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PROYECTO DE TP


Expediente 5634-D-2018
Sumario: OBSERVATORIO NACIONAL DE LA OBRA PUBLICA - ONOP -. CREACION.
Fecha: 10/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DEL OBSERVATORIO NACIONAL DE LA OBRA PÚBLICA
Artículo 1º.- Creación. Créase el Observatorio Nacional de la Obra Pública (ONOP), siendo un organismo técnico permanente, consultivo, y responsable de difundir la información relativa a los distintos niveles que abarca la ejecución y desarrollo de la Obra Pública en todo el territorio Nacional.
Artículo 2º.- Objeto. El Observatorio Nacional de la Obra Pública tiene por objeto informar a la población de manera periódica el estado físico, financiero y de avance que presentan las distintas obras llevadas adelante por el estado nacional,
Artículo 3°.- Funciones. Son funciones del Observatorio Nacional de la Obra pública:
a) Verificar el uso racional de los recursos públicos asignados a través de las distintas partidas del Presupuesto Nacional en la ejecución de cada obra pública. -
b) Controlar que la realización de la obra pública avance en el marco de lo planificado tanto física como financieramente.
c) Visibilizar e instalar el principio de transparencia en los actos de Gobierno en lo que concierne a obra pública, en la ciudadania -
d) Generar información referida al gasto en obras públicas en forma clara, completa y actualizada. -
e) Elaborar informes y documentos anualmente que describan el estado de situación y las demandas de la Obra Pública Nacional.
f) Establecer una plataforma que permita el acceso a la información de la ciudadanía en forma rápida, clara y eficaz, por medios electrónicos del estado de cada obra pública
Artículo 4º.- Conformación. El Observatorio Nacional de la obra pública estará integrado por: 1 (uno) representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros, 2 (dos) Diputados Nacionales, 2 (dos) Senadores Nacionales, 1(uno) representante del Ministerio del interior del , 1 (uno) representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, 1 (uno) representante de la Unión Industrial Argentina (UIA), 1 (uno) representante de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), 1 (uno) representante de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).-
A los efectos del correcto funcionamiento del Observatorio Nacional de la de la Obra Pública, la reglamentación establecerá la integración de los organismos de apoyo necesarios para el desarrollo de las funciones encomendadas por el artículo 3º precedente.
El Observatorio deberá dictar su reglamento interno de funcionamiento en un plazo máximo de noventa (90) días desde su constitución.
Artículo 5°.- La reglamentación determinara el organigrama de estructura operativa necesaria para su funcionamiento, como así también, las remuneraciones de sus miembros y técnicos que lo compongan en el futuro, los cuales podrán también desarrollar funciones ad-honoren en caso de que así lo manifiesten.
Artículo 6°.- Asignación de Fondos Presupuestarios. El Observatorio obtendrá sus recursos de financiamiento para su funcionamiento en forma proporcional, a través de las partidas presupuestarias que anualmente sean designadas a tal efecto en el Presupuesto Nacional, de las 30(treinta) principales obras que resulten más significativas para cada año.
En consecuencia, aquellas que resulten impactadas cada año, deberán incluir el ítem correspondiente bajo el concepto de Financiamiento ONOP.
Artículo 7°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como objeto la creación de un Observatorio Nacional de la Obra Pública (ONOP), un organismo técnico permanente, consultivo, y responsable de difundir la información relativa a los distintos niveles que abarca la ejecución y desarrollo de la Obra Pública en todo el territorio Nacional.
Con el objeto de aumentar la transparencia en la gestión de las obras públicas, a través del seguimiento por parte de un Observatorio y como la publicación de datos bajo estándares internacionales, brindando información integrada y con una frecuencia de actualización continua, de manera periódica el estado físico, financiero y de avance que presentan las distintas obras llevadas adelante por el estado nacional.
Es importante resaltar que el seguimiento, la publicación, la integración e información de las licitaciones, la ubicación, avance y clasificándolas por tipo y etapa en una base de datos clara, con actualización periódica.
También con este proyecto se pretende transparentar y democratizar, brindar una herramienta a la ciudadanía para que pueda participar, aportar y controlar los actos de gobierno que son públicos.
En cuanto a su conformación el Observatorio Nacional estará integrado de la siguiente manera para garantizar la presencia de todos los sectores, un representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros, dos Diputados Nacionales, dos Senadores Nacionales, un representante del Ministerio del interior del , un representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, un representante de la Unión Industrial Argentina (UIA), un representante de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), un representante de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).
De lo que se trata es de tener una herramienta necesaria para dotar al Estado Nacional de los instrumentos adecuado de acuerdo a los principios de razonabilidad, eficiencia, competencia, transparencia, publicidad, igualdad de tratamiento y responsabilidad de difundir la información y seguimiento relativo a los distintos niveles que abarca la ejecución y desarrollo de la Obra Pública en todo el territorio Nacional para poder visualizarlas de manera georreferenciada, con información desagregada como tipo de obra, monto de contrato, avance, fechas, empresa adjudicada, etc.
Es por ello que tendrá las siguientes funciones, verificar el uso racional de los recursos públicos asignados a través de las distintas partidas del Presupuesto Nacional en la ejecución de cada obra pública, controlar que la realización de la obra pública avance en el marco de lo planificado tanto física como financieramente, visibilizar e instalar el principio de transparencia en los actos de Gobierno en lo que concierne a obra pública, en la ciudadanía, generar información referida al gasto en obras públicas en forma clara, completa y actualizada, elaborar informes y documentos anualmente que describan el estado de situación y las demandas de la Obra Pública Nacional, establecer una plataforma que permita el acceso a la información de la ciudadanía en forma rápida, clara y eficaz, por medios electrónicos del estado de cada obra pública
Por todas las razones expuestas, y las que se agregarán al momento de su tratamiento, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA