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PROYECTO DE TP


Expediente 4296-D-2019
Sumario: ESTABLEZCASE EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL EN $ 35.000 (TREINTA Y CINCO MIL) MENSUALES.
Fecha: 12/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 127
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Ley de Salario Mínimo
Art. 1: Queda establecido un salario mínimo, vital y móvil de $35.000 (treinta y cinco mil pesos) mensuales, $1750 (mil setecientos cincuenta) la jornada y $202 (doscientos dos pesos) la hora, en todo el ámbito de la República Argentina. El pago de este salario es obligatorio, tanto para empresas privadas, como dependientes de la administración Pública Nacional, las Administraciones Públicas Provinciales y Municipales y todos los organismos, entidades y empresas donde estos Estados actúen como empleadores.
Art. 2: El salario mínimo, vital y móvil establecido beneficia a todo trabajador mayor de dieciséis (16) años que desempeñe sus funciones en el territorio de la República Argentina, sea su retribución mensual, jornalizada, por hora, o a través de cualquier modalidad o procedimiento.
Art. 3: El salario mínimo regirá para una jornada laboral de 8 horas, 40 horas semanales y 173 horas mensuales y será objeto de los aportes y contribuciones previstos en la legislación vigente.
Art. 4: El salario mínimo de todos los trabajadores de la actividad tanto estatal como privada o empresas autárquicas, sean efectivos o por cualquier modalidad de contratación registrada, no registrada o defectuosamente registrada al igual que el de los jubilados y pensionados, se ajustará automáticamente en forma mensual, según la variación de la canasta básica registrada por el INDEC. El ajuste no tendrá lugar cuando la variación del costo de vida sea negativa.
Art. 5: Se dispone que, por el plazo de dos años a partir de la vigencia de la presente Ley, los trabajadores alcanzados por la misma serán beneficiarios del cobro de un doble sueldo anual complementario (aguinaldo). El plazo será prorrogado si el índice del costo de vida, calculado por el INDEC, sigue registrando aumentos.
Art. 6: Los cuerpos de delegados y las comisiones internas sindicales fiscalizarán el cumplimiento de esta Ley de salario mínimo, vital y móvil; deberá completarse la elección de delegados y comisiones internas en todos los establecimientos y reparticiones del país, en donde no los hubiere. Estas organizaciones de trabajadores se harán responsables de efectuar las denuncias que correspondan al incumplimiento de la presente Ley.
Art. 7: Se deroga toda legislación previa que se oponga a la presente ley en los términos de fijación de un salario mínimo nacional y su indexación mensual.
Art. 8: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El aumento escalonado del salario mínimo, vital y móvil para los trabajadores del sector privado y la Administración Pública Nacional, establecido por decreto por el gobierno nacional, aplicable en los meses de agosto, septiembre y octubre, fija el haber mínimo vital y móvil para el mes de octubre en $16.875. Se trata de un 35 por ciento de aumento en total, a concretarse en tres cuotas: un 13% en agosto, un 12% en septiembre y un 10% en octubre y se fija en $70,62 pesos por hora el ingreso para los jornalizados –muy por detrás del incremento real del costo de vida.
Sin embargo, la canasta básica medida aumentó un 2,5% en julio, por lo que una familia de cuatro integrantes necesitó ingresos superiores a $ 31.934 para no ser pobre, según los datos que dio a conocer a finales de agosto el INDEC. En lo que va del año, al mes de julio la canasta básica aumentó 25,3%, el núcleo familiar de cuatro personas requirió $12.773,78 para adquirir la cantidad mínima de comida que integra la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y no caer por debajo de la línea de indigencia. Este cuadro ha impulsado masivamente a trabajadores ocupados y desocupados a la pobreza y a la indigencia. Los datos de indigencia y pobreza urbanos de la primera mitad de este año serán difundidos por INDEC en el mes de septiembre, pero “se estima que podría rondar el 35%, unos 14 millones de pobres. En la segunda mitad de 2018 el nivel de pobreza fue del 32%” (Clarín). A pesar de los alarmante, estas cifras no contemplan el 30% de devaluación que se produjo después de las Paso. Los $35.000 reclamados en este proyecto para el salario mínimo, vital y móvil, por lo tanto, buscan contemplar el incremento real del costo de vida al mes presente.
Las medidas impulsadas por el gobierno para enfrentar la crisis, están muy lejos de darle una salida. La introducción del cepo y la postergación del pago de las Letes con vencimientos más próximos están lejos de eliminar el riesgo de un default. Están en duda los compromisos, no ya de 2020, sino de lo que resta de 2019. Junto a parte de las Letes que han quedado excluidas de la postergación, deben hacerse frente a bonos que vencen en octubre, al Bonar 24 en noviembre y el Discount a fin de año. Además, el Tesoro deberá vender parte de sus dólares para hacer frente a los compromisos en pesos que tiene de aquí a fin de año. Por otra parte, el default selectivo prepara un default generalizado, porque al patear para adelante los vencimientos añaden nuevos intereses a la deuda original que harán más inviable el repago.
En el marco de este cuadro general lo peor está por venir. Los nuevos sacrificios no van a evitar que el default se agrave. El verdadero cepo es el que se avecina sobre los salarios, las jubilaciones, sobre los planes sociales, la asistencia social, la educación, la salud. En este cuadro de bancarrota económica y de crisis política se están dando grandes luchas como la rebelión de los docentes y estatales en Chubut o la movilización contra el hambre por parte del movimiento piquetero.
La radiografía de la gravosa situación que viven los trabajadores en nuestro país la ilustra el solo dato de que los salarios de la mitad de los trabajadores no llegaban al 50% de una canasta familiar.
Un agravante del valor fijado para el Salario Mínimo es que éste sirve como referencia para la economía no registrada, los planes sociales y el seguro al desocupado. En el caso de los planes sociales, bajo el criterio que rige actualmente, de que un trabajador de los planes “debe ganar” el 50 % del salario mínimo, se condena a estos trabajadores a un nivel de ingreso equivalente al 30% de la canasta de pobreza. Ni hablar de los trabajadores que desarrollan sus tareas bajo contratos precarios o en negro, que ni siquiera recibirían este mísero aumento. El salario mínimo, asociado legalmente al concepto de canasta familiar, ha pasado a ser un ingreso por debajo del nivel de la pobreza.
En oposición a la política de liquidar el salario y las conquistas laborales históricas para rescatar al capital, este proyecto plantea asegurar la reproducción material y moral de la fuerza de trabajo, sobre las mega ganancias que los capitalistas realizan a costa del trabajo obrero. Por eso, planteamos establecer un aumento de emergencia mínimo, vital y móvil que se aproxime a la canasta familiar y mecanismos de actualización que neutralicen la inflación futura.
Cada crisis económica que tuvo la Argentina en los últimos 40 años terminó con un saqueo al nivel de vida de la única clase productora, la clase trabajadora, en favor de un puñado de grandes capitalistas. Así sucedió luego del Rodrigazo de 1975, incrementado con la masacre perpetrada por la dictadura cívico militar a partir de marzo de 1976 y el plan antiobrero de Martínez de Hoz; con la crisis hiperinflacionaria de 1989 y su secuela de bajos salarios reales durante toda la década de los noventa sumados a una hiperdesocupación. Se salió de la crisis de 2001 con una hiperdevaluación y una pesificación asimétrica en favor del gran capital y, como contrapartida, con una colosal desocupación y caída del salario.
El desafío que plantea esta crisis es que la clase obrera -los trabajadores ocupados y desocupados- impongan con su movilización y con la huelga una salida a favor del pueblo trabajador. El punto de partida es la defensa del salario, las jubilaciones y los puestos de trabajo, de tal suerte que la crisis la paguen los capitalistas y no los trabajadores. Con este proyecto, queremos contribuir a un debate nacional en el conjunto de los trabajadores y sus organizaciones, por un congreso de bases del movimiento obrero que resuelva un paro activo nacional de 36hs en el camino de la huelga general por el conjunto de sus reivindicaciones.
Por todos estos motivos es que llamamos a los Diputados y Diputadas de esta Cámara a acompañar este proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DEL PLA, ROMINA BUENOS AIRES FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO