PROYECTO DE TP


Expediente 5004-D-2016
Sumario: PROGRAMA "TERRAZAS VERDES". CREACION.
Fecha: 11/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: La presente ley tiene por objeto la implementación del Programa de las denominadas “Terrazas Verdes” en el territorio de la República Argentina.
Artículo 2º: El programa tiene como objetivo fundamental contribuir de manera sustentable a la conservación del medio ambiente y mejorar la calidad de vida en las áreas urbanas a través del emplazamiento de diversas especies vegetales en terrazas. A los fines de la presente Ley, entiéndase como “Terraza Verde” al techo de una edificación urbana, cuya superficie está parcial o totalmente cubierta de vegetación
Artículo 3°: La cubierta de un techo, azotea o terraza verde deberá contar con una membrana aislante hidrófuga, carpeta de protección y recubrimiento previa a la capa de grava de drenaje. El espesor mínimo necesario de tierra para que la vegetación prospere debe estar en función a las especies que conformen la cubierta vegetal, no pudiendo exceder los 18cm.
La cubierta se ejecuta según la reglas del arte, aplicándose las mejores técnicas y materiales disponibles.
Artículo 4°: Las pendientes de escurrimiento de las terrazas verdes deben responder a las normativas vigentes en cada jurisdicción y el conjunto debe poseer un sistema de retención para evitar el escurrimiento de tierra.
El método de desagüe a utilizar en las cubiertas de un techo, azotea o terraza verde debe contar con una correcta impermeabilización, la cual debe ser ejecutada con la mejor tecnología disponible.
Artículo 5°: Las “Terrazas Verdes”, en todos los casos, deberán estar separados de los muros divisorios o en muros privativos contiguos o predios linderos a los efectos de evitar molestias a las edificaciones colindantes. Cada jurisdicción establecerá las medidas mínimas de separación en estos casos.
Artículo 6°: Todas las edificaciones que implementen las denominadas “Terrazas Verdes” deberán contar con un cálculo estructural que verifique la resistencia a las cargas que generen las cubiertas verdes, y éstas deberán cubrir como mínimo una superficie del 30% de los techos.
Articulo 7° En caso de que la vegetación de la cubierta requiera de plaguicidas y/o fertilizantes, estos no deberán contaminar el ambiente y en su reemplazo se usaran productos orgánicos biodegradables.
Artículo 8°: El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Artículo 9°: La Autoridad de Aplicación podrá adecuar los aspectos técnicos que considere convenientes para la correcta implementación, seguimiento y control de las denominadas “Terrazas Verdes“.
Artículo 10º: Invitase a las provincias y municipios a adherir a la presente ley e implementar en forma progresiva las “Terrazas Verdes “en los Edificios públicos y en los Edificios construidos o por construirse.
Artículo 11°: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las Terrazas Verdes representan una nueva tendencia en el planeamiento de la construcción urbana. Consisten en una fusión de los procesos naturales con las estructuras construidas por el hombre. Sin dudas la implementación de este novedoso sistema sustentable es un escalón para lograr crear ciudades más saludables.
Los llamados techos verdes no son nada novedoso, pues los Vikingos (del siglo VI de nuestra era), que significa “Hombres del Norte”, mantenían sus construcciones en el techo cubierto con el mismo pasto de sus praderas, sus viviendas a lo lejos, casi no se veían, pues estas se mimetizaban o camuflaban con el paisaje. Otra aplicación se dio en los antiguos Jardines Colgantes de Babilonia, habiendo sido erigidos por el pueblo bajo el mandato de Nabucodonosor, asimismo en la actualidad los pueblos originarios conservan la tradición de “Techos de Tierra”, que les permite conservar la temperatura habitacional.
Una terraza verde, techo verde, azotea verde o cubierta ajardinada es el techo de un edificio que está parcial o totalmente cubierto de vegetación, ya sea en suelo o en medio de cultivo apropiado; este sistema de construcción multicapas sustentable, está realizado a base de cierta vegetación montada sobre membranas impermeables.
Esto no debe confundirse con el tradicional techo jardín, donde la siembra se realiza en contenedores y/o plantadores independientes, ubicados en una terraza accesible.
También conocido como jardines en el cielo, techos ecológicos, etc, consiste en recrear, en la terraza de un edificio existente o a construir, en un balcón aterrazado o sobre cocheras subterráneas, un espacio verde que funcione como un jardín normal.
Estos espacios cumplen varios objetivos:
Es un excelente aislante acústico que, por su concepción, reduce eficazmente todo ruido proveniente del exterior: ruido ambiente, de granizo, precipitaciones, etc.
Las cubiertas ecológicas crean sectores verdes en el entorno urbano. Las plantas sobre la cubierta, conceden a los propietarios la presencia de un entorno natural, en lugar de las típicas superficies negras o grises que habitualmente constituyen las cubiertas llanas, cada vez más presentes en el paisaje urbano.
Aumenta el aislamiento y la eficacia energética de cualquier edificio. Debido a sus propiedades aislantes, éstas cubiertas tienen un gran impacto sobre las temperaturas interiores, reduciendo sustancialmente la cantidad de energía requerida para calentar un edificio en invierno, y enfriarlo en verano. Como resultado, se reduce notablemente los costes energéticos. Otra razón importante es que ayudan a combatir el efecto de isla de calor, ya que los edificios tradicionales absorben la radiación solar y después la emiten en forma de calor, haciendo que las ciudades tengan temperaturas por lo menos 4º C más altas que en las zonas circundantes.
Aumenta la esperanza de vida de las membranas de estanqueidad de manera significativa, ya que las protege de factores perjudiciales como: la radiación UV, el ozono, las fluctuaciones extremas de temperatura; perforaciones, y cualquier otro posible daño físico. De esta manera se limita considerablemente, la eventual necesidad de mantenimiento.
Contribuyen a una mejor calidad del aire. Esto sucede particularmente en los entornos urbanos, en donde la calidad del aire es a menudo insuficiente. La vegetación sobre la cubierta produce por un lado oxígeno, y por otro, absorbe las partículas contaminadas del aire.
Absorben grandes cantidades de agua de lluvia y a la vez, evitan que ésta se dirija directamente hacia los desagües: una gran cantidad del agua es absorbida por las plantas, o se evapora. En el caso de precipitaciones significativas, retrasa el vertido sobre el desagüe, reduciendo la presión sobre los conductos cloacales. Las cubiertas ecológicas a gran escala, pueden reducir considerablemente el riesgo de inundación en las zonas inundables. Filtrando además contaminantes y metales pesados del agua de lluvia.
Favorece el retorno de la naturaleza en las ciudades y zonas industriales. Ofrece una amplia gama de biodiversidad y garantiza a ciertas especies animales, un mínimo de protección del medio ambiente en entornos urbanos. Aves, mariposas y todo tipo de fauna que habita en las ciudades y que necesitan de la vegetación para sobrevivir, pueden encontrar sobre las cubiertas, un lugar ideal para descansar y crear un nuevo hábitat. Asimismo, las terrazas verdes o cubiertas ecológicas pueden ofrecer a los habitantes de las ciudades un espacio funcional y relajante, paliando la ausencia del jardín tradicional.
Esta nueva tecnología es un recurso importante para contribuir a brindarles una mejor calidad de vida a las futuras generaciones.
Señor Presidente, por todo lo expuesto solicito a mis pares, la gentileza de acompañarme en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ CAMPOS, GUSTAVO JOSE CHACO JUSTICIALISTA
FERNANDEZ MENDIA, GUSTAVO RODOLFO LA PAMPA JUSTICIALISTA
MADERA, TERESITA LA RIOJA JUSTICIALISTA
TOMASSI, NESTOR NICOLAS CATAMARCA JUSTICIALISTA
RUBIN, CARLOS GUSTAVO CORRIENTES JUSTICIALISTA
MACIAS, OSCAR ALBERTO CORRIENTES JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL