PROYECTO DE TP


Expediente 3954-D-2019
Sumario: SUSPENDER POR EL PLAZO DE SEIS MESES, LA INICIACION DE JUICIOS DE EJECUCION FISCAL.
Fecha: 20/08/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SUSPENSIÓN DE JUICIOS DE EJECUCIÓN FISCAL
ARTÍCULO 1°. - Suspéndese por el plazo de seis (6) meses, desde el momento de la aprobación de la presente ley, la iniciación de juicios de ejecución fiscal a los contribuyentes y/o responsables, sean personas físicas o jurídicas, aplicable para el cobro judicial de obligaciones impositivas y/o de recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, cuya recaudación se encuentra delegada en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
ARTÍCULO 2°. - Cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, por las que se hubiera trabado embargo sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras, la dependencia interviniente de la AFIP correspondiente a los sujetos a que se refiere el Artículo 1°, deberá arbitrar los medios para el levantamiento de la aludida medida cautelar.
En todos los casos, dicho levantamiento se efectuará mediando transferencia de los fondos retenidos por las entidades financieras a la cuenta del contribuyente.
Lo dispuesto precedentemente aplica a las ejecuciones fiscales de contenido impositivo, previsional y mixto.
ARTÍCULO 3°. - A los fines del otorgamiento de los beneficios establecidos por esta ley, los responsables deberán realizar la correspondiente solicitud mediante la presentación de una nota -con carácter de declaración jurada-, ante la dependencia de la AFIP en la que se encuentren inscriptos.
ARTÍCULO 4°. - De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La actual situación económica de las empresas en la Argentina es muy compleja y tiene dificultades que son de público y notorio conocimiento. Existen cientos de empresas cerrando diariamente, lo que impacta en el mercado del trabajo y en los índices de actividad económica.
En ese sentido, cada sector de la economía y cada región del país se ve impactada de un modo distinto.
Es conocido que cada vez es más difícil para las empresas poder sostener la totalidad de sus costos fijos y variables, los cuales son integrados por alquileres, sueldos, cargas sociales, tarifas, impuestos y demás.
A su vez, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha emitido un plan de facilidades de pago que no ha sido satisfactorio para los contribuyentes.
Por ello es que pedimos la suspensión del inicio de nuevos juicios de ejecución fiscal sobre contribuyentes y/o responsables sean personas físicas o jurídicas, aplicable para obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, cuya recaudación se encuentra delegada en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
A su vez, planteamos que los procesos de ejecución fiscal iniciados deberán levantarse los embargos y/o medidas cautelares trabadas sobre fondos líquidos, a los efectos de que los contribuyentes afectados puedan continuar con su giro económico.
Dicha medida tendrá un plazo de vigencia de seis (6) meses desde la aprobación de la ley.
De hecho, dicha medida solicitada en el presente proyecto de ley fue instaurada en mediante la Resolución General 4543/2019 de la AFIP, pero con aplicación a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
En ese sentido, entendemos que todo el país tiene una situación económica con similares dificultades a Tierra del Fuego y sería de gran utilidad una medida paliativa de estas características.
Es por estos motivos solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
CRESTO, MAYDA ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
FRANCO, JORGE DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
WELLBACH, RICARDO MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
MACIAS, OSCAR ALBERTO CORRIENTES JUSTICIALISTA
DERNA, VERONICA MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
MORALES, FLAVIA MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MOISES (A SUS ANTECEDENTES)