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PROYECTO DE TP


Expediente 5150-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO LAS ACCIONES NECESARIAS PARA CONSTITUIR EL "FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOS" (FNECBN), PARA EL EJERCICIO 2018, PREVISTO EN LA LEY 26331 DE "PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL DE LOS BOSQUES NATIVOS".
Fecha: 24/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1. Solicitar al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable; de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda de la Nación realicen las acciones necesarias para constituir el "Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos” (FNECBN) para el ejercicio 2018, como lo ordena el artículo 31 de la Ley Nacional 26.331 de "Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos”.
2. Solicitar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, que se realicen las acciones necesarias para remitir a las Provincias los fondos asignados por el "Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos” (FNECBN) para el ejercicio 2018, conforme a la distribución que fuera ratificada por Resolución 359/18 del Consejo Federal del Medio Ambiente.
3. Solicitar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Hacienda de la Nación, que realicen las acciones necesarias para incluir en el proyecto de ley de presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional para el ejercicio financiero correspondiente al año 2019 los fondos correspondientes al "Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos” (FNECBN) conforme lo ordena del artículo 31 de la Ley Nacional 26.331 de "Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Los Bosques Nativos ".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, tiene como objeto el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad. Para ello establece un régimen de fomento y criterios para la distribución de fondos por los servicios ambientales que brindan los bosques nativos.
Estos fondos son indispensables para que las provincias podamos cumplir con los objetivos de la ley, ya que la base material para desarrollarla exige el ordenamiento territorial de los bosques nativos, la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria, el monitoreo del uso sustentable de bosques nativos, así como su enriquecimiento, entre otras actividades.
El artículo 30 de la misma ley crea el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, con el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques mencionados, por los servicios ambientales que éstos brindan.
Asimismo, establece en su artículo 31 que dicho fondo estará integrado por: a) Las partidas presupuestarias que le sean anualmente asignadas a fin de dar cumplimiento a la presente ley, las que no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional; b) El dos por ciento (2%) del total de las retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración; c) Los préstamos y/o subsidios que específicamente sean otorgados por Organismos Nacionales e Internacionales; d) Donaciones y legados; e) Todo otro aporte destinado al cumplimiento de programas a cargo del Fondo; f) El producido de la venta de publicaciones o de otro tipo de servicios relacionados con el sector forestal; g) Los recursos no utilizados provenientes de ejercicios anteriores.
Este Congreso sancionó la ley de presupuesto para la administración pública nacional, para el presente año, que en su artículo 16 destina las partidas para constituir el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos, pero hasta la fecha no han sido giradas dichas partidas a las Autoridades de Aplicación de las Provincias.
El Consejo Federal de Medio Amiente, (Co.Fe.MA.), organismo permanente para la concertación y elaboración de una política ambiental coordinada entre los Estados miembros – ley 25.675- cursó las solicitudes de las provincias que deben recibir los fondos asignados en el marco de la ley 26.331 al Poder Ejecutivo. Además de ratificar por Resolución 359/18 la distribución de los fondos asignados a la fecha de la aprobación de la misma, cuyos artículos 1 y 2 establecen los siguiente: Artículo 1: Ratificar la distribución de fondos realizada e informada en la COMISIÓN DE BOSQUES NATIVOS de COFEMA del 2 de marzo de 2018 por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 470.500.000.-), la cual corre agregada como Anexo I y forma parte integrante del presente acto. Artículo 2: Acompañar al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en las gestiones a fin de lograr la integración de los fondos pendientes según Ley de Presupuesto 2018 correspondientes al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos y facultar al MINISTERIO a proceder a la distribución de los fondos resultantes.
Cabe señalar que por Decisión Administrativa 06/18 de Jefatura de Gabinete de Ministros se asigna la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 470.500.000.-) al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos, significando un monto menor al consignado en la Ley de Presupuesto año 2018, lo que fuera salvado con posterioridad por Decisión Administrativa N° 338/18 de Jefatura de Gabinete de Ministros asignando a dicho fondo la suma de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000.-). Sin perjuicio de ello a la fecha, y a 10 años de la implementación de la Ley 26.331, no se ha conformado el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos como lo ordena el artículo 31 de la ley 26.331.-
En función de poder cumplir con los objetivos de la ley 26.331 y por las razones que expondré en el recinto, es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DERNA, VERONICA MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
PERTILE, ELDA CHACO JUSTICIALISTA
FRANCO, JORGE DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
WELLBACH, RICARDO MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
FLORES, DANILO ADRIAN LA RIOJA JUSTICIALISTA
CRESTO, MAYDA ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
MACIAS, OSCAR ALBERTO CORRIENTES JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CRESTO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO MACIAS (A SUS ANTECEDENTES)