PROYECTO DE TP


Expediente 5630-D-2018
Sumario: " BASE NAVAL INTEGRADA Y POLO LOGISTICO ANTARTICO INTERNACIONAL ", EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR. CREACION.
Fecha: 10/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION BASE NAVAL INTEGRADA Y POLO LOGISTICO ANTARTICO INTERNACIONAL
Artículo 1º: Promuévase el diseño, construcción, licenciamiento, montaje, suministro de equipamientos, adquisiciones bienes y servicios, puesta en marcha, operación y financiamiento de la Base Naval Integrada y el Polo Logístico Antártico Internacional en la Provincia de Tierra del Fuego, A.e.I.A.S., conjuntamente con todos los actos necesarios que permitan concretar y materializar los objetivos fijados en la presente ley. Asimismo declárense de interés nacional las actividades anteriormente detalladas.
Artículo 2º: Constrúyase la Base Naval Integrada y el Polo Logístico Antártico Internacional en la Provincia de Tierra del Fuego, A.e.I.A.S., que se ubicará en la península situada al sur de la ciudad Ushuaia (península de Ushuaia), entre las bahías de Ushuaia (al este) y Golondrina ( al oeste).
Artículo 3°: En función de lo establecido en el artículo 2° se constituirá:
a) Una Base Naval Integrada con el objeto de satisfacer los requerimientos logísticos, operativos y técnicos, que contribuirán al alistamiento, adiestramiento y sostenimiento de los recursos humanos y materiales para el control marítimo del atlántico sur en el cumplimiento de las misiones principales y subsidiarias de la Armada Argentina.
b) Un Polo Logístico Antártico Internacional, que tendrá por objeto satisfacer los requerimientos logísticos antárticos, tanto públicos como privados de la República Argentina o de terceros países. Este centralizará el abastecimiento y la prestación de servicios a las dotaciones militares, científicas y civiles, que cumplan tareas en el Continente Antártico y que así lo requieran o demanden.
Artículo 4°: Serán aplicables las excepciones previstas en la Ley 19.640 en relación a los tributos que gravaren la importación para consumo que se realicen de las mercancías destinadas a las obras a las que se refiere el artículo 2° de la presente Ley. El Poder Ejecutivo podrá dictar normas que resulten necesarias para el correcto control y destino de los elementos materiales, repuestos y servicios de importación destinadas a las obras indicadas en dicho artículo.
Artículo 5°: Para la implementación de la presente ley se deberá promover la protección y el cuidado del medio ambiente, adoptando todas las medidas de prevención, mitigación y/o compensación, según corresponda ante los impactos negativos que eventualmente se ocasionen al mismo.
Artículo 6°: El Ministerio de Defensa de la Nación será el órgano de aplicación de presente ley y, en consecuencia, tomará a su cargo todo lo concerniente a la elección de financiamiento, llamado a licitación o concurso nacional o internacional, estudio de pre-factibilidad y factibilidad, proyecto, contratación, ejecución, fiscalización, recepción y puesta en servicio de las obras, las cuales estarán sujetas a las disposiciones previstas en la ley 27.328.
Artículo 7°: El Poder Ejecutivo Nacional otorgará la garantía de la Nación a las obligaciones contraídas, en virtud del artículo anterior, por los montos y condiciones que hubiere autorizado previamente. Asimismo, autorizará a gestionar con intervención del Ministerio de Defensa de la Nación ante bancos y organismos financieros, nacionales e internacionales y de proveedores de bienes y servicios a realizar operaciones de créditos a efectos de la obtención de los recursos necesarios para la construcción y puesta en servicio de la Base Naval Integrada y Polo Logístico Antártico Internacional. Asimismo, asegurará los medios para que la autoridad de aplicación cumpla con los compromisos contraídos y obtenga la financiación de los bienes y servicios provenientes del exterior, la disponibilidad y las respectivas operaciones crediticias necesarias o al efecto, además de la facultad de giro de divisas en que corresponda efectuar los pagos.
Artículo 8°: El Ministerio de Defensa de la Nación queda facultado a independizar administrativamente la ejecución de las tareas relacionadas al estudio de pre-factibilidad, factibilidad y construcción de las obras mencionadas en el Artículo 2°. Podrá, en consecuencia, contratar y designar el personal que corresponda o afectar el ya existente; crear sectores administrativos y técnicos, organismos de enlace y control de la realización de los trabajos sean en el país o en el extranjero, enviar y recibir el personal que fuera necesario para el mejor cumplimiento de tales funciones.
Artículo 9°: El Poder Ejecutivo Nacional establecerá un régimen especial de fiscalización aduanera y despacho a plaza, para la introducción por vía marítima, terrestre o aérea de los elementos relacionados con las obras a las que hace mención el artículo 2º de la presente ley.
Artículo 10°: Los procedimientos llevados adelante para el cumplimiento del artículo 2º y del artículo 6° de la presente ley, junto a su funcionamiento, se encontrarán sujetos al control de la Sindicatura General de la Nación en los términos de la Ley 24.156, debiendo el Poder Ejecutivo nacional informar al comienzo de las obras, las pautas y condiciones sobre su avance físico y financiero.
Disposiciones Transitorias
Artículo 11°: El Ministerio de Defensa, una vez promulgada la presente ley, procederá a:
a) En un plazo no mayor a 60 días redactar la reglamentación de esta ley;
b) A convocar a un grupo de trabajo integrado por: un (1) representante de la Dirección Nacional del Antártico, un (1) representante Ministerio de Ciencia Tecnología, un (1) representante designado por la Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur con el fin de implementar los objetivos y políticas instrumentales necesarias para la adecuada planificación, control y dirección del Polo Logístico Internacional.
c) El Ministro de Defensa, quien a través del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, designará a los órganos competentes con el fin de implementar los objetivos y políticas instrumentales necesarias para la adecuada planificación, control y dirección de la Base Naval Integrada.
d) Queda facultado a celebrar convenios de cooperación que crea convenientes con entres público o privados con el fin de contribuir al desarrollo integral del presente proyecto en términos de diseño, coordinación y todas las actividades conexas para el desarrollo de la logística antártica
e) Declarar el secreto militar a las especificaciones técnicas y operativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la ley.
Artículo 12°: Invítese a la Nación y a la Provincia de Tierra del Fuego A.e.I.A.S a celebrar convenios de cooperación con el fin de contribuir al desarrollo integral del proyecto.
Artículo 13°: La presente ley entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 14°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de ley denominado “Creación de una Base Naval Integrada y un Polo Logístico Antártico Internacional” en cual se constituirá en la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur. A través de estas acciones es factible contribuir a lograr el aprovechamiento integral de la Península de Ushuaia mediante la utilización de los terrenos próximos al Aeropuerto Internacional de Ushuaia “Malvinas Argentinas”.
De esta manera el presente proyecto de ley tiene dos objetivos principales: por un lado, construir una nueva instalación con la infraestructura apropiada para trasladar la actual Base Naval “Almirante Berisso”, con el fin de mejorar la capacidad de despliegue de la Armada debido al estado de deterioro general que presenta. Por el otro, la construcción de un Polo Logístico Antártico en la Península de Ushuaia, que promueve consolidar la capacidad logística antártica y ofrecer una respuesta eficiente y competitiva en torno al posicionamiento de los programas nacionales e internacionales en materia científica.
Con respecto al traslado de la Base Naval, la República Argentina lograría un aprovechamiento integral de la Península de Ushuaia mediante la utilización de terrenos cedidos por parte de la Provincia a la Armada Argentina (Acuerdo Marco Firmado entre el Gobierno Provincial y la Armada Argentina en 2004; Resolución de la Legislatura Provincial Tierra del Fuego. A.e.I.A.S N° 059/08). En este orden de ideas, la utilización de la citada zona se alinea con las responsabilidades asumidas por el Estado ante organismos internacionales en referencia al Sistema de Búsqueda y Rescate (SAR), contribuye al apoyo de las actividades antárticas; favorece el control de los espacios marítimos adyacentes; incrementa las tareas de apoyo a la comunidad y, sobre todo, cumple con las misiones principales y subsidiarias impuestas al instrumento militar.
Además, es licito destacar que la ciudad de Ushuaia creció exponencialmente en los últimos años y la Base Naval quedo dentro del casco urbano de la ciudad junto la actual Planta de combustibles Orión, lo cual puede traer aparejados una serie de siniestros evitables.
Reconociendo los desafíos planteados por el escenario internacional del siglo XXI, es indispensable contar con una concepción eficiente del instrumento militar en base a una rápida capacidad de despliegue, y paralelamente a ello, que la República Argentina se consolide como un actor relevante en la política antártica mundial por medio de la creación y puesta en funcionamiento del Polo Logístico Antártico. Asimismo, que estas acciones tiendan a proyectar el control de la Armada Argentina sobre los espacios marítimos adyacentes, los cuales fueron extendidos por medio de los nuevos límites de la plataforma continental. Por lo tanto, han aumentado las responsabilidades del Estado que ha asumido ante los organismos internacionales en referencia al Sistema de Búsqueda y Rescate, lo cual abarca una superficie muy extensa. De esta manera, la Base Naval Integrada se constituye como un centro de coordinación de suma relevancia para cumplir con las misiones principales y subsidiarias asignadas a la Fuerza.
Por otro lado, el Polo logístico Antártico tiene como principal objetivo satisfacer fundamentalmente las necesidades de la logística antártica propia y de terceros países que operen en el continente blanco, permitiendo a su vez la concreción de futuros proyectos estratégicos a través del fortalecimiento de las capacidades portuarias y logísticas; además de la configuración geopolítica que presenta la ciudad de Ushuaia, como puerta de acceso a la Antártida. Por lo tanto, se generarían nuevas ventajas comparativas en torno a facilidades logísticas, de seguridad física y legal, costos y servicios claves para el funcionamiento del Polo Logístico.
En la década del 80 se sumó al crecimiento de la ciudad de Ushuaia la conciencia de la actividad antártica y la necesidad de abastecer a buques y bases de ese continente, visión que comenzó a tomar forma y vislumbrarse como propia de la ciudad. La construcción de un nuevo muelle orientado a atraer el movimiento de buques de turismo impulsará a que otros países elijan a esta ciudad como punto de apoyo para sus campañas antárticas, viéndose facilitada las actividades relacionadas con la logística por la construcción del Aeropuerto Internacional Islas Malvinas, que permitirá la conexión aérea y el traslado de pasajeros y carga con mayor flexibilidad. No obstante este progreso, nos encontramos ante la percepción de que sería necesario contar a mediano plazo con una infraestructura que permitiera apoyar la proyección nacional hacia el Atlántico Sur y la Antártida, cumpliendo las exigencias de brindar capacidad logística a unidades propias y de terceros países.
Estratégicamente, la República Argentina está en capacidad de convertirse en la puerta de acceso natural a la región antártica, adquiriendo de esta manera un rol de liderazgo internacional. La ciudad de Ushuaia, por su ubicación geográfica, se encuentra en un lugar de privilegio por la cercanía y por las posibilidades naturales y estructurales, a través de la disposición de la infraestructura adecuada para posibilitar el despliegue de los medios necesarios para efectuar el control de los espacios marítimos, insulares y antárticos, contribuyendo decisivamente en el desarrollo y el crecimiento de la Patagonia Austral.
En tal sentido, se estará en capacidad de asistir a las naciones que realizan actividades de investigación científica, logísticas y turísticas en la región antártica, brindándoles los servicios necesarios para el cumplimiento de sus respectivos objetivos.
En la República Argentina, como en la mayor parte de los países con intereses en la Antártida, las Fuerzas Armadas (FFAA) realizan funciones logísticas, como el abastecimiento y el traslado del personal. El Ministerio de Defensa, a través del Comando Operacional Conjunto de las FFAA dependiente del Estado Mayor Conjunto, pone a disposición los medios necesarios de las actividades científicas, personal y medios a fin de llevar a cabo el sostén logístico necesario para que estas puedan realizarse bajo las arduas condiciones climáticas que imperan en la región.
Dicho sostén de la actividad antártica incluye un complejo ciclo que va desde la obtención, almacenamiento, distribución y evacuación de efectos, hasta el posterior transporte de personal y cargas hacia los puntos nodales de distribución. Estas medidas contribuyen a la ocupación efectiva y permanente de la Antártida, misión que nuestro país viene desarrollando desde 1904; para lo cual es fundamental concebir un sistema logístico idóneo, eficiente y ampliamente operativo que satisfaga las necesidades de la campaña antártica en tiempo y forma con el fin último de cumplir con los objetivos e intereses nacionales.
La Republica Argentina tiene una posición favorable caracterizada por: su posición geoestratégica única en el mundo, alta profesionalización técnica de sus recursos humanos (militares y científicos) y la extensa trayectoria en el desarrollo de las campañas antárticas. A partir de la construcción de estos dos instrumentos la Provincia de Tierra del Fuego se consolidara como plataforma operativa, logística, académica, científica, educativa para la comunidad antártica y contribuirá de manera efectiva a la facilitación de los objetivos provinciales, nacionales y al Sistema Antártico Internacional. Además, permitirá constituir un polo de desarrollo económico-productivo que logrará mayores beneficios socio-económicos brindando bienes y servicios altamente especializados para los habitantes de la región.
Asimismo, el presente proyecto de ley no compromete las acciones llevadas a cabo por la política de desarrollo de la economía promovida por el Estado Nacional y le extiende la potestad a la autoridad de aplicación para que defina la instancia administrativa propia para el procedimiento y selección de los organismos que lleven a cabo los estudios y el desarrollo de la obra por medio de la ley de participación pública privada, la identificación del proyecto y su naturaleza, los estudios factibilidad económica y técnica, el monto estimado de inversión, como así también la fuente de los recursos y financiamiento, ya sean del sector público o privado. Además, insta a la Provincia de Tierra del Fuego a adherir a los principios establecidos en el proyecto de ley y a su vez, a contribuir, por medio de la consolidación de un grupo de trabajo, la construcción del mismo.
Finalmente, la Construcción del Polo Logístico Antártico, generaría una enclave de atracción de la actividad antártica a nivel mundial y, a su vez, incrementaría la actividad científica nacional. En contraposición, vale apuntar que en la actualidad, desde Punta Arenas operan 19 programas antárticos nacionales (entre ellos los más importantes del mundo) en tanto que desde Ushuaia lo hacen tan sólo un par de programas en forma parcial, lo que relega a nuestro país a una participación prácticamente irrelevante en materia de posicionamiento como plataforma operativa y logística de la actividad científica internacional en la Antártida.
El Sistema del Tratado Antártico en el cuadrante sudamericano cuyas actividades, comprendidas y alcanzadas en forma inexcusable por el apartado 2 del Art. IV del Tratado Antártico, no se contrapongan con los intereses nacionales en materia antártica, cautelados por el Inciso 1 a) y b) del citado Artículo que apunta principalmente a aquellas que tengan capacidad y especificidad para realizar investigaciones antárticas, pero que carezcan de logística o no tengan oportunidad de acceder al cuadrante sudamericano del continente blanco a través de “programas nacionales”, o al espacio circumpolar de influencia operativa de Ushuaia. De esta manera las potencialidades del presente proyecto son:
1. Posicionamiento internacional de la República Argentina, fortaleciendo las capacidades portuarias y logísticas lo cual deriva en una serie de beneficios conexos tales como el incremento del turismo, las actividades económicas de pesca, intercambio comercial, entre otras.
2. Mejorar las condiciones de infraestructura de la Base Naval optimizando posicionamiento geoestratégico de la Argentina en el escenario Atlántico Sur – Antártida.
3. El propósito de la Base Naval y el Polo Logístico es contribuir activamente en el desarrollo de las potencialidades, aun no explotadas, de la Argentina como actor relevante en términos operativos, logísticos, académicos-científicos y educativos para la comunidad antártica estableciendo a la Provincia de Tierra del Fuego como plataforma de acceso al continente antártico;
4. Contribuir eficazmente a la planificación y realización de las actividades antárticas proyectadas por la República Argentina y terceros países que desarrollen sus actividades en el continente blanco;
5. Explotar las condiciones geopolíticas de la Provincia de Tierra del Fuego, la cual se posiciona a 1000 Km del Continente Antártico y poder capitalizar al máximo la experiencia de los más prestigiosos investigadores, aviadores, helicopteristas, marinos y logísticos para transformar tal experiencia en un potente argumento de excelencia competitiva internacional;
6. Las actividades del Polo Logístico se realizarán bajo un estricto y riguroso cumplimiento de las normas del Sistema del Tratado Antártico y de la Dirección Nacional del Antártico, promoviendo soluciones logísticas y operativas, “en las puertas de la Antártida” lo cual reduce en forma determinante los presupuestos para realizar actividad científica en dicho continente;
7. Por medio de la construcción de la infraestructura apropiada la República Argentina puede ofrecer los siguientes servicios para el desarrollo de las campañas nacionales antárticas y de terceros países, tales como:
a) Facilidad en términos de transporte producto de la cercanía con el Aeropuerto Internacional;
b) Muelle Logístico; Depósitos y Oficinas en Área Austral;
c) Taller de Reparaciones Navales;
d) Plataforma Científica, con instalaciones apropiadas para su utilización (actual CADIC o futuro anexo);
e) Cámaras Frigoríficas –muestras, víveres, etc;
f) Depósitos para Snow-cats, vehículos polares, esquíes, raquetas, indumentaria polar, Carpas rígidas y semirígidas, Equipamiento de campaña;
g) Buques, aviones, helicópteros, Servicios logísticos;
h) Planificación de campañas, estudio y evaluaciones de impacto ambiental;
i) Entrenamiento preantártico;
j) Disposición de material, equipamiento y personas en el área antártica;
k) Auxiliares y personal para atención de campamentos y bases;
l) Gestión de residuos;
m) Aprovisionamiento: insumos, víveres, combustibles y lubricantes, etc.
En estas líneas se erige el presente proyecto y por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA