRES FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
RODENAS, ALEJANDRA SANTA FE NUEVO ESPACIO SANTAFESINO
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO PERONISMO PARA LA VICTORIA
LOTTO, INES BEATRIZ FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CARMONA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA PITIOT (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA HORNE (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA LOTTO (A SUS ANTECEDENTES)