PROYECTO DE TP


Expediente 3502-D-2018
Sumario: CINEMATOGRAFIA - LEY 17741 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 13 Y 26 E INCORPORACION DEL 15 BIS, SOBRE CLASIFICACION ANUAL DE SALAS DE EXHIBICION CINEMATOGRAFICA, SUBSIDIO DE LARGOMETRAJES Y SUBTITULO EN ESPAÑOL DE PELICULAS PARA LAS PERSONAS HIPOACUSICAS, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 06/06/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 13 de la ley 17.741 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 13.- A todos los efectos de esta ley y disposiciones complementarias, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES procederá a clasificar anualmente las salas de exhibición cinematográfica existentes en el país que considere necesario, atendiendo a los modos de explotación, usos y costumbres y a su ubicación, capacidad, calidad de los equipos de proyección y sonido, confort y ornamentación.
Las mismas deberán estar acondicionadas con el dispositivo de aro magnético que permita la audición sin interferencias para hipoacúsicos en todos los cines con salas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) del país. El dispositivo deberá abarcar al menos un diez por ciento (10%) de la cantidad de butacas de cada sala.
Artículo 2.- Incorpórese el artículo 15 bis de la ley 17.741 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 15 bis. - Las películas de largometraje con subtítulos en español para las personas hipoacúsicas deberán ser exhibidas en todos los espacios del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) del país.
Artículo 3º.- Modifíquese el artículo 26 de la ley 17.741 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 26.- El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES subsidiará las películas de largometraje cuando contribuyan al desarrollo de la cinematografía nacional en lo cultural, artístico, técnico e industrial, con exclusión en especial, de aquellas que, apoyándose en temas o situaciones aberrantes o relacionadas con el sexo o las drogas, no atiendan a un objetivo de gravitación positiva para la comunidad.
Las películas que reciban los subsidios descriptos en el párrafo anterior, deberán proveer una copia master con subtítulos en español para las personas hipoacúsicas.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. -

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El cine es una actividad recreativa y cultural muy popular y reconocida, considerada como el séptimo arte a partir del año 1911.
Según un estudio del Centro de Investigaciones Sociales (CIS) de la UADE y la encuestadora Voices!, un 47% de los consultados va a ver películas al menos una vez al año, concluyendo de esa manera que el cine es la actividad cultural más elegida en nuestro país.
Pero cuando pensamos en accesibilidad, igualdad, inclusión, no podemos marginar a un sector de nuestra población que no puede acceder a este tipo de actividades culturales y recreativas relacionadas a la industria cinematográfica nacional de nuestro país.
Es por ello que el espíritu de este proyecto apunta a fomentar la inclusión de las personas con discapacidad auditiva, en lo relacionado al cine nacional, promoviendo que las personas con esta problemática puedan acceder a las salas de cine en todo el país y tengan la posibilidad de ver e interpretar el cine nacional.
El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), ente público no estatal que funciona en el ámbito del Ministerio de Cultura de la Nación cuya principal función es promover, fomentar, fortalecer y regular la producción audiovisual en territorio argentino, y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional; así como garantizar el acceso del público en cada región del país, llevó a cabo el pasado año una iniciativa para incluir y acerca el cine a personas hipoacúsicas.
El INCAA en colaboración con la Mutualidad Argentina de Hipoacúsicos (MAH) incorporó a su programación habitual funciones para hipoacúsicos, en el Espacio INCAA Cine Gaumont de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las primeras de ellas se realizaron en la semana comprendida entre el jueves 21 y el 27 de diciembre del 2017, con la película “Los que aman, odian”, de Alejandro Maci.
A partir de esa actividad, las personas con dificultades auditivas pueden buscar en la cartelera del cine Gaumont las opciones subtituladas al español. Para una mejor experiencia, también se proporciona información interpretativa o adicional, que brinda a las personas con disminución auditiva la oportunidad de ver e interpretar al cine nacional.
La sala donde se exhiben las películas con subtítulos para hipoacúsicos está equipada con un Sistema de Amplificación de Aro Magnético donado por la MAH que, sumado a los subtítulos brinda una experiencia ampliamente satisfactoria al espectador usuario de audífonos o implante coclear.
En nuestro país, tres nacimientos de cada mil tienen algún tipo de pérdida auditiva, desde las leves a las profundas. Ese número aumenta a medida que pasan los años, porque empiezan a sumarse las personas adultas que pierden la audición.
En tal sentido, celebramos esta iniciativa surgida del programa Cine Inclusión, que tiene por objetivo desarrollar políticas públicas inclusivas dentro del campo audiovisual, para estimular y facilitar el acceso a la cultura, que en este caso beneficia a quienes habitan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o a aquellos que se encuentran visitando la misma circunstancialmente.
Sin embargo, necesitamos una mirada más federal, y en ese sentido es que buscamos las mismas oportunidades para el resto del país, y es a través de este proyecto que buscamos ampliar las posibilidades de acceso a un universo de personas que se encuentran en todo el territorio nacional.
La OMS refiere que una persona sufre pérdida de audición cuando no es capaz de oír tan bien como quien tiene sensibilidad auditiva normal, es decir, cuando sus umbrales auditivos en ambos oídos son iguales o superiores a 25 dB. De acuerdo a la cantidad de audición perdida y las consecuencias más o menos acentuadas para seguir una conversación o percibir sonidos de la vida diaria, el grado de pérdida auditiva se clasifica en leve, moderado, severo o profundo.
La deficiencia auditiva puede presentarse en uno o en ambos oídos. Se considera pérdida auditiva unilateral cuando la audición es normal en un oído, pero hay déficit en el otro. Por el contrario, en la pérdida auditiva bilateral ambos oídos están afectados. Las personas aquejadas por este problema pueden ser “hipoacúsicas” (pérdida parcial de la audición) o “sordas” (pérdida profunda o total de la audición).
Las personas “hipoacúsicas” son aquellas cuyo grado de disminución auditiva puede ir desde una condición leve que difícilmente pueda notarse, hasta una severa. Por lo general se comunican a través de la palabra hablada y pueden beneficiarse del uso de audífonos, implantes cocleares (sólo en pérdidas auditivas severas/profundas) u otros dispositivos de ayuda, así como de subtítulos en el contenido de películas, videos y programas de TV.
Las personas a las que se conoce comúnmente como “sordas”, padecen una pérdida de audición profunda o total, lo que significa que oyen muy poco o nada. Tienen que recurrir básicamente a un implante coclear, y a la lectura de los labios y/o la lengua de señas.
Las deficiencias auditivas pueden ser congénitas o adquiridas, dependiendo de si están presentes en el momento del nacimiento o a los pocos días de vida, o bien se originan con posterioridad (infancia, adolescencia o edad adulta). Algunas causas posibles son ciertas complicaciones del parto, enfermedades infecciosas como la meningitis o la rubéola, el uso de medicamentos ototóxicos, la exposición a ruidos o sonidos excesivos y el envejecimiento.
Independientemente de la causa que provoque la pérdida de audición, la consecuencia inmediata es la limitación de la capacidad para comunicarse con los demás y con ella obstáculos sociales y emocionales, ya que los problemas de comunicación pueden tener efectos importantes en la vida cotidiana y generar sensación de soledad, aislamiento y frustración, sobre todo en los adultos mayores.
La situación de las personas que padecen pérdida de audición puede mejorar con la utilización de audífonos, implantes cocleares y otros dispositivos de ayuda auditiva. También con programas de habilitación/rehabilitación auditiva y terapia verbal. Sin embargo, la producción mundial de audífonos satisface menos del 10% de las necesidades mundiales y del 3% en los países en desarrollo. En entornos de ingresos bajos, la falta de pilas y baterías, así como de servicios de ajuste y mantenimiento de los audífonos es también un obstáculo importante. En todo el mundo, muchas personas que sufren pérdida de audición se beneficiarían del acceso a audífonos e implantes cocleares asequibles y adecuadamente adaptados, así como a servicios de seguimiento.
Las personas que padecen pérdida de audición pueden aprender a comunicarse mediante la lectura de los labios, los textos escritos o impresos y la lengua de señas. La enseñanza de la lengua de señas beneficia a los niños con pérdida de audición, y los subtítulos y la interpretación de la lengua de señas en la televisión facilita el acceso a la información.
Según la OMS, más del 5% de la población mundial (466 millones de personas) padece pérdida de audición discapacitante (432 millones de adultos y 34 millones de niños).
De acuerdo a la Resolución 1209/2010 del Ministerio de Salud, donde se crea el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia se enuncia que, según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud, hay en el mundo alrededor de un 10% de personas con discapacidad permanente (motriz, sensorial, mental, y otras), es decir, cerca de 600 millones de personas.
En la República Argentina, la discapacidad auditiva corresponde al 18% de las discapacidades, y se distribuye en: dificultad auditiva (86,6%) y sordera (13,4%).
Como legisladores es nuestro deber fomentar leyes que permitan mayor inclusión y accesibilidad.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
BANFI, KARINA BUENOS AIRES UCR
BERISSO, HERNAN BUENOS AIRES PRO
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA