PROYECTO DE TP


Expediente 4084-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA LEY 26816 DE CREACION DEL "REGIMEN FEDERAL DE EMPLEO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD".
Fecha: 29/08/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a través del organismo correspondiente:
1. Disponga las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento integral y efectivo a la ley 26.816 de creación del “Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad” sancionada el 28 de noviembre de 2012, promulgada el 07 de enero de 2013 y reglamentada por decreto N° 1.771 en agosto de 2015.
2. Incorpore en carácter urgente la partida presupuestaria para el financiamiento de dicha Ley en el Presupuesto Nacional 2020.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Creemos que es fundamental el trabajo realizado por las Personas con Discapacidad en los talleres protegidos. La labor de inclusión laboral y la generación de puestos dignos son una marca manifiesta para estos espacios.
En el año 2012 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.816 que dispuso la creación del Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad, en cuyos objetivos principales fue el de promover el desarrollo laboral de las personas con discapacidad mejorando el acceso al empleo y posibilitar la obtención, conservación y progreso en un empleo protegido y/o regular en el ámbito público /privado e impulsar el fortalecimiento técnico y económico de los organismos responsables para la generación de condiciones protegidas de empleo y producción que incluyan a las personas con discapacidad.
En el año 2015 mediante el decreto N° 1771/2015 se reglamentó la ley 26.816, con esta norma se avanzó mucho en diferentes aspectos de implementación general del régimen especial de empleo protegido.
Si hablamos de “inclusión laboral”, las primeras instituciones que pensaron en la posibilidad de trabajo de las personas con discapacidad fueron los llamados “Talleres Protegidos”, creados por la ley 24.147 determinado en su artículo 1 “deberán participar regularmente en las operaciones de mercado y tener la finalidad de asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de adaptación laboral y social que requieran sus trabajadores”.
Hace alrededor de 30 años. Las instituciones fueron modificando su accionar junto con el cambio de paradigma sobre la concepción de persona con discapacidad. Hoy la mayoría de ellas están conformadas como productivas derribando barreras que impiden su plena participación.
En ese sentido, una de las principales preocupaciones es que las personas que están empleadas hace 20 años y tengan 45 años de edad, logren acceder a una jubilación cumpliendo lo especificado en la Ley 26.816. Hoy los operarios que cumplen estas condiciones aún no pueden acceder a la jubilación habilitada por la ley.
Por ello, para que las personas con Discapacidad lleguen a trabajar la cantidad de años que les permita acceder a una jubilación, son fundamentales las acciones que favorezcan la creación y el sostenimiento económico de los “Talleres Protegidos” y las personas empleadas en ellos.
El presente proyecto tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que disponga las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a la Ley 26.816 de creación del “Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad”. Creemos que a más de seis años de su promulgación y, a 4 años de su reglamentación, sigue sin implementarse.
Por todo lo anteriormente expuesto, exigimos la urgente inclusión de una partida presupuestaria en el Presupuesto Nacional 2020 para el financiamiento de la Ley 26.816 de “Régimen Federal de Empleo Protegido” y los derechos de las personas con discapacidad, expresados en la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad que por Ley N° 27.044 posee rango Constitucional.
Por todo lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares al presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CONTIGIANI, LUIS GUSTAVO SANTA FE FRENTE PROGRESISTA CIVICO Y SOCIAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)