PROYECTO DE TP


Expediente 3534-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA PROCEDER A LA REVISION DE LA RESOLUCION 1254/18 DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, EN RELACION A LA MODIFICACION DE LAS INCUMBENCIAS PROFESIONALES Y ACTIVIDADES RESERVADAS A LA ARQUITECTURA.
Fecha: 07/06/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 64
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, proceda a la revisión de la Resolución nº 1254/18 suscripta por el Sr. Ministro de Educación en fecha 15 de Mayo de 2018, en relación a la modificación de las INCUMBENCIAS PROFESIONALES Y ACTIVIDADES RESERVADAS A LA ARQUITECTURA y que a su vez, se constituya una instancia de consulta y/o participación directa que incluya la convocatoria de la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos y/o los Colegios de Arquitectos de las Provincias argentinas.
De forma. -

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA) y diversos Consejos Superiores de Colegios de Arquitectos Provinciales (entre otros, el Consejo Superior del Colegio de Arquitectos de la Provincia del Neuquén) han emitido comunicados de prensa donde se manifiesta el rechazo -expreso y fundamentado- de la Resolución nº 1254/8 emitida por el Ministerio de Educación de la Nación en fecha 15 de Mayo del corriente año, disposición que modifica las incumbencias profesionales y actividades reservadas a la profesión de arquitectura.
La citada Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA), como asimismo, los Colegios de Arquitectos Provinciales que la componen, presentan justamente entre sus objetivos, debatir y generar acciones para mejorar la actividad profesional; impulsar la política de concursos para los proyectos de arquitectura de orden público y privado; generar acciones de acercamiento con las instituciones a nivel Nacional, que permitan articular trabajos para la matrícula; analizar el ejercicio profesional y su problemática; articular acciones de capacitación, etc.
En dicho marco de acción, los representantes de todo el país, excepto Tierra del Fuego por no encontrarse presente, expresaron el rechazo a lo resuelto en la normativa precedentemente descripta, la que avala lo resuelto por el Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional.
A juicio de las entidades que nuclean a los mencionados profesionales, la resolución genera un controvertido y poco claro listado de actividades reservadas a la Profesión de Arquitectos; de manera tal que tiene potencialidad para poner en duda y cuestionamiento los alcances de los títulos de grado de los Profesionales egresados de la Universidades Nacionales y Privadas.
En este sentido, debe tenerse presente que la Resolución nº 1254/18 establece entre sus ítems que las actividades reservas a la profesión de Arquitecto son:
1. Diseñar, calcular y proyectar estructuras, edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento e infraestructura, y otras obras destinadas al hábitat humano, en lo concerniente al ámbito de su competencia.
2. Dirigir y controlar su construcción, recuperación, renovación, rehabilitación, refuncionalización y demolición.
3. Certificar el funcionamiento y /o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.
4. Proyectar, dirigir y evaluar lo referido a la higiene y seguridad en lo concerniente a su actividad profesional.
A criterio de la Federación, y según un trabajo encomendado a las arquitectas especialistas Emilia Vitale y Graciela Runge, la resolución de cita contiene las siguientes fallas:
1. Contiene incumbencias o actividades profesionales reservadas al título, pero no incluyen la totalidad de la temática propia de la Arquitectura;
2. Expresa enunciados que no responden a una metodología prevista, ya que difieren entre sí en la forma y carecen de congruencia interna y de autonomía para su comprensión;
3. Sus omisiones limitan las posibilidades de desempeño laboral;
4. No se ha realizado con el grado de participación con que se formuló la norma reemplazada.
Asimismo, en el citado trabajo se expresa que el contenido temático agregado en las actividades previstas para el título, no resulta inclusivo de las cuestiones que atañen a la Arquitectura, por faltarle:
1. La planificación urbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos;
2. El ordenamiento físico-ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural;
3. El asesoramiento en la elaboración de normas vinculadas a la problemática arquitectónica y urbanística;
4. El control técnico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura;
5. El parcelamiento destinados al hábitat humano;
6. El equipamiento interior y exterior, fijo y móvil, destinado al hábitat del hombre.
Se concluye que los términos incluidos en la citada Resolución administrativa resultan “atentatorios contra el ejercicio profesional, en particular de la disciplina que nos convoca, vale decir la ARQUITECTURA”.
Atento a ello, se considera oportuno y necesario que el Ministerio de Educación de la Nación proceda a la inmediata revisión de la Resolución nº 1254/18, al menos, en relación a las incumbencias profesionales de los arquitectos y que a la vez, constituya una instancia de participación y consulta que incluya necesariamente la opinión de los máximos interesados en esta actividad, esto es, los profesionales arquitectos ya graduados nucleados en las entidades de nivel federal (FADEA) y en los Colegios Profesionales Provinciales.
Debe tenerse presente que según lo manifestado nunca otorgó participación a los profesionales de Arquitectura, no entendiéndose la razón por la cual el ámbito académico universitario no incluyó la consulta a los Colegios o Asociaciones Profesionales, siendo que los graduados también forman parte de los claustros de gobierno universitarios.
Por los motivos expuestos, solicito a los Señores Diputados el acompañamiento aprobación del presente proyecto de Declaracion.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MIRANDA, PEDRO RUBEN MENDOZA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/08/2018 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría