PROYECTO DE TP


Expediente 4515-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA PRESENTACION Y COMERCIALIZACION DE MEDICAMENTOS DESTINADOS AL TRATAMIENTO DE PATOLOGIAS CRONICAS, EN ESPECIAL PARA AFILIADOS AL PAMI.
Fecha: 25/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que por intermedio del organismo que corresponda, informe sobre cuestiones relacionadas con medicamentos para tratamiento de patología crónica, a saber:
1°.- Cómo se determina o en base a qué se decide el número de comprimidos por presentación de cada medicamento?
2°.- Existe alguna regulación al respecto?
3°.- Por qué se autoriza a los laboratorios el expendio y/o comercialización de medicamentos con 28 comprimidos para patologías crónicas cuyo tratamiento no puede ser discontinuado?
4°.- Por qué el PAMI no autoriza de manera automática la compra de más de una caja de comprimidos por mes cuando la presentación del producto contiene 28 comprimidos, en el caso de tratamientos de patologías crónicas cuya prescripción es de uso continuo?
5°.- Existe la posibilidad de establecer que para estos medicamentos se autoricen hasta 13 cajas por año, para tener la previsión de que no se discontinúe el tratamiento?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente pedido de informes tiene su fundamento en la necesidad de intentar conocer, cómo se define y autoriza la cantidad de comprimidos por envase de medicamento, teniendo en cuenta los conflictos que esto genera a la hora de que los pacientes con patologías crónicas cuyo tratamiento es continuo, tienen para no discontinuar el mismo.
En efecto, hemos tomado contacto con afiliados al PAMI que tienen que realizar un trámite en particular, para que se les autorice la compra con descuento del producto, dado que se autoriza una caja por mes, aun cuando el tratamiento es prolongado y continuo, como en el caso de la hipertensión para la que se receta la droga TELMISARTAN.
La presentación de este medicamento, cualquiera sea la marca, viene en cajas de 28 comprimidos: Bertel 40mg Comp. X 28 Elea Phoenix; Bertel 80mg Comp. X 28 Elea Phoenix; Bertel D 40mg /12.5mg Comp. X 28 Elea Phoenix; Bertel D 80mg /12.5mg Comp. X 28 Elea Phoenix; Gliosartan 40mg Comp. X 28 Bago; Gliosartan 80mg Comp. X 28 de Bago; Gliosartan Plus 40mg /12.5mg Comp. X 28 Bago; Gliosartan Plus 80mg /12.5mg Comp. X 28 Bago; Micardis 40mg Comp. X 28 Boeh.ingel; Micardis 80mg Comp. X 28 de Boeh ingel.
Teniendo en cuenta esta situación, el paciente indefectiblemente si no obtiene autorización para la compra de hasta 2 cajas por mes, discontinúa el tratamiento, salvo que haga un trámite para que se lo autorice. Recuérdese que hablamos en general de adultos mayores a quienes la necesidad de ir a hacer trámites burocráticos para adquirir el remedio prescripto, le resulta una tarea titánica.
Es por lo expuesto, que pedimos se nos informe cómo se define la cantidad de comprimidos por producto. Si hay un protocolo, reglamento o ley que así lo disponga, si esto es solo decisión de los laboratorios, si existe la posibilidad de que se modifique tal regulación, etc.
Por todo lo expuesto, solicitamos el acompañamiento y aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CAMPAGNOLI, MARCELA BUENOS AIRES COALICION CIVICA
LEHMANN, MARIA LUCILA SANTA FE COALICION CIVICA
MOLINA, KARINA ALEJANDRA LA RIOJA PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)