PROYECTO DE TP


Expediente 3535-D-2016
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL DICTADO DEL DECRETO N° 721/2016 EL CUAL AFECTA LOS PRINCIPIOS DE LA SUPREMACIA DE LA AUTORIDAD DE CONTROL CIVIL SOBRE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 10/06/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 71
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su repudio al Decreto Nº 721/2016 del Poder Ejecutivo Nacional.
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional proceda a la pronta derogación de las disposiciones del Decreto Nº 721/2016 que afectan los principios de la supremacía de la autoridad de control civil de las Fuerzas Armadas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Declaración tiene por objeto expresar la preocupación que nos genera lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nº 721/2016; en cuanto al control del poder civil sobre las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
La Doctrina Militar de la Democracia, quizás sea una de las pocas políticas de Estado que desde el advenimiento de la Democracia ha tenido una continuidad indiscutida y apreciada por todo el pueblo Argentino.
Recién asumida la Presidencia el Dr. Raúl Alfonsín tuvo como objetivo que sus primeros actos de su gobierno tuvieran que ver con asegurar la democracia para todos los argentinos, cosa que parecía una utopía en ese entonces, debido a la sucesión de interrupciones militares en la vida democrática, pero que hoy, a más de 32 años, podemos afirmar que la democracia llegó para quedarse.
La creación de la CONADEP y el Juicio a las Juntas nos dieron la verdad y el castigo a los culpables, respectivamente; sacando a la luz la nefasta organización de tortura y muerte que fue la dictadura militar de 1976. Era necesario además, poner límite a la corporación militar.
En Enero de 1984 y siendo éste el puntapié inicial de la Doctrina Militar de la Democracia, se dicta el Decreto Nº 436/1984 que le daba al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, o sea al Presidente de la Nación, y como facultad delegada al Ministro de Defensa autoridad absoluta para inmiscuirse en el manejo de las Fuerzas Armadas en todos los estamentos.
Recordemos que en ese entonces las leyes vigentes establecían que los militares solo podían ser enjuiciados por tribunales militares sin importar el delito que hayan cometido, a sabiendas de eso y a menos de tres meses de asumir el nuevo gobierno en febrero de 1984, este Congreso, reformó el Código de Justicia Militar estableciendo que la justicia militar solo atendería en delitos de tipo militar. Precedente ese, que sin dudas continúa con esta política de estado.
Luego vinieron la Ley de Defensa de la Democracia, la ley de Defensa Nacional y la Ley de Seguridad Interior que fueron aprobadas con amplísimo consenso de los legisladores y de la sociedad en su conjunto. Se había logrado el control civil de la corporación militar y de la fuerzas de seguridad.
El Decreto Nº 721/2016 viene a desandar parte de este camino recorrido en pos de la democratización de las fuerzas, y que tantas vidas nos costó. Retrocede al esquema organizacional de las Fuerzas Armadas al 24 de Marzo de 1976.
Más allá del repudio del referido decreto, es importante hacer hincapié en algunos puntos, que afectan la supremacía de la autoridad de control civil de las Fuerzas Armadas.
Se faculta a los jefes militares a realizar las designaciones docentes de las escuelas militares, situación que en su momento resultó nefasta para la historia nacional. Ese hecho permitió la incorporación de docentes que justificaban la aplicación de torturas para defender lo que denominaban “el mundo occidental y cristiano” y que culminó con la aplicación de la Doctrina de Seguridad Nacional que nos dejó 30 mil desaparecidos.
Se habilita además a los Jefes Militares a designar personal civil, que si bien puede tratarse de un mero nombramiento de personal administrativo, no puede obviarse que nos encontramos ante la certera posibilidad de incorporar un agente civil de inteligencia.
A partir del Decreto Nº 721/2016 los Jefes Militares podrán también incorporar asesores militares, sacándolos de la condición de retiro efectivo y pasándolo al servicio activo, dejando la posibilidad que alguien relacionado con el proceso represivo aún sin condena ni proceso vuelva a prestar funciones, sin pasar por el filtro civil.
La historia, duramente, nos ha enseñado que las Fuerzas Militares deben estar subordinadas al poder civil. Este decreto significa un grave retroceso en ese sentido y no se puede tomar como un hecho aislado. Es necesario mantener el control civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
Es imperante que el Poder Ejecutivo revea la decisión y derogue el Decreto Nº 721/2016 inmediatamente, en las disposiciones que afectan la supremacía del control civil de las Fuerzas Armadas.
No podemos quedarnos callados, ni dejar de prestar atención a los indicios que nos indican que tal vez en breve estemos discutiendo que los presos condenados por delitos de lesa humanidad, son en realidad presos políticos.
Por los motivos expuestos, solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOREAU, CECILIA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
PITIOT, CARLA BETINA CIUDAD de BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
RAFFO, JULIO CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO Y TRABAJO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 6411-D-18