PROYECTO DE TP


Expediente 5425-D-2018
Sumario: SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES - LEY 24241 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 74, SOBRE LA TASA DE INTERES NOMINAL ANUAL A APLICAR EN LOS PRESTAMOS PERSONALES A BENEFICIARIOS.
Fecha: 03/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: se incorpora el inciso o) al artículo 74 de la ley 24.241:
“o) La tasa de interés nominal anual a aplicar en los financiamientos otorgados de acuerdo a lo dispuesto en los incisos m) y n), no podrá superar el 60% ( sesenta por ciento ) de la tasa promedio nominal anual en pesos para préstamos personales del sistema financiero.”
Artículo 2° : : Esta ley será de aplicación para los financiamientos que se otorguen a partir de 30 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3° : Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es de público conocimiento que el haber jubilatorio no es suficiente para que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones puedan cubrir los gastos mensuales. Por ello, muchas veces acceden a los créditos Argentina que otorga el mismo Estado nacional a través de Anses. Estos préstamos utilizan dinero del Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
Sin embargo, los intereses que el mismo Estado cobra a los jubilados y pensionados son demasiado elevados para una población tan vulnerable. Asimismo, el decreto 897/07 de creación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad estableció que la finalidad del mismo debe ser: a) Atenuar el impacto financiero que sobre el régimen previsional público pudiera ejercer la evolución negativa de variables económicas y sociales., b) Constituirse como fondo de reserva a fin de instrumentar una adecuada inversión de los excedentes financieros del régimen previsional público garantizando el carácter previsional de los mismos., c) Contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo. y d) Atender eventuales insuficiencias en el financiamiento del régimen previsional público a efectos de preservar la cuantía de las prestaciones previsionales.
Es decir, la finalidad de creación del Fondo fue preservar los recursos del sistema previsional para garantizar su objetivo principal, que son las prestaciones previsionales en favor de sus beneficiarios. Sin embargo, los intereses que actualmente se cobran a los créditos Argenta perjudican a ese universo de personas.
Para que los préstamos otorgados por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad a los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino y a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo redunden en un beneficio tangible y no generen un ahogo financiero irreparable a los mismos, el presente proyecto propone cobrar una tasa de interés menor a la que resulta del promedio del sistema para préstamos personales.
Entendemos que esta medida tiene aún más impacto debido a la situación de emergencia que viven los beneficiarios de jubilaciones y pensiones. Actualmente, la canasta básica de los jubilados es más que el doble del haber mínimo. Es decir, todo aquel que cobra la jubilación mínima no puede afrontar la mitad de sus gastos básicos mensuales.
En este contexto, las tasas de interés que aplica el sistema Argenta son mayores a los aumentos otorgados por la ley 27.426. EN conclusión, los jubilados y pensionados no pueden afrontar los gastos mensuales por lo que recurren a créditos de Anses que tienen un interés superior a sus aumentos. A modo de ejemplo, al 31 de agosto de 2018 según el informe monetario diario del BCRA, la tasa promedio para préstamos personales en pesos era del 46,79% anual nominal, y la tasa de interés de los “préstamos ANSES “ - antes llamados ARGENTA - para Jubilados y Pensionados, oscila entre el 37% y el 32% nominal anual en pesos, de acuerdo a la cantidad de cuotas .
Sin embargo, los jubilados y pensionados deben ser los primeros en ser beneficiados por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Por eso, en este proyecto se propone utilizar una tasa más favorable como es la Con nuestra propuesta de ley , un préstamo otorgado al 31 de agosto tendría una tasa de hasta el 28,74% nominal anual en pesos, tasa similar a la que actualmente otorga el Banco de la Nación Argentina préstamos a Mypimes.
Si bien no resuelve la emergencia económica y social que viven los jubilados y pensionados de Argentina, este proyecto viene a reducir la injusticia que implica que el Estado cobre intereses que ahogan a la población más vulnerable.
Es por las razones expuestas, que solicito a mis colegas de la Honorable Cámara de Diputados el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNDIS, MIRTA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
MUÑOZ, ROSA ROSARIO CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
RAMON, JOSE LUIS MENDOZA BLOQUE PROTECTORA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RAMON, JOSE LUIS (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES)