PROYECTO DE TP


Expediente 3084-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS CONTROLES DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD AGROALIMENTARIA -SENASA-, PARA PREVENIR EL INGRESO AL PAIS DE PRODUCTOS PORCINOS INFECTADOS CON "SINDROME DISGENESICO RESPIRATORIO PORCINO -SDRP-".
Fecha: 18/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de los órganos que correspondan, se sirva informar:
1. Cuáles son los controles que realiza por el Servicio Nacional de Calidad Agroalimentaria para prevenir el ingreso al país de la infección por Síndrome Disgenésico Respiratorio Porcina (SDRP) sobre los productos porcinos importados.
2. Cuantos han sido los controles realizados por el Servicio Nacional de Calidad Agroalimentaria durante 2016 y 2017 para prevenir el ingreso al país del Síndrome Disgenésico Respiratorio Porcina (SDRP o PPRS según sus siglas en inglés) sobre los productos porcinos importados, clasificados entre carnes frescas, congeladas y animales vivos y cuales han sido los resultados obtenidos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Sector Porcino históricamente ha tenido cambios constantes entre la cotización del maiz y el precio del capón. Esto sucedió hasta el año 1992 donde se abren las importaciones y los cambios se suceden con la cantidad importada, el precio de lo importado y el precio del capón. A principios de 1990 había 4.000 productores y 10 años después, sólo 2.000 productores. Luego de la crisis del 2001/2 en el país sólo se consumían 4 kilos per cápita, 3 como fiambres y 1 como carne fresca. Desde el sector privado se implementaron de promoción del consumo, un trabajo de erradicación de enfermedades y de lucha contra las importaciones que derivaron en un aumento constante de la producción y con records todos los años desde el 2008 en adelante.
El crecimiento de la producción fue acompañado con el crecimiento de los productores, que a fines del 2015 superaban los 4.700, pero con un perfil distinto a los 4.000 de la década del 80: son productores exclusivos de cerdos y el cerdo no es una actividad secundaria. En la actualidad, el sector tiene 4.600 establecimientos, 150 plantas de faena, 500 matarifes, 350 plantas de chacinados, generando 38.000 puestos de trabajo de forma directa y 35.000 indirectos.
La importación era exclusiva para la industria de chacinados, hasta hace dos años, que, mediante una medida engañosa, se comenzó a vender carne porcina congelada como fresca, afectando el crecimiento constante del sector. El año pasado, el consumo fue de 17.7 kilos per cápita, de los cuales 3.2 kilos fueron de chacinados y el resto de carne fresca, con participación de la carne importada.
En agosto de 2017 la Dirección de Epidemiología y Análisis de Riesgo del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó un informe en el que analiza los riesgos y las probabilidades de ocurrencia de la infección por Síndrome Disgenésico Respiratorio Porcina (SDRP) en Argentina y las consecuencias de esta ocurrencia.
El estudio consideró la probabilidad de ingreso del virus y la probabilidad de exposición de animales susceptibles ante el ingreso de carne porcina, animales vivos y material genético. Como el virus de SDRP no puede ser transmitido a humanos, las consecuencias de un brote refieren estrictamente a las consecuencias en la sanidad y producción pecuarias y su impacto económico.
El síndrome disgenésico y respiratorio porcino (SDRP o PRRS por sus siglas en inglés) es una enfermedad infecciosa viral severa de los cerdos con un alto impacto en la producción porcina por producir falla reproductiva, enfermedad respiratoria y elevada mortalidad, particularmente en lechones predestete. Afecta a todas las razas de cerdos y a todos los tipos de producciones.
El informe del SENASA sostiene que la Argentina es libre de la enfermedad, y la misma se encuentra ampliamente distribuida en el mundo, especialmente en aquellos países con importante desarrollo del sector porcino como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Holanda, Francia, Bélgica, Inglaterra, Dinamarca, China, y la mayoría del sudeste asiático, además de casos detectados en Sudamérica.
Las características epidemiológicas de la enfermedad hacen que se caracterice por ser muy difícil de controlar y erradicar una vez que ingresa a una población, ya que no existe un tratamiento específico. Las medidas de prevención consisten en evitar el ingreso del virus, lo cual es dificultoso. En la mayoría de los casos se establece como endémica generando, además de las pérdidas productivas, altos costos de manejo y control.
El informe considera que el riesgo de ingreso del a través de las tres mercancías (carnes, cerdos, semen) es muy bajo, pero el riesgo de exposición varía, siendo bajo para carne y material genético y moderado para animales vivos. Especifica además que el riesgo de diseminación, según la situación inmunológica de los cerdos de la República Argentina y las características productivas del sector porcino, resulta moderado, pero que las consecuencias productivas y económicas asociadas al ingreso del SDRP resultan altas.
Específicamente el informe explicita que “El riesgo no es insignificante, por lo cual amerita la aplicación de medidas de mitigación de riesgo en la importación de estas mercancías para alcanzar el nivel de protección adecuado para la República Argentina (…) Las conclusiones alcanzadas son suficientes para la toma de decisiones respecto a la prevención de la enfermedad (…) En el caso de importación de carne las medidas de mitigación consisten fundamentalmente en medidas establecidas a ser cumplidas por el país de origen, a diferencia de las medidas aplicables en las importaciones de animales vivos y semen que son implementadas también en destino (cuarentena y pruebas diagnósticas)”.
Asimismo, el informe comenta que los análisis del SENASA “avalan los requisitos de importación para carne de cerdo y animales en pie establecidos por la República Argentina para evitar el ingreso de SDRP, estableciendo un nivel de protección adecuado a la situación sanitaria nacional. Estos requisitos sumados a la vigilancia activa, la vigilancia pasiva y las acciones en frontera serían suficientes para proteger a la industria porcina de esta enfermedad y sus potenciales consecuencias productivas y económicas.”
En la 85ª Sesión General de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) que se realizó en Mayo de 2017, se aprobó el capítulo de esta enfermedad del Código Sanitario para los Animales Terrestres. El capítulo adoptado reconoce el riesgo de transmisión de SDRP a través de la carne pero considera suficiente la exigencia de medidas mínimas. De esta manera, las recomendaciones contenidas en el capítulo generan que el comercio de carne fresca deba estar sujeto a certificación y, por lo tanto, de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo SPS de la OMC y por el mismo Código Terrestre de la OIE, los países que por poseer una situación sanitaria específica consideren que requieran de medidas adicionales para proteger la misma, podrían aplicarlas si justifican las mismas con un análisis de riesgo basado en evidencia científica.
La prevalencia de la infección por el virus SDRP en los países potencialmente exportadores, es uno de los factores que se tuvo en cuenta como determinante de la probabilidad de entrada del virus. Según una revisión del año 2013, el vSDRP estaba presente en casi todos los países de producción porcina permaneciendo endémico en su mayoría; sólo se habían notificado como países libres de la enfermedad Australia, Suecia, Noruega y Nueva Caledonia. La enfermedad está ampliamente distribuida, particularmente en los principales países productores de carne de cerdo, alcanzando generalmente prevalencias importantes cuando se establece como endémica. Por lo tanto el informe del SENASA establece que el riesgo originado por la importación es “Moderado”. De acuerdo a lo definido en el mismo trabajo “moderado” implica que el evento ocurre regularmente.
Es de destacar que la probabilidad de transmisión de la enfermedad a través de la carne, es moderada, al igual que la probabilidad que la carne cruda de cerdo sea utilizada para alimentar a cerdos en nuestro país, especialmente en explotaciones pequeñas y de subsistencia. Por último, el informe explica que la probabilidad de transmisión del virus a partir de que no se detecte un animal infectado es considerado como un riesgo alto, debido a que el riesgo de diseminación una vez entrado al país es muy alto.
Se estima que un brote de SDRP reduce la producción anual en un 5 a 20%. En Estados Unidos se estimó que las pérdidas de productividad en 2005 fueron de 560 millones de dólares al año. En 2010 fueron de 664 millones de dólares. A nivel nacional las pérdidas estarían dadas principalmente por el impacto en la producción y el costo económico que implican las acciones que se deben realizar para erradicar la enfermedad y recuperar el estatus de país libre.
A este análisis se suma la pérdida de puestos de trabajo que sería de 6600 puestos en el sector primario y 7800 en el sector industrial.
El mantenimiento del estatus sanitario es un valor agregado muy importante para el desarrollo de los mercados de exportación. En particular, para el sector de genética, la ausencia del SDRP en el país resulta a su vez una ventaja comparativa frente a otros competidores internacionales.
En base a esta información la probabilidad de ocurrencia para las tres vías (carne, ganado en pie, semen) resulta, de acuerdo a lo informado por el SENASA, muy baja, el riesto de diseminación a través de animales en pie, semen, animales silvestres, vía aerógena, insectos vectores y personas y fómites, según la situación inmunológica de los cerdos de la República Argentina y las características productivas del sector porcino, es moderado y las consecuencias productivas y económicas asociadas al ingreso del SDRP resultan son altamente gravosas.
Pese a que la probabilidad de que el evento ocurra se presenta en niveles muy poco frecuentes, el riesgo no es insignificante, por lo cual amerita la aplicación de medidas de mitigación de riesgo en la importación de estas mercancías para alcanzar el nivel adecuado de protección para la República Argentina. El SENASA es el organismo competente a nivel nacional que establece los requisitos sanitarios para autorizar la importación a la REPUBLICA ARGENTINA de animales vivos, material reproductivo, zooterápicos, biológicos, alimentos para animales, productos, subproductos y derivados de origen animal o mercancías y/o insumos que incluyan componentes de origen animal, a fin de prevenir el ingreso de enfermedades transmisibles que puedan afectar la salud pública y/o la sanidad animal en todo el Territorio Nacional.
En virtud de estas afirmaciones y de la existencia de riesgos de introducción del virus SDRP a través de la carne fresca y subproductos cárnicos en áreas o países libres, de acuerdo al mismo informe del SENASA, nos dirigimos al Poder Ejecutivo Nacional para conocer cuáles son los controles establecidos por el Estado Nacional para enfrentar dichos riesgos e informe cuantos han sido los controles realizados en los últimos dos años y sus resultados.
Por los motivos expuestos es que solicitamos a nuestros pares nos acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BUCCA, EDUARDO BUENOS AIRES JUSTICIALISTA
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BAHILLO, JUAN JOSE ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
RAUSCHENBERGER, ARIEL LA PAMPA JUSTICIALISTA
CRESTO, MAYDA ENTRE RIOS JUSTICIALISTA
DE MENDIGUREN, JOSE IGNACIO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CRESTO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DE MENDIGUREN (A SUS ANTECEDENTES)