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PROYECTO DE TP


Expediente 3232-D-2018
Sumario: COMISION BICAMERAL INVESTIGADORA DEL ACCIONAR DE LAS AUTORIDADES DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (PRESIDENTE Y AUTORIDADES) DESDE DICIEMBRE DE 2015 A LA ACTUALIDAD. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 24/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Comisión Bicameral Investigadora del Accionar de las autoridades del Banco Central de la República Argentina desde diciembre de 2015 a la actualidad
ARTÍCULO 1° - Créase en el ámbito del Congreso de la Nación la Comisión Bicameral Investigadora del Accionar de las Autoridades del Banco Central de la República Argentina (Presidente y el Directorio) desde diciembre de 2015 hasta la actualidad.
ARTÍCULO 2º - La Comisión Bicameral estará compuesta por cuatro (4) diputados y cuatro (4) senadores, que serán designados por sus propios cuerpos legislativos, de entre los que se elegirá un Presidente. La Comisión dictará su propio reglamento interno y nombrará el personal de apoyo y técnico que estime necesarios.
Sus miembros serán designados por las Cámaras respectivas, debiendo ser, en cada caso: 3 (tres) representantes por el partido político de la oposición con mayor representación parlamentaria, 1 (uno) por el oficialismo y 1 (uno) por la tercera fuerza política, en número de representantes. El presidente de la comisión será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor representación parlamentaria.
ARTÍCULO 3º - La Comisión tendrá por objetivos elaborar un informe sobre las operaciones del BCRA desde diciembre de 2015 hasta la actualidad e investigar si hubo irregularidades y/o conflictos de intereses que hayan afectado los intereses de la Nación y la ética pública.
ARTÍCULO 4º - La Comisión deberá formular dentro de los treinta (30) días de constituida un plan de trabajo, con una estimación del tiempo que le demandará completarlo, que en ningún caso excederá de los seis (6) meses.
ARTÍCULO 5º - Entre las actividades que podrá incluir en su plan de trabajo para cumplir sus objetivos, estarán:
1.- La recepción de información y denuncias;
2.- La citación a particulares, entidades y organizaciones no gubernamentales, empresarios, empresas y cámaras empresarias, asociaciones sindicales y partidos políticos;
3.- Pedido de informes a empresas, organizaciones no gubernamentales, a dependencias de los tres poderes del Estado Nacional, Provincias y Municipal y Estados Extranjeros.
4.- El requerimiento a funcionarios del Poder Ejecutivo nacional, de sus organismos dependientes, de entidades autárquicas así como autoridades de los gobiernos de Provincias, que le brinden informes, datos y documentos.
5.- La solicitud de informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a cualquier organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
ARTÍCULO 6°- En ningún caso será oponible a la Comisión el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad, pero deberá tratar con tal carácter la información que reciba en ese sentido, salvo que los hechos involucrados pudiese constituir delito.
Asimismo podrá recurrir a la Justicia si fuera necesaria su intervención para el avance de su investigación.
ARTÍCULO 7º - Concluido su trabajo, la Comisión brindará un informe en sesión conjunta de ambas Cámaras, convocada al efecto, ocasión en la que podrán disponerse medidas complementarias o someter a consideración proyectos de ley, a los que se les dará a partir de ahí el trámite correspondiente, con carácter de prioritario.
ARTÍCULO 8°- Antes de disolverse, la Comisión remitirá la totalidad de la información y documentación recopilada, cualquiera fuera el soporte que la contenga, al Archivo de la Biblioteca del Congreso de la Nación, para su consulta pública.
ARTÍCULO 9°- Constitución. La Comisión Bicameral de Seguimiento y Control de Ética en el Ejercicio de la Función Pública deberá constituirse dentro de los sesenta (60) días de la publicación de la presente ley.
ARTÍCULO 10°- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La corrida cambiaria que se inició el pasado 23 de abril y que tuvo en vilo a gran parte de la sociedad argentina, le hizo perder al Banco Central más de 8000 millones de dólares, generó una devaluación del peso del 20% y disparó las tasas de interés de referencia en el sistema financiero de un 27% hasta el 40%.
Desde el gobierno nacional se ha presentado este tema como una “turbulencia pasajera” que se logró contener. Pero la realidad es muy distinta. Las consecuencias negativas de lo ocurrido se extenderán en el tiempo y afectarán a la mayor parte de la sociedad argentina: Caída en el nivel de actividad económica, pérdida de poder adquisitivo de amplias franjas de la población, más inflación, deterioro de los servicios del Estado y más endeudamiento.
Este último punto merece una consideración especial. Está muy claro que los miles de millones de dólares que le acercará el FMI al gobierno argentino próximamente, no estarán orientados al desarrollo de nuevas obras de infraestructura, ni para darle créditos a empresas que inviertan en tecnología y crear nuevas fuentes de trabajo. Serán utilizados para “calmar al mercado”. Esto quiere decir -lisa y llanamente- que se los entregaremos a los jugadores especulativos, en gran medida extranjeros, que se dedicaron a la bicicleta financiera a través de las Lebacs, desde el inicio mismo de la gestión del actual gobierno.
El martes pasado el Presidente de la Nación dijo que “esta crisis no es como la del 2001”. Sin embargo, el tema del endeudamiento, desgraciadamente, hay datos que se parecen peligrosamente. Al final de la gestión de Fernando de la Rúa, también para “calmar a los mercados”, el país se endeudaba irresponsablemente con los recordados Blindaje y Megacanje. Todos aquellos dólares sólo sirvieron para agilizar la fuga de capitales de los jugadores especulativos y se transformaron en un pasivo inmenso, que luego tuvo que pagar el conjunto de la sociedad argentina, en los siguientes años.
Mal que nos pese, estamos transitando ahora la misma película. En este punto suena ciertamente llamativo que uno de los personajes involucrados en aquel Megacanje y Blindaje del 2001 sea el mismo: Federico Sturzenegger, actual presidente del Banco Central. Parece que la historia se repite, incluso con nombres propios, con los mismos ganadores y perdedores de entonces. De un lado, grupos minoritarios privilegiados, actividades ligadas a la especulación financiera; del otro lado la mayor parte de la sociedad argentina, las Pymes, los pequeños comerciantes, los pequeños productores.
Llegado este punto, hay que decir que consideramos que la corrida cambiaria de las últimas semanas se explica básicamente a partir de un conjunto de medidas que fue tomando el Banco Central desde diciembre de 2015, en términos de desregulación, tanto del sistema financiero como del mercado cambiario. Medidas que, vale la pena recordar, denuncié oportunamente. Primero como ministro de la Producción de Santa Fe, luego ya como legislador, en tanto afectaban a los sectores productivos en beneficio de la llamada “bicicleta financiera”.
Así por ejemplo, el año pasado se liberaron los plazos para la liquidación de divisas por parte de los exportadores. También se permitió que los capitales del exterior entren y salgan del país sin ninguna restricción temporal, ni de montos, a contramano de lo que ocurre hoy en todos los países del mundo, que regulan la circulación del capital. También se habilitó a que las Lebacs, fueran utilizadas como herramientas de inversión financiera, desvirtuando así de manera grosera, el sentido original para el cual habían sido creadas en 2002.
En realidad, la lista de beneficios hacia los actores especulativos, que generó el Banco Central en los últimos dos años, podría llenar varias páginas de este informe y explica, en gran medida, la razón por la cual estamos ahora a merced de la “voluntad de los mercados” y de paso, también de rodillas frente al FMI.
Está claro entonces que lo ocurrido en las últimas semanas no fue una “turbulencia pasajera” ni fue controlada ya de manera eficiente. Se trata de hechos que se veían venir y cuyas consecuencias deberá soportar la sociedad argentina por un tiempo más que prolongado. Por ello consideramos que este tema merece una investigación a fondo, para identificar a los responsables y actuar en consecuencia.
Sabemos que el Presidente no va a hacer nada en relación a lo dicho. Nosotros, bajo este marco, estamos trabajando, a los efectos de ir recogiendo los antecedentes técnicos, que nos permitan iniciar una investigación sobre todo lo actuado por el Banco Central. No sólo en las últimas dos semanas, sino en los últimos dos años, donde consideramos que se encuentra la llave explicativa de todo lo que finalmente ocurrió.
Sr. Presidente estamos proponiendo ante el Congreso de la Nación la creación de una Comisión Bicameral, que investigue la actuación del BCRA en este proceso, con vistas a un posible pedido de destitución del presidente de la Entidad, Federico Sturzenegger, por incompetencia, en la lectura más benévola que pudiera caberle.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CONTIGIANI, LUIS GUSTAVO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA