PROYECTO DE TP


Expediente 5360-D-2018
Sumario: CREACION DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO DEL CONGRESO DE LA NACION - LEY 27343 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 3°, SOBRE FUNCIONES.
Fecha: 30/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el primer párrafo del Artículo 3° de la Ley 27.343 de Creación de la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, que quedará redactado de la siguiente manera:
“1. Brindar a la OPC el acceso al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) de la Secretaría de Hacienda, al Sistema de Gestión y Administración de la Deuda Pública (SIGADE) de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, al Sistema de Información Financiera para Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes excluidos del Presupuesto de la Administración Nacional (SIFEP), y a cualquier otro sistema de información y gestión de cualquiera de los subsistemas de crédito público, recursos humanos, contrataciones, patrimonio, tesorería, contabilidad y presupuesto de cualquiera de las entidades de la administración pública nacional, para el seguimiento de la ejecución presupuestaria, la deuda pública y operaciones asociadas al manejo de la cuentas públicas, asegurando la compatibilidad con las disposiciones sobre secreto estadístico de la ley 17.622 y de secreto fiscal del artículo 101 de la ley 11.683. A tal efecto, los organismos responsables de dichos sistemas coordinará el acceso a la información a la OPC, responsabilizándose esta última por el debido resguardo de información interna del Poder Ejecutivo nacional.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sobre finales de 2016, bajó la Ley 27.343, se creó la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, cuyo objetivo central es brindar asesoramiento al Honorable Congreso de la Nación en el proceso de control y aprobación del Presupuesto de la Administración Nacional. A su vez, entre sus responsabilidades el organismo deberá realizar evaluaciones de impacto de políticas públicas, de modificaciones tributarias, respecto del federalismo fiscal, así como estudios sobre la evolución de la deuda pública y sus sostenibilidad en el tiempo.
Dada la importancia de este organismo en el fortalecimiento del rol supervisor y regulador del Congreso de la Nación en el proceso presupuestario, tributario y de endeudamiento público, es necesario dotar a la OPC de todas las herramientas que estén al alcance para cumplir con sus funciones de análisis de forma acabada: es necesario reducir al mínimo las asimetrías de información entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento.
Por eso, a través del presente proyecto de Ley se busca ampliar el acceso a los sistemas de información y de gestión que hacen a las operaciones del Sector Público Nacional, sea en lo que respecta a la ejecución de gastos de la Administración Pública Nacional, de las empresas del Estado y los fondos fiduciarios en los que este participa, así como a las operaciones de crédito público de los mismos organismos.
Por ello, y por los argumentos vertidos, solicito a mis pares me acompañen con su voto al momento de sancionar el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LAVAGNA, MARCO CIUDAD de BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA