PROYECTO DE TP


Expediente 2729-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION, DOCTOR GERMAN GARAVANO, Y A LA SECRETARIA DE ETICA PUBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, SEÑORA LAURA ALONSO, SOBRE LA AUDITORIA DE GESTION PREVISTA EN EL PLAN OPERATIVO 2018, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 28/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que ordene la inmediata concurrencia de la Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, y de la Sra. Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, Laura Alonso, en los términos de los artículos 71 de la Constitución Nacional y 204 del Reglamento HCDN, a fin de que presten urgentes informes verbales sobre la flagrante violación de los deberes en la que ha incurrido la Oficina Anticorrupción, que ha obstaculizado e impedido el desenvolvimiento de la auditoria de gestión prevista en el Plan Operativo Anual 2018 de la Auditoría General de la Nación, acción identificada con el Proyecto S00197/2018 “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Informe de Auditoría de gestión sobre la Oficina Anticorrupción –Relevamiento de la jurisdicción”.
En particular, deberán informar:
1.- Informe sobre la negativa a brindar información y prestar colaboración por parte de la titular de la Oficina Anticorrupción que impidió la realización de los controles de la Auditoria General de la Nación, conforme surge del Dictamen 30/19 de la Auditoria General de la Nación;
2.- Individualice las actuaciones, vinculadas al incumplimiento, abiertas por la superioridad jerárquica, Ministerio de Justicia y Jefatura de Gabinete, y resoluciones que se han dictado al respecto;
3.-¿Se han iniciado sumarios o actuaciones para deslindar responsabilidades y aplicar las sanciones que correspondieran, acorde a la gravedad del caso? ¿Qué resultados se han obtenido? Individualice dependencias a cargo de los sumarios y/o actuaciones.
4.- Dado que el compartimiento entraña un grave incumplimiento de las responsabilidades como funcionaria pública por parte de Da. Laura Alonso, indique si se han impartido instrucciones para cumplir con la obligación de transparencia y control del organismo de máxima jerarquía de control de la transparencia del Poder Ejecutivo; especifique;
5.- Realice un informe pormenorizado sobre las medidas para prevenir situaciones similares en el futuro; señale cuáles son los indicadores de eficiencia adoptados a ese fin;
6.- ¿Qué medidas concretas se han adoptado para permitir el inmediato acceso de la Auditoría para cumplir con su cometido?
7.- ¿Se ha subsanado la omisión? ¿Se ha proporcionado a la AGN la totalidad de la información que ha requerido?
8.- En caso de que no haya sido asi: ¿En qué plazo urgente se proporcionará la información? ¿Qué medidas se han adoptado para cumplir el requerimiento y facilitar la actuación de la Auditoría?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con gran preocupación hemos tomado conocimiento de que el organismo de máxima jerarquía en materia de transparencia, que debiera ocuparse de la promoción de la ética pública en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, que tiene a su cargo la elaboración y coordinación de programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional y que es la encargada de velar por la investigación y control de las conductas que contravengan dicha ética pública, NO PERMITE QUE SE REALICE LA PRIMERA AUDITORIA A ESE ORGANISMO, prevista en el Plan Anual 2018 de la Auditoría General de la Nación.
En efecto, frente al incumplimiento y obstaculización reiterado y sistemático ha debido emitir dictamen, en los términos del artículo 19 de las normas básicas para el funcionamiento de la AGN, y del artículo 1° de la disposición n° 238/09-AGN sobre las cuestiones emergentes del ejercicio de control externo de la AGN:
https://www.agn.gov.ar/informes/dictamen-en-los-terminos-del-articulo-19-de-las-normas-basicas-para-el-funcionamiento-de-la
El 24 de abril próximo pasado, el Colegio de Auditores ha resuelto que emitir dictamen estableciendo el incumplimiento y notificándolo a las autoridades correspondientes. Frente a esa situación deseamos conocer las medidas para subsanar la situación adoptadas por los responsables de los organismos, los motivos para el incumplimiento y el estado de la investigación que se debió haber promovido para identificar y sancionar en su caso a los responsables de la obstrucción de la labor del organismo que asiste a este Parlamento en el control que constitucionalmente se le ha asignado sobre el accionar del Poder Ejecutivo.
Para mayor información sobre lo acaecido se puede confrontar dictamen y resolución de la AGN: https://www.agn.gov.ar/files/informes/informe_030_2019.pdf https://www.agn.gov.ar/files/informes/resolucion_030_2019.pdf
La Oficina Anticorrupción funciona en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En ese sentido, no puede soslayarse la consideración de las taxativas disposiciones del artículo 99 de la Constitución Nacional en tanto dispone que el Presidente de la Nación “1. Es el jefe supremo de la Nación, jefe del gobierno y responsable político de la administración general del país” y “17. Puede pedir al jefe de gabinete de ministros y a los jefes de todos los ramos y departamentos de la administración, y por su conducto a los demás empleados, los informes que crea convenientes, y ellos están obligados a darlos”.
Por su parte, los artículos 71, 75, incisos 8 y 30, y 53 regulan el abanico de facultades con que cuenta el Poder legislativo para ejercer sus funciones de contralor del Poder Ejecutivo en el marco del sistema republicano, representativo y federal, reconociéndole la facultad de investigar y dotándolo de las facultades necesarias para ello. El Poder de información e investigación (y de corrección en su caso, mediante el mecanismo de remoción por juicio político) del que goza el Congreso requiere en este caso el ejercicio de su modalidad más rápida y expeditiva ante casos de gravedad como el presente.
Ante la seriedad del caso, requerimos la inmediata concurrencia de los funcionarios a brindar explicaciones a este Parlamento. Por ello, solicitamos el urgente tratamiento y aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES MOVIMIENTO EVITA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE MOVIMIENTO EVITA
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO MOVIMIENTO EVITA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA