PROYECTO DE TP


Expediente 4457-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA DISPOSICION 3226/11 Y EL CIGARRILLO ELECTRONICO, ESTABLECIDA POR LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA.
Fecha: 23/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe, a través de la Secretaría de Salud de la Nación, diversas cuestiones relacionadas con la disposición 3226/11 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT). A saber:
Medidas implementadas y estrategias previstas desde el Poder Ejecutivo Nacional para garantizar el cumplimiento de la prohibición de la importación, distribución, comercialización y publicidad o cualquier modalidad de promoción del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “cigarrillo electrónico”.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este pedido de informes se sustenta en la ratificación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) del 1ero de noviembre de 2016. En la misma, y tras haber realizado una nueva evaluación de los efectos del llamado “cigarrillo electrónico”, la ANMAT resolvió ratificar la prohibición para importar, distribuir y comercializar dichos dispositivos y todos sus accesorios (incluyendo los líquidos para recargarlos), como así también la publicidad de los mismos, establecida en la disposición 3226/11 del mismo organismo.
Para la ANMAT, no existen pruebas suficientes para afirmar que los cigarrillos electrónicos ayudan a dejar de fumar y tampoco se ha establecido su seguridad a mediano y largo plazo. Esta decisión, se apoya y sustenta en las recientes investigaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de los acuerdos internacionales sobre el tema, como el Convenio Marco para el Control del Tabaco, que se proponen reafirmar “el derecho de todas las personas al máximo nivel de salud posible”.
En Argentina, el cigarrillo electrónico está prohibido desde 2011, por la disposición de la ANMAT citada anteriormente. Otros países con prohibición total son Nueva Zelanda, Brasil, Uruguay, Colombia y México.
Según especialistas de la Fundación Cardiológica Argentina (FCA), "los peligros asociados a la utilización de cigarrillos electrónicos ya son bien conocidos. De hecho, una editorial publicada recientemente en el Journal of the American College of Cardiology (JACC) alertó sobre esto, especialmente por la orientación que los mismos tienen hacia los jóvenes y los adultos jóvenes y la utilización de diversos saborizantes y aromatizadores para hacerlos más atractivos".
En la Argentina, si bien no se dispone de estadísticas en esta materia, el cigarrillo electrónico ya fue incluido en el registro de factores de riesgo y se sabe que su consumo es cada vez más frecuente producto de una cierta moda y el falso concepto de que es más sano que cigarrillo industrial
No quedan dudas y es nuestra responsabilidad alertar a toda la comunidad, y especialmente a los jóvenes, que el consumo de cigarrillo electrónico no es una moda sino por el contrario, un elemento que causa daño demostrado tanto para el que lo usa como para los vapeadores pasivos".
La médica cardióloga especialista en cesación tabáquica Marta Angueira (MN 70883) alertó a en publicaciones periodísticas sobre las nuevas formas de consumo, al mencionar que "muchos adolescentes se inician en el tabaquismo directamente con el cigarrillo electrónico, mientras que otro grupo lo consume paralelamente al cigarrillo común y un tercero lo utiliza para intentar reemplazar el cigarrillo común”. En definitiva, el consumo en adolescentes está aumentando en forma exponencial",
El peligro de este dispositivo radica principalmente en que permite la administración de cantidades no controladas de nicotina, cantidades no reguladas, a diferencia de los productos farmacéuticos. De igual forma y de acuerdo a lo indicado en una reciente publicación del entonces Ministerio de Salud de la Nación sobre el cigarrillo electrónico (2017), el dispositivo es peligroso para la salud debido a que “los fabricantes de cigarrillos electrónicos no proporcionan información completa sobre los productos químicos utilizados en el proceso de fabricación o sobre los productos químicos que pueden ser liberados o sintetizados durante el proceso de generación de aerosol que se produce durante su uso”.
El mismo informe oficial incluye evidencia que revela la presencia de “tóxicos y compuestos cancerígenos, metales pesados y cromo, plomo y níquel” en los aerosoles del cigarrillo electrónico, siendo el níquel más elevado que los detectados en el humo de los cigarrillos convencionales (Ministerio de Salud de la Nación, 2017, página 10).
Es importante recordar también que el consumo habitual o crónico de nicotina posee efectos cardiovasculares, induce alteración de los lípidos, promueve insulinoresistencia, y puede actuar como promotor de tumores al activar las células malignas en un estadio posterior a la carcinogénesis, promueve la neurodegeneración y la citotoxicidad y produce daño directo del ADN (Ministerio de Salud de la Nación, 2017, página 10).
Sin embargo y pese a las restricciones vigentes, es muy simple adquirir el dispositivo electrónico y sus repuestos, incluso por Internet. Se vende de manera masiva en todas las provincias de nuestro país, y las autoridades de contralor no están llevando adelante tareas efectivas de prevención ni de incautación de estas mercaderías vendidas de manera ilegal.
Actualmente, el tabaquismo es la mayor causa de muerte prevenible en el mundo.
Por este motivo y los argumentos desarrollados, pido a mis pares que me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa que es una adaptación del presentado bajo el expediente 7729-D-2018 de la diputada Carla Pitiot.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)