PROYECTO DE TP


Expediente 5369-D-2017
Sumario: OBSERVATORIO NACIONAL DE PREVENCION DE LA VIOLENCIA EN EL SISTEMA DE SALUD. CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.
Fecha: 04/10/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Créase el Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia en el Sistema de Salud, en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 2°.- La presente ley tiene por objeto. desarrollar un sistema permanente y actualizado de información para el diseño, implementación y auditoria de políticas públicas en materia de violencia sanitaria, desarrolladas de modo sistemático, integrado, participativo y multidisciplinar.
Artículo 3°.- Funciones. Serán funciones del Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia:
A) Recolectar, registrar y analizar información comparable; de forma periódica y sistemática sobre violencia, acaecida en el ámbito sanitario ya sea público o privado.
B) Elaborar de manera periódica estadísticas e indicadores específicos, a partir de la información referida en el inciso a) del presente artículo.
C) Promover, a partir de la evidencia desarrollada en el inciso b) del presente artículo, la planificación de nuevas políticas públicas en materia de violencia sanitaria.
D) Promover la generación de redes (locales/inter-provinciales/interestatales) que integren organizaciones no gubernamentales, federaciones, asociaciones, etc. dedicadas a igual problemática, articulando intervenciones para la prevención y el abordaje de la violencia sanitaria.
E) Articular acciones con Observatorios de otras jurisdicciones y otros países, dedicados a igual problemática.
F) Coordinar con las jurisdicciones que adhieran a la presente ley, convenios para el envío de información de los casos de violencia que se produzcan
G) Desarrollar acciones para el posicionamiento, visibilización y generación de espacios de debate, sobre la problemática de la violencia sanitaria.
H) Desarrollar materiales técnicos sobre la violencia sanitaria.
I) Implementar un sistema unificado de información y análisis de datos, sobre una plataforma tecnológica, que permita la carga y recopilación de datos; el procesamiento, análisis y gestión de la información.
J) Crear y mantener una página web actualizada y abierta a la ciudadanía donde se difundan los datos relevados, las estadísticas e indicadores, los estudios y actividades realizadas.
K) Producir informe de evaluación anual sobre el funcionamiento del Observatorio.
L) Implementar un seguimiento de las causas judiciales que involucren hechos de violencia en el ámbito de la salud
Artículo 4°.- Tratamiento de datos. El Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia almacenará, registrará, recopilará y tratará la información obtenida de acuerdo la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, en especial respetará el principio de confidencialidad y realizará un tratamiento no identificatorio de los titulares de datos.
Artículo 5°.- Acceso a la información. Para el cumplimiento de sus cometidos, el Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia podrá solicitar a la autoridad de aplicación el requerimiento de: Informes a organismos públicos o privados, en carácter de fuente de información. A su vez, podrá generar sus propias fuentes de información a los fines de cumplimentar sus objetivos.
Artículo 6°.- Variables de análisis. Serán variables de análisis obligatorio por el Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia:
a) Capacitación del equipo sanitario
b) Factores organizacionales
c) Entorno institucional de seguridad
d) Factores laborales
e) Variables personales en relación al trabajo en establecimientos sanitarios
f) Frecuencia y tipología de las agresiones y los agresores
g) Causas y consecuencias de los hechos de violencia
h) Variables demográficas, sexuales, etarias y por especialidad, así como las que en el futuro incorpore la Autoridad de Aplicación.
Artículo 7°.- Composición. El Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia estará conformado por un equipo multidisciplinario integrado por profesionales de las siguientes áreas: epidemiologia, sociología, psicología, abogacía y medicina/ enfermería; sin perjuicio de sumar otras especialidades. La dirección del Observatorio se ejercerá de entre los integrantes del equipo multidisciplinario.
Artículo 8°.- Asignación Presupuestaria. Los gastos que demande el cumplimiento del a presente ley se imputarán a las partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, correspondientes al Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 9°.- Reglamentación. La presente ley será reglamentada en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días, a partir de su promulgación.
Artículo 10.- Adhesión. Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley
Artículo 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa propone crear una herramienta que afronte una problemática diaria, esto en virtud de la creciente cantidad de profesionales y trabajadores de la salud que sufren agresiones por parte de pacientes, familiares o acompañantes, es una problemática hoy instalada a nivel internacional, donde existe evidencia, basadas en estudios que abarcan desde servicios de emergencias en salas asistenciales como en grandes nosocomios.
Para ello se ha propuesto como objeto, crear en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación, el Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia en el Sistema de Salud.
Las agresiones, tanto físicas como verbales o vía red social, generan consecuencias no sólo sobre el individuo particular, sino también sobre el equipo de trabajo, el resto de los pacientes y la organización en su conjunto. Este fenómeno, es multicausal: factores individuales del autor, factores predisponentes de la víctima, contexto laboral, factores organizativos, culturales, económicos y tecnológicos.
Los efectos de la violencia varían en intensidad y valoración y pueden eventualmente generar daños de tipo psicológico o físico de índole temporal o permanente.
El Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia en el Sistema de Salud, será un instrumento que aporte información sobre el estado de situación del trabajo profesional médico, tanto en el área pública como privada, considerando el derecho de trabajar en condiciones dignas y en un ámbito libre de violencia externa. Esta herramienta apunta a dar a conocer y poner en valor las experiencias vividas por el personal de la salud, apuntando a un ambiente libre de violencia para ejercer la profesión médica, a través de la investigación y difusión de conocimiento, centrado en los derechos laborales y personalísimos.
De esta forma el Observatorio constituye una instancia para ejercer ciudadanía, empoderamiento y fiscalización en los avances de ambiente libre de violencia en el ejercicio de la medicina. Esto incluye una ciudadanía protagonista en los asuntos públicos y en los temas que la afectan en los derechos constituidos y en aquellos por conquistar.
Existe evidencia científica internacional sobre la prevalencia y tipificación del presente fenómeno: en países como Canadá, Colombia, Palestina, Estados Unidos y otros países, que describen y analizan la problemática (Baukje(Bo) Miedema, RyanHamilton, SueTatemichi, AnitaLambert-Lanning, FrancineLemire, DonnaManca, and VivianR.Ramsden, Monthly Incidence Rates of Abusive Encounters for Canadian Family Physicians by Patients and Their Families, International Journal of Family Medicine, 2010, ID 387202; Ernesto Luna-García, Zulma Urrego-Mendoza, Mireya Gutiérrez-Robayo, Alejandro Martínez-Durán, Violencia en el trabajo del sector público de la salud: una visión desde las personas trabajadoras. Bogotá, Colombia. 2011-2012, Rev. Fac. Med. 2015 Vol. 63 No. 3: 407-17; James P. Phillips, M.D. , Workplace Violence against Health Care Workers in the United States, N Engl J Med 2016;374:1661-9. DOI: 10.1056/NEJMra1501998, entre otros).
Sin embargo, no existen estadísticas nacionales concretas respecto a cantidad de casos, denuncias, etc.; a tal fin, en el marco del Programa de Análisis, Prevención e Intervención de las Situaciones de Violencia hacia los Profesionales Médicos llevado adelante por FEMEBA (Federación de Médicos de Buenos Aires), se propuso la realización de una investigación de campo, que se llevó a cabo vía web durante los meses de agosto y septiembre de 2016. Con el objetivo de identificar la magnitud de esta problemática, se realizó una investigación orientada a obtener datos de prevalencia y de perfil epidemiológico sobre violencia laboral hacia los médicos.
A partir de la evidencia que refleja esta encuesta, 6 de cada 10 médicos han experimentado uno o más hechos de violencia contra su persona mientras ejercían la actividad profesional. Prevalecen los hechos en el ámbito público, en la especialidad de clínica médica, tanto en el GBA como en el interior. Cuando se indaga acerca de los posibles desencadenantes del hecho de violencia en sí mismo, emergen como causales principales la demora en la atención, el estado anímico del agresor – paciente o familiar del paciente– y el hecho de comunicar un resultado no esperado.
A fin de comenzar a proyectar medidas concretas de mejora de las condiciones de trabajo, la prevención tales hechos y la actuación sobre sus consecuencias.
es que se propone generar a partir del Observatorio Nacional de Prevención de la Violencia en el Sistema de Salud, influir en las políticas públicas e institucionales destinadas a superar la violencia.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen la aprobación de este Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FRANA, SILVINA PATRICIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEGLER, ALEX ROBERTO MISIONES LIBERTAD VALORES Y CAMBIO
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FRANCO, JORGE DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
PEREYRA, JUAN MANUEL CORDOBA CONCERTACION FORJA
CASTRO, SANDRA DANIELA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SEMINARA, EDUARDO JORGE SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
LOTTO, INES BEATRIZ FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1589-D-2019