PROYECTO DE TP


Expediente 6497-D-2016
Sumario: ESPACIOS PARA LA LACTANCIA EN ESTABLECIMIENTOS LABORALES PUBLICOS Y PRIVADOS. CREACION.
Fecha: 22/09/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 133
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.-Créanse espacios para la lactancia en establecimientos laborales públicos y privados, donde desarrollen tareas mujeres en edad fértil, a fin de que puedan extraer su leche y conservarla durante el horario laboral.
ARTÍCULO 2°.- Entiéndase por espacio para la lactancia al ambiente digno y saludablemente acondicionado para que las madres trabajadoras puedan extraer su leche durante el horario laboral y amamanten a sus hijos si así lo decidieran.
ARTÍCULO 3°.- Los espacios para la lactancia deberán cumplir las siguientes condiciones:
a- Un área privada con dimensiones adecuadas para que las madres puedan extraer su leche o amamantar sus hijos.
b- Ambiente climatizado.
c- Mobiliario adecuado a los fines de brindar comodidad a las lactantes.
d- Lavamanos con agua fría/caliente para facilitar la higiene antes y después de la extracción.
e- Refrigerador con termómetro para control de la temperatura.
f- Cartelería y folletería que informe sobre métodos de extracción y conservación de la leche materna, y los beneficios del amamantamiento.
ARTÍCULO 4°.-Implementación en los ámbitos laborales del sector privado. En las empresas en las que trabajen diez (10) o más mujeres en edad fértil será obligatorio contar con al menos un espacio para la lactancia en cada centro de trabajo. En el resto de los supuestos es facultad del empleador la implementación de los mismos.
ARTÍCULO 5°.-Implementación en ámbitos laborales del sector público. Los organismos del sector público donde trabajen 5 (cinco) o más mujeres en edad fértil, bajo cualquier condición contractual, deberán contar con uno o más espacios para la lactancia acorde al número de mujeres en edad fértil que haya en cada organismo, garantizando la comodidad y el debido respeto por el espacio individual.
ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo favorecerá el acceso a créditos a tasas subsidiadas para las pequeñas y medianas empresas a los efectos de garantizar el financiamiento necesario para la realización de las obras y la adquisición de los bienes que se especifican en la presente ley.
ARTÍCULO 7°.-La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 8°.- Invítase a las provincias a adherir a la presente ley, a los efectos de fomentar, aplicar y controlar su instrumentación en los ámbitos de su competencia.
ARTÍCULO 9°.-El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará de la partida presupuestaria correspondiente del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese el Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Organizaciones mundiales como UNICEF destacan la importancia de los espacios de lactancia y la necesidad de estimular la creación de los mismos. La lactancia materna es fundamental en los lactantes menores de 2 años y tiene más repercusiones potenciales sobre la supervivencia de los niños que cualquier otra intervención preventiva. Hasta los primeros 6 meses de vida los niños necesitan como alimento único y exclusivo la leche materna (no necesitan agua, infusiones o cualquier otro líquido), lo que denominan período de Lactancia Materna Exclusiva; mientras que a partir de los 6 meses y hasta los 2 años, los niños deben complementar su nutrición con otro alimentos pero deben seguir tomando leche materna, a este período lo llaman Lactancia Materna Óptima.
El uso de los espacios de lactancia (o lactarios), es particularmente importante porque permite ejercer el derecho y responsabilidad de la lactancia materna dentro del ámbito laboral, en condiciones de calidad y calidez para las usuarias. A su vez, la Recomendación 191 sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señala: "cuando sea posible deberían adoptarse disposiciones para establecer instalaciones que permitan la lactancia en condiciones de higiene adecuadas en el lugar de trabajo".
Este proyecto también pretende facilitar la permanencia de las mujeres en el ámbito laboral, propiciando un espacio fundamental para generar una real igualdad de oportunidades, y permitiendo compatibilizar una correcta alimentación y crianza del niño con un próspero desarrollo de la vida laboral.
Por lo expuesto anteriormente, solicito a mis pares el acompañamiento de este proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FRANA, SILVINA PATRICIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0156-D-18