PROYECTO DE TP


Expediente 5787-D-2018
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA APROBACION DEL PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE Y DA PROTECCION AL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GENERO EN LA REPUBLICA DE CHILE.
Fecha: 14/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 121
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su beneplácito por la aprobación, en una jornada histórica, del proyecto de ley que “Reconoce y da Protección al Derecho a la Identidad de Género”- conocido como ley de identidad de género- en le hermana República de Chile.
La ley, que permitirá a los mayores de 18 años hacer su cambio de sexo registral con un simple trámite en el Registro Civil, mientras que los adolescentes deberán contar con la autorización de uno de sus padres o tutor responsable y la venia de un tribunal de Familia, fue sancionada luego de un largo proceso plural, que contó con el impulso de la pionera comunidad travesti-trans -tuvo su primera marcha hace casi 45 años, el 22 de abril de 1973.
La H. Cámara de Diputados celebra y acompaña la iniciativa y aguarda expectante la pronta implementación de las políticas públicas reglamentarias del derecho.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ayer, 12 de septiembre de 2018, en una jornada histórica en Valparaíso, con el amplio margen de 95 votos a favor y 46 en contra, la Cámara de Diputados chilena transformó en ley el derecho a la identidad de género.
La iniciativa, que ya había sido aprobada en el Senado la semana anterior, recorrió un largo camino de cinco años de discusiones y trámites de idas y vueltas entre ambas cámaras. Se puede seguir una breve cronología de ese periplo aquí: https://www.iguales.cl/incidencia-politica/ley-de-identidad-de-genero/
Señalemos, brevemente, que el 7 de mayo de 2013 ingresó el proyecto que “Reconoce y da Protección al Derecho a la Identidad de Género” –conocido como Ley de Identidad de Género- al Senado.
El texto original del proyecto fue presentado por OTD con el apoyo de Fundación Iguales y redactado por la académica de la Universidad de Concepción y abogada especialista en DDHH, Ximena Gauché y fue patrocinado vía moción por los/as senadores/as Lily Pérez, Ximena Rincón, Camilo Escalona, Ricardo Lagos Weber y Juan Pablo Letelier.
La directora jurídica de Fundación Iguales, Jimena Lizama, dijo a Presentes que este paso es “un hito en el reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas trans y un tremendo triunfo para los y las adolescentes entre 14 y 18 años, quienes podrán acogerse a esta iniciativa”.
http://agenciapresentes.org/2018/09/12/chile-diputados-aprobo-ley-de-identidad-de-genero-es-ley/
Con esta ley, los mayores de 18 años podrán registrar su cambio de sexo ante el Registro Civil, mientras que los menores entre 18 y 14 podrán hacerlo previa autorización de sus padres o tutor y la venia de un tribunal de Familia.
De esta manera, el proyecto permitirá a los mayores de 18 años hacer su cambio de sexo registral con un simple trámite en el Registro Civil, mientras que los adolescentes deberán contar con la autorización de uno de sus padres o tutor responsable y la venia de un tribunal de Familia. La ley solo contempla a mayores de 14 años, por lo que o9rganizaciones de la diversidad sexual realizarán presentaciones ampliatorias del derecho ante la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La ley contó con un amplio abanico de apoyos y acompaña un proceso en el que los tribunales locales y la propia Corte Suprema de Justicia de Chile, venía señalando la deuda histórica con la comunidad LGBT.
En efecto, la Corte Suprema de Chile informó favorablemente el proyecto y advirtió sobre “la deuda del Estado chileno con las parejas del mismo sexo”. La ley establece la obligación de terminar los matrimonios de aquellas personas trans casadas, que quieran realizar un cambio de nombre y sexo registral de sus partidas de nacimiento.
En particular, el máximo tribunal valoró las disposiciones incorporadas al proyecto, como la eliminación del requisito de que ambos padres autoricen el cambio de nombre y sexo registral. Y la posibilidad de que lxs menores de edad puedan solicitar directamente la intervención del juez si no hay acuerdo de los progenitores.
Ahora el proyecto pasará a control preventivo del Tribunal Constitucional por contener normas de naturaleza orgánica constitucional. Luego de despachado, el presidente de la República, Sebastián Piñera, puede formular vetos de naturaleza aditiva, sustitutiva y supresiva, en caso de que no le parezca adecuado el contenido del proyecto de ley. Se estima un mes o un poco más para este proceso. Lo reglamentario es que entre en vigencia en un periodo de seis o diez meses desde su publicación en el diario oficial.
Para finalizar, recordemos que el derecho ha sido consagrado a nivel internacional. El Comité de los Derechos del Niño de la ONU fue enfático en que ningún menor de 18 años puede ser discriminado en razón de su identidad de género y, más aún, que en 2015 pidió específicamente a Chile cesar con este tipo de exclusiones. En efecto, el 30 de octubre del 2015, el Comité expresó a Chile su “preocupación por las limitaciones del ejercicio del derecho a la identidad que sufren los niños homosexuales, bisexuales, transgénero e intersexo”.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que todas las “consideraciones relacionadas con el derecho a la identidad de género (…) son aplicables a los niños y niñas que deseen presentar solicitudes para que se reconozca en los documentos y los registros su identidad de género auto-percibida”.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO PERONISMO PARA LA VICTORIA
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
ALUME SBODIO, KARIM AUGUSTO SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
MOREAU, CECILIA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)