PROYECTO DE TP


Expediente 2918-D-2018
Sumario: DECLARESE DE INTERES PUBLICO NACIONAL LAS ACTIVIDADES QUE DESARROLLA EL MUSEO MEMORIA DEL HOLOCAUSTO. OTORGASE UN SUBSIDIO ANUAL A LA "FUNDACION MEMORIA DEL HOLOCAUSTO".-
Fecha: 15/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


FORTALECIMIENTO DEL MUSEO DEL HOLOCAUSTO
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Publico Nacional, las actividades y fines que desarrolla el Museo Memoria del Holocausto, dependiente de la Fundación Memoria del Holocausto.
ARTÍCULO 2.- Otorgase un subsidio anual equivalente al cero coma cero cero cero cincuenta por ciento (0,00050%) de los recursos del Presupuesto General de la Nación a la Fundación memoria del Holocausto, el que será destinado a la conservación, mantenimiento, ampliación y demás actividades llevadas a cabo por el Museo del Holocausto, dependiente de la mencionada Fundación Memoria del Holocausto.
ARTÍCULO 3.- El primer subsidio de carácter anual a que se refiere el artículo anterior, por única vez será de un monto de seis millones de pesos ($6.000.000).
ARTÍCULO 4.- La entidad beneficiaria deberá rendir cuentas y, enviará cada año al Ministerio de Educación de la Nación, una memoria descriptiva del uso dado al subsidio concedido dentro de los noventa (90) días de la finalización del ejercicio anual.
ARTÍCULO 5.- Exímase a la fundación Memoria del Holocausto, del pago de derechos de importación y tasas aduaneras para el ingreso de bienes destinados al Museo del Holocausto.
ARTÍCULO 6.- La erogación que demande el cumplimiento de la presente ley, será imputada a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de la Administración Publica Nacional, Jurisdicción del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 7.- Autorizase al Señor Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las reasignaciones presupuestarias necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto, viene a completar lo iniciado por la ley número 25.147 del año 1999. Dicha ley otorga el uso por 90 años de los inmuebles a la Fundación Memoria del Holocausto y donde funciona actualmente el “Museo del Holocausto” dependiente de dicha fundación.
El Holocausto fue la persecución y aniquilación sistemática, auspiciada por el estado, principalmente de los judíos europeos por parte de la Alemania nazi y de sus colaboradores entre 1933 y 1945. También han sido víctimas de la opresión y muerte los Roma y los Sinti (gitanos), las personas con discapacidades físicas y mentales y los polacos, que fueron aniquilados por pertenecer a una etnia o nacionalidad definidas como inferiores, así como homosexuales, testigos de Jehová, prisioneros de guerra soviéticos y disidentes políticos.
Es por ello, que hay que destacar la importancia del Museo del Holocausto, cuya misión central es mantener viva la memoria la de la Shoá y sus consecuencias para toda la humanidad.
Desde lo educativo, el museo lleva a cabo muestras permanentes, itinerantes, transitorias, históricas, artísticas y fílmicas. Se publica una revista-libro llamada “Nuestra Memoria” dos veces al año, además de publicaciones específicas y en colaboración con otras instituciones.
Además de investigar, transmitir, informar, difundir y educar, para concientizar a la sociedad acerca de las graves consecuencias del racismo, la discriminación, la xenofobia y el antisemitismo, constituye un espacio vivencial de la Memoria que integra la visión histórica de la Shoá durante la Segunda Guerra Mundial y sus repercusiones en la Argentina. En su interior, expone numerosos objetos que dan cuenta del horror de esa época negra de la historia y ofrece diferentes cursos, visitas guiadas y actividades educativas, con el fin de concientizar a las nuevas generaciones acerca de lo que fue el Holocausto y de la importancia de luchar contra el antisemitismo y la discriminación en todas sus formas.
Todas las muestras que presenta intentan poner en acto la memoria para facilitar su transmisión, respaldadas con textos, objetos y documentos testimoniales. Esta propuesta se completa con exposiciones temporarias de todo el mundo de alto valor reflexivo y educativo, además de llevar presentaciones itinerantes por todo el país.
Asimismo, cuenta como parte fundamental de su acervo patrimonial los testimonios de cientos de sobrevivientes de la Shoá que lograron rehacer sus vidas en Argentina luego del inmenso dolor y la tragedia de aquellos años.
El Museo ha sido declarado Sitio de Interés Cultural por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por su esfuerzo y contribución permanente para incorporar la temática del Holocausto a la Educación como modo privilegiado de recuperar la historia para prevenir la reiteración de actos racistas y violentos que amenazan una y otra vez a la humanidad. Con ese mismo espíritu, también ha firmado importantes convenios de cooperación con diferentes Instituciones nacionales, como el INADI, el Ministerio de Defensa, distintas Universidades y la Cancillería, entre otros.
Más de 25.000 personas llegan cada año el Museo, entre alumnos, turistas y visitantes casuales, sin contar que durante la ‘Noche de los Museos’ de 2017, llegaron a la Institución 17.000 invitados.
El presente proyecto, declara al Museo Memoria del Holocausto de Interés Público Nacional, coincidiendo con anteriores declaraciones de interés por parte de nuestro estado nacional, y ratificando una vez más nuestro país su irrestricto apoyo a los Derechos Humanos.
Asimismo prevé una partida anual de los recursos del Presupuesto General de la Nación, y la obligación de la Fundación Memoria del Holocausto rendir cuentas y enviar cada año al ministerio correspondiente, una memoria descriptiva del uso dado al subsidio concedido.
Dentro de la misma lógica y teniendo en cuenta que nos hallamos ante una ONG sin fines de lucro y con una tarea que es de sumo interés público para el Estado Nacional, que desde el año 2003 busca resaltar la “Memoria y Justicia”; es que contempla una amplia exención impositiva para que no se vean desvirtuadas o menguadas las sumas asignadas por esta ley en concepto de subsidio a la Fundación Memoria del holocausto y su Museo.
Por imperio de lo establecido en el artículo 75 inc. 18 de la Constitución Nacional, el Congreso tiene la facultad de eximir a determinados sujetos del pago de tributos, ya sean nacionales o locales.
El proyecto en cuestión, tiene su basamento en los principios generales de “Afianzar la Justicia” y en el art. 75 inc. 19 de la Constitución Nacional que faculta al Congreso a: “Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.”
Como bien dice la eximia doctrinaria del derecho constitucional, María Angélica Gelly comentando este artículo: “El gasto estatal en esas actividades está constitucionalmente justificado, por lo que no serían irrazonables políticas de subsidio o exenciones tributarias. No obstante, las diversas circunstancias económicas del país autorizarían al Congreso a elegir discrecionalmente que actividades se privilegian cuando las opciones disponibles no son demasiadas”; lo que entendemos se cumple acabadamente en este proyecto por lo antes expuesto.
La educación sobre la temática de los derechos humanos no solo es un deber del Estado sino un derecho que toda persona tiene. Bidart Campos nos enseña que la Convención contra la Discriminación Racial cita el derecho a la educación cuando menciona los derechos económicos, sociales y culturales en su art. 5 °, y en el art. 7° hace una referencia a la educación para adoptar medidas que combatan los prejuicios conducentes a la discriminación racial.
Por todo lo expuesto, pido a los señores diputados me acompañen con su voto en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BOSSIO, DIEGO LUIS BUENOS AIRES JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA