PROYECTO DE TP


Expediente 3340-D-2019
Sumario: CAMPAÑA DE DIFUSION, A TRAVES DE REDES SOCIALES Y AUDIOVISUALES EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, CON EL OBJETIVO DE INFUNDIR EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES. CREACION
Fecha: 03/07/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Dispóngase la realización de una extensa e intensa Campaña de Difusión, a través de redes sociales, audiovisuales y ficciones que se emiten por diferentes plataformas en línea y medios masivos de comunicación, en todo el Territorio Nacional, a fin de infundir en la población el positivo reconocimiento de los derechos de las personas mayores como también detectar, prevenir y erradicar las distintas formas de violencia contra este segmento etario.
Artículo 2°. Se entenderá por violencia contra las personas mayores, cualquier conducta que por acción u omisión cause muerte, daño o sufrimiento físico, moral o psicológico a la persona mayor, tanto en el ámbito público como en el privado.
Artículo 3°.- Objeto. El objeto de la presente ley es promover la toma de conciencia sobre las acciones y omisiones naturalizadas por la sociedad, que restringen o vulneran el efectivo goce de los derechos de los adultos mayores y socavan su dignidad, para erradicarlas de los distintos ámbitos sociales.
Artículo 4°.- El contenido de la presente campaña será la divulgación de los Derechos fundamentales contemplados en la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, como también aquellas normativas dentro de nuestro orden jurídico que promuevan, protejan y aseguren el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor.
Artículo 5°.- Destínese para la realización de la campaña prevista por la presente ley, un porcentaje no inferior al 5 % de la pauta publicitaria oficial en los medios masivos de comunicación, películas y audiovisuales, y redes sociales, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 24156, de Administración Financiera y Sistemas de Control.
Artículo 6°.- La campaña tendrá un periodo de realización de 3 años, contados a partir de su puesta en marcha, con posibilidades de prórrogas.
Artículo 7°.- Se invita a todos los organismos nacionales, provinciales y municipales del país, como también a entidades intermedias, a difundir de manera clara, accesible y continua los contenidos de esta campaña.
Artículo 8°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General y Cálculo de Recursos las adecuaciones necesarias a efectos de llevar a cabo las referidas actividades de difusión.
Artículo 9°: El Poder Ejecutivo Nacional designará la autoridad de aplicación a los fines del cumplimiento de la presente ley.
Artículo 10°.- Dispóngase su reglamentación dentro de los 90 días, contados desde su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 11°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El rol, la participación, de la persona mayor en nuestra sociedad es fundamental para una convivencia social más plena. Por eso, es necesario tener una mirada más positiva sobre el papel de nuestros mayores en la sociedad.
Los seres humanos siempre hemos tendido a poner a las personas en categorías. Así, cuando alguien cumple 60 años pasa a ser categorizado como “sexagenario”, una forma muchas veces peyorativa de aludirlo y, aunque no se identifique con esa etiqueta, es la forma en que se lo rotula. La denominación “adulto mayor” es en función de una clasificación del mercado laboral, pero suele desembocar en una forma de marginación de la persona que aún tiene muchísimo por crecer y aportar. Así, se desarrolla un estigma asociado a los términos vejez o viejo, que contrastan con la búsqueda de la “eterna juventud” promovida por el consumismo y la cultura de lo desechable.
El debilitamiento físico o mental que pueda ir dándose en la vida de la persona mayor, no le impide seguir siendo fundamental en la integración de nuestra sociedad. Escucharlos y aprender de ellos permite descubrir su valor, que va a más allá de la de cuidar nietos. Sus cuerpos podrán estar más frágiles, pero su experiencia representa la sabiduría atesorada a lo largo de los años, que pueden volcar a las generaciones que les siguen.
Teniendo en cuenta lo dicho, la ley que proponemos sancionar tiene como finalidad la implementación de campañas publicitarias en redes sociales y en diversos medios de comunicación, que posibiliten la comprensión de la dignidad que estas personas tienen y que está reconocida en la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esta campaña podrá generar el conocimiento de estos contenidos en la población en general, para alcanzar la sensibilización y socialización de la información respecto este segmento etario en la República Argentina.
De esta manera podremos hacer una contribución que permita hacer consciente a la sociedad en su conjunto de la necesidad de cuidado, respeto y protección que requiere el adulto mayor, como también reducir hasta eliminar la violencia, el maltrato y el abuso contra ellos, promoviendo un conocimiento integral de las normativas que amparan sus derechos y los organismos e instituciones disponibles para acudir en situaciones de vulnerabilidad y violencia.
A nivel internacional suscribimos la Convención Interamericana sobre derechos de las Personas Mayores. El instrumento fue aprobado el 15 de junio de 2015 en la 45 Sesión de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA), e incorporado al orden jurídico Argentino el 9 de mayo de 2017. Por su parte Las Naciones Unidas en su resolución 66/127 instituyeron el 15 de junio como el Día Mundial de la Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato a los Adultos Mayores. Esta fecha revela que el atropello a la vejez es hoy un mal sin fronteras geográficas y sociales. Pero, al mismo tiempo, es una muestra de la preocupación que ha despertado a nivel internacional y local la alarmante marginación y discriminación que las sociedades hacen de sus mayores.
De acuerdo con un estudio financiado por la Organización Mundial de la Salud y publicado en la revista The Lancet Global Health, cerca de un 16% de las personas de 60 años o más han sido víctimas de maltrato psicológico (11,6%), abuso económico (6,8%), negligencia (4,2%), maltrato físico (2,6%) o agresiones sexuales (0,9%), sin embargo los datos son incompletos debido a la dificultad de su denuncia, como también a la restringida concepción de daño que tienen las personas cercanas al anciano, los agentes de salud y los propios damnificados, siendo éste el fundamento principal de la campaña.
La violencia contra los ancianos es un fenómeno que ocupa y preocupa a todos los países, el alto nivel de incidencia demuestra la importancia de objetivar ésta situación y otorgarle un papel prioritario en la familia y la sociedad. El maltrato vulnera los derechos y la dignidad, la situación de violencia, abuso y desconsideración de los adultos mayores es cada vez mayor por lo que consideramos necesaria la concientización del problema, para la futura solución del mismo. Creemos que conocer los derechos mejora las condiciones de vida y da la posibilidad de defender las condiciones de dignidad de los seres humanos.
Debemos propender a constituir una sociedad integrada, en la que no haya sectores excluidos sino que todas las personas, sin distinciones de condición económica, social, cultural, sexual, o cualquier otra, puedan interactuar aportando lo mejor de sí. Hacia este objetivo podemos avanzar con mensajes directos e indirectos, emitidos a través de películas y ficciones televisivas, cortos que se reproduzcan en redes, publicidades, etc. que promuevan el compromiso de todos los sectores en la solución de esta problemática.
Así como hubo un cambio en la sociedad respecto de grupos sociales antes marginados por razones étnicas, sexuales u otras, que ahora son respetados en toda su dignidad, así podremos obtener una nueva y positiva actitud para con los adultos mayores.
Se realizaron campañas para desalentar prácticas nocivas contra la salud, como la de fumar, y otras para alentar conductas en relación al desenvolvimiento urbanístico, como por ejemplo el uso del cinturón de seguridad para transitar en vehículos, a través de mensajes publicitarios directos o de gestos en tiras televisivas y películas en las que se mostraron con naturalidad estas prácticas como una forma de inculcarlas en los públicos seguidores de estas ficciones.
Una campaña bien diseñada, extendida en el tiempo, con evaluaciones periódicas y reformulaciones en relación con el objetivo propuesto, seguramente podrá ayudar a revertir las duras realidades que viven nuestros mayores y a mejorar la sociedad en su conjunto.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que aprueben este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VERA GONZALEZ, ORIETA CECILIA CATAMARCA COALICION CIVICA
OLIVETO LAGO, PAULA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MARTINEZ VILLADA, LEONOR MARIA CORDOBA COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DE LAS PERSONAS MAYORES (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/11/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones