PROYECTO DE TP


Expediente 5798-D-2018
Sumario: DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y TURISTICO EL "CIRCUITO TURISTICO C.A.P, - CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES -" QUE COMPRENDE AL EX C.A.P, ESTANCIA JOSE MENENDEZ, PUENTE HISTORICO, ESTANCIA MARIA BEHETY, A LA MISION SALESIANA Y A LA RECUPERACION DEL ANTIGUO TREN DE LA CORPORACION, SITOS EN LA CIUDAD DE RIO GRANDE, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 14/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 121
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CIRCUITO TURISTICO C.A.P: RIO GRANDE
TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
Artículo 1º: Declárese de interés cultural y turístico el "Circuito Turístico C.A.P", el cual comprende al ex C.A.P, Estancia José Menéndez, Puente Histórico, Estancia María Behety, a la Misión Salesiana y a la recuperación del Antiguo Tren C.A.P, sitos en la Ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 2°: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación y la Secretaría de Turismo de la Nación adoptarán las medidas pertinentes para preservar el acervo histórico, mobiliario y todo objeto de valor que se conserve en los sitios históricos que forman parte del “Circuito Turístico C.A.P”.
Artículo 3°: Inclúyase en el calendario turístico nacional o en el lugar de difusión que disponga la Secretaria de Turismo de la Nación.
Artículo 4°: La Secretaria de Turismo de la Nación tendrá a su cargo la puesta en valor y promoción de los lugares mencionados en el artículo 1° como sitios de interés turístico.
Artículo 5°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con:
a. Cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente;
b. Una asignación específica del Fondo Nacional de Turismo, según las prescripciones de la Ley 25.997 y sus normativas complementarias;
c. Fondos no reintegrables provistos por organismos multilaterales, gobiernos extranjeros u organizaciones no gubernamentales;
d. Todo recurso que ingrese a su patrimonio o bienes que se adquieran para el cumplimiento del objeto de la presente ley.
Artículo 6°: Facúltese al municipio en concurrencia con sus órganos de aplicación según corresponda, institutos de cultura, museos o similares a fin de velar por la protección del patrimonio mencionado en el artículo 1° y a establecer los convenios pertinentes que contribuyan al objeto de la presente ley.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Corporación Argentina de Productores (comúnmente conocida a través de sus siglas C.A.P) formó parte de una iniciativa política a nivel nacional para la promoción y expansión del mercado de carnes, la cual contribuyó al desarrollo de distintos espacios geográficos de la República Argentina.
El proyecto fue iniciado con la denominada generación del 80 y se basó en la creciente producción de granos, carnes y alimentos destinados a centros industriales. Sobre esta base se materializó la idea del país como agroexportador y comúnmente referenciado como el “granero del mundo”.
Para el desarrollo de este proyecto nacional, prevaleció la idea que la ganadería necesitaba una explotación intensiva y cuantitativa, es decir, a gran escala. Para alcanzar resultados favorables, dichos conceptos fueron precedidos del otorgamiento de grandes extensiones de campo, con lo cual este proceso se denominó como la “gesta pobladora”.
A partir de ello se conformó un grupo de empresarios lanares y cárnicos, que tomaron a su cargo la tarea de poblar los campos hasta entonces desiertos. Cada uno de los cuales se desarrolló en las mayores dimensiones territoriales posibles. Así, la ocupación de territorial subsumía los dos objetivos, por un lado poblar el territorio y luego generar una economía lo suficientemente autosustentable que permita la subsistencia y, además, la posibilidad de inserción de esos productos en los mercados internacionales. Bajo estos fue signos que se desarrolló la explotación del ganado ovino y vacuno en Tierra del Fuego.
El 30 de septiembre de 1916 fue sancionada por el Congreso Nacional la ley 10.171 que autorizó la instalación de “un frigorífico y fábrica de carnes con capacidad de un faenado diario de 2.000 animales lanares y hasta 200 cerdos”, en la margen sur del Río Grande. La autorización fue otorgada a Alejandro Menéndez Behety, quien quedaba facultado a construir un puente metálico sobre el mencionado río, el cual después de 15 años quedaría como propiedad del Estado. La introducción de todos los materiales quedaba libre del pago de derechos aduaneros, hasta la suma de 150.000 pesos.
Las construcciones debían comenzar antes de cumplirse quince meses de promulgada la ley y terminadas dentro de los dos años inmediatos. Menéndez Behety podía constituir una sociedad anónima, después del plazo de los 15 meses, y el Poder Ejecutivo podía arrendarle 20.000 hectáreas de terreno rural por el término de diez años, renovables, a razón de $ 400 anuales la legua, sin opción a compra ni preferencia. Esta concesión no daba derecho a la explotación de los bosques comprendidos en la superficie concedida.
Las obras e instalaciones se efectuaron con rapidez. Se formó la Compañía Frigorífica Argentina de Tierra del Fuego, como sociedad anónima, con un capital de 2.400.000 pesos, ocupando una superficie de 16.100 metros cuadrados, donde se construyeron 12 cámaras y depósitos frigoríficos con 20.000 metros cúbicos de capacidad.
La capacidad de los compresores en frigorías-horas fue de 666.000. En 1920 fueron faenados 108.947 corderos y borregos, 70.796 carneros y capones y 53.829 ovejas, o sean 233.572 cabezas en total. La exportación fue en ese año de 6.414 toneladas de productos ganaderos, destacándose 3.387 toneladas de reses congeladas, 79 de menudencias, 26 de tripas secas y saladas, 21.147 de lana sucia, 164 de cueros lanares sucios, 237 de cueros lanares pelados y 368 de grasa y sebo derretido; además, 2.147 toneladas de lana sucia.
En el decenio 1921-1930 el faenamiento alcanzó a 2.340.200 lanares, con una alta proporción de corderos y borregos. En 1932, las reses sacrificadas fueron 302.311; la distribución fue; corderos y borregos, 271.458; capones y carneros, 27.881; ovejas, 2.972. En 1934 se llegó a sólo a 231.400 animales. En el decenio 1935-44 la matanza totalizó 2.754.400 ovinos”.
El 30 de junio de 1941 la Corporación Argentina de Productores de Carnes adquirió a la Compañía Frigorífica Argentina de Tierra del Fuego el establecimiento de Río Grande y todas sus pertenencias. La medida, aconsejada por la Federación de Sociedades Rurales de la Patagonia, fue autorizada por la asamblea general de accionistas del 22 de octubre de 1940” .
De esta manera, la C.A.P fue la instalación industrial más importante construida en la isla. La planta -ubicada sobre la margen del Río Grande, en la ciudad del mismo nombre- fue inaugurada en 1917 por la Compañía Frigorífica Argentina, creada por los estancieros de la región. El establecimiento contribuyó fuertemente al desarrollo ganadero de la zona y se convirtió en el eje de la vida económica y social de Río Grande.
El conjunto edilicio estaba compuesto por las naves principales, con una impronta de arquitectura industrial funcionalista, alrededor de las que se aglutinaban una serie de edificios complementarios, tales como las habitaciones colectivas del personal, la cocina, el dispensario, la estafeta postal, la central telefónica, las viviendas familiares y la vivienda del administrador.
Todos los edificios, de volúmenes simples con cubiertas de gran pendiente y amplios ventanales, estaban construidos con madera de lenga, madera de la región y chapa de zinc ondulada o lisa revistiendo los paramentos exteriores.
Otras obras ingeniería, como el muelle de embarque o la línea ferroviaria de trocha angosta para el traslado de la producción completan el conjunto de lo que fuera un importante ejemplo de la política ganadera exportadora de esa época.
El 25 de octubre del 2013 un devastador incendio redujo a cenizas las estructuras del ex frigorífico C.A.P. Los servidores públicos, entre dotaciones de bomberos, vecinos, entre otros, debieron abocar todos sus esfuerzos, durante gran parte del día, para combatir las llamas que se habían iniciado muy temprano por la mañana y parecieron estar controladas pero por la tarde el fuego se reinició para completar su abrasivo trabajo.
Según con lo establecido en la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997, la autoridad de aplicación en este ámbito (MINTUR) tiene por función diseñar e implementar las políticas turísticas de la República Argentina, en el marco de su competencia en cuestiones relacionadas al fomento de la actividad, al desarrollo sustentable, promoción y regulación del turismo y de los recursos y atractivos turísticos, fijando de igual modo los mecanismos de concertación y participación de los sectores públicos y privados, a través de una planificación estratégica que potencie el desarrollo de productos y destinos, fortalezca la articulación institucional con las provincias y las entidades del sector y; en definitiva, mejore la competitividad y sustentabilidad del turismo argentino.
Los objetivos estratégicos de pobreza cero y unión de los argentinos se presentan como ejes de gestión política del Gobierno para trabajar por una mejor Argentina, en todas las dimensiones de su desarrollo. En ambos, el Turismo cumple un rol estratégico, aportando al desarrollo socioeconómico, al arraigo y creación de empleo en las economías regionales, como así también uniendo a los argentinos al viajar por el país, realzando los valores culturales y la identidad de nuestros destinos y pueblos.
A través de políticas activas se busca mejorar la productividad de la cadena de valor turística y generar empleo, desarrollando también programas para potenciar las inversiones, convirtiendo en un eje fundamental de trabajo la remoción de los obstáculos para la inversión, desarrollo y crecimiento de las economías regionales, para que los argentinos tengan la posibilidad de desarrollarse y crecer donde nacieron.
En este marco general, la misión de la Secretaria de Turismo es equiparar las oportunidades de desarrollo turístico en todo el territorio nacional, a partir de un trabajo conjunto entre todos los actores del sector, tendiente a la diversificación de la matriz productiva de las economías regionales y la creación de empleo; impulsando el desarrollo endógeno y sustentable y la competitividad de los destinos turísticos de las provincias, mejorando y diversificando la oferta de productos y servicios, fortaleciendo la cadena de valor turística asegurando la sustentabilidad ambiental, económica, política y sociocultural de las comunidades receptoras.
El desarrollo turístico representa una estrategia eficaz para la inclusión social y la disminución de los niveles de pobreza. La potencialidad turística de todas las provincias argentinas permite establecer una serie de estrategias viables para generar empleo fomentando el emprendedurismo y arraigo en los destinos.
Resulta evidente la relación directa que existe entre niveles de desarrollo turístico y desarrollo local de las áreas receptoras, con el consecuente incremento en los niveles de desarrollo relativo territorial.
Por ello, el presente proyecto de ley manifiesta subsanar una delicada situación que presenta la región de Río Grande la cual actualmente no es receptora turística tanto de la demanda interna e internacional, como lugar receptivo de turismo. Frente a esta situación, se propone potenciar los beneficios derivados de la actividad turística en toda la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a partir de cinco lineamientos estratégicos:
1. Posicionar a la ciudad de Rio Grande como un destino turístico complementario a la ciudad de Ushuaia
2. Promover el crecimiento del turismo interno argentino y de la provincia
3. Mejorar la competitividad y sustentabilidad del sector
4. Aumentar la inversión
5. Promover la creación de empleo en el sector turístico
En base a los objetivos enumerados se posiciona a la Ciudad de Rio Grande como destino turístico complementario a la Ciudad de Ushuaia como principales destinos turísticos de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. De esta manera, se promueve un aumento en la cantidad de arribos a la ciudad de Rio Grande y así aumentar el turismo receptivo internacional de dicha ciudad.
Para el cumplimiento de estos objetivos, es indispensable contar con una herramienta de desarrollo que incluya acciones contribuyentes a la mejora de la infraestructura apropiada, en este sentido, la recuperación del C.A.P y del circuito férreo son indispensables. Destacando los lugares históricos e icónicos de la ciudad de Rio Grande que formaron parte del conglomerado del C.A.P. Además, de fomentar el destino incluyéndolo en el calendario nacional y de promover las economías regionales.
En estas líneas se erige el presente proyecto y por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del mismo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
TURISMO
PRESUPUESTO Y HACIENDA