PROYECTO DE TP


Expediente 5474-D-2019
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA APROBACION DEL "PROTOCOLO PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DERECHO A LA INTERRUPCION LEGAL DEL EMBARAZO".
Fecha: 17/12/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 179
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar el beneplácito de esta H. Cámara por la aprobación del “PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DERECHO A LA INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO”, 2da Edición 2019, por resolución 1/2019 del Ministerio de Salud, publicado en el Boletín Oficial el día 12 de diciembre de 2019.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Hace unas pocas semanas presentamos un proyecto de Ley, registrado bajo el número 5233-D-2019, por el que se promovía la aprobación un protocolo aplicable a los casos en que fuera necesario proceder a la interrupción del embarazo, en los casos permitidos por la ley.
Como dijimos entonces, se trata de una norma que tiene casi 100 años de vigencia, nunca fue reformada, y los criterios de aplicación fueron ampliados por las interpretaciones jurisprudenciales.
La misma Justicia, a través del fallo “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación , había establecido que en los casos mencionados en el art. 86° del Código Penal, la embarazada “… no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible” .
Hace unos meses, la entonces Secretaría de Salud había intentado poner en vigencia un Protocolo, intento que fue frustrado. En esa oportunidad, y considerando razones de salud pública, propusimos su aprobación por parte de este cuerpo. Si bien entendíamos que se trataba de una facultad de las dependencias del Poder Ejecutivo nacional, ejercíamos así una especie de avocación, para proteger la vida y la intimidad de quienes pasaron por la terrible experiencia de una violación, o bien cuando esa vida o su salud se vieran amenazadas por un embarazo.
Es por eso que la decisión del Ministro Ginés González García de sancionar esta resolución, como primera medida de su gestión, es saludada con beneplácito, y esperamos que esta H. Cámara nos acompañe.
Como dice la resolución aludida, “… la aprobación del Protocolo …” “…es un imperativo de la política sanitaria nacional en salud sexual y reproductiva.” y “tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud para que cumplan con su responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino”.
Señala también “… Que, desde el punto de vista de los antecedentes, se han tomado en consideración tanto el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” del año 2019, derogado por el Decreto Nº 785/2019, como su homónimo del año 2015, el que, a su vez, había tomado como base las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles” de 2007 y 2010.”
Por todo ello, invito a los Señores Legisladores a votar afirmativamente esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)