PROYECTO DE TP


Expediente 5906-D-2017
Sumario: MUSEO NACIONAL DE LA MINERIA. CREACION.
Fecha: 07/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL MUSEO NACIONAL DE LA MINERIA
Artículo 1°.- Créase el Museo Nacional de la Minería (MUNAMI) dedicado a la exhibición, promoción y preservación de objetos vinculados a la actividad minera y sus implicancias científicas, sociales, económicas y culturales, con sede en la Ciudad de San Juan, Provincia de San Juan.
Artículo 2°.- Con el fin de dar cumplimiento a su objeto, el Museo Nacional de la Minería (MUNAMI) tiene las siguientes funciones:
a) Adquirir, preservar y poner en valor colecciones para contribuir a la salvaguarda del patrimonio natural, cultural y científico.
b) Promover el conocimiento y valoración del patrimonio natural, geográfico y geológico del territorio nacional.
c) Promover la adquisición de bienes y valores que estimulen la participación de todos los visitantes, en memoria de la actividad y labor del trabajador minero.
d) Generar un centro de divulgación, exposición e información sobre todos los aspectos del patrimonio minero y las actividades que lo relacionan, como también la labor de los trabajadores mineros.
e) Contribuir a salvaguardar el patrimonio natural y científico del país, en su materia específica.
f) Diseñar exhibiciones e interpretaciones de acuerdo a los cambios tecnológicos y mediáticos con ofertas para toda la comunidad, participativas, interactivas, entretenidas donde se desarrolle la valoración de la minería ya no como objeto, sino como patrimonio.
Artículo 3°.- El Museo Nacional de la Minería tiene su sede en la Ciudad de San Juan, en un inmueble adecuado a sus funciones, conforme lo determine el Ministerio de Cultura de la Nación. A tal efecto, se llamará a concurso público de proyectos, para la adaptación del inmueble afectado a la instalación del Museo, el que deberá contar con una reserva técnica para la preservación de su acervo, exposición de obras, realización de talleres, organización de conferencias y proyección de películas y videos, todo ello respetando las pautas establecidas en el Código de Deontología del Consejo Internacional de Museos (ICOM).
Artículo 4°.- El Concurso público para la adquisición y/o remodelación del inmueble del Museo deberá contemplar un equipo multidisciplinario que incorpore personal idóneo tanto de la Provincia de San Juan, como aquellos que sean designados por el Ministerio de Cultura de la Nación.
Art. 5°.- La Administración del MUNAMI se conformará por una Dirección, cuyo titular será designado por el Ministerio de Cultura de la Nación a propuesta de una terna de candidatos del Consejo Asesor del MUNAMI reunido para tal efecto.
Art. 6°.- El Consejo Asesor está integrado por un miembro del Ministerio de Cultura de la Nación, un miembro del Ministerio de Turismo de la Provincia de San Juan, un miembro del Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan, un representante nombrado por el Consejo Federal de Minería (COFEMIN), un representante de Servicio Geológico Mineo Argentino (SEGEMAR), una autoridad de la Universidad Nacional de San Juan, y una autoridad del Consejo Nacional de Investigaciones y Técnicas (CONICET), quienes se reúnen para designar la terna de candidatos para el cargo de Director, y tienen por función sancionar el reglamento interno de Administración y funcionamiento del MUNAMI.
Art 7°.- La postulación de candidatos para el cargo de Director del MUNAMI lo designa el Ministerio de Cultura de la Nación, por concurso público y abierto, de oposición y antecedente, en el que también se evaluará el proyecto cultural y financiero que para la institución deberán presentar los postulantes. Su mandato estará determinado por el Reglamento Interno de Administración y Funcionamiento del MUNAMI que apruebe el Consejo Asesor.
Artículo 8°.- La Ley de Presupuesto General para la Administración Nacional contempla los recursos necesarios para la instalación del Museo Nacional de la Minería y fija, anualmente, las partidas presupuestarias necesarias para su funcionamiento.
Artículo 9°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida correspondiente al Ministerio de Cultura de la Nación del Presupuesto General de la Nación.
Artículo 10°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Código de Deontología profesional del Consejo Internacional de Museos (ICOM), al cual nuestro país adhiere desde 1986, define a “un Museo como una institución, reconocida como tal y que cumple con los requerimientos mínimos para su correcto funcionamiento. Estos requisitos obligan a un museo a ser de carácter permanente, no lucrativo y al servicio de la sociedad. Por lo tanto, es una institución abierta al público, que adquiere, conserva, investiga, comunica y exhibe, con propósitos de estudio, de educación, la evidencia tangible e intangible de los pueblos y de su entorno”. Por ello, la minería necesariamente merece contar con un espacio de difusión y educación para todos y todas, ya que es patrimonio de todos los argentinos y actualmente no hay un espacio dedicado a tal actividad que dignifique nuestros pueblos mineros.
En nuestro país sólo existe un pequeño Museo Participativo de la Minería (MUMIN) ubicado en la Secretaria de Minería de la Nación en Capital Federal, pero creemos que no es suficiente para mostrar a las nuevas generaciones el impacto que esta actividad produjo y produce en la sociedad. Por otro lado, el MUMIN contempla una mirada científica de los distintos minerales que contiene nuestro país desde las Ciencias de la Tierra, donde geólogos, ingenieros de minas, cartógrafos, arqueólogos, astrónomos aportan. Con la creación del Museo Nacional de la Minería proponemos una mirada superadora, porque más allá de los beneficios económicos que esta actividad supone, queremos mostrar a nuestra comunidad qué es el trabajo minero, cómo viven los mineros, cómo impacta esta actividad en la vida cotidiana de todo el conjunto de la sociedad.
Quizá, el caso más paradigmático sea el de la Provincia de San Juan, que en apenas 9 años de actividad transformó la matriz productiva de la provincia y la posicionó como un lugar estratégico de inversiones extranjeras, generando miles de puestos de trabajo y movilizando cadenas de valor, que son formativas de una nueva cultura. Todo ello, debe ser exhibido en un Museo de carácter Nacional, no sólo porque es una actividad estratégica del país, sino que fomenta la industria nacional.
Desde los orígenes de la vida humana, la actividad de la minería ha sido desde siempre una actividad aliada e indispensable a su desarrollo. Con la minería el hombre encontró elementos que incorporó a su vida para vestirse, alimentarse, usar como herramientas e inclusive refugiarse.
Una de las principales características de la industria minera, también denominada “madre de industrias”, tiene que ver con el importante efecto multiplicador que genera a nivel económico, tanto directa como indirectamente y vinculados con la creación de empleos, el flujo de ingresos que se produce a partir de la compra de insumos nacionales, las divisas generadas por las exportaciones, los impuestos pagados a nivel nacional, provincial y municipal y los beneficios indirectos que reciben las poblaciones de las áreas de influencia, como consecuencia del desarrollo de infraestructura de salud, educación, transportes y comunicaciones.
Un ejemplo del desarrollo minero es la Provincia de San Juan. Históricamente, es una Provincia minera, desde principios del siglo XIX hay registros de esta actividad en la Provincia; José Ignacio de la Roza, primer Teniente Gobernador de San Juan, durante su Gobierno fomentó esa actividad. Por otro lado, en 1862, cuando Domingo Faustino Sarmiento fue electo gobernador, entre sus primeras acciones al mando de la gobernación fue la de impulsar y fomentar esta actividad. Nombró un Diputado de Minas, Domingo de Oro, y creó una Compañía de Minas, para la exploración y explotación.
Mas allá de las ventajas económicas que nos trae esta actividad, desde el punto de vista social y cultural, produce fuertes cambios en las oportunidades que tiene nuestro pueblo, es por eso, que debe existir un espacio educativo y pedagógico donde los alumnos del nivel inicial y secundario, como así estudiantes universitarios puedan congregarse en un espacio destinado a la promoción del conocimiento científico que se espera que genere el Museo Nacional de Minería. A través de soportes audiovisuales, colecciones de elementos, muestras de minerales, se puede lograr la comprensión de lo que significa esta actividad, a través de herramientas de análisis.
El objetivo del Museo es acercar la comunidad a la historia y al presente de la actividad minera nacional y su aplicación en la vida cotidiana, mediante muestras rotativas e interactivas, visitas explicativas, exposición de minerales y rocas y proyección de videos. Como todos los minerales tienen una aplicación en nuestra vida cotidiana, es menester dar a conocer cuáles son esos minerales que los rodean, para darse cuenta que desde la alimentación, vestimenta, comunicaciones, hasta los servicios básicos están íntimamente relacionados a los minerales.
Resulta extraño pensar la importancia de la minería en nuestro país sin que exista un Museo Nacional, que rescate y muestre las formas en que esta actividad se realiza, sino también es una actividad muy cuestionada, que sólo puede comprenderse con un conocimiento exhaustivo de su desarrollo, eso sólo es posible, creando un espacio donde puedan compartirse experiencias y se pueda acceder al conocimiento sobre la actividad minera del país, como también difundir y divulgar los nuevos avances científicos en la actividad.
Asimismo, el Museo tendrá una perspectiva federal, considerando las actividades mineras de todas las provincias de Argentina, ya que a lo largo de la Cordillera de los Andes se ubican once provincias que son parte de los 5308 kilómetros que limitan con la República de Chile. Podemos afirmar que la riqueza que poseen sus suelos es incalculable, y que la tradición minera es algo que tenemos en común con todas estas provincias, sumado a minas que se ubican en otras latitudes para extraer otro tipo de minerales y metales.
Por otra parte, creemos que el Museo Nacional de Minería debe tener su sede en la Provincia de San Juan, porque es una Provincia con una fuerte identidad minera. Sufrió en 1944 un terremoto que devastó la ciudad, y gran parte de su patrimonio, que hacen a la identidad desapareció bajo los escombros. No así, el sentimiento de ser parte de un territorio que está de cara a una cordillera, que Sarmiento describió como “un inexplorado museo de riquezas metálicas y que sólo se requiere de ciencias para explotarlas”. El mejor homenaje para la población de San Juan es la creación del Museo Nacional de Minería.
Es por todo lo expuesto, consideramos trascendente la aprobación de este proyecto de Ley que propone la creación del Museo Nacional de la Minería, dedicado a la difusión de la historia de la minería y su impacto en las sociedades en que se desarrolla.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASTRO, SANDRA DANIELA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TOVARES, RAMON ALBERTO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JOSE LUIS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN PARTIDO BLOQUISTA DE SAN JUAN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1113-D-19