PROYECTO DE TP


Expediente 5419-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO PROCEDA A CONSTITUIR EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE).
Fecha: 03/09/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


La Cámara de Diputados de la Nación solicita que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, proceda a constituir en forma plena el Directorio del Instituto Nacional de Semillas (INASE) órgano de aplicación de la ley Nº 20247 de semillas y creaciones filogenéticas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto responde a la necesidad de que este cuerpo se manifieste exigiendo al PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN) el cumplimiento efectivo del artículo 5to. del Decreto 2817 del año 1991 (modificado por la ley 25845) en lo referido a la constitución plena del Instituto Nacional de Semillas (INASE).
El INASE fue creado como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en el ámbito de la Ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con autarquía económica y financiera y con jurisdicción en todo el territorio de la Nación.
Entre sus importantes atribuciones se destaca: ejercer el poder de policía conferido por la ley N° 20.247, entender en la certificación nacional e internacional de la calidad fisiológica, física y genética de todo órgano vegetal utilizado para siembra, plantación o propagación, expedir los títulos de propiedad a las nuevas variedades de plantas conforme a las normas nacionales y a los acuerdos internacionales bilaterales o multilaterales firmados o a firmarse en la materia y elaborar las normas técnicas de calidad de las semillas y creaciones fitogenéticas y biotecnológicas.
La ley 25845 determinó la siguiente integración del INASE:
Art. 5° – La administración y dirección del Instituto Nacional de Semillas (INASE) estará a cargo de un Directorio integrado por un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y ocho (8) Directores. El Poder Ejecutivo nacional designará al Presidente del Directorio a propuesta del Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación. El cargo será rentado y su remuneración será determinada por el Poder Ejecutivo nacional. Los miembros restantes ejercerán sus funciones "ad-honorem". El Poder Ejecutivo nacional designará también a los restantes miembros del Directorio, a propuesta de los sectores que representan a saber:
a) Uno (1) al Consejo Federal Agropecuario (CFA), elegido entre los miembros del Consejo Federal de Semillas (CFS), será quien ejerza la vicepresidencia y reemplace al Presidente en casos de ausencia temporaria o impedimento;
b) Uno (1) representante por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación;
c) Uno (1) será elegido de una terna presentada por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA);
d) Uno (1) a los semilleros;
e) Uno (1) a los obtentores;
f) Uno (1) a los viveristas;
g) Uno (1) al comercio de semillas;
h) Dos (2) a los usuarios, a propuesta de las respectivas entidades y en forma rotativa entre éstas. Los miembros del Directorio ejercerán sus funciones por dos (2) años, pudiendo ser redesignados. En caso de empate, el presidente del Directorio tendrá doble voto.
El Directorio del INASE sigue sin estar constituido con la participación colegiada de los organismos técnicos y representantes del sector. Las sucesivas gestiones han designado transitoriamente Presidentes a cargo del organismo sin constituir el Directorio.
Cabe recordar que de acuerdo al artículo 23 del Decreto PEN 2817/1991 existe un plazo de 45 días corridos para la vigencia de la designación transitoria, vencido el cual se debió completar la integración que dispone la ley 25845.
Resulta llamativo que desde el PEN se este impulsando el tratamiento de una nueva ley de semillas y no proceda a regularizar la conformación de su autoridad de aplicación.
El marco institucional no debe ser menospreciado y el control resultante no debe ser reducido, ya que de lo contrario al amparo de esta retirada del Estado se impondrán los intereses de las multinacionales en detrimento de nuestros intereses como Nación.
Se trata de un tema transcendente para el presente y futuro del sector agrícola argentino que merece ser adecuadamente debatido.
Este pedido se da en un contexto institucional harto preocupante para los pequeños productores del sector rural. Se ha reducido el presupuesto de la Subsecretaría de agricultura familiar. Se produjeron numerosos despidos en el Ministerio de Agroindustria. Además no se aplica la Ley Nº 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la construcción de una nueva ruralidad en la Argentina. La ausencia de políticas para el sector es ostensible.
Por todo lo expuesto es que consideramos de suma importancia emitir un nuevo mensaje político por parte de este cuerpo hacia las autoridades encargadas de constituir el Directorio del INASE. Se trata de una obligación legal insoslayable por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FRANA, SILVINA PATRICIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BASTERRA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996