PROYECTO DE TP


Expediente 5357-D-2018
Sumario: DECLARESE LA EMERGENCIA AMBIENTAL Y SANITARIA DE LA REGION DEL VALLE DE PUNILLA, DEPARTAMENTO DE PUNILLA, PROVINCIA DE CORDOBA, POR EL PLAZO DE TRES AÑOS, PRORROGABLES.
Fecha: 30/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


EMERGENCIA AMBIENTAL Y SANITARIADEL VALLE DE PUNILLA
Artículo 1°: Declárase la emergencia ambiental y sanitaria de la región del Valle de Punilla, departamento de Punilla, provincia de Córdoba, por el plazo de tres (3) años, prorrogables por igual término por el Poder Ejecutivo.
Art. 2°: Créase el Comitéde Emergencia Ambiental del Valle de Punilla (C.E.A.),ente de derecho público inter-jurisdiccional y transitorio, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación con participación del Ministerio de Salud de la Nación. El Comité dictará sus estatutos de organización interna y de operación.
Art. 3°: El C.E.A. estará compuesto por quince (15) integrantes:
a) Un (1) representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación;
b) Un (1) representante del Ministerio de Salud de la Nación;
c) Un (1) representante del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba;
d) Un (1) representante del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba;
e) Seis (6) representantes de los Municipios y Comunas del Valle de Punilla;
f) Un (1) representante del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas;
g) Un (1) representante de la Universidad Nacional de Córdoba;
h) Un (1) representante de la Universidad Tecnológica Nacional Regional Córdoba;
i) Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo de la Nación; y
j) Un (1) representante de la Comisión de Participación Social, creada por el art. 5° de la presente ley.
Art. 4°: Son funciones y facultades del C.E.A.:
a) Elegir sus autoridades;
b) Elaborar un Informe de Diagnóstico de la Situación Ambiental y Sanitaria en la región del Valle de Punilla con los más altos estándares científicos y en un plazo no superior a los noventa (90) días desde la entrada en vigencia de la presente ley;
c) Elaborar un Plan Integral de Control de la Contaminación y Recomposición Ambiental en un plazo no superior a los ciento ochenta (180) días desde la entrada en vigencia de la presente ley;
d) Garantizar el acceso a las prestaciones médicas esenciales y el suministro de medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades producidas por la contaminación ambiental,a las instituciones públicas para los pacientes en general y aquellos en condiciones de vulnerabilidad social en particular;
e) Regular la actividad turística y el recurso turismo, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad en sintonía con la ley 25.997, de Turismo;
f) Promover la unificación de la normativa ambiental;
g) Fomentar el ordenamiento ambiental;
h) Tomar intervención en procedimientos de habilitación, auditoría ambiental y evaluación de impacto ambiental yexigir su realización, actualización o profundización;
i) Intimar a comparecer con carácter urgente a todas las personas, físicas y jurídicas, relacionadas con los posibles daños ambientales identificados;
j) Auditar instalaciones;
k) Imponer regímenes de monitoreo específicos;
l) Recomendarapercibimientos,acciones precautorias y medidas judicialesante las autoridades competentes;
m) Ordenar el cese de actividades o acciones nocivaspara el ambiente, la salud públicay/o la integridad física de las personas, hasta tanto se cuente con los resultados del informe de impacto ambiental realizado con el aval del Consejo Interuniversitario Nacional; y
n) Solicitar a las autoridades competentes, la clausura preventiva y precautoria, parcial o total, de establecimientos o instalaciones de cualquier tipo que lesionen el ambiente.
Art. 5°: Créase la Comisión de Participación Social en el ámbito del C.E.A., con funciones consultivas. Esta Comisión estará integrada por representantes vecinales y de las organizaciones de la sociedad civil con competencia en la materia. Esta Comisión será coordinada por un representante del Defensor del Pueblo de la Nación.
Art. 6°: Créase un Fondo de Compensación Ambiental que será destinado a las acciones y obras públicas destinadas a la prevención, mitigación y recomposición de los daños ambientales, de acuerdo al Plan Integral de Control de la Contaminación y Recomposición Ambiental elaborado por el C.E.A.
Art. 7°: El Fondo de Compensación Ambiental estará integrado por:
a) Las asignaciones presupuestarias incluidas en la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional que efectúe el Poder Ejecutivo.
b) Los recursos que aporten la provincia de Córdoba y los municipios y comunas del Valle de Punilla;
c) Las indemnizaciones de recomposición fijadas en sede judicial;
d) Los subsidios, subvenciones, donaciones y/o legados;
e) Otros recursos que le asigne el Estado nacional; y
f) Créditos internacionales.
Art. 8°: Facúltese al Poder Ejecutivo a reestructurar, modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
Se procederá, con carácter de urgencia, a la asignación de partidas con la finalidad de llevar a cabo el desarrollo de acciones y la construcción de las obras públicas que resulten necesarias como consecuencia de los factores que dieron origen a la declaración del estado de emergencia.
Art. 9°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Valle de Punilla, departamento de Punilla, provincia de Córdoba está en peligro. Son de temer las consecuencias entre la fusión de la indiferencia estatal y los intereses privados.
El catálogode desaciertos contiene, aunque no de manera excluyente, los siguientes conflictos:
a) Residuos sólidos urbanos: El tratamiento de los residuos de Villa Carlos Paz es un asunto pendiente, y hoy significa uno de los grandes contaminantes del Dique San Roque.Con un basural municipal a cielo abierto, donde va a parar, desde hace cinco décadas, toda la basura que generan Carlos Paz y otras comunas de Punilla (Malagueño, San Antoniode Arredondo, Villa Icho Cruz, Cuesta Blanca, Tala Huasi, Mayu Súmaj, Cabalango, Estancia Vieja y Santa Cruz del Lago). El basural casi duplica su vertida en época estival, está en situación de combustión permanente y es origen frecuente de incendios mayores que superan sus límites. La toxicidad del humo es penetrante, generando un pasivo ambiental en el lugar de disposición final de los residuos, con la consecuente contaminación y degradación de este sector. También en Capilla del Monte donde se reúnen los residuos de Santa Isabel, Quebrada de la Luna y Carrizal.
b) Red cloacal: Periódicos análisis realizados en el Dique San Roque, desde hace décadas, revelaron la reciente aceleración del estado de eutrofización (deterioro ambiental) del Dique, informándose sobre la excesiva presencia de algas verdeazuladas que producen la falta de oxígeno y descomposición. La cuenca del Dique está habitada por más 162 mil personas. De ese total, sólo el 22% está alcanzado por redes de cloacas domiciliarias. El resto se sirve de una red de drenaje que recoge y transporta las aguas residuales, industriales y pluviales de toda su población hasta derramarlas en el Dique. Una vez allí esos desechos tóxicos (arsénico, mercurio, fósforos, nitrógeno orgánico, amonio, nitrito y nitrato) sirven en su mayoría de alimento a las algas, que se reproducen sin límite. Estudios realizados por la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba, detectaron la presencia de virus patógenos (astrovirus, enterovirus, polyomavirus, rotavirus, norovirus y picobirnavirus) en sus aguas. La tasa de crecimiento demográfico del Valle de Punilla es sin dudas una de las más altas del país, la expansión en las últimas décadas de loteos en cada una de las localidades no ha sido acompañada por el desarrollo de la infraestructura necesaria en cuanto a los servicios básicos, ni ha sido acompañada por políticas que garanticen el cuidado del medio ambiente. Si a esto le sumamos el incremento poblacional turístico y estacionario, el panorama es perturbador.
c) Bosque nativo: El Bosque nativo del Valle de Punilla en inevitable riesgo de deterioro.Tradicionalmente por los innumerables incendios forestales que arrasaron con el casi 80% del capital provincial.Hace poco por el polémico proyecto de mapa de ordenamiento territorial de los bosques nativos, que convertía zonas rojas -que representan sectores de muy alto valor de conservación del bosque que no deben transformarse- para cambiarlas en zonas de conservación amarillas, -o sea que no deben desmontarse pero pueden ser aprovechadas de forma sostenible-.Y ahora, ante la construcción de la Autovía de Montaña, cuyo proyectado mapa de trazado con una trayectoria recta que va de sur a norte, y en su mayoría atraviesa el faldeo de las sierras, revela que arrasaría con más del 76% de bosque nativo valorado en la máxima categoría de conservación. Tal como sucedió con el Camino del Cuadrado que fue la obra de montaña más cara en la historia provincial, aún hoy siguen poniendo recursos sin encontrarse la ruta en condiciones óptimas. El impacto ambiental y social de esa experiencia fue terrible y hay serias sospechas de negociados inmobiliarios.
d) Minería: Punilla presenta características geográficas que la convierten en una región de las más importantes proveedoras de rocas y minerales de Córdoba. La extracción principal es de minerales y áridos es decir: cal, mica, cuarzos, lajas, etc. Con la presentación del proyecto minero denominado “Mina Nacar” para la extracción de Cuarzo y Feldespato, la declarada Reserva Hídrica Provincial de la zona del Macizo de los Gigantes correría serio riesgo de contaminación ambiental, por lo que varias asociaciones vecinales, montañistas y ambientalistas se pronunciaron categóricamente en su contra. Sobre todo teniendo en cuenta el incidente de la abandonada mina de Uranio que la empresa Sánchez Granel explotó entre los años 1982 y 1990. Es un alarmante antecedente: en 1985 hubo un desborde de los diques de cola (donde se acumulan los residuos) y el agua contaminada llegó al río San Antonio. Aunque las autoridades afirmaron que la "neutralización" fue "rápida", el episodio puso en alerta a la comunidad que comenzó a reclamar por el impacto ambiental; con el tiempo se reconocieron nuevos problemas y, desde que cesó la explotación, hace veintiocho años, todavía no tuvo “remediación” de parte de las autoridades.
e) Autovía: Se generaron varios interrogantes acerca de la modificación del medio ambiente de la Región. Entre los variosconflictos están la Reserva Natural Camín Cosquín, cuencas de agua, pueblos, parques naturales, ríos y balnearios, etc., modificando completamente el paisaje serrano que la identifica y generando inundaciones por la pérdida de las microcuencas. Especialistas, vecinos y organizaciones ambientalistas remarcan el peligro ante la posibilidad de remoción de rocas para establecer la vía de pavimento, y uno de esos tramos atravesaría el yacimiento de uranio “Rodolfo” de Cosquín, lo que implicaría una remoción de suelo,el desprendimiento de Radón (altamente cancerígeno) y la seguridad de sufrir las consecuencias de una contaminación radiactiva.
Para detener el avance de todos estos desatinos, es que solicito a mis pares me acompañen con la sanción de esta emergencia ambiental y sanitaria de la región del Valle de Punilla. Muchas gracias.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RAVERTA, MARIA FERNANDA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALONSO, LAURA V. BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREYRA, JUAN MANUEL CORDOBA CONCERTACION FORJA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA