PROYECTO DE TP


Expediente 5395-D-2019
Sumario: SUBTITULADO PARA PERSONAS CON DIFICULTADES AUDITIVAS EN PLATAFORMAS DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.
Fecha: 04/12/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SUBTITULADO PARA PERSONAS CON DIFICULTADES AUDITIVAS EN PLATAFORMAS DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
ARTÍCULO 1º.- Los contenidos audiovisuales digitales en el territorio de la República Argentina deberán contar con subtítulos en idioma español adaptados para las personas con dificultades auditivas en la totalidad de los contenidos independientemente del idioma en que se encuentre el audio.-
ARTÍCULO 2º.- Será obligatorio para:
a) las plataformas digitales de contenidos audiovisuales con suscripción paga;
b) las plataformas digitales de contenidos audiovisuales de gestión pública y/o perteneciente a entidades educativas;
b) los contenidos a demanda por banda ancha telefónica;
c) los contenidos a demanda de las operadoras de televisión por cable. -
ARTÍCULO 3º.- Las obligadas en el artículo anterior existentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley deberán adecuarse a lo por ella estipulado en un plazo máximo de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. -

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto tiene como objeto garantizar el acceso de las personas con discapacidad auditiva a los contenidos audiovisuales en plataformas digitales en todo el territorio de la República Argentina. La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, tiene en cuenta la independencia de la persona con discapacidad, la participación plena en todos los aspectos de vida, con derecho al acceso en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, al transporte, la información, a las comunicaciones y a todos los servicios abiertos al público y de uso público.
Con la presente iniciativa, se pretende lograr que las personas con discapacidad auditiva puedan disfrutar plenamente de los contenidos audiovisuales que llegan a través de Internet a las pantallas hogareñas. Para ello, es necesario implementar sistemas tecnológicos que permitan la accesibilidad a la información y las comunicaciones de manera efectiva, facilitando su independencia, integración y desarrollo en la sociedad.
El sistema "closed caption" es un avance tecnológico de claro impacto social mediante el cual se traduce el contenido de un programa televisivo o de video, a texto. Incluye también la información sonora del contexto, música y ruidos propios del entorno que se trate para que el televidente active o desactive con el control a voluntad. Aunque la Convención de las Naciones Unidas para las personas con discapacidad no especifica qué prácticas se deben implementar para lograr que los formatos sean accesibles, existe un consenso generalizado para aplicar procedimientos. El subtitulado para personas con discapacidad auditiva se identifica como (SpS). Desde el punto de vista técnico, los programas audiovisuales con SpS, se articulan en torno a tres componentes principales: la palabra oral, la imagen y los subtítulos. Para ayudar al espectador en la identificación de los personajes, los subtítulos tienen que estar sincronizados con la imagen y, en menor medida, con la articulación de los diálogos originales. La información subtitulada, se debe presentar en la pantalla el tiempo suficiente, para que los espectadores puedan leerla, a un ritmo que permita una lectura cómoda del texto.
En las plataformas digitales que son sujeto obligado del articulado presentado, se puede introducir el subtitulado SpS en idioma español como una pista más de subtitulado conjuntamente con los demás idiomas, sin significar una modificación sustancial para aquellas personas que no deseen acceder a los mismos. Técnicamente es de sencilla realización.
Suministrar programas de comunicación accesibles, con tecnologías adecuadas y hacer cumplir la normativa vigente que favorece la accesibilidad de las personas con discapacidad auditiva en función del ejercicio de sus derechos, es una asignatura pendiente. En tal sentido, los avances tecnológicos en materia audiovisual que fueron llegando a los hogares en los últimos años tienen en su base técnica la posibilidad de ser accesibles para más personas. Por lo que no debemos dejar de utilizar esas herramientas para garantizar derechos de accesibilidad a la cultura de las personas con discapacidad. Por los motivos expresados, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HUMMEL, ASTRID SANTA FE PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA