PROYECTO DE TP


Expediente 3983-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 27351, GRATUIDAD DE TARIFAS DEL SERVICIO ELECTRICO PARA USUARIOS ELECTRODEPENDIENTES.
Fecha: 02/07/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del organismo que corresponda, tenga a bien informar a esta Honorable Cámara respecto a la efectiva aplicación y cumplimiento de la Ley N° 27.351, Régimen Tarifario especial gratuito para Usuarios Electrodependientes por Cuestiones de salud:
1. ¿Cuál es el grado de cumplimiento por parte de las Distribuidoras de Energía eléctrica en la entrega de Fuentes Alternativas de Energía –FAE- a los Usuarios Electrodependientes –UED- en los casos que corresponda?
2. Solicitamos nos suministre copia del Registro que llevan las Concesionarias, de las FAE y su punto de conexión, una vez instaladas y operativas.
3. Solicitamos remita documentación que acredite el cumplimiento de la obligación de las Distribuidoras de tener actualizados y georreferenciados los suministros de los UED que se encuentren registrados por ante el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS).
4. ¿Cuál es la evaluación práctica del Procedimiento para la Gestión de Reclamos de usuarios denominados Electrodependientes en términos de la ley N° 27.351 y del Procedimiento habitual por reclamos ante falta de suministro (Resolución 112/2018 Anexo I Expte. 49.245/201 ENRE)?
5. Respecto al Procedimiento mencionado en 4), ¿Solicitamos nos suministre los informes de las Distribuidoras de energía eléctrica con relación: a) Si tienen instalada FAE, con su autonomía; b) Si se restituye una FAE por agotamiento en el transcurso del corte, su tiempo límite de autonomía y, eventualmente, el reemplazo de baterías o equipamiento; c) Las condiciones de restitución del servicio; d)Los datos y medios de comunicación de los responsables para el envío de correos electrónicos.
6. ¿Cuál ha sido el resultado de la implementación, por parte de las Distribuidoras de energía eléctrica, de una línea telefónica especial gratuita de atención personalizada, destinada exclusivamente a la atención de los usuarios electrodependientes? (Resolución 544/2017 ENRE).
7. Sin perjuicio de que es el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud, creado y a cargo del Ministerio de Salud (Resolución 1538/2017 M. Salud), el que otorga los beneficios dispuestos en la ley N° 27.351, las Resoluciones 67/2018 ENRE y 627/2018 M Salud, establecieron una prórroga al plazo de gracia para la vigencia exclusiva del registro mencionado, y, por lo tanto también se prorroga la vigencia de los Registros transitorios que llevan las Distribuidoras de energía eléctrica hasta seis meses a partir del 4/04/18. ¿En virtud de lo expuesto, solicitamos nos informe si se han tomado todas las medidas necesarias para garantizar la efectiva comunicación de tal circunstancia a todos los usuarios que se encuentran en dichos registros?
8. Respecto a las campañas de difusión, educación y concientización con el fin de promover los derechos de los electrodependientes por cuestiones de salud y de los principios comprendidos en la ley, ¿Cuáles han sido los medios de difusión y cuando fueron difundidas?
9. ¿Han cumplido las empresas distribuidoras con la obligación de que las facturas por los servicios de provisión de energía eléctrica contengan una leyenda acorde a los principios de la ley?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 22 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la Ley N° 27.351, de Electrodependientes, que garantiza el servicio y la gratuidad del suministro eléctrico para los hogares con personas cuyos problemas de salud los obliga a depender del uso permanente de equipos eléctricos. La iniciativa legislativa, impulsada por el Bloque de que soy parte, fue aprobada por unanimidad en esta Honorable Cámara.
Motiva este proyecto la muerte del Valentino, un niño de 5 años electrodependiente debido a su parálisis cerebral. Valentino murió tras un corte de luz de más de doce horas en su casa de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires; allí a través de la Ley 14.988 la provincia adhirió a la Ley 27.351. No daré más detalles del caso, con estas breves líneas alcanza para acordar en lo absurdo e irremediable, y a la vez absolutamente evitable de la pérdida de esta vida, toda vez que se trata de una persona que necesitaba de la energía eléctrica para poder vivir, tan simple y complejo como eso.
Atenta a la protección de quienes están en situación de vulnerabilidad y con miras a proteger sus derechos, y atenta al inicio del tarifazo energético impulsado por el Gobierno Nacional, en el año 2016 presenté un proyecto ley estableciendo una tarifa diferencial para personas electrodependientes (Expte. 4524-D-2016), el cual fue unificado con otros para dar lugar a la Ley 27.351 que rige desde el 26-04-17.
La ley de referencia establece un Régimen Tarifario Especial Gratuito aplicable a los usuarios que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud. Asimismo, la ley determina una serie de actos que son operativizados por diversas resoluciones del Ente regulador, Ministerio de Salud y el Ministerio de Energía, a saber:
• Resolución 292/2017 ENRE – instruye a Edenor y Edesur a trasladar a los usuarios electrodependientes UED, las bonificaciones establecidas, valorizando en cero los cargos fijos.
• Resolución 544/2017 ENRE – Aprueba el Reglamento Técnico para la Provisión de una Fuente Alternativa de Energía (FAE) para los electrodependientes incorporados en el Registro de Sistema Argentino de Información Jurídica Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS) creado por el Ministerio de Salud de la Nación. También establece la implementación de una línea telefónica especial gratuita de atención personalizada, destinada exclusivamente a la atención de los usuarios electrodependientes.
• Resolución 1538-E/2017 - Ministerio de Salud, crea el Registro de Electrodependientes por cuestiones de Salud (RECS) con fecha 21-9-17.
• Resolución 67/2018 ENRE – prorroga hasta el 31 de julio de 2018 la vigencia de los registros de electrodependientes que llevan las distribuidoras en lo que respecta a todos los beneficios dispuestos en la ley 27.351.
• Resolución 627/2018 M. Salud – prorroga el plazo de gracia para inscribirse en el RECS por seis meses a partir del 4-04-18.
• Resolución 112/2018 ENRE – Anexo I Expte. 49.245 – Pautas para la Gestión de las Fuentes Alternativas de Energía y Expte. 49.245/201 Adecuación del Procedimiento para la Gestión de Reclamos de usuarios denominados Electrodependientes en términos de la Ley n° 27.351 y del Procedimiento habitual por Reclamos ante falta de suministro.
Las resoluciones descriptas establecen obligaciones para las empresas distribuidoras de energía eléctrica, las que deben ser controladas por el respectivo ente regulador y que han resultado de insumo para el presente pedido de informes.
Por las razones expuestas, convencida de la necesaria aclaración que deben proporcionar los actores involucrados y con la intención de contribuir a despejar oscuridades en un tema tan sensible, es que solicito a mis pares su acompañamiento para la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESPINOZA, FERNANDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
29/08/2018 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS. FECHA DE COMUNICACION: 05/09/2018 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA