PROYECTO DE TP


Expediente 3205-D-2019
Sumario: CODIGO PENAL. INCORPORACION DEL ARTICULO 14 BIS, SOBRE LA NO CONCESION DEL BENEFICIO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL A CONDENADOS POR DELITOS SEXUALES.
Fecha: 27/06/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICAR EL CODIGO PENAL ARGENTINO LEY N° 11.179 (T.O. 1984) – INCORPORANDO EL ARTICULO 14 BIS
Artículo 1.- Modificar el Código Penal (ley N° 11.179 -T.O.1984) incorporando el artículo 14 bis el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 14 bis: A los condenados por delitos sexuales no se le concederá el beneficio de la libertad condicional”.
Articulo 2.- De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Independientemente de mi posición clara y concreta respecto a los delitos sexuales, cada día que transcurre con más vehemencia ratifico mi postura que no se les debe conceder el beneficio de la libertad condicional a aquellas personas que han infringido la ley cometiendo estos delitos.
Cuando asumí por mandato popular en este Congreso, me he abocado al estudio de esta problemática, haciéndome eco de lo que hoy nos plantea la Ciudadanía toda.
La realidad nos indica que como consecuencia del mínimo de las penas establecidas los autores de estas conductas punibles quedan en libertad casi automáticamente, por el fenómeno de la excarcelación.
¿Es justo para las personas que han sido víctimas de delitos sexuales que sus agresores queden en libertad?
Estoy plenamente convencido que no debe existir la excarcelación para quienes hayan cometido estos delitos contra la integridad sexual, y luego de condenado, la pena debe ser de cumplimiento, no debiendo por tanto gozar de ningún tipo de salidas y mucho menos que se le conceda el beneficio de la libertad condicional.
Esta incorporación al código penal que estoy proponiendo es importante ya que quienes cometen estos aberrantes delitos no pueden tener contemplaciones de ningún tipo, personalmente como ciudadano -no ya como legislador- deseo que los violadores y asesinos cumplan toda su condena, porque eso es los que los ciudadanos del día a día piden en todo el país.
Es nuestro deber brindarle las herramientas necesarias a la justicia, con el fin de que sus sentencias sean el reflejo de lo que hoy demanda la sociedad.
Hoy los ciudadanos observan perplejos, se sienten desprotegidos, huérfanos de leyes que impidan que quienes cometan estos delitos salgan en libertad transitando con total impunidad, gracias a que nuestro código penal tiene sanciones para estos hechos punibles que así lo permiten.
Es urgente y necesaria la revisión de la parte punitiva de los delitos contra la libertad y el pudor sexual para garantizar que la sanción sea proporcional y justamente retributiva a la conducta socialmente reprochable, en ese marco es fundamental que esos delitos deban quedar comprendidos dentro de los que impiden gozar de la libertad provisional.
La Iglesia consideró que “sólo si las leyes justas son respetadas, y quienes las violan son sancionados, podremos reconstruir los lazos sociales dañados por el delito, la impunidad y la falta de ejemplaridad de quienes tenemos alguna autoridad”, y pidió que “los reclamos por nuestros derechos, que deben ser firmes pero pacíficos, sin amenazas ni restricciones injustas a los derechos de los demás”.
“Frente al delito, deseamos ver jueces y fiscales que actúen con diligencia, que tengan los medios para cumplir su función, y que gocen de la independencia, la estabilidad y la tranquilidad necesarias. La lentitud de la Justicia deteriora la confianza de los ciudadanos en su eficacia. Algunos profesionales suelen utilizar de modo inescrupuloso artilugios legales para burlar o esquivar la Justicia: también esto es inmoral”, cuestionaron.
Señor presidente el presente proyecto de ley tiene como objetivo fundamental brindar respuesta a las víctimas y a las familias, que quienes imparten justicia posean el marco legal para poder sancionar estos tipos de delitos, que aquellos que se amparan en la palabra garantista tomen conciencia del daño causado por estos inadaptados sociales.
Es por ello que les pido que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley. -
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)