PROYECTO DE TP


Expediente 4844-D-2019
Sumario: PROHIBASE LA INSTALACION DE EQUIPOS DE SONIDO QUE SUPEREN LOS 90 DECIBELES EN LOS VEHICULOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 5° DE LA LEY 24449, DE TRANSITO.
Fecha: 21/10/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LÍMITE AL VOLUMEN EN VEHÍCULOS
Artículo 1°.- Prohíbase la instalación, tanto en el interior como en el exterior de los vehículos que se encuentren enumerados en el artículo 5º de la Ley Nacional Nº 24.449, de parlantes, unidades de potencia, equipos de reproducción de música y/o sonidos, como así también cualquier otro dispositivo y/o accesorio que permita que el volumen de los sonidos por ellos reproducido supere los 90 (noventa) decibeles.
Artículo 2°.- Los vehículos que se encuentren enumerados dentro de las definiciones del artículo 5º de la Ley Nacional Nº 24.449, que sean incorporados al mercado nacional a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, no podrán contar con parlantes, unidades de potencia, equipos de reproducción de música, radio y/o sonidos, como así también cualquier otro dispositivo y/o accesorio que permita que el volumen de los sonidos por ellos reproducido supere los 90 (noventa) decibeles.
Artículo 3º.- Prohíbase la circulación a todo vehículo enumerado por el artículo 5º de la ley 24.449 mientras reproduce y/o emite música, radio y/o sonidos a un volumen superior a los 90 (noventa) decibeles mediante parlantes, unidades de potencia, equipos de reproducción y/o cualquier otro dispositivo y/o accesorio.
Artículo 4º.- Están exceptuados del cumplimiento de las disposiciones de la presente ley los vehículos de las fuerzas armadas, las fuerzas de seguridad y defensa civil federales y provinciales, las ambulancias, los vehículos de bomberos y de todo otro organismo al que la autoridad de aplicación de la presente ley autorice.
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo Nacional determinará a la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 6º.- La autoridad de aplicación establecerá la pena de multa a aplicar en los casos de incumplimiento de lo dispuesto por la presente ley, la cual deberá ser fijada entre 300 (trescientas) y 700 (setecientas) Unidades Fijas (UF) acorde a su valor en cada Provincia.
Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestro país cuenta con uno de los índices más altos de mortalidad por accidentes de tránsito a nivel mundial. Solo en 2018 se registraron 7.274 víctimas fatales, lo que arroja un valor aproximado de 20 muertes cada 24 hs . Con el objeto de reducir la siniestralidad vial, la normativa vigente prohíbe la utilización durante el manejo de determinados factores que perturban la concentración y capacidad de los conductores. En tal sentido las normas viales de nuestro país prohíben el uso del celular y los auriculares a quienes se encuentran al volante.
En base a lo anteriormente mencionado, el presente proyecto de ley propone que se prohíba instalar, en los vehículos enmarcados en la ley nacional de tránsito, equipos de audio y accesorios que permitan reproducir música y sonidos por encima de los 90 decibeles.
En la actualidad, un segmento de los titulares de automotores es afecto a la instalación de equipos de audio, parlantes, woofers, subwoofers, unidades de potencia, y demás complementos, que permiten superar por amplio margen el volumen recomendado. Estos vehículos terminan convirtiéndose en virtuales “discotecas móviles” que generan malestar al vecino y distracciones al conductor, aumentando la siniestralidad vial . No debemos dejar de mencionar al respecto que determinado tipo de música genera en el conductor determinados niveles de excitación que lo pueden llevar a comportarse con temeridad al volante.
Está científicamente comprobado que la música por encima de los 90 decibles atenta contra la concentración del conductor poniendo en peligro su seguridad, la de los peatones y otros conductores. Según ciertas investigaciones, la música afecta esa carga mental y puede también alterar el ánimo, provocando cansancio, aburrimiento y generando un comportamiento rutinario de baja atención, lo cual puede ser extremadamente peligroso tanto para el conductor como para quienes lo rodean.
Según varios especialistas, la concentración y el rendimiento del ser humano se ve severamente afectado por sonidos de altos decibeles. Entre ellos la música en alto volumen, la que puede ser un factor distractor al momento de conducir un automóvil y generar por ello consecuencias fatales.
Otros estudios resaltan que la música a volumen alto afecta directamente la capacidad del conductor para tomar decisiones de manera correcta, puesto que éste ve severamente disminuidos sus reflejos, motivo por el cual pierde capacidad de responder a tiempo frente a imprevistos repentinos . Lo antedicho puede generar al conductor un retraso de 0,35 segundos en sus reacciones. Esto puede ser clave a la hora de identificar un transeúnte que se cruza y dicha demora en la reacción puede ser la diferencia entre la vida y la muerte. Vale agregar además que la música a los altos niveles expresados hace que resulte imposible para el conductor escuchar los sonidos externos al automóvil. Esto puede generar serios problemas para escuchar indicaciones de distintos operativos policiales, así como también el sonido de sirenas de los patrulleros, autobombas y ambulancias.
Conforme un estudio realizado en Canadá por la Universidad de St. John’s, titulado “Efectos del ruido y la música en humanos y en su rendimiento de tareas: una revisión sistemática” , la música tiene la capacidad de acrecentar el estrés, la ansiedad y la velocidad a la que una persona conduce. También, agudiza la cantidad de errores que se pueden cometer al manejar ya que debido al alto volumen se ven comprometidas las áreas del cerebro responsables de tareas cognitivas y de vigilancia.
De la misma manera, un estudio conducido por especialistas de la Universidad de Florida del Norte llegó a la conclusión de que la música tiene más efectos negativos que positivos a la hora de conducir. Dicho estudio se titula “Efectos de escuchar música en función de la complejidad de la conducción: un estudio de simulador en los diferentes efectos de la música en distintas tareas de conducción” . El resultado de dicho estudio arrojó que los conductores que manejaban con la música en altos volúmenes, en general, no respetaron las luces de tránsito, registraron más casos de colisión, cruces de carriles donde ello no era permitido como así también otros errores cuyas consecuencias habrían sido fatales de no haberse tratado de un simulador. Es decir, de acuerdo al estudio, se presentaron mayores infracciones de tránsito que, debido al alto volumen de la música, en un escenario real podrían haber significado un alto riesgo para la seguridad y vida de los ciudadanos. Por lo tanto, la conclusión a la que se arribó fue que conducir un automóvil es una actividad que demanda una alta carga de trabajo mental . Ello significa que resulta necesario que el conductor cuente con toda la concentración y cuidados posibles, cuestiones que se ven seriamente afectadas si al momento de manejar un vehículo se escucha música a alto volumen.
Como se indicó precedentemente, conducir un auto es una tarea que requiere de extrema concentración y atención. Esto se debe a que la conducción de vehículos demanda multiplicidad de actividades al mismo tiempo. El conductor debe estar vigilante de su propia seguridad y de los pasajeros que se encuentran junto a él, de los peatones, de los demás autos, de los carteles de tránsito, de los semáforos, de las motocicletas, de las bicicletas, de los colectivos, etc. Por ende, al examinar la multiplicidad de factores y variables a las que debe estar sumamente atento el conductor, resulta evidente que no se le permita alterar su concentración y reflejos por más agentes externos que los que ya lo afectan. La música a altos volúmenes afecta la conducción al igual que lo hace el uso del celular, auriculares, e incluso el consumo de alcohol.
En España, se han tomado diferentes medidas para enfrentar esta problemática. Por ejemplo, en Madrid, poner la música excesivamente alta, y superar los límites máximos de ruido entre 7 dBA en horario nocturno o 10 dBA en horario diurno conlleva una multa que puede llegar hasta los 3.000 euros . Lo mismo sucede en Canadá.
En nuestro país, varias municipalidades han tomado dichos ejemplos. En Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, una ordenanza de 2012 establece que es una infracción el hecho de emitir música a alto volumen desde cualquier tipo de vehículo. Dicha ordenanza fue fundamentada por especialistas en el tema que señalaron que la música fuerte dentro de un vehículo “es una inconsciencia total para la conducción, ya que aísla de lo que pasa en el exterior y afecta el sistema nervioso central, por lo que disminuye la concentración y el conductor pierde reflejos” . A partir de la ordenanza se empezaron a ejercer controles para afrontar esta problemática.
En idéntico sentido, desde 2016, la municipalidad de Santiago del Estero labra actas de infracción, multas e incluso el secuestro de los vehículos que pongan música a alto volumen . Asimismo, desde 2018, en la Ciudad de Resistencia, Chaco, se realizan secuestros de automóviles debido al volumen excesivo de música con la cual transitan .
Resulta obvio, aunque vale la pena aclararlo, que las disposiciones aquí propuestas no deben alcanzar a los vehículos que utilizan las fuerzas armadas y de seguridad, como así tampoco a los de los bomberos ni las ambulancias. Dichos vehículos necesitan, para cumplir los cometidos a los que están afectados, contar con dispositivos de emisión de sonido a altos volúmenes como sirenas y altoparlantes que deben ser utilizados en los casos de emergencia. A los vehículos oficiales precedentemente enumerados, la autoridad de aplicación podría incorporar otros.
Permitir que los vehículos circulen con la música a alto volumen no solamente pone en juego la seguridad, sino también la salud pública, contribuyendo a la contaminación auditiva que sufren los ciudadanos. Un auto cuyo equipo de audio convencional haya sido sustituido por uno de alta potencia, al circular, afecta la calidad de vida de otras personas. Cuando, además, ocurre en horas nocturnas, altera el sueño de quienes quieren descansar. Es por ello que los expertos recomiendan manejar con un nivel de música adecuado, puesto que una ciudad calma beneficia la salud mental y física de sus habitantes.
En síntesis, la adopción del presente proyecto de ley beneficiará a todos por igual, sean peatones o conductores, ya que disminuirá la siniestralidad vial y mejorará la calidad de vida de los demás individuos de la comunidad.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares acompañen este presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PICCOLOMINI, MARIA CARLA BUENOS AIRES PRO
BERISSO, HERNAN BUENOS AIRES PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
AICEGA, JUAN BUENOS AIRES PRO
INCICCO, LUCAS CIRIACO SANTA FE PRO
VILLA, NATALIA SOLEDAD BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1114-D-21