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PROYECTO DE TP


Expediente 5350-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE LOS CONDUCTORES DE VEHICULOS Y TRANSEUNTES DEN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 46 DE LA LEY 1540, DE CONTROL DE LA CONTAMINACION ACUSTICA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS..
Fecha: 03/12/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo implemente las medidas necesarias para que el volumen de los equipos de sonido utilizado por transeúntes y conductores de vehículos en la vía pública se ajuste a los Límites Máximos Permisibles de Ruido como a los Valores Límites de Transmisión de Vibraciones establecidos en el Artículo 46 de la ley 1540 sobre el Control de la Contaminación Acústica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Solicitar que, en caso de infracción, las sanciones establecidas por la Autoridad de Aplicación sean sanciones sociales de trabajo comunitario.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La preocupación por la protección ambiental de la calidad acústica se manifiesta en diferentes proyectos anteriormente presentados, tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en la Provincia de Buenos Aires y otras Provincias del país. En este sentido, también a nivel nacional se establece la Ley de Tránsito Nro. 24.449, con el con el objetivo de mejorar la calidad acústica del ambiente, regulando el uso de la vía pública y que se aplica a la circulación de personas, animales y vehículos que transitan en ella.
Por otra parte, existen mapeos de actualización periódica que registran la emisión de decibeles por zona, a los efectos de reducir la contaminación sonora y las vibraciones mediante el control de los límites establecidos.
La calidad acústica o presión sonora con la que se perciben los distintos sonidos del ambiente y al que el individuo está expuesto es uno de los parámetros que determinan el bienestar del ciudadano. Cuando estos niveles no son controlados o no se los mantiene debajo de un límite determinado los sonidos se convierten en ruidos. Podemos decir entonces que los ruidos son sonidos desagradables de alta presión sonora que pueden ocasionar perturbaciones y, en el caso de quienes conducen vehículos en la vía pública con un volumen excesivamente alto de sus equipos de sonido pueden ocasionar accidentes fatales. Estamos hablando entonces de contaminación acústica y por lo tanto sería pertinente abordarlo no solo como un problema ambiental sino también como un problema de salud.
Resulta contradictorio que se permita la venta de parlantes y equipos de sonido para automóviles que superan ampliamente las limitaciones máximas establecidas para la protección ambiental de la calidad acústica que afecta tanto a la salud de las personas como al ambiente.
Numerosos estudios comprueban el aumento de riesgos y probabilidad de accidentes en aquellos conductores de vehículos que utilizan volúmenes de sonido muy altos en sus equipos de audio mientras conducen en la vía pública, al disminuir su concentración y aumentar su falta de reflejos
El respeto por las normas que rigen los niveles máximos de ruidos molestos requieren ser controlados con mayor eficacia por parte de los entes de control municipales, provinciales y nacionales.
Por los motivos expuestos solicito la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
URROZ, PAULA MARCELA BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)