PROYECTO DE TP


Expediente 6074-D-2017
Sumario: SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA - LEY 24464 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 7°, SOBRE DESTINO DE LOS RECURSOS QUE RECIBE CADA JURISDICCION PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS.
Fecha: 15/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 167
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.- Modifícase el artículo 7° de la Ley N° 24.464 Sistema Federal de la Vivienda, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 7°.- Del total de los recursos que recibe cada jurisdicción no podrá destinar más del vente por ciento (20%) de la cuenta global anual a la construcción de obras de infraestructura, servicios y equipamientos, ni menos del cinco por ciento (5%) a la financiación de la construcción de viviendas mediante sistemas de autoconstrucción asistida.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto la modificación del artículo 7° de la Ley N° 24.464 del Sistema Federal de la Vivienda, a los fines de garantizar un piso mínimo de financiamiento para la construcción de viviendas bajo sistemas de autoconstrucción asistida.
Los sistemas de autoconstrucción asistida consisten en la participación activa de los beneficiarios de las políticas de vivienda en la solución de su problema habitacional a través de su rol en la construcción de la obra. Bajo estos sistemas el Estado aporta los materiales y la guía técnica (en algunos casos también puede aportar el terreno) y los beneficiarios aportan su trabajo, ya sea para la construcción de su vivienda o para ampliaciones o refacciones de la misma.
Estas iniciativas otorgan a los beneficiarios de las políticas de vivienda un rol activo que puede producir distintos resultados e impactos positivos. En principio, estos sistemas permiten que los beneficiarios puedan participar en la etapa de planeamiento de su vivienda, lo que posibilita que la solución se adapte a las necesidades de quienes van a habitar el lugar. Por otro lado, estas políticas pueden favorecer el fortalecimiento de los vínculos familiares al aportar una experiencia de trabajo en conjunto, de esfuerzo compartido, de generación o reforzamiento del valor del trabajo, entre otros. Por último, la experiencia aporta a los beneficiarios nuevos conocimientos y habilidades en distintos oficios, lo que puede posibilitar una mejor inserción laboral y brinda sostenibilidad a la inciativa.
En Argentina se han desarrollado distintos programas y planes bajo este sistema, entre ellos el Plan Desarrollo Noroeste llevado adelante en la Provincia de Córdoba. Este plan, que incluía la implementación coordinada y simultánea de programas de todos los ministerios y agencias gubernamentales en los diez departamentos del arco noroeste de la provincia, desarrollaba su componente de vivienda a través de la modalidad de autoconstrucción asistida. De esa manera, el gobierno provincial aportaba la dirección y asistencia técnica y los materiales de construcción y los beneficiarios aportaban su mano de obra.
La implementación de la metodología de autoconstrucción asistida de viviendas en el Plan Noroeste, permitió generar en los beneficiarios un sentido de pertenencia con su nueva casa, vinculado por un lado al esfuerzo, propio y familiar, puesto en la construcción, así como también a la posibilidad que esa modalidad le daba a cada familia de participar en la planificación de la obra, permitiendo que la misma se adaptara a sus necesidades y su realidad familiar. Esa metodología conseguía no sólo el resultado de que las familias más humildes de los departamentos del noroeste cordobés tuvieran acceso a una casa de material, sino que significaba también la posibilidad para los beneficiarios de aprender oficios que pudieran serles útiles a los fines de mejorar sus condiciones o su acceso al trabajo. Los resultados de esa metodología también aportaron valores a los beneficiarios, como el del trabajo, el esfuerzo, la solidaridad, el compañerismo, entre otros.
Las familias que participaban del programa de vivienda del Plan, recibían una retribución por su trabajo la cual se hacía efectiva a medida que se iban alcanzando determinados avances de obra, lo que, por un lado, funcionaba como un incentivo para que las tareas tuvieran constancia y por el otro, como un apoyo económico que en muchos casos era destinado por las familias a incorporar mejoras o equipamiento a los nuevos hogares que estaban construyendo.
A partir de esta experiencia desarrollada a través del Plan Desarrollo Noroeste en la Provincia de Córdoba, se propone el presente proyecto de ley, para propiciar el desarrollo de programas de vivienda gestionados a partir de sistemas de autoconstrucción asistida. Este tipo de participación de los beneficiarios en las políticas de vivienda, cuando las circunstancias admiten su implementación, permite que a través de una política por sí misma tan valiosa por estar orientada a garantizar algo tan fundamental como el derecho a una vivienda, multiplique sus efectos positivos aportando capacitación, empoderamiento, fomento de valores, e identificación y apropiación de la política pública por parte de los beneficiarios.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares el acompañamiento al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NAZARIO, ADRIANA MONICA CORDOBA UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
LAGORIA, ELIA NELLY CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO JUJUY FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
ROSSI, BLANCA ARACELI CORDOBA UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
GRANDINETTI, ALEJANDRO ARIEL SANTA FE FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
BREZZO, MARIA EUGENIA CORDOBA UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0918-D-19